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III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Transcripción:

AÑO XXXIII Núm. 49 12 de marzo de 2014 7275 III.- OTRAS DISPOCIONES Y ACTOS Consejería de Educación, Cultura y Deportes Resolución de 07/03/2014, de la Dirección General de Organización, Calidad Educativa y Formación Profesional, por la que se publica la convocatoria de admisión de alumnado, para el curso 2014/2015, en escuelas infantiles dependientes de la Administración Autonómica y se especifican los plazos para determinados procedimientos establecidos en la Orden de 03/02/2011, de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, por la que se regula el procedimiento de admisión de las escuelas infantiles dependientes de la Administración Autonómica. [2014/3382] La Orden de 03/02/2011, de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, por la que se regula el procedimiento de admisión de las Escuelas Infantiles dependientes de la Administración Autonómica (D.O.C.M. nº 30 de 14/02/2011), especifica en el punto dos del apartado segundo que la admisión del alumnado tendrá dos fases. En la primera fase se llevarán a cabo tanto las actuaciones preparatorias, como la publicación de las plazas vacantes y la constitución de una Comisión de baremación en cada Provincia. En la segunda, tendrá lugar el procedimiento de admisión con la solicitud de plaza de los interesados, la baremación de las solicitudes, la adjudicación de las plazas y la formalización de la matrícula. Por otro lado, en el Anexo I de la Orden, se establece que al objeto de resolver situaciones de empate entre solicitantes en caso de que se mantenga el mismo una vez aplicados los criterios establecidos, se realizará un sorteo público en el que se determinará el número de solicitud a partir de la cual, de manera correlativa, se resolverá dicho empate. El Decreto 44/2004, de 20 de abril, del régimen jurídico de los precios públicos satisfechos por la prestación de servicios en Centros de Atención a la Infancia, y el Capítulo V de la Orden de 03/02/2011 serán aplicables en cuanto no contradigan lo dispuesto en la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias, y lo dispuesto en la normativa que en ejecución de esta Ley se establezca para el curso 2014/2015. El Decreto 124/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica, organización de funciones y competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, encomienda a la Dirección General de Organización, Calidad Educativa y Formación Profesional la gestión y supervisión de los procedimientos de admisión de alumnos. Por todo ello, resuelvo: Primero.- Vacantes. La Dirección de cada centro, de acuerdo con el Servicio Periférico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes correspondiente, publicará las vacantes existentes el día 31 de marzo, especificando el número máximo que se destinará a la atención de niños de 0-1 año en las unidades de cunas, de 1-2 años y de 2-3 años, y las relativas a alumnos con discapacidad. Estas últimas se adaptarán, en cualquier caso, a la reserva de plazas establecida para este alumnado por los Servicios Periféricos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, y no podrán ser inferiores al 5% del total de plazas del centro. El porcentaje de plazas reservadas para ser ocupadas por urgencia social para el curso 2014/2015 será un 6 % del total de cada Escuela Infantil, pudiendo verse reducido dicho porcentaje, previa autorización del Servicio Periférico correspondiente, en función de la demanda de cada localidad. Por otro lado, en los mismos plazos, los titulares de los Servicios Periféricos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes constituirán las Comisiones de baremación, una en cada Servicio Periférico, previo nombramiento de sus componentes. Segundo.- Solicitudes. El Portal de Educación (www.educa.jccm.es) pondrá a disposición de los solicitantes en el icono Proceso Admisión 2014/15 información detallada tanto para la correcta cumplimentación de solicitudes como para el seguimiento del proceso.

