CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
|
|
- Marina Núñez Caballero
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 12932 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 25 de abril de 2014 por la que se regula la admisión y matriculación de alumnado en régimen de enseñanza libre, en las Escuelas Oficiales de Idiomas. ( ) La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, en el apartado 1 del artículo 59, dispone que las Enseñanzas de Idiomas tienen por objeto capacitar al alumnado para el uso adecuado de los diferentes idiomas, fuera de las etapas ordinarias del sistema educativo, y se organizan en los niveles siguientes: básico, intermedio y avanzado. Estos niveles se corresponderán, respectivamente, con los niveles A, B y C del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que se subdividen en los niveles A1, A2, B1, B2, C1 y C2. La Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, en el artículo 118 relativo a las Escuelas Oficiales de Idioma dispone en su apartado 1 que la Administración educativa regulará los requisitos relativos a la relación numérica entre alumnado y profesorado, a las instalaciones y al número de puestos escolares. El Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, fija los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial regulados por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Los Decretos 112/2007 y 113/2007, de 22 de mayo, regulan, respectivamente, los currículos del nivel básico y del nivel intermedio de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en Extremadura. El Decreto 144/2008, de 11 de julio, establece el currículo del nivel avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en Extremadura. En los anteriores decretos se establece que las enseñanzas especializadas de idiomas podrán cursarse en las Escuelas Oficiales de Idiomas en las modalidades presencial, libre y a distancia. En la disposición adicional cuarta del Decreto 144/2008, de 11 de julio, se establece que cada una de las Escuelas Oficiales de Idiomas podrá organizar pruebas de certificación de otros niveles del Consejo de Europa, según se define en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. De igual modo, establece que dichas pruebas se realizarán en convocatoria única y habrán de cumplir los criterios de evaluación especificados en el Anexo II del citado decreto. Habiéndose detectado la necesidad de establecer una limitación en la matriculación de toda la demanda de alumnado en régimen de enseñanza libre en las Escuelas Oficiales de Idiomas, es preciso establecer cupos en determinados idiomas donde la demanda es superior a la oferta, debido a las disponibilidades del profesorado de estos centros para llevar a cabo el proceso. La matriculación en estas enseñanzas en régimen libre da derecho a la realización de pruebas de certificación, que en los niveles básico, intermedio y avanzando se realizan en dos convocatorias anuales. Para evaluar a cada alumno, el profesorado ha de realizar una prueba que valore la comprensión y expresión oral y escrita. En consecuencia cada profesor pue-
2 12933 de abarcar un número limitado de matriculados lo que justifica la necesidad de establecer cupo de plazas. En su virtud, y conforme a las facultades que me atribuye la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, previo informe del Consejo Escolar de Extremadura, y a propuesta de la Secretaría General de Educación, Artículo 1. Ámbito de aplicación. DISPONGO: La admisión y matriculación de alumnado, en régimen de enseñanza libre, en las enseñanzas impartidas en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en los niveles básico, intermedio, avanzado y en otros niveles del Consejo de Europa, se ajustarán a la presente orden. Artículo 2. Convocatoria. La convocatoria para la admisión y matriculación del alumnado se realizará mediante resolución del Secretario General de Educación, que será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura. Artículo 3. Condiciones de acceso y matriculación. 1. Para acceder a las enseñanzas de idiomas en Escuelas Oficiales de Idiomas, en régimen libre, será imprescindible tener dieciséis años cumplidos en el año de matriculación en estos estudios o catorce años, en el caso de la matriculación en las enseñanzas de un idioma distinto al cursado en la Educación Secundaria Obligatoria. 2. Los centros ofertarán las plazas disponibles, de acuerdo con sus necesidades organizativas y de profesorado, que serán autorizadas por la Secretaría General de Educación de la Consejería de Educación y Cultura. El número de plazas ofertadas por cada Escuela será publicado en el Diario Oficial de Extremadura en la correspondiente Resolución de convocatoria de la referida Secretaría General de Educación. 3. Para su admisión en la Escuela Oficial de Idiomas correspondiente, los aspirantes que reúnan los requisitos referidos en el apartado primero deberán someterse al sorteo o sorteos a que se refiere el artículo 5, cuando el número de plazas ofertadas en la escuela señalada como primera opción sea inferior al número de plazas demandadas. 4. El profesorado de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura no tendrá que participar en el sorteo referido en el párrafo anterior y optará directamente a una plaza para realizar las pruebas de certificación correspondientes en la Escuela Oficial de Idiomas seleccionada. Artículo 4. Solicitudes y plazo de presentación. 1. Las solicitudes, acompañadas de la documentación correspondiente, se formalizarán en el impreso normalizado que figura como Anexo a esta orden; irán dirigidas a la Dirección de la Escuela Oficial de Idiomas señalada como primera opción, y se presentarán en la sede
3 12934 de ésta o en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La solicitud podrá cumplimentarse además a través de los formularios de la plataforma educativa Rayuela en la dirección Para ello, el usuario deberá autentificarse en la Plataforma mediante la clave de acceso. En este caso, será imprescindible una vez cumplimentada la solicitud, imprimirla, firmarla y presentarla, junto con el resto de la documentación, en la Escuela Oficial de Idiomas que soliciten en primer lugar o en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el párrafo anterior. 2. El plazo de presentación de solicitudes, tanto para la convocatoria de junio como para la de septiembre, en el caso de los niveles básico, intermedio y avanzado, y en el caso de otros niveles para la convocatoria de junio, será 15 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura. 3. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, si la solicitud no reuniese los requisitos previstos en la presente orden, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la citada Ley. Artículo 5. Procedimiento de admisión de solicitudes. 1. En el plazo máximo de 20 días naturales, a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, las Escuelas Oficiales de Idiomas resolverán admitiendo a los interesados que acrediten cumplir los requisitos de acceso y hayan obtenido plaza directamente o de acuerdo con el procedimiento de sorteo establecido en este articulo. Dicha resolución será publicada en las dependencias establecidas al efecto en la Escuela Oficial de Idiomas y comprenderá la relación de admitidos y excluidos, la fecha de las pruebas, que se celebrarán durante los meses de junio y septiembre para los niveles básico, intermedio y avanzado, y en el mes de junio para los otros niveles del Consejo de Europa, así como los criterios de evaluación y la estructura de cada una de las pruebas. 2. Para proceder a la admisión de candidatos en aquellos idiomas y niveles en los centros elegidos como primera opción donde la demanda sea superior a la oferta, de acuerdo con el cupo de alumnado establecido en la resolución de convocatoria, se llevará a cabo un primer sorteo por el Consejo Escolar de cada Escuela Oficial de Idiomas que tendrá carácter público. Dicho órgano procederá a la extracción de dos letras a partir de la cuales se irán adjudicando las plazas vacantes por orden alfabético a partir del solicitante cuyo primer apellido comience por dichas letras. 3. Finalizado el procedimiento de la primera opción, sin que las solicitudes hayan sido admitidas en las Escuelas Oficiales de Idiomas correspondientes, éstas procederán en el plazo
4 12935 de 5 días a enviar dichas solicitudes a aquellas Escuelas Oficiales de Idiomas señaladas como segunda opción. Los aspirantes serán admitidos en las escuelas señaladas como segunda opción, salvo que el número de plazas demandadas sea mayor a las ofertadas, en cuyo caso se someterán a un segundo sorteo que se celebrará en la forma indicada anteriormente. 4. Ambos sorteos se realizarán los mismos días en todas las Escuelas oficiales de idiomas en las fechas determinadas en la resolución de convocatoria de la Secretaría General de Educación, y serán publicadas con suficiente antelación en los tablones de anuncios y páginas web de todos los centros. 5. No serán admitidos aquellos solicitantes que no hubieran obtenido plaza de conformidad con lo establecido en el apartado anterior. 6. El alumnado que pretenda formalizar la matrícula en régimen de enseñanza libre, habrá de hacerlo en los niveles correspondientes, sin que quepa realizar la matrícula curso por curso. 7. El alumnado de otras nacionalidades podrá matricularse en cualquier idioma que se imparta en la Escuela Oficial de Idiomas en el régimen de enseñanza libre, siempre que la lengua de su nacionalidad sea diferente al idioma elegido, justificándolo con la documentación acreditativa correspondiente. 8. Los Departamentos Didácticos establecerán los contenidos de las pruebas, las organizarán, las realizarán y las calificarán bajo la supervisión de la Jefatura de Estudios. Estos contenidos se adecuarán a lo establecido en los Decretos 112/2008 y 113/2008, de 22 de mayo, y al Decreto 144/2008, de 11 de julio, por los que se regulan, respectivamente, los currículos de los niveles básico, intermedio y avanzado. Artículo 6. Matriculación y documentación. 1. Una vez confirmada la obtención de la plaza mediante resolución publicada en las dependencias establecidas al efecto en la Escuela Oficial de Idiomas, el alumno deberá presentar el justificante de ingreso del precio público para la confirmación de su matrícula en la escuela correspondiente en el plazo de 10 días naturales a partir de la referida publicación. 2. La comprobación o constancia de los datos de identidad se realizará de oficio por el órgano instructor, previo consentimiento del interesado, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 184/2008, de 12 de septiembre, por el que se suprime la obligación para los interesados de presentar la fotocopia de los correspondientes documentos identificativos oficiales y el certificado de empadronamiento en los procedimientos administrativos de la Administración de la Junta de Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes. Caso de no prestarse el mismo, el interesado quedará obligado a aportar fotocopia compulsada del documento o tarjeta de identidad. 3. La condición de funcionario docente se comprobará de oficio por la administración educativa. Artículo 7. Reclamaciones. Los acuerdos sobre admisión de alumnos en las Escuelas Oficiales de Idiomas podrán ser objeto de reclamación ante el Consejo Escolar del Centro en el plazo de tres días desde su publicación.
5 12936 Artículo 8. Recursos. El Consejo Escolar de la Escuela Oficial de Idiomas resolverá las reclamaciones en el plazo de tres días y, contra dicho acuerdo podrá interponerse recurso de alzada ante la Delegación Provincial de Educación, cuya resolución pone fin a la vía administrativa. Disposición derogatoria única. Derogación normativa. Quedan derogadas la Orden de 16 de marzo de 2009, por la que se regula la admisión y matriculación del alumnado, en régimen de enseñanza libre, en las Escuelas Oficiales de Idiomas y cuantas disposiciones de igual o inferior rango contradigan o se opongan a lo dispuesto en esta orden. Disposición final primera. Habilitación. Se faculta al Secretario General de Educación para dictar cuantos actos sean necesarios para la ejecución de la presente orden. Disposición final segunda. Entrada en vigor. La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. Mérida, a 25 de abril de 2014 La Consejera de Educación y Cultura, TRINIDAD NOGALES BASARRATE
6 12937
DISPOSICIONES GENERALES
3909 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO ORDEN de 17 de febrero de 2016 por la que se regula la admisión y matriculación del alumnado, en régimen de enseñanza libre, en las Escuelas
En su virtud, y de conformidad con las atribuciones que tengo conferidas por el ordenamiento jurídico, RESUELVO:
14558 RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2015, de la Secretaría General de Educación, por la que se convoca la admisión y matriculación del alumnado en las Escuelas Oficiales de Idiomas para el curso 2015-2016.
En su virtud, y de conformidad con las atribuciones que tengo conferidas por el ordenamiento jurídico, RESUELVO:
6412 RESOLUCIÓN de 14 de marzo de 2016, de la Secretaría General de Educación, por la que se convoca la admisión y matriculación de alumnado en régimen de enseñanza libre en las Escuelas Oficiales de Idiomas
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
22193 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 19 de mayo de 2015 por la que se regulan las pruebas de madurez y de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
9381 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 28 de marzo de 2008 por la que se convoca la celebración de las pruebas de acceso y se establece el plazo de matriculación en el grado superior de las Enseñanzas de
En su virtud, y de conformidad con las atribuciones que tengo conferidas por el ordenamiento jurídico, RESUELVO:
13401 RESOLUCIÓN de 2 de mayo de 2014, de la Secretaría General de Educación, por la que se convoca la admisión y matriculación de alumnado, en régimen de enseñanza libre, en las Escuelas Oficiales de
En su virtud, y de conformidad con las atribuciones que tengo conferidas por el ordenamiento jurídico, RESUELVO:
10498 RESOLUCIÓN de 23 de marzo de 2015, de la Secretaría General de Educación, por la que se convoca la admisión y matriculación de alumnado, en régimen de enseñanza libre, en las Escuelas Oficiales de
III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS
AÑO XXXV Núm. 87 5 de mayo de 2016 9964 III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS Consejería de Educación, Cultura y Deportes Resolución de 29/04/2016, de la Dirección General de Programas, Atención a la Diversidad
NÚMERO 41 Jueves, 28 de febrero de 2013
4174 ORDEN de 13 de febrero de 2013 por la que se regula la selección de proyectos de innovación educativa en los centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos, de la
Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 30 Lunes, 13 de febrero de 2012 Pág. 9410 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 31 de enero de 2012, de la
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
23248 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 14 de julio de 2014 por la que se convocan cursos de preparación de pruebas de acceso a ciclos formativos de Grado Medio y Superior de Formación Profesional
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
14578 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 12 de junio de 2012 por la que se convoca el proceso de admisión en la modalidad a distancia de los módulos voluntarios de programas de cualificación profesional
1. Disposiciones generales
Página núm. 7 1. Disposiciones generales CONSEJERIA DE AGRICULTURAYPESCA RESOLUCION de 20 de febrero de 2006, de la Dirección General de la Producción Agraria, por la que se abre el plazo de presentación
Segundo.- Los expedientes a que se refiere el número anterior podrán responder a alguno de los siguientes supuestos:
ORDEN DE 14 DE MARZO DE 1988 PARA LA APLICACIÓN DE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 104/1988, DE 29 DE ENERO, SOBRE HOMOLOGACIÓN Y CONVALIDACIÓN DE TÍTULOS Y ESTUDIOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN NO UNIVERSITARIA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
2326 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO RESOLUCIÓN de 19 de enero de 2016, de la Secretaría General de Educación y de la Dirección General de Formación Profesional y Universidad, por la que se convoca la
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
4672 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2010, de la Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente y de la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa, por
DISPONGO. Artículo 1.- OBJETO.
Orden, del Consejero de Salud y Política Sociosanitaria, por la que se regula el procedimiento de habilitación del personal de vehículos de transporte sanitario El Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo,
DISPOSICIONES GENERALES
15142 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 14 de junio de 2010 por la que se modifica la Orden de 13 de abril de 2010 por la que se convocan las pruebas de acceso y se establecen
D I S P O N G O : Artículo 1. Objeto.
22217 ORDEN de 26 de mayo de 2015 por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior correspondientes al curso 2014/2015. (2015050154) El Estatuto de Autonomía
AUTORIDADES Y PERSONAL
AUTORIDADES Y PERSONAL Cursos de formación y perfeccionamiento OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD 998 RESOLUCIÓN 160/2015, de 11 de febrero, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,
Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9
Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Orden ECD/.../2012, de XX de xxxxx, por la que se establece el currículo del ciclo formativo
Segunda. Requisitos de los solicitantes. Tercera. Solicitudes y documentación.
Resolución de --- de mayo de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca concurso especifico para la provisión de puestos de trabajo vacantes para docentes en el Servicio
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
26643 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA RESOLUCIÓN de 13 de agosto de 2014, de la Secretaría General de Educación, por la que se convoca la selección de proyectos de innovación educativa en los centros
Núm. 45. Boletín Oficial de Aragón
RESOLUCIÓN de 18 de febrero de 2016, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se convocan las pruebas de certificación de los niveles básico, intermedio, avanzado y C1
(Publicada en el Boletín Oficial de Navarra de 26 de marzo de 2013)
ORDEN FORAL 32/2013, DE 11 DE MARZO, DEL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, POR LA QUE SE DETERMINAN LOS PERFILES ESPECÍFICOS QUE PUEDE ACREDITAR EL PERSONAL DOCENTE Y SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA ACREDITACIÓN
BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO. jueves 12 de enero de 2012
OTRAS DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN 177 RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2011, de la Viceconsejera de Educación por la que se regula la convocatoria y realización
RÉGIMEN DE ENSEÑANZA PRESENCIAL
INSTRUCCIONES SOBRE EL PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNOS EN CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA, CENTRO INTEGRADO PÚBLICO DE FORMACIÓN PROFESIONAL "REINA VICTORIA
Zaragoza, 14 de marzo de 2014 EL DIRECTOR GENERAL DE POLÍTICA EDUCATIVA Y EDUCACIÓN PERMANENTE. Fdo.: Manuel Magdaleno Peña
RESOLUCIÓN DE 14 DE MARZO DE 2014, DEL DIRECTOR GENERAL DE POLÍTICA EDUCATIVA Y EDUCACIÓN PERMANENTE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN INICIAL PARA LOS ASPIRANTES SELECCIONADOS
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 40 MIÉRCOLES 29 DE JUNIO DE 206 B.O.C.M. Núm. 53 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Educación, Juventud y Deporte 2 ORDEN 99/206, de 20 de junio, del Consejero de Educación,
BORRADOR DE REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA DE LAS ENSEÑANZAS DE IDIOMAS DE RÉGIMEN ESPECIAL
BORRADOR DE REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA DE LAS ENSEÑANZAS DE IDIOMAS DE RÉGIMEN ESPECIAL Preámbulo Las enseñanzas especializadas de idiomas, como enseñanzas de régimen especial,
GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Dirección General de Personal Docente y Planificación Educativa Resolución de 2 de octubre de 2013 Por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para compensación de gastos extraordinarios derivados
En su virtud, y de conformidad con las atribuciones que tengo conferidas por el ordenamiento jurídico, RESUELVO:
13734 RESOLUCIÓN de 9 de abril de 2015, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, por el alumnado
Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Fascículo 84 - Sec. III. - Pág. 16681 Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD 6226 Resolución de la Directora
DISPOSICIONES GENERALES
22533 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 13 de septiembre de 2013 por la que se convocan las pruebas de madurez y de carácter específico para el acceso a las enseñanzas
I. Comunidad Autónoma
Página 25031 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Cultura y Universidades 7513 Resolución de 16 de junio de 2015, de la Dirección General de Formación Profesional, por
D.O.E. Número 104 5 Septiembre 2006 15155
D.O.E. Número 104 5 Septiembre 2006 15155 ORDEN de 31 de agosto de 2006 por la que se convocan ayudas para la realización de prácticas reconocidas en los planes de estudios conducentes a la obtención de
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Educación, Juventud y Deporte DISPONGO
B.O.C.M. Núm. 122 LUNES 25 DE MAYO DE 2015 Pág. 91 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 21 ORDEN 1513/2015, de 22 de mayo, de la Consejería de Educación,
NÚMERO 102 Lunes, 30 de mayo de 2011
13516 ORDEN de 18 de mayo de 2011 por la que se convocan ayudas para la realización, durante el curso escolar 2011/2012, de cursos en el extranjero destinados a la mejora de las competencias idiomáticas
I. Comunidad Autónoma
Página 5889 I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Educación, Cultura y Universidades 1604 Orden de 10 de febrero de 2015, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades,
Primera: Podrán participar los funcionarios docentes siempre que reúnan las siguientes condiciones al inicio del curso escolar 2009/2010:
RESOLUCIÓN DE 19 DE JUNIO DE 2009 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE PERSONAL DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, POR LA QUE SE CONVOCA CONCURSO DE MÉRITOS PARA LA PROVISIÓN, EN RÉGIMEN
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Educación, Juventud y Deporte DISPONGO
Pág. 74 LUNES 25 DE MAYO DE 2015 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 20 ORDEN 1459/2015, de 21 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte,
I. Principado de Asturias
núm. 135 de 12-vi-2014 1/9 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Consejería de Educación, Cultura y Deporte Resolución de 5 de junio de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte,
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE ORDEN ECD/277/2016, de 1 de marzo, por la que se convoca el proceso de admisión de alumnos de los niveles Básico, Intermedio y Avanzado de idioma inglés a distancia,
Primera Inscripción y admisión de los alumnos.
Ref: 09/650725.9/12 Dirección General de Becas RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES RELATIVAS A LOS CURSOS DE PREPARACIÓN DE LAS PRUEBAS
Capítulo 1 Disposiciones generales.
ORDEN FORAL /2012, DE, DE LA CONSEJERA DE POLÍTICA SOCIAL, IGUALDAD, DEPORTE Y JUVENTUD, POR LA QUE SE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN EN NAVARRA DE LA CONDICIÓN DE ENTIDAD CALIFICADA POR LAS
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
13112 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2014, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan las pruebas para la obtención del Título de Graduado en Educación
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
Sevilla, 5 de enero 2010 BOJA núm. 2 Página núm. 45 ORDEN de 1 de diciembre de 2009, por la que se establecen convalidaciones entre las Enseñanzas Profesionales de Música y Danza y determinadas materias
INFORMACIÓN PREINSCRIPCIONES CURSO 2014-2015 Aula Adscrita - Malpartida de Cáceres
INFORMACIÓN PREINSCRIPCIONES CURSO 2014-2015 Aula Adscrita - Malpartida de Cáceres Según normativa: Orden de 28 de abril de 2009 modificada por Orden de 16 de mayo de 2014 y Resolución de 21de mayo 2014
I. Comunidad Autónoma
Página 914 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 330 Orden de 14 de diciembre de 2012, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se
2º. Ordenar la publicación de la Convocatoria adjunta y su anexo en las páginas web www.educacion.navarra.es/portal/ y www.navarra.es.
RESOLUCIÓN 222/2014, de 21 de mayo, del Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan 250 plazas en cursos de inglés de los niveles B2 y C1 de las enseñanzas
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
D.O.E. Número 34 21 Marzo 2006 4441 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 2 de marzo de 2006 por la que se convoca la celebración de las pruebas de acceso y se establece el plazo de matriculación en el grado
DISPOSICIONES GENERALES
36557 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMPETITIVIDAD E INNOVACIÓN ORDEN de 26 de noviembre de 2014 por la que se regula el procedimiento para la autorización de tutores de los Planes
I. Principado de Asturias
núm. 140 de 17-vi-2016 1/6 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Consejería de Educación y Cultura Resolución de 31 de mayo de 2016, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se convocan
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Educación
B.O.C.M. Núm. 118 MIÉRCOLES 19 DE MAYO DE 2010 Pág. 105 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación 26 ORDEN 2586/2010, de 7 de mayo, por la que se regula la concesión de ayudas
A la solicitud (Modelo 790) Código 077, deberán unirse los siguientes documentos:
Resolución de 28 de diciembre de 2.010, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se convocan exámenes teóricos ordinarios para la obtención de titulaciones para el gobierno de embarcaciones
electrónica de las competencias de control de la Seguridad Privada que le corresponden a la Administración General del Estado.
Borrador de Proyecto de Orden INT/. de. de., sobre Sede Electrónica y Registro Electrónico de Notificaciones de Resoluciones Sancionadoras en el ámbito de la seguridad privada. La Ley 30/1992, de 26 de
PROYECTO DE REAL DECRETO SOBRE HOMOLOGACION DE PLANES DE ESTUDIOS Y TÍTULOS DE CARÁCTER OFICIAL Y VALIDEZ EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL
PROYECTO DE REAL DECRETO SOBRE HOMOLOGACION DE PLANES DE ESTUDIOS Y TÍTULOS DE CARÁCTER OFICIAL Y VALIDEZ EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL El artículo 149.1.30 de la Constitución atribuye al Estado como
Bachillerato, y las enseñanzas profesionales de música y danza.
PROYECTO DE ORDEN XX / XXXX, de de..., de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula el programa "Coordinación Horaria" dirigido al alumnado que cursa simultáneamente las enseñanzas
CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA
DOG Núm. 161 Martes, 26 de agosto de 2014 Pág. 36434 III. OTRAS DISPOSICIONES CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA ORDEN de 20 de agosto de 2014 por la que se amplían los proyectos
DISPOSICIONES GENERALES
1344 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 7 de enero de 2014 por la que se efectúa la convocatoria para la incorporación de centros educativos sostenidos con fondos públicos
CAPITULO I. Disposiciones generales
DECRETO /2010, DE, DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA COMUNIDAD DE MADRID, POR EL QUE SE REGULAN LAS CONDICIONES Y LOS REQUISITOS DE INTEGRACIÓN DEL PERSONAL AL SERVICO DE LAS INSTITUCIONES SANITARIAS DEL SERVICIO
CONSEJERÍA DE LOS JÓVENES Y DEL DEPORTE
12386 CONSEJERÍA DE LOS JÓVENES Y DEL DEPORTE ORDEN de 16 de abril de 2009 que regula la convocatoria pública de concesión de los premios del Programa Promesas Paralímpicas de Extremadura para el año 2009.
Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 59 Jueves, 26 de marzo de 2015 Pág. 23259 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 2015, de la
3. Ot r a s disposiciones
Página 34715 I. Comunidad Autónoma 3. Ot r a s disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 11479 Resolución de 2 de junio de 2010, del Director General de Formación Profesional y Educación
Se convoca concurso público de méritos para la provisión de puestos en régimen de interinidad de:
Resolución de 12 de enero de 2016 por la que se convoca proceso selectivo para la elaboración de listas de aspirantes a nombramientos interinos del Cuerpo de Maestros 0597. A la vista de las necesidades
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 54 JUEVES 7 DE DICIEMBRE DE 01 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Asuntos Sociales 1 ORDEN de 18 de diciembre de 01, por la que se aprueba convocatoria pública para la
CONVOCATORIA AUTONÓMICA DECLARADA DE URGENCIA
CONVOCATORIA AUTONÓMICA DECLARADA DE URGENCIA Resolución de 19 de octubre de 2015 por la que se convoca proceso selectivo para la elaboración de listas de aspirantes a nombramientos interinos de distintas
ACCESO PARA MAYORES DE 45 AÑOS CONVOCATORIA 2016
UNIVERSIDAD DE BURGOS VICERRECTORADO DE ORDENACIÓN ACADÉMICA Y CALIDAD ACCESO PARA MAYORES DE 45 AÑOS CONVOCATORIA 2016 Servicio de Gestión Académica Edificio de Administración y Servicios. C/ Don Juan
Con objeto de proveer las vacantes existentes y las sustituciones que pueden producirse del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.
RESOLUCIÓN DE 2 DE NOVIEMBRE DE 2011 DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DE SALAMANCA POR LA QUE, PREVIA AUTORIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, SE EFECTÚA
Fecha de publicación: Finalización del plazo:
MINISTERIO SUBSECRETARIA Fecha de publicación: Finalización del plazo: RESOLUCIÓN DE DE 2015 DE LA SUBSECRETARIA DE EDUCACIÓN, CULTURA, POR LA QUE SE CONVOCAN DESTINOS PARA SU COBERTURA CON CARÁCTER DEFINITIVO
Decreto 2/2014, de 10 de enero, por el que se regula el procedimiento de habilitación de conductores de transporte sanitario por carretera
Decreto 2/2014, de 10 de enero, por el que se regula el procedimiento de habilitación de conductores de transporte sanitario por carretera El Reglamento de la Ley de ordenación de los transportes terrestres,
RESUELVO Primero.- Segundo.- Tercero.-
Resolución de 18 de septiembre de 2015, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se convoca segundo proceso de adjudicación informatizada de sustituciones en
DISPONGO: Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
14016 ORDEN de 16 de mayo de 2008 por la que se establecen determinados aspectos relativos a la ordenación e implantación de las enseñanzas de Educación Infantil, reguladas por la Ley Orgánica 2/2006,
I. Comunidad Autónoma
Página 37645 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 13442 Resolución de 10 de septiembre de 2012, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 45 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 10 ORDEN 1317/2015, de 7 de mayo, de la Consejeria de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula
Técnico Superior en Realización de Proyectos de Audiovisuales y Espectáculos Página 1 de 11
Técnico Superior en Realización de Proyectos de Audiovisuales y Espectáculos Página 1 de 11 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Orden ESD/ /2011, de XX de XXXXX, por la que se establece el currículo del ciclo formativo
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 35 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 7 ORDEN 2216/2014, de 9 de julio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen
PROCESO DE ADMISIÓN PARA EL CURSO 2014/15 UNIVERSIDADES: UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA
PROCESO DE ADMISIÓN PARA EL CURSO 2014/15 UNIVERSIDADES: UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA PREINSCRIPCIÓN EN LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA Pasos para realizar
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
16650 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2016, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan comisiones de servicio para cubrir con
DISPOSICIONES GENERALES
24628 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 11 de octubre de 2011 por la que se convocan cursos de preparación de pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y superior
BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO. jueves 26 de febrero de 2015
OTRAS DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE SALUD 948 RESOLUCIÓN de 18 de febrero de 2015, de la Directora de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitaria, por la que se convoca procedimiento de acreditación
3. Ot r a s disposiciones
Página 21212 I. Comunidad Autónoma 3. Ot r a s disposiciones Consejo de Gobierno 7807 Decreto n.º 107/2009, de 8 de mayo de 2009, por el que se regula la inscripción, cancelación y acceso al Registro General
NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ
NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ 1 ÍNDICE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPÍTULO I. DISPOSICIONES
CONSEJERIA DE EDUCACION
Página núm. 12 BOJA núm. 196 Sevilla,6deoctubre 2005 CONSEJERIA DE EDUCACION DECRETO 197/2005, de 13 de septiembre, por el que se establecen los currículos, los requisitos y pruebas específicas de acceso
NÚMERO 170 Miércoles, 3 de septiembre de 2014
26784 ORDEN de 27 de agosto de 2014 por la que se aprueba la convocatoria de becas al alumnado participante en la etapa de prácticas profesionales no laborales del Programa de Formación Profesional Dual
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS: 15 días hábiles, del 1 al 20 de abril, ambos incluidos.
Orden de 23 de marzo de 2015, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros. BOJA del 31 de marzo de 2015 PLAZO DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS: 15
Estas becas serán financiadas por el propio programa por un importe del 5% del total de los ingresos por matriculas del curso.
El Vicerrectorado de Postgrado, Formación Permanente y Empleo, designa la apertura de la Convocatoria de Becas de la Actividad Formativa Específica: Curso práctico de inglés para Profesionales de la Seguridad.
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
8977 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 23 de marzo de 2010 por la que se convoca la prueba de acceso y se establece el plazo de matriculación en los estudios superiores de Arte Dramático en la Escuela Superior
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
19314 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2011, de la Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente, por la que se convoca la admisión del alumnado en centros públicos
PRIMER_BORRADOR_DEC_PAC_160329 1 de 9
PROYECTO DE DECRETO /2016, DE DE, POR EL QUE SE REGULAN LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE AULA MATINAL, COMEDOR ESCOLAR Y ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES, ASÍ COMO LA AMPLIACIÓN DEL HORARIO DE LOS CENTROS DOCENTES
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Núm. 123 Martes 24 de mayo de 2011 Sec. III. Pág. 51706 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EDUCACIÓN 9048 Orden EDU/1345/2011, de 17 de mayo, por la que se convocan becas para la participación en un
1.- De profesión..animación!!!!! Proyecto de Actividades Socioculturales para niños/as del Municipio
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION LABORAL TEMPORAL DE 3 ANIMADORES/AS G.C 5 Y 2 EDUCADORES/AS G.C 2 PARA LOS PROYECTOS DE INTERES SOCIAL PLURIANUALES (2014/2015) A DESARROLLAR EN
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
15734 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 5 de mayo de 2015 por la que se regula el libramiento de fondos para la dotación de libros de texto a centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura
1 TECNICO TURISMO GC2
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION LABORAL TEMPORAL DE 1 TECNICO TURISMO GC2 Y PARA LOS PROYECTOS DE INTERES GENERAL Y SOCIAL PLURIANUALES (201/2016) A DESARROLLAR EN EL AYUNTAMIENTO
Principado de Asturias
BOPA Nº 244 - Sábado, 20 de octubre de 2001 OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERIA DE EDUCACION Y CULTURA Principado de Asturias RESOLUCION de 3 de octubre de 2001, de la Consejería de Educación y Cultura, por
I. COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 242 MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2006 Pág. 5 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Asamblea de Madrid 3584 RESOLUCIÓN de 29 de septiembre de 2006, de la Presidencia de la Asamblea
CURSOS DE TÉCNICOS SUPERIORES DEL ESPECTÁCULO EN VIVO EN LAS ESPECIALIDADES DE:
CURSOS DE TÉCNICOS SUPERIORES DEL ESPECTÁCULO EN VIVO EN LAS ESPECIALIDADES DE: CARACTERIZACIÓN (12 plazas) ILUMINACIÓN (12 plazas) MAQUINARIA ESCÉNICA, UTILERÍA Y CONSTRUCCIÓN DE DECORADOS (12 plazas)
III. Otras Resoluciones
14444 III. Otras Resoluciones Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad 2396 Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.- Resolución de 20 de mayo de 2014, por la que
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
22487 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 30 de junio de 2014 por la que se convoca el proceso de admisión en la modalidad a distancia de los módulos voluntarios de Programas de Cualificación Profesional
NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013)
NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013) Ámbito de aplicación: La presente normativa es aplicable a todos los estudios