PRÁCTICAS DE FORMACIÓN ACADÉMICA
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- Alicia Ortiz Alcaraz
- hace 8 años
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1 Normativa de PRÁCTICAS DE FORMACIÓN ACADÉMICA con reconocimiento por equivalencia de créditos de libre configuración por la realización de PRÁCTICAS en Empresas, Instituciones Públicas o Privadas. PREÁMBULO Las prácticas curriculares suponen la estancia en empresas de los alumnos. Durante las mismas, los universitarios obtienen una experiencia profesional que les acerca al mundo laboral y les proporciona el conocimiento de hábitos, prácticas y valores propios de un entorno laboral. Estas prácticas facilitan su posterior inserción laboral y completan su formación académica, pudiéndose realizar en una empresa o institución pública o privada por un tiempo limitado. Lo importante y novedoso es que esta formación se desarrolla en un entorno diferente y desconocido hasta el momento para ellos, que no es el académico o el exclusivamente formativo al que se está acostumbrado: el entorno de la empresa, de la administración o, en definitiva, de una organización laboral. Estudiantes Las prácticas en empresas e instituciones abren la posibilidad de acercamiento al mercado laboral con un contacto directo con las operativas de las mismas. Permiten al estudiante enfrentarse a situaciones reales de exigencia profesional que forjan en él/ella la actitud y predisposición necesarias para asumir las responsabilidades inherentes a un puesto de trabajo. Además, como se ha indicado, les proporciona una experiencia fundamental a incluir en el currículum y les facilita la inserción laboral. Empresas e Instituciones Las empresas e instituciones que acogen estudiantes en prácticas tienen la posibilidad de comprobar la eficacia y motivación de éstos durante el desarrollo de las tareas o funciones encomendadas. El seguimiento de los alumnos permite predecir su comportamiento futuro con más fiabilidad, posibilitando una mejor selección posterior de personal cualificado, con garantías de éxito. Prácticas de Formación Académica Son prácticas voluntarias, de corte académico, generalmente gestionadas por los Centros universitarios, y dirigidas a estudiantes. Reconocimiento de Créditos: A los estudiantes, previa matriculación, se les podrá reconocer créditos de libre configuración según la Normativa propia desarrollada por la Escuela Universitaria Politécnica, y que se refleja a continuación.
2 Normativa específica para los alumnos de la Escuela Universitaria Politécnica de Sevilla. 1.- MARCO LEGAL Las actividades se realizarán en el marco de un convenio de Cooperación Universitaria para el desarrollo de las prácticas curriculares entre la Universidad de Sevilla y la Empresa o Institución. Los convenios de cooperación educativa vienen regulados por el Real Decreto 1497/1981, modificado a su vez por el 1845/1994. La firma de dicho convenio y el anexo correspondiente, referido a las titulaciones impartidas en la Escuela Universitaria Politécnica de Sevilla, será condición imprescindible para el desarrollo de las prácticas. La firma del anexo mencionado deberá contar necesariamente con el visto bueno de la Escuela. La firma de este convenio no implica relación de carácter contractual ni laboral entre la Empresa o Institución y los alumnos participantes. 2.- DISPOSICIONES GENERALES Para poder ser reconocidas académicamente en forma de créditos de libre configuración, las prácticas deberán desarrollarse en el ámbito propio de la Titulación que cursa el alumno. La unidad de valoración de créditos es que a cada 30 horas de actividad práctica en Empresa o Instituciones corresponderá un reconocimiento de 1 crédito de libre configuración. En cualquier caso, el número máximo de créditos que un alumno puede obtener mediante la realización de prácticas en Empresas o Instituciones es de 15 créditos. El alumno deberá tener un Tutor Docente que, imprescindiblemente, será un Profesor con docencia en la Escuela Universitaria Politécnica de Sevilla. El Tutor Docente, al finalizar el periodo de Prácticas, deberá realizar un informe sobre las incidencias de las mismas en un plazo máximo de 30 días naturales contados desde la terminación de dichas prácticas. Este informe será dirigido al Subdirector de Extensión Universitaria de la Escuela Universitaria Politécnica de Sevilla. 3.- RESPECTO DE LAS EMPRESAS O INSTITUCIONES Las Empresas o Instituciones que entren a formar parte del programa de prácticas deberán estar constituidas legalmente y tener actividades acordes con la titulación del alumno. Una vez firmado el convenio general, junto con el anexo correspondiente, la Empresa o Institución podrá ofrecer plazas de prácticas con la regularidad y cuantía que desee; podrá, asimismo, establecer el perfil del candidato que desea recibir. En su oferta, deberá detallar todos aquellos extremos que afecten, tanto a la dedicación, lugar de trabajo, movilidad y tareas a realizar, como a la
3 contraprestación económica que, en concepto de beca, pudiera conllevar. El lugar de realización de la práctica será el designado por la Empresa o Institución correspondiente. La Empresa o Institución nombrará un tutor (Tutor Externo) que se responsabilizará de la formación de cada alumno y de la valoración de su estancia, facilitando a la Escuela el informe de aprovechamiento de la práctica a su finalización, según el anexo 1 a la presente normativa. La Empresa debe admitir que el alumno, además, tendrá un Tutor Docente, Profesor con docencia en la Escuela Universitaria Politécnica, debiendo de ser informado de cualquier incidencia en el transcurso de la Beca en Práctica. La Empresa o Institución facilitará al alumno la realización de sus exámenes y sus deberes docentes. 4.- RESPECTO DE LOS ALUMNOS Para la realización de las prácticas de Formación Académica será necesario tener aprobado al menos el 50% de los créditos conducentes a la obtención de su Título. La practicas de Formación Académica en Empresas o Instituciones han de tener una relación suficiente con el contenido del Titulo que cursa el alumno. El alumno deberá matricularse en asignatura de libre configuración denominada Prácticas de Formación Académica, de acuerdo con lo expresado en el punto 5 de esta normativa. Si una vez realizadas las prácticas, éstas fueran evaluadas negativamente, el alumno no podrá volver a solicitar la obtención de créditos mediante esta modalidad. Se exceptúa el caso de que las prácticas se interrumpiesen por razones ajenas al alumno. Se excluirá a todos aquellos candidatos que tengan un total de créditos aprobados que iguale o supere el número necesario para la obtención del Título. 5.- MATRICULACIÓN El alumno deberá matricularse en Secretaria de la Escuela Universitaria Politécnica de Sevilla en la asignatura Prácticas de Formación Académica. Para la realización de la matricula deberá aportar un impreso de aceptación del Tutor Externo de la Empresa y del Tutor Interno Docente de la Escuela Universitaria Politécnica de Sevilla. El mencionado impreso será facilitado por la Secretaria, y en él deberá constar el nombre de la Empresa o Institución donde se va a realizar la práctica y el perfil del trabajo que, obligatoriamente, tiene que ser acorde con la Titulación del alumno que solicita la matriculación.
4 6.- MEMORIA A PRESENTAR POR EL ALUMNO Tras la conclusión de la práctica, el alumno deberá entregar una memoria que, obligatoriamente, contendrá los siguientes apartados: o Datos personales del alumno. o Nombre de la Empresa o Institución y lugar de ubicación. o Nombre de los Tutores de la Empresa y el Docente de la Escuela Universitaria Politécnica. o Breve descripción de la Empresa o Institución: domicilio social, actividad, número de empleados e importancia en el sector, número de Ingenieros Técnicos Industriales en dicha Empresa o Institución, situación actual, tareas más habituales y posibilidades de expansión. o Descripción concreta de la práctica y memoria cronológica de la misma. o Departamentos en los que ha estado asignado. o Tareas realizadas. Si ha participado en un trabajo concreto, descripción del mismo, teniendo en cuenta, en su caso, el secreto profesional al que está obligado. o Relación de las tareas realizadas con los conocimientos que ha adquirido durante la carrera. o Valoración personal de los puntos anteriores y propuestas concretas de mejora. o Para el formato de la memoria a presentar, el alumno deberá tener en cuenta los siguientes puntos: Como norma general, la extensión del informe estará comprendida entre 5 y10 páginas. Se entregará mecanografiado y digitalizado (formato Word), paginado y encuadernado, indicando en la portada los datos personales, el nombre de la Empresa o Institución y un título significativo del contenido de la práctica realizada. Para la evaluación de la memoria se tendrá en cuenta los siguientes aspectos: Cumplimiento de los objetivos previstos en el perfil inicial de la práctica. Contenido y calidad de la misma. Forma y presentación de la memoria. Documentación aportada. 7.- LUGAR Y FECHA DE ENTREGA El alumno entregará la memoria en un plazo máximo de 30 días naturales desde la conclusión de la práctica, junto con una instancia habilitada a tal efecto, en la Secretaria de la Escuela Universitaria Politécnica, dirigida al Subdirector de Extensión Universitaria. El incumplimiento del plazo establecido, salvo causa de fuerza mayor, se considerará como informe no realizado por el alumno e implicará la calificación de NO APTO en la asignatura bajo cuya denominación el alumno ha matriculado los créditos, y que se especificarán más adelante.
5 8.- EVALUACION DE LA ASIGNATURA Las prácticas curriculares obtendrán la calificación de APTO o NO APTO, una vez que haya finalizado el periodo requerido. Sólo podrán aprobarse los créditos cuando el acta de calificación sea APTO. El Tutor Académico hará una propuesta razonada de calificación. Dicha propuesta tendrá en cuenta el informe presentado por la Empresa o Institución y el que necesariamente deberá presentar el alumno sobre la labor realizada. 9.- REVISIÓN DE LA EVALUACIÓN El alumno calificado como NO APTO tendrá derecho a la revisión de su calificación, solicitándola por escrito, y dirigido al Presidente de la Comisión de Prácticas. El plazo de solicitud será de cuatro días hábiles a partir de la publicación de la calificación. La revisión se realizará de manera que la calificación pueda aparecer en el acta de la convocatoria en la que el alumno ha presentado la memoria de las prácticas. De persistir la disconformidad con el resultado de la revisión, el alumno tendrá derecho, en última instancia, a solicitar una nueva a la Comisión de Docencia de la Escuela Universitaria Politécnica de Sevilla.
6 Anexo 1 INFORME DEL TUTOR EXTERNO El tutor asignado por la Empresa o Institución debe rellenar el siguiente informe para hacer constar la realización y valoración de las prácticas por parte del alumno. Nombre del Tutor Externo: Empresa o Institución: Nombre del alumno: D.N.I. Titulación: Fecha de Inicio de las Prácticas: Fecha de Finalización de las Prácticas: Total de horas: * El 5 es el valor superior OBSERVACIONES VALORACIÓN * Capacidad y rigor técnico y científico Capacidad de aprendizaje Comunicación oral y escrita Sentido de responsabilidad Creatividad Implicación personal Motivación Receptividad a las críticas Puntualidad Relación con los superiores y compañeros Espíritu de equipo Relación con los clientes Facilidad de adaptación Fecha: Fdo:
7 Anexo 2 TRANSITORIA DE PUESTA EN MARCHA DE LA NORMATIVA Las prácticas en Empresas o Instituciones se reconocerán como Asignaturas de Libre Configuración, con un número de créditos asignadas a las mismas según los cinco tramos siguientes: Nº de horas de Prácticas Créditos equivalentes Entre 90 y 180 horas. 3 Entre 181 y 270 horas. 6 Entre 271 y 360 horas. 9 Entre 361 y 450 horas. 12 Más de 450 horas. 15 Se considerará cada tramo como si fuese una Asignatura diferente, con la indicada carga de créditos. La superación por parte del alumno de todos los requisitos necesarios para obtener la suficiencia de créditos en uno de los tramos indicados equivaldrá al reconocimiento del aprobado de una Asignatura de Libre Configuración en su expediente. Por tanto, no podrá realizar otras prácticas en Empresas con la misma equivalencia de créditos ya que eso sería idéntico a repetir Asignatura. Sí podría hacerlo, en otra o la misma Empresa, pero con diferente carga de horas y créditos. En el curso podrán solicitar reconocimiento de créditos de Libre Configuración los alumnos que, en el momento de la solicitud, estén realizando prácticas en Empresas con convenio con la Universidad de Sevilla, y cuya convocatoria se haya realizado a través del Servicio de Prácticas de la propia Universidad o de la Escuela Universitaria Politécnica. Para ello deben presentar la solicitud correspondiente en la Secretaría del Centro, dirigida a la Comisión de Prácticas en Empresas, y deben aportar impreso de aceptación de un Tutor en la Empresa y de un Profesor Tutor con docencia en la Escuela Universitaria Politécnica.
8 SOLICITUD DE PRÁCTICAS DE FORMACIÓN DE LIBRE CONFIGURACION D./Dña. Alumno/a de la titulación Con DNI, realizando prácticas en la Empresa en el Departamento, con tutor en la Empresa D. en su calidad de (puesto trabajo) Telefono y con tutor en la Escuela Universitaria Politécnica Profesor D. Adscrito al Departamento. EXPONE: Que cumpliendo los requisitos establecidos en la NORMATIVA de PRÁCTICAS DE FORMACIÓN ACADÉMICA con reconocimiento por equivalencia de créditos de libre configuración por la realización de PRÁCTICAS en Empresas, Instituciones Públicas o Privadas, aprobada por Acuerdo de Junta de Centro de la Escuela Universitaria Politécnica, Marque el código de la asignatura: Código Créditos Prácticas entre 90 y 180 horas entre 181 y 270 horas entre 271 y 360 horas entre 361 y 450 horas más de 451 horas SOLICITA: Matricularse de curso académico El alumno. Fdo.: créditos de libre Configuración en Prácticas formativas en el En Sevilla a de de. Conforme Tutor Externo de la Empresa Conforme Tutor Interno Profesor
9 Las practicas en Empresas o Instituciones se reconocerán como asignatura de libre configuración en los cinco tramos siguientes: Créditos Prácticas Código 3 entre 90 y 180 horas entre 181 y 270 horas entre 271 y 360 horas entre 361 y 450 horas más de 451 horas Considerándose cada tramo como si fuera una asignatura diferente, con la indicada carga de créditos. Se indica que, caso de cursar, por ejemplo 3 créditos en una Empresa, y superar todos los requisitos para obtener la suficiencia, no puede volver a solicitar otros 3 créditos pues esa asignatura estaría aprobada, podría realizar otras prácticas en Empresa pero con diferente carga de créditos, Siempre con un máximo de 15 en total. Podrán Matricular la asignatura de Libre configuración Prácticas en Empresas aquellos alumnos que: 1) Tengan aprobado al menos el 50% de los créditos conducentes a la obtención de su título. 2) En el momento de la solicitud de matrícula estén realizando prácticas en empresas con convenio con la Universidad de Sevilla, y cuya convocatoria se haya realizado a través del Servicio de Practicas de la Universidad de Sevilla o de la Escuela Universitaria Politécnica. 3) Aporten el impreso de aceptación de un Tutor en la Empresa y un Tutor profesor con docencia en la escuela Universitaria Politécnica. Evaluación. Tras la conclusión de la práctica, el alumno deberá entregar una memoria dirigida al Sr. Subdirector de Extensión Universitaria, a efectos de evaluación de la misma.
10 INFORME DEL TUTOR EXTERNO El tutor asignado por la Empresa o Institución debe rellenar el siguiente informe para hacer constar la realización y valoración de las prácticas por parte del alumno. Nombre del Tutor Externo: Empresa o Institución: Nombre del alumno: D.N.I. Titulación: Fecha de Inicio de las Prácticas: Fecha de Finalización de las Prácticas: Total de horas: * El 5 es el valor superior OBSERVACIONES VALORACIÓN * Capacidad y rigor técnico y científico Capacidad de aprendizaje Comunicación oral y escrita Sentido de responsabilidad Creatividad Implicación personal Motivación Receptividad a las críticas Puntualidad Relación con los superiores y compañeros Espíritu de equipo Relación con los clientes Facilidad de adaptación Fecha: Fdo.:
En dicha normativa se establecen dos tipos de Prácticas Externas (PE):
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