AÑO XXXIII Núm. 49 12 de marzo de 2014 7276 Los solicitantes de nuevo ingreso podrán presentar sus instancias desde el día 01/04/2014 hasta el 30/04/2014, ambos inclusive, conforme al modelo oficial que se adjunta como anexo I a la presente resolución y que estará disponible en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la dirección www.jccm.es. Las solicitudes podrán presentarse por cualquiera de los siguientes medios: a) Mediante instancia telemática a través de la secretaría virtual de la plataforma educativa Papás 2.0 en la dirección https://papas.educa.jccm.es, accesible desde la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la dirección www.jccm.es, debiendo disponer para ello de credencial (usuario y contraseña) o certificado digital reconocido por la plataforma @firma del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Los interesados que no dispongan de credencial para acceder a esta plataforma, podrán solicitarla en cualquier centro educativo. Los documentos originales podrán ser digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. b) De forma presencial, en las Escuelas Infantiles de titularidad autonómica en las que solicite plaza así como en cualquiera de los registros a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En la solicitud se podrá autorizar a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes a realizar las comprobaciones pertinentes en la Agencia Estatal de Administración Tributaria y en otras Administraciones de los datos que se declaran en la solicitud. Si no se otorgara esta autorización, se deberá presentar, junto a la solicitud, la documentación acreditativa que se cita en el apartado séptimo de la Orden de 03/02/2011. Asimismo, cualquier otra documentación señalada en esa disposición que sea necesaria para la baremación y no obre en poder de la Administración deberá ser aportada por el solicitante. A efectos de valoración, los solicitantes deberán aportar los datos sobre los miembros computables de la unidad familiar con arreglo al modelo que figura como anexo II de esta resolución y harán constar su autorización a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes para solicitar de la Administración tributaria la información de los datos tributarios que se precisen para los fines previstos en el proceso de admisión. En caso contrario, deberán aportar una certificación expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de los ingresos de cada uno de los miembros de la unidad familiar. Cada solicitante podrá presentar una única solicitud, en la que se harán constar los centros de su elección en orden de preferencia, hasta 4 centros. Cuando alguna de las cuatro opciones no esté cumplimentada, se entenderá que el solicitante no tiene preferencias y se le podrá adjudicar cualquiera de ellos. Cuando exista más de una solicitud registrada para un mismo alumno/a, se considerará válida la última presentada dentro del plazo. A cada instancia le será asignado un número de solicitud, a efectos de desempate, que será único e irrepetible para todo el proceso de admisión. Los padres o tutores de los niños matriculados en las Escuelas Infantiles, y que deseen continuar en el centro para el curso siguiente, deberán presentar su instancia con arreglo al modelo que figura como anexo III de esta resolución, desde el día 17/03/2014 hasta el 28/03/2014, mediante el procedimiento descrito para las solicitudes nuevas. En la misma se podrá solicitar la revisión de la cuota establecida en el curso anterior, cuando la situación socioeconómica familiar sufra variaciones, aportando la documentación establecida en la Orden. Los padres o tutores de los niños que deseen cambiar a otro centro de titularidad autonómica presentarán una solicitud de nuevo ingreso para otros centros en los plazos señalados al efecto, indicando como última opción el centro en el que se encuentra matriculado. Ello no implicará la pérdida de la plaza reservada, salvo que hubiera obtenido la nueva plaza solicitada. Las solicitudes que se presenten en registros distintos a las Escuelas Infantiles, se remitirán a los Servicios Periféricos en un plazo máximo de dos días desde la fecha de su recepción donde se procederá a la grabación de dichas solicitudes. Todas las publicaciones de baremación o asignación de plazas, referidas en los apartados siguientes, se pondrán consultar en el Portal de Educación de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (www.educa.jccm.es). - Tercero.- Baremación provisional El día 30/05/2014 se publicará en el tablón de anuncios de cada Escuela Infantil, la relación de solicitantes de su centro en primera o siguientes opciones, la baremación realizada a dichas solicitudes, el precio público correspondiente a todas las solicitudes, así como el número de desempate asignado.

AÑO XXXIII Núm. 49 12 de marzo de 2014 7277 Estos listados serán también publicados en el tablón de anuncios electrónico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es), en los tablones de anuncios de los Servicios Periféricos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y en el Portal de Educación (www.educa.jccm.es) para su consulta individualizada. Estos listados podrán ser objeto de reclamación ante la Comisión de baremación correspondiente hasta el día 6 de junio. Dichas reclamaciones se entenderán resueltas con la publicación de la baremación definitiva. Con posterioridad al 6 de junio no se admitirán reclamaciones a la baremación. Cuarto.- Sorteo público De acuerdo con lo estipulado en el Anexo I de la Orden de 03/02/2011 de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura y al objeto de resolver situaciones de empate entre solicitantes, en caso de que se mantenga el mismo una vez aplicados los criterios establecidos, se realizará un sorteo público en la sede de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, sita en el Bulevar del Río Alberche, s/n, en Toledo, el día 9 de junio, a las 9:00 horas, en el que se determinará el número de solicitud a partir del cual, de manera correlativa, se resolverá dicho empate. Quinto.- Baremación definitiva y lista provisional El día 17 de junio se hará pública, en cada Escuela Infantil y en los Servicios Periféricos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, la baremación definitiva de las solicitudes, el precio público definitivo y la lista provisional de alumnos admitidos o en espera. Del 17 al 24 de junio, quedará abierto el plazo de reclamación a la lista provisional de admitidos o en espera ante la Comisión de baremación. Estos listados serán también publicados en el tablón de anuncios electrónico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es), en los tablones de anuncios de los Servicios Periféricos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y en el Portal de Educación (www.educa.jccm.es) para su consulta individualizada. Sexto.- Lista definitiva El día 30 de junio se procederá a la publicación de la relación definitiva de alumnos admitidos o en espera, mediante resolución de la Comisión de baremación. En la misma se indicará que no pone fin a la vía administrativa, pudiendo ser objeto de recurso de alzada ante los titulares de los Servicios Periféricos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes correspondiente, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación. Los listados con la Resolución definitiva del proceso de admisión serán también publicados en el tablón de anuncios electrónico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es),en los tablones de anuncios de los Servicios Periféricos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, y en el Portal de Educación (www.educa.jccm.es) para su consulta individualizada. El servicio de horario ampliado, aprobado junto a la lista definitiva y únicamente disponible para aquellas familias en las que trabajen los dos padres o tutores, se aplicará en las Escuelas Infantiles en las que el número de solicitudes existente en la lista definitiva sea superior a cinco. Séptimo.- Matriculación Los padres o tutores legales de los niños admitidos y nacidos antes del 10 de julio, tendrán un plazo para formalizar la matrícula del 1 al 10 de julio. La matriculación de los niños admitidos y nacidos con posterioridad al 10 de julio, se realizará en los tres primeros días a partir de la apertura del centro en el mes de septiembre. La admisión de los niños nacidos con posterioridad a la fecha de solicitud estará condicionada al nacimiento efectivo del niño o niña con anterioridad al 01/09/2014 y su incorporación se realizará con cuatro meses cumplidos. Octavo.- Plazo de resolución El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de cuatro meses, contados desde la fecha de efectos de la presente convocatoria. Si transcurrido dicho plazo no se hubiera dictado resolución, la solicitud se entenderá desestimada.

AÑO XXXIII Núm. 49 12 de marzo de 2014 7278 Noveno.- Precio público El precio público a abonar para el curso 2014/2015 tiene las siguientes particularidades: a) Para el curso 2014-15 se mantendrán los precios establecidos en el Decreto 44/2004, de 20/04/2004, del régimen jurídico de los precios públicos satisfechos por la prestación de servicios en Centros de Atención a la Infancia (actualmente Escuelas Infantiles). Este Decreto establece un precio máximo de 180, que se ve reducido en función del intervalo del Iprem en el que se halle la Renta per cápita (desde los 180 hasta la gratuidad del servicio). Además, a la cuota resultante de la aplicación de las reducciones se le aplicarán las reducciones adicionales recogidas en el Decreto 44/2004. El cálculo para hallar la Renta per cápita mensual resulta de la suma de los ingresos de la unidad familiar (teniendo en cuenta si la nómina o pensión está o no prorrateada) menos la deducción por vivienda, dividido entre el número de miembros de la unidad familiar y entre 12 mensualidades. b) Para el cálculo de la Renta per cápita se aplicará la deducción por vivienda recogida en la Orden de 03/02/2011 de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, por la que se regula el procedimiento de admisión de las Escuelas Infantiles dependientes de la Administración Autonómica, que establece como deducción máxima 2.786 euros anuales, en concepto de gastos de alquiler o amortización de la vivienda habitual. c) Con la aprobación del Real Decreto-Ley 3/2004, de 25 de junio, para la racionalización de la regulación del salario mínimo interprofesional y para el incremento de su cuantía, se vinculó el salario mínimo interprofesional sólo a efectos laborales creándose un indicador público de renta de efectos múltiples (Iprem) para su utilización como indicador o referencia del nivel de renta que determinará la cuantía para acceder a determinados servicios públicos, sustituyendo al salario mínimo interprofesional en esta función. Teniendo en cuenta esta modificación, en el Decreto 44/2004, de 20/04/2004, en su Anexo, parte primera, referido a las reducciones del precio público, donde hace referencia al salario mínimo interprofesional debemos aplicar el Iprem. Se considerará como Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem) para el presente proceso de admisión el especificado por la Ley 39/2010, de 22 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para 2011, prorrogado para este año por la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, y que tendrá un valor de 7.455,14 euros anuales (Con pagas extraordinarias) Estos son los intervalos de los que se deducen las cuotas aplicables para el curso 2014/15: Renta per cápita Intervalos r.p.c. (Mensual) Cuota Bonificación Reducciones Adicionales (%) 25 50 75 Hasta 33,3% Iprem 206,88 0,00 100% 0,00 0,00 0,00 Más de 33,3% hasta 35% Iprem 206,89-217,14 19,80 89% 14,85 9,90 4,95 Más de 35% hasta 40% Iprem 217,15-248,50 30,60 83% 22,95 15,30 7,65 Más de 40% hasta 45% Iprem 248,51-279,57 39,60 78% 29,70 19,80 9,90 Más de 45% hasta 50% Iprem 279,58-310,63 50,40 72% 37,80 25,20 12,60 Más de 50% hasta 55% Iprem 310,64-341,69 59,40 67% 44,55 29,70 14,85 Más de 55% hasta 60% Iprem 341,70-372,76 70,20 61% 52,65 35,10 17,55 Más de 60% hasta 70% Iprem 372,77-434,88 79,20 56% 59,40 39,60 19,80 Más de 70% hasta 80% Iprem 434,89-497,01 100,80 44% 75,60 50,40 25,20 Más de 80% hasta 90% Iprem 497,01-559,13 120,60 33% 90,45 60,30 30,15 Más de 90% hasta 100% Iprem 559,14-621,26 140,40 22% 105,30 70,20 35,10 Más de 100% hasta 110% Iprem 621,27-683,39 160,20 11% 120,15 80,10 40,05 Más de 110% Iprem 683,40 180,00 0% 135,00 90,00 45,00

AÑO XXXIII Núm. 49 12 de marzo de 2014 7279 Décimo.- Efectos. La presente resolución surtirá efecto a partir del día siguiente al de su publicación. Toledo, 7 de marzo de 2014 La Directora General de Organización Calidad Educativa y Formación Profesional ISABEL COUSO TAPIA

AÑO XXXIII Núm. 49 12 de marzo de 2014 7280 Nº Procedimiento 120035 Consejería de Educación, Cultura y Deportes Dirección General de Organización, Calidad Educativa y Formación Profesional Código ACI SC32 ANEXO I Solicitud de admisión en Escuelas Infantiles de titularidad autonómica. CURSO 201 / 201 DATOS DEL ALUMNO O ALUMNA Marcar en los casos en que el nacimiento o adopción del alumno o alumna sea posterior a la presentación de la solicitud y anterior al 1 de septiembre. Nombre DNI - NIE LETRA Hombre Mujer Primer Apellido Segundo Apellido Fecha Nacimiento o fecha prevista del parto (dd/mm/aaaa) Municipio de Nacimiento Provincia de Nacimiento Localidad Nacimiento (SOLO EXTRANJEROS) Pais de Nacimiento (SOLO EXTRANJEROS) NACIONALIDAD (SOLO EXTRANJEROS) DATOS DEL PADRE Y DE LA MADRE O DE LOS TUTORES TUTOR/A 1 Hombre Mujer Nombre DNI - NIE LETRA Primer Apellido Segundo Apellido Teléfono Móvil correo electrónico NACIONALIDAD (SOLO EXTRANJEROS) TUTOR/A 2 Nombre DNI - NIE LETRA Hombre Mujer Primer Apellido Segundo Apellido Teléfono Móvil correo electrónico NACIONALIDAD (SOLO EXTRANJEROS) DATOS DEL DOMICILIO FAMILIAR Calle, Avenida, Plaza... Nº Portal Piso Puerta Municipio Provincia Cod. Postal Teléfono Datos de la solicitud Solicitan que se admita al alumno o alumna que se cita en una de las siguientes Escuelas Infantiles Autonómicas, por orden de prioridad 1º 2º 3º 4º CENTRO LOCALIDAD Existe Informe de discapacidad: NO Solicito Horario Ampliado, con entrada de 7:30 a 9:00 horas Indique la hora exacta de incorporación Solicito Horario Normal, sin horario ampliado Observaciones: Anotar en este cuadro si se ha detectado en el alumno/a algún tipo de necesidad especial que pueda afectar a la escolarización (enfermedad crónica, alteración física ).

AÑO XXXIII Núm. 49 12 de marzo de 2014 7281 A TAL EFECTO DECLARAN I. Que el alumno o alumna está en situación de riesgo apreciada por el Servicio Periférico competente en materia de Asuntos Sociales o desamparo que origine la guarda o tutela II. Que el alumno o alumna está en situación de posible riesgo no apreciado o en fase de valoración o de intervención familiar por el Servicio Periférico competente en materia de Asuntos Sociales o por los Servicios Sociales municipales, que pudieran afectar el desarrollo personal o social del niño o niña III. Que la actividad laboral del padre, madre o persona que ejerce la patria potestad es de más de 30 horas semanales: Situación laboral del padre o tutor 1 Situación laboral de la madre o tutor 2 Nómina 3 Autónomo Importe: /año Autónomo Importe: /año Desempleado Importe: /mes Desempleado Importe: /mes I Señalar si la prestación está prorrateada Importe: /mes Señalar si la prestación está prorrateada mporte: /mes Otra. Importe: /mes Otra.. Importe: /mes Progenitor conviviendo en la unidad familiar de Progenitor conviviendo en la unidad familiar origen de origen IV. Que la actividad laboral del padre, madre o persona que ejerce la patria potestad es de menos de 30 horas semanales: Situación laboral del padre o tutor 1 Situación laboral de la madre o tutor 2 ( ) ( ) Autónomo Importe: /año Autónomo Importe: /año Desempleado Importe: /mes Desempleado Importe: /mes Señalar si la prestación está prorrateada Importe: /mes Señalar si la prestación está prorrateada Importe: /mes Importe: /mes Otra.. Importe: /mes Otra ( ) ( ) Autónomo Importe: /año Autónomo Importe: /año Desempleado Importe: /mes Desempleado Importe: /mes Señalar si la prestación está prorrateada Importe: /mes Señalar si la prestación está prorrateada Importe: /mes Otra.. Importe: /mes Otra Importe: /mes Otros ingresos de algún miembro de la unidad familiar ( ). V. Que el último recibo mensual de alquiler o amortización de la vivienda habitual asciende a: Importe: /año Otros ingresos de algún miembro de la unidad familiar ( ) Importe: /año VI. Que presenta una situación de monoparentalidad (acreditada mediante el Libro de Familia, certificado de defunción, reclamación judicial de alimentos o solicitud de declaración de ausencia legal por desaparición): NO VII. Que presenta una situación familiar monoparental sobrevenida por razón de Viudedad, Separación o Divorcio, en los 6 meses anteriores a la finalización del plazo de solicitud y el progenitor que tiene atribuida la guarda del menor se encuentra en situación de búsqueda de empleo o formación: VIII. Relación de todos los miembros de la unidad familiar. Situación Laboral se indicará: estudiante; activo; desempleado; invalidez; jubilado o ama de casa. Sólo en caso de discapacidad de padres o hermanos, señalar con una X si es igual o superior al 33% o si es igual o superior al 65%. D PARENTESCO CON EL ALUMNO APELLIDOS NOMBRE DNI /NIE FECHA NACIMIENTO TUACIÓN LABORAL DISCAPACIAD 33 % 65 % IX. Que la unidad familiar tiene condición legal de FAMILIA NUMEROSA Nº de Título y fecha de validez X. Que el alumno para el que solicita la plaza ha nacido de un parto múltiple o ha adquirido la filiación por adopción múltiple XI. Que el alumno o alumna tiene HERMANOS ESCOLARIZADOS o PADRES O TUTORES que trabajan en alguno de los centros que solicita DNI/NIE NOMBRE Y APELLIDOS PARENTESCO NOMBRE CENTRO LOCALIDAD

AÑO XXXIII Núm. 49 12 de marzo de 2014 7282 SOLICITA REDUCCIÓN DEL PRECIO PÚBLICO POR ALGUNO DE LOS GUIENTES MOTIVOS: Familia con dos hijos en el centro Familia numerosa o viudo o viuda con dos hijos menores de18 años Por parto múltiple: número de hijos/as nacidos. Por ser familias con hijos de parto múltiple y que además tengan la condición de familia numerosa Acreditación del cumplimiento de los requisitos Declaraciones responsables Las personas abajo firmantes, en su propio nombre, o en representación de persona interesada, declara que todos los datos consignados son veraces, declarando expresamente que: Son ciertos los datos consignados en la presente solicitud comprometiéndose a probar documentalmente los mismos, cuando se requiera para ello. Igualmente las personas abajo firmantes declaran conocer que en el caso de falsedad en los datos y/o en la documentación aportados u ocultamientos de información, de la que pueda deducirse intención de engaño en beneficio propio o ajeno, podrá ser excluida de este procedimiento, ser objeto de sanción y, en su caso, los hechos se pondrán en conocimiento del Ministerio Fiscal por si pudieran ser constitutivos de un ilícito penal. Autorizaciones Ambos tutores AUTORIZAN a este órgano gestor de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes para que pueda proceder a la comprobación y verificación de los siguientes datos, COMPROMETIÉNDOSE EN CASO DE NO AUTORIZACIÓN A ADJUNTAR LOS DOCUMENTOS ACREDITATIVOS: NO :Los acreditativos de identidad (copia del DNI o NIE del solicitante y de padres o tutores legales) NO :Los acreditativos de domicilio o residencia (certificado de empadronamiento) a través del Servicio de Verificación de Datos de Residencia (SVDR). NO :La información de índole tributaria (certificado de la AEAT de los ingresos de cada uno de los miembros de la unidad familiar) NO :La información sobre afiliación a la Seguridad Social. NO :En caso de desempleo o pensionista, certificado de la prestación que recibe de la Seguridad Social. Los siguientes datos o documentos emitidos por la Administración Regional: - En caso de que el menor se encuentre en situación de riesgo o desamparo, certificado del Servicio Periférico competente en servicios sociales - Certificado del Centro, en caso de que los padres o tutores legales trabajen en uno de los Centros solicitados - Título de familia numerosa emitido por esta Comunidad Autónoma - Grado de discapacidad emitido por esta Comunidad Autónoma -. Todo ello en los términos establecidos en los artículos 4 y 5 del Decreto 33/2009, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de determinados documentos en los procedimientos administrativos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, comprometiéndose, en caso de no autorización, a aportar la documentación pertinente. Documentación Además de la información antes descrita presentan la siguiente documentación Fotocopia del Libro de Familia En caso de familia monoparental certificado de defunción, de la reclamación judicial de alimentos al otro miembro de la pareja o la solicitud de declaración de ausencia legal por desaparición del mismo En caso de trabajador por cuenta ajena, las últimas tres nóminas, con acreditación del número de horas trabajadas semanalmente. En caso de autónomo, documentación del pago fraccionado del último trimestre del ejercicio económico anterior. Declaración jurada de ingresos en caso de que el contribuyente no tenga imputaciones de renta y, por tanto, la AEAT no tenga datos. Último recibo mensual, en caso de alquiler o amortización de vivienda Certificado de empresa si solicita horario ampliado Informe del Centro Base, en caso de niños con características que interfieren en el proceso de aprendizaje. Certicados emitidos, en su caso, por otra Comunidad Autónoma sobre discapacidad, título de familia numerosa u otro extremo. El padre o tutor/a 1 La madre o tutor/a 2 Fdo Fdo En a de de 20 SR./SRA. COORDINADOR/A DEL SERVICIO PERIFÉRICO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES DE

AÑO XXXIII Núm. 49 12 de marzo de 2014 7283 ANEXO II ANEXO A LA SOLICITUD DE ADMIÓN EN ESCUELAS INFANTILES DE TITULARIDAD AUTONÓMICA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES CURSO 20 / 20 MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR EN EL AÑO 20 (RELLENAR LOS DATOS DE TODOS LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR) DATOS FAMILIARES CLASE DE PARENTESCO ES EXTRANJERO? CONGNESE SOLO EN CASO AFIRMATIVO) DNI - NIE APELLIDOS Y NOMBRE FECHA NACIMIENTO TUACION LABORAL (1) LOCALIDAD DE TRABAJO O ESTUDIO Padre Madre o tutora (1) TUACIÓN LABORAL INDICARÁ: (E) ESTUDIANTE; (A) ACTIVO; (D) DESEMPLEADO; (I) INVALIDEZ; (J) JUBILADO; (M) AMA DE CASA A FIRMAR POR TODOS LOS MIEMBROS COMPUTABLES (2) DE LA FAMILIA, EXCEPTO LOS MENORES DE EDAD Padre o tutor Madre o tutora...... Otros Miembros:.................. (2) Se entenderá como tales el solicitante, el padre y la madre, el tutor o persona encargada de la guarda o protección del menor, en su caso, los hermanos solteros menores de veinticinco años que convivan en el dominiclio familiar a 31 de diciembre del año referido o los de mayor edad cuando se trate de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, así como los ascendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el certificado municipal correspondiente. En el caso de solicitantes que constituyan unidades familiares independientes, también se considerarán miembros computables el cónyuge o, en su caso, la persona a la que se halle unido por análoga relación, así como los hijos si los hubiere. En el caso de divorcio, separación legal o de hecho de los padres, no se considerará miembro computable aquél de ellos que en la fecha referida no conviviera con el solicitante, sin perjuicio de que en la renta familiar se incluya su contribución económica. Tendrá, no obstante, la consideración de miembro computable, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación, cuya renta se incluirá dentro del cómputo de la renta familiar. (MÁRQUESE EN CASO AFIRMATIVO) Esta autorización podrá ser revocada en cualquier momento por los firmantes mediante escrito dirigido al órgano autorizado.

AÑO XXXIII Núm. 49 12 de marzo de 2014 7284 Consejería de Educación, Cultura y Deportes Dirección General de Organización, Calidad Educativa y Formación Profesional Nº Procedimiento 120035 Código ACI SC32 ANEXO III Solicitud de continuidad en la Escuela Infantil de titularidad autonómica. CURSO 201_ / 201 DATOS DEL ALUMNO O ALUMNA Nombre DNI - NIE LETRA Hombre Mujer Primer Apellido Segundo Apellido Fecha Nacimiento Municipio de Nacimiento Provincia de Nacimiento Localidad Nacimiento (SOLO EXTRANJEROS) Pais de Nacimiento (SOLO EXTRANJEROS) NACIONALIDAD (SOLO EXTRANJEROS) DATOS DEL PADRE Y DE LA MADRE O DE LOS TUTORES TUTOR/A 1 Hombre Mujer Nombre DNI - NIE LETRA Primer Apellido Segundo Apellido Teléfono Móvil correo electrónico NACIONALIDAD (SOLO EXTRANJEROS) TUTOR/A 2 Hombre Mujer Nombre DNI - NIE LETRA Primer Apellido Segundo Apellido Teléfono Móvil correo electrónico NACIONALIDAD (SOLO EXTRANJEROS) DATOS DEL DOMICILIO FAMILIAR Calle, Avenida, Plaza... Nº Portal Piso Puerta Municipio Provincia Cod. Postal Teléfono Datos de la solicitud Curso actual: 0-1 años 1-2 años 2-3 años Precio público actual: Solicito Horario Ampliado, con entrada de 7:30 a 9:00 horas y salida a las 15:30 horas. Indique la hora exacta de incorporación Solicito Horario Normal, con entrada entre las 9:00 y las 9:30 horas y salida máxima a las 16:00 horas Marcar con una x la opción que corresponda: CONFIRMA QUE DESEA PERMANECER EN EL PROPIO CENTRO N REVIÓN DEL PRECIO PÚBLICO 1. Esta confirmación supone que el abajo firmante solicita para el alumno/a continuar la enseñanza en el centro actual, con el mismo precio público del curso anterior. 2. Los padres que deseen solicitar otro centro distinto al actual deberán presentar el modelo de Solicitud de admisión en Escuelas Infantiles (Anexo I), junto con la documentación acreditativa en los plazos correspondientes. El padre o tutor/a 1 La madre o tutor/a 2 Fdo Fdo En a de de 20 CONFIRMA QUE DESEA PERMANECER EN EL PROPIO CENTRO CON REVIÓN DEL PRECIO PÚBLICO 1. Esta confirmación supone que se solicita para el alumno/a continuar la enseñanza en el centro actual y que se le revise el precio público del curso anterior. Para esto último, deberá seguir cumplimentando la solicitud, firmar al final de la misma y aportar la documentación prevista en el artículo séptimo de la Orden.

AÑO XXXIII Núm. 49 12 de marzo de 2014 7285 A TAL EFECTO DECLARAN Rellenar cuando la situación socioeconómica familiar sufra variaciones respecto al año anterior. Situación laboral del padre o tutor 1 Situación laboral de la madre o tutor 2 Nómina 3 Autónomo Importe: /año Autónomo Importe: /año Desempleado Importe: /mes Desempleado Importe: /mes I Señalar si la prestación está prorrateada Importe: /mes Señalar si la prestación está prorrateada mporte: /mes Otra. Importe: /mes Otra.. Importe: /mes Progenitor conviviendo en la unidad familiar de Progenitor conviviendo en la unidad familiar origen de origen ( ) ( ) Autónomo Importe: /año Autónomo Importe: /año Desempleado Importe: /mes Desempleado Importe: /mes Señalar si la prestación está prorrateada Importe: /mes Señalar si la prestación está prorrateada Importe: /mes Otra. Importe: /mes Otra.. Importe: /mes ( ) ( ) Autónomo Importe: /año Autónomo Importe: /año Desempleado Importe: /mes Desempleado Importe: /mes Señalar si la prestación está prorrateada Importe: /mes Señalar si la prestación está prorrateada Importe: /mes Otra. Importe: /mes Otra. Importe: /mes Otros ingresos de algún miembro de la unidad familiar ( ). Importe: /año Otros ingresos de algún miembro de la unidad familiar ( ) Importe: /año - Que el último recibo mensual de alquiler o amortización de la vivienda habitual asciende a: - Que presenta una situación de monoparentalidad (acreditada mediante el Libro de Familia, certificado de defunción, reclamación judicial de alimentos o solicitud de declaración de ausencia legal por desaparición): NO - Relación de todos los miembros de la unidad familiar. En la situación laboral se indicará: estudiante; activo; desempleado; invalidez; jubilado o ama de casa PARENTESCO CON EL ALUMNO APELLIDOS NOMBRE DNI /NIE FECHA NACIMIENTO TUACIÓN LABORAL SOLICITA REDUCCIÓN DEL PRECIO PÚBLICO POR ALGUNO DE LOS GUIENTES MOTIVOS: Familia con dos hijos en el centro Familia numerosa o viudo o viuda con dos hijos menores de18 años Por parto múltiple: número de hijos/as nacidos. Por ser familias con hijos de parto múltiple y que además tengan la condición de familia numerosa

AÑO XXXIII Núm. 49 12 de marzo de 2014 7286 Acreditación del cumplimiento de los requisitos Declaraciones responsables Las personas abajo firmantes, en su propio nombre, o en representación de persona interesada, declara que todos los datos consignados son veraces, declarando expresamente que: Son ciertos los datos consignados en la presente solicitud comprometiéndose a probar documentalmente los mismos, cuando se requiera para ello. Igualmente las personas abajo firmantes declara conocer que en el caso de falsedad en los datos y/o en la documentación aportados u ocultamientos de información, de la que pueda deducirse intención de engaño en beneficio propio o ajeno, podrá ser excluida de este procedimiento, ser objeto de sanción y, en su caso, los hechos se pondrán en conocimiento del Ministerio Fiscal por si pudieran ser constitutivos de un ilícito penal. Autorizaciones Ambos tutores AUTORIZAN a este órgano gestor de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes para que pueda proceder a la comprobación y verificación de los siguientes datos, COMPROMETIÉNDOSE EN CASO DE NO AUTORIZACIÓN A ADJUNTAR LOS DOCUMENTOS ACREDITATIVOS: NO :La información de índole tributaria (certificado de la AEAT de los ingresos de cada uno de los miembros de la unidad familiar) NO :En caso de desempleo o pensionista, certificado de la prestación que recibe de la Seguridad Social. Los siguientes datos o documentos emitidos por la Administración Regional: - Título de familia numerosa -. -. Todo ello en los términos establecidos en los artículos 4 y 5 del Decreto 33/2009, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de determinados documentos en los procedimientos administrativos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, comprometiéndose, en caso de no autorización, a aportar la documentación pertinente. Documentación PRESENTAN LA GUIENTE DOCUMENTACIÓN En caso de variación de los miembros de la unidad familiar, fotocopia del Libro de Familia u otra documentación que lo acredite. En caso de trabajador por cuenta ajena, las últimas tres nóminas En caso de autónomo, documentación del pago fraccionado del último trimestre del ejercicio económico anterior. Declaración jurada de ingresos en caso de que el contribuyente no tenga imputaciones de renta y, por tanto, la AEAT no tenga datos Último recibo mensual, en caso de alquiler o amortización de vivienda Certificado de empresa si solicita horario ampliado El padre o tutor/a 1 La madre o tutor/a 2 Fdo Fdo En a de de 20 SR./SRA. COORDINADOR/A DEL SERVICIO PERIFÉRICO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES DE