El Ilmo. Sr. D. ALFONSO POLANCO REBOLLEDA, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Palencia,



Documentos relacionados
El Ilmo. Sr. D. ALFONSO POLANCO REBOLLEDA, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Palencia,

CONVENIO CON LA ASOCIACIÓN BENÉFICA PALENTINA VIRGEN DE LA SOLEDAD PARA EL MANTENIMIENTO DEL COMEDOR SOCIAL 2014.

REUNIDOS. El Ilmo. Sr. D. ALFONSO POLANCO REBOLLEDA, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Palencia,

CONVENIO DE COLABORACIÓN

Ayuntamiento de Caspe

BASES PARA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES CULTURALES, AÑO 2012

f. Proyección de permanencia de la actividad, aprobando preferiblemente actividades que sean capaces de generar grupos o programas estables frente a

Boletín oficial de la Provincia de valladolid

SOLICITUD DE SUBVENCIONES ASOCIACIONES JUVENILES

Y de otra, el Excmo. Sr. D. Manuel García Álvarez, Procurador del Común de Castilla y León. Ambas partes, en la calidad en que cada uno interviene

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES ASOCIACIONES CULTURALES DEL ÁMBITO TERRITORIAL DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA DE ALCÁNTARA

ANUNCIO. Aprobadas por resolución Alcaldía día 31 de julio de 2015.

BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES CULTURALES AÑO 2015

BASES QUE HAN DE REGIR EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES PARA LA PUESTA EN MARCHA DE INICIATIVAS EMPRESARIALES EN LA LOCALIDAD DE ALMANSA

NORMATIVA REGULADORA DEL REGIMEN DE CONCESION DE SUBVENCIONES DE ACTIVIDADES CULTURALES DE PROMOCIÓN DEL CONOCIMIENTO Y USO DEL EUSKERA.

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES ORDEN de 14 de julio de 1998 por la que se regulan aspectos formativos del contrato para la formación

TORRECILLA DE ALCAÑIZ Plaza de España, 1 Tfno. y Fax NIF P C Cod. Postal (Teruel)

BENEFICIARIOS Y ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES

SOLICITUD DE APLAZAMIENTO

MODALIDAD B: Subvención de proyectos específicos de actividades desarrollados principalmente en el Término Municipal de Argamasilla de Alba.

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL POR REAGRUPACIÓN FAMILIAR

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PIZARRA EN MATERIA DE DEPORTES. PREÁMBULO

Ayuntamiento de Golmayo (Soria)

convenro DB.,LAB,RACTóN ENrRE LA cons;;;';; BIBNBSTAR SOCIAL Y EL AYUNTAMIBNTO DE ALICANTB RELATIVO AL PROGRAMA CBNTRO INFODONA

BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE MUJERES DEL EJERCICIO 2015

CONVOCATORIA DE AYUDAS A ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS PARA TRANSPORTE CURSO 2012/2013.

CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICA SOCIOSANITARIA

BASE PRIMERA. OBJETO Y NÚMERO DE BECAS.

Convenio de colaboración y cesión de uso de las instalaciones deportivas

CONVENIO DE COLABORACIÓN CON SERFICOIN PARA LA ADHESIÓN A LA RED DE EMPRESAS POR LA CONCILIACIÓN QUE PROMUEVE EL AYUNTAMIENTO DE MADRID REUNIDOS

REGLAMENTO REGULADOR DEL REGISTRO MUNICIPAL DE ASOCIACIONES DE PILAR DE LA HORADADA

REGLAMENTO MUNICIPAL DEL VOLUNTARIADO SOCIAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERIA PREAMBULO

CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES FINANCIACIÓN DE PLAZAS CONCERTADAS CON ASOCIACIONES JUVENILES PARA LA ASISTENCIA A CAMPAMENTOS DE VERANO DE 2016

b) Tener una edad comprendida entre dieciocho y treinta y cinco años, ambos inclusive.

BORRADOR PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE CREA EL REGISTRO DE ENTIDADES MEMORIALISTAS DE LA COMUNITAT VALENCIANA PREÁMBULO

BASES. Plaza España, s/n. Santa Marta de Tormes Salamanca Tel.: Fax:

NÚMERO 233 Miércoles, 3 de diciembre de 2014 CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Dirigido a personas creativas que quieran. emprender una actividad empresarial en. Cáceres.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN Y LA EMPRESA PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN LABORAL DE TITULADOS DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN

CONVOCATORIA PARA SUBVENCIONAR ACTIVIDADES CULTURALES DE LANGREO/LLANGREU

ORDENANZA FISCAL NUM. 10 REGULADORA DE LA TASA POR LA ACTUACIÓN MUNICIPAL EN LAS APERTURAS DE ESTABLECIMIENTO. I.- NATURALEZA Y FUNDAMENTO

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA IMPLANTACIÓN DE NUEVAS EMPRESAS EN EL MUNICIPIO DE BENIDORM

Butlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES ASOCIACIONES CULTURALES

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA Y LA FUNDACIÓN PERSONAS

REGLAMENTO DE CRÉDITOS POR PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES DE COOPERACIÓN Y SOLIDARIDAD ( Programa de Voluntariado de la UC)

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y PERSONAS LOCALES, DE LA COMISIÓN DE CULTURA, EDUCACIÓN, FESTEJOS Y EUSKERA AÑO 2014

AJUNTAMENT DE LA NUCIA AYUNTAMIENTO DE LA NUCIA

CONVENIO ESPECÍFICO SUSCRITO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE HUELVA Y PARA LA REALIZACIÓN DE LAS PRÁCTICAS DEL MÁSTER DE PSICOLOGÍA GENERAL SANITARIA

BASES DE LA CONVOCATORIA

Ayuntamiento de Medina de Pomar Plaza Mayor, (BURGOS) Tfno.: Fax:

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ACOGIMIENTO TEMPORAL DE MENORES EXTRANJEROS.

BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES Y ENTIDADES CULTURALES DEL MUNICIPIO DE GRAUS PARA EL AÑO 2015.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JACA (HUESCA)

SUBVENCIONES PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS SOCIOSANITARIOS EN EL CAMPO DE LA PARTICIPACIÓN COMUNITARIA EN SALUD

ANEXO IV A LA NORMATIVA DE CONVENIOS RELATIVA A LOS CURSOS DE DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID IMPARTIDOS EN UNA UNIVERSIDAD EXTRANJERA.

CAPÍTULO II: PROCEDIMIENTO

I. Comunidad Autónoma

FOMENTO DEL VOLUNTARIADO

BASES PARA LA CONCESIÓN DE BECAS DE FORMACIÓN POR EL AYUNTAMIENTO DE PETRÉS EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA LA DIPU TE BECA.

BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EMPRENDEDORES, EMPRESAS Y AUTÓNOMOS.

Orden Foral 339/2006, de 30 de octubre, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

BASES DE CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES CULTURALES DEL AYUNTAMIENTO DE ASTILLERO PARA EL AÑO 2015.

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES CULTURALES DE LA CIUDAD DE ALCAÑIZ PARA EL AÑO 2011 CLÁUSULAS

Ayuntamiento de Yecla Becas y Subvenciones

Recomendación dirigida al Concello de Cangas para la exención del IVTM a una persona con discapacidad ANTECEDENTES

Punto 14.- Convocatoria y bases para la concesión de subvenciones destinadas a la Mejora del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible 2007.

BASES PARA LA CONCESIÓN DE BECAS DE FORMACIÓN POR EL AYUNTAMIENTO DE GILET EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA LA DIPU TE BECA.

PLAN DE EMPLEO LOCAL 2015

BASE SEGUNDA. DOTACIÓN, PAGO Y DURACIÓN DE LAS BECAS:

1. Nombre completo de la persona física solicitante con copia del NIF o N.I.E. del solicitante.

PROYECTO DE ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE SUBVENCIONES

BASES PARA LA CONCESIÓN DE 19 BECAS DE FORMACIÓN POR EL AYUNTAMIENTO DE UTIEL EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA LA DIPU TE BECA.

BASES PARA LA CONCESIÓN DE 3 BECAS DE FORMACIÓN POR EL AYUNTAMIENTO DE LA YESA EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA LA DIPU TE BECA.

Valle de Egüés. Convocatoria de ayudas y bases para fomento del autoempleo en el año 2015

En la ciudad de Salamanca, a 13 de julio de COMPARECEN:

Nombre de la Asociación/ Entidad. Domicilio Nº Pis. Población Código postal Provincia Teléfono Fax Dirección electrónica. Nombre y apellidos

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO

CONVOCATORIA DE LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES DE POZO CAÑADA 2015/2016

LUCHA CONTRA LA POBREZA Y LA EXCLUSIÓN SOCIAL

Butlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant

ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid

9. Informe Económico-Financiero

BASES QUE HAN DE REGIR EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES PARA LA PUESTA EN MARCHA DE INICIATIVAS EMPRESARIALES EN LA LOCALIDAD DE ALMANSA

Aprobación de bases para el otorgamiento de subvenciones a Entidades Culturales y Juveniles, año 2014.

NÚMERO 233 Martes, 2 de diciembre de 2008

Todos los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Qué requisitos debe cumplir un Ayuntamiento para ser beneficiario?

5. Presentación de solicitudes 20 días naturales 6. Tipos de ayudas 7. Subsanación de defectos 8. Denegación por silencio

AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ

La concesión del número concreto en cada una de las áreas queda supeditado al perfil de los solicitantes de esta convocatoria.

XXXIV.- ORDENANZA MUNICIPAL, REGULADORA DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO Y DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE DICHO SERVICIO.

ORDENANZA REGULADORA DEL FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS, DE BIENESTAR SOCIAL, ASOCIACIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

AJUNTAMENT D'ONDA ONDA (CASTELLÓ)

BOLETÍN Nº de octubre de 2015

En Zaragoza a...de REUNIDOS

ACUERDO MARCO DE COLABORACION ENTRE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE SENOLOGÍA Y LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE DIAGNÓSTICO POR IMAGEN DE LA MAMA REUNIDOS

NÚMERO 244 Viernes, 19 de diciembre de 2014

AYUNTAMIENTO DE YATOVA COMA RC A HO YA DE BUÑ OL -CHI VA

Transcripción:

CONVENIO CON LA ASOCIACIÓN DE FAMILIARES Y PERSONAS CON ENFERMEDAD MENTAL DE PALENCIA (FEAFES) PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA PSICOEDUCACIÓN Y HÁBITOS DE VIDA SALUDABLES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD POR ENFERMEