Preámbulo La Entidad Pública Empresarial Red.es, adscrita al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, tiene como función impulsar el fomento y desarrollo de la sociedad de la información en España. En el ejercicio de sus funciones, Red.es fomenta y desarrolla la sociedad de la información. Dentro del marco de la Agenda Digital para España, el Plan de impulso de la economía digital y los contenidos digitales persigue el desarrollo de la Economía Digital mediante medidas que fomenten el emprendimiento y la habilidades y competencias en este sector, en particular, la medida Programa de impulso a la excelencia profesional tiene como objetivo destacar la excelencia del talento y del emprendimiento de la Economía Digital. Red.es, en sintonía con estos objetivos de la Agenda Digital para España, promueve iniciativas que impulsan nuevos profesionales TIC para poder dar respuesta a la demanda creciente de dichos perfiles profesionales por parte de las empresas. En el marco de estas iniciativas, Red.es publicó una Invitación para el apoyo a programas formativos de Economía Digital, la Invitación tiene por objeto apoyar programas formativos de entidades educativas y universidades, tanto públicas como privadas, en el ámbito de la Economía Digital a través de ayudas económicas en concepto de becas a estudiantes de dichos programas. Dicha ayuda está destinada a complementar los planes de becas de que disponga cada entidad con el fin de aumentar tanto la oferta como la demanda de formación en temas relacionados con la Economía Digital, enfocados a la creación de nuevos perfiles profesionales en este ámbito, que permitan modernizar el tejido productivo de nuestro país, que impulsen un uso intensivo y eficiente de las tecnologías en nuestras empresas y que potencien las industrias TIC del futuro. La UCAM presta un servicio a la sociedad en el ámbito de la investigación, desarrollo e innovación, en la difusión del conocimiento científico, técnico y cultural, en la transferencia del conocimiento y la tecnología hacia las empresas y organizaciones, en el desarrollo integral de la persona, en su preparación para el empleo y para el emprendimiento. En el ámbito de la Economía Digital imparte diversos programas formativos que están enfocados a la creación de nuevos perfiles profesionales relacionados con la Economía Digital. Por ello, la UCAM presentó su solicitud y resultó seleccionada como entidad colaboradora en la Invitación general 2015 para el apoyo a programas formativos en el ámbito de la economía digital (c-038/15-ed). De acuerdo con esto, el Consejo de Gobierno de la Universidad Católica San Antonio, en sesión celebrada el 16 de septiembre de 2015, ha aprobado las condiciones establecidas en la presente convocatoria de Becas a las que podrán optar todos los alumnos inscritos en los siguientes Programas Formativos: Página 1 de 5
PROGRAMA FORMATIVO Modalidad Nº horas Precio matrícula y docencia MÁSTER UNIVERSITARIO EN INGENIERÍA DE SONIDO Y PRODUCCIÓN DISCOGRÁFICA MÁSTER UNIVERSITARIO EN PLANIFICACIÓN, DESARROLLO Y GESTIÓN DE SMART CITIES ESPECIALISTA UNIVERSITARIO EN TECNOLOGÍAS 3D PARA FABRICACIÓN ADITIVA MASTER UNIVERSITARIO EN PRODUCCIÓN Y GESTIÓN DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES PRESENCIAL 600 3.900 MIXTA 450 3.400 MIXTA 300 1.850 ONLINE 600 2.750 EXPERTO UNIVERSITARIO EN BIG DATA ONLINE 200 1.550 MÁSTER EN DISEÑO DE PRODUCTO Y PROCESOS DE FABRICACIÓN 3D MÁTER UNIVERSITARIO EN INNOVACIÓN Y MARKETING TURISTICO MIXTA 600 3.000 ONLINE 600 2.750 CONDICIONES GENERALES 1º. El plazo de presentación de solicitudes dirigidas a la Comisión de Becas de la UCAM se inicia con el inicio del periodo de preinscripción del Plan Formativo y finaliza con el cierre de matriculación del mismo. La solicitud de Beca se recogerá de manera presencial o por email; becas@ucam.edu y se presentará en la Sección de Becas junto la documentación requerida. 2º. Modalidad de beca. La cuantía de la beca podrá oscilar entre el 15% hasta un máximo de 75% de los costes exclusivamente de la matrícula y docencia. La selección de becarios se llevará a cabo en función de criterios académicos y económicos, una vez ponderado el resultado, las solicitudes se ordenarán hasta completar el cupo de becas. 3º. Beneficiarios. Para poder ser beneficiario de una beca es preciso cumplir los siguientes requisitos: Ser español, o residir en España Estar en posesión de un título universitario oficial español o de formación profesional, u otro expedido por una institución de educación superior perteneciente a otro Estado integrante del Espacio Europeo de Educación Superior que faculte en el mismo para el acceso a la actividad formativa. Además, podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior, sin necesidad de homologación de los títulos, siempre que la entidad colaboradora acredite un nivel de formación que faculte al alumno para el correcto seguimiento del programa formativo Completar el programa formativo satisfactoriamente según los parámetros definidos por la Universidad. Página 2 de 5
No ser perceptor de ninguna ayuda pública tanto nacional, autonómica o local para la realización del programa formativo. Presentar la correspondiente solicitud en modelo oficial, en tiempo y forma, con inclusión de toda la documentación necesaria. 4º. Requisitos académicos. Se tendrá en cuenta la nota de acceso del título universitario oficial español, de un título de FP de grado superior u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior o títulos de sistemas ajenos a éste si la universidad lo ha aprobado de acuerdo a los requisitos para ser beneficiario. 5º. Requisitos económicos. Se tendrá en cuenta la renta familiar del solicitante, dando prioridad a las rentas más bajas. La renta familiar se obtendrá por agregación de las rentas del ejercicio 2014 de cada uno de los miembros computables de la familia calculada según se indica en los párrafos siguientes y de conformidad con la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Se procederá del modo siguiente: a) Se sumará la base imponible general con la base imponible del ahorro. b) De este resultado se restará la cuota resultante de la autoliquidación. Para la determinación de la renta de los miembros computables que obtengan ingresos propios y no hayan presentado declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se seguirá el procedimiento descrito en el párrafo a) anterior y del resultado obtenido se restarán los pagos a cuenta efectuados. La presentación de la solicitud de beca implicará la autorización a las Administraciones Educativas para obtener, si procede, los datos necesarios para determinar la renta a efectos de beca a través de las correspondientes Administraciones Tributarias. Para el cálculo de la renta familiar a efectos de beca, son miembros computables de la familia: - El padre y la madre, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, en su caso; el solicitante, los hermanos solteros menores de veinticinco años y que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre de 2014 o los de mayor edad, cuando se trate de personas con discapacidad, así como los ascendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el certificado municipal correspondiente. - En el caso de solicitantes que constituyan unidades familiares independientes, también se consideran miembros computables el cónyuge o, en su caso, la persona a la que se halle unido por análoga relación, así como los hijos si los hubiere y que convivan en el mismo domicilio. - En el caso de divorcio o separación legal de los padres no se considerará miembro computable aquél de ellos que no conviva con el solicitante de la beca. - Tendrá, no obstante, la consideración de miembro computable y sustentador principal, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación cuyas rentas y patrimonio se incluirán dentro del cómputo de la renta y patrimonio familiares. - En los supuestos en los que el solicitante de la beca sea un menor en situación de acogimiento, será de aplicación a la familia de acogida lo dispuesto en los párrafos anteriores. Cuando se trate de un mayor de edad tendrá la consideración de no integrado en la unidad familiar a estos efectos. Página 3 de 5
- En los casos en que el solicitante alegue su emancipación o independencia familiar y económica, cualquiera que sea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente que cuenta con medios económicos propios suficientes que permitan dicha independencia así como la titularidad o el alquiler de su domicilio habitual. En caso contrario, y siempre que los ingresos acreditados resulten inferiores a los gastos soportados en concepto de vivienda y otros gastos considerados indispensables, se entenderá no probada la independencia. 6º. Documentos necesarios para incluir en la solicitud de beca: - Fotocopia del DNI del solicitante, padre, madre, el tutor legal en su caso, y los hermanos solteros menores de 25 años que convivan en el domicilio familiar, a 31 de diciembre del año 2014, así como los ascendientes de los padres que también residan (certificarán su empadronamiento en la residencia familiar). Aquellos alumnos que tengan hermanos menores de 14 años y no tengan DNI, deberán presentar fotocopia completa del Libro de Familia. - Documento facilitado por la entidad bancaria donde conste los 20 dígitos de la cuenta corriente. El alumno deberá ser, en todo caso, titular o cotitular de esa cuenta corriente. - Justificación documental de las situaciones extraordinarias declaradas por el solicitante tales como viudedad, orfandad, separación, independencia. - CERTIFICADO ACADÉMICO que da acceso al Plan Formativo (Título universitario oficial español, de un título de FP de grado superior u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior, o títulos de sistemas ajenos a éste si la universidad lo ha aprobado de acuerdo a los requisitos para ser beneficiario). - CERTIFICADO resumen de la declaración anual del IRPF correspondiente al ejercicio 2014 de la unidad familiar, se podrá solicitar a través de la página Web de la Agencia Tributaria. Si no tiene la obligación de realizar la declaración de la renta, CERTIFICADO de Imputaciones de renta correspondiente a los datos económicos del ejercicio 2014. Atención telefónica de la Agencia Tributaria 901 33 55 33. 7º. Las becas y ayudas al estudio de la presente convocatoria son incompatibles con las previstas por otros organismos en el curso 2015/16 en cualquiera de sus modalidades así como, con otros beneficios de la misma finalidad que puedan recibirse de otras entidades o personas, públicas o privadas. 8º. La presentación del modelo de solicitud en fichero pdf firmado por el interesado supondrá la aceptación de las bases y requisitos de la convocatoria: - Que queda enterado de que la inexactitud, omisión o falsedad de los datos y circunstancias declarados dará lugar a la denegación o revocación de la beca, incurriendo en la responsabilidad legal que proceda, amén de las medidas disciplinarias que pueda acordar la Comisión Disciplinaria de la UCAM. - Que el solicitante autoriza a recibir información sobre la resolución a través de email. - Que tiene conocimiento del régimen de incompatibilidades de esta convocatoria y que en caso de obtener otra beca o ayuda procedente de cualquier Administración o entidad pública o privada deberá comunicarlo a la Sección de Becas de la UCAM. - Que en cumplimiento de lo previsto en la ley 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, que la información que ha facilitado pasará a formar parte de AYUDAS Y BECAS Página 4 de 5
correspondiente al fichero automatizado de ALUMNOS con la finalidad de gestionar su expediente de beca. Tiene derecho a acceder a esta información, rectificarla o cancelarla, dirigiéndose al domicilio del responsable del tratamiento, la Fundación Universitaria San Antonio, en Campus Los Jerónimos, S/N, 30107 Guadalupe (Murcia). Esta entidad le garantiza la adopción de las medidas oportunas para asegurar el tratamiento confidencial de todos sus datos. 9º. Control sobre el cumplimiento de la finalidad de la beca. A estos efectos, se entenderá que no han destinado la beca para dicha finalidad cuando concurra alguna de las siguientes situaciones y se procederá al reintegro de la beca: - Anulación de la matrícula. - En caso de descubrirse que en su concesión concurrió ocultación o falseamiento de datos o que existe incompatibilidad con otros beneficios de esta clase procedentes de otras personas físicas o jurídicas. También serán reintegradas en el caso de probarse que han sido concedidas a estudiantes que no reunían alguno o algunos de los requisitos establecidos, o no los acrediten debidamente. Para el estudio de las solicitudes presentadas y selección de posibles becarios, se constituirán un órgano colegiado de selección de becarios que examinará las solicitudes presentadas para requerir al interesado en su caso, que subsane los eventuales defectos o acompañe los documentos preceptivos en el plazo de diez días contados desde la recepción del requerimiento, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero. La Comisión de Selección comprobará que las solicitudes presentadas cumplen los requisitos generales exigibles de concesión. Cualquiera de las becas podrá quedar desierta en caso de que los candidatos no cumplan con los requerimientos descritos en los puntos anteriores. Asimismo, la Comisión se reserva el derecho a modificar o suprimir el componente de beca contenida en la presente convocatoria en atención a circunstancias imprevistas. Los solicitantes de beca a quienes les sea denegado el derecho podrán recurrir ante el Consejo de Gobierno de esta Universidad en el plazo de 7 días naturales. Denegado, en su caso, el recurso, no habrá posibilidad de ulterior reclamación. La presente convocatoria se resolverá y notificará en un plazo máximo de 2 meses a contar desde su publicación definitiva, trascurrido este plazo no habrá posibilidad de alegación alguna. Página 5 de 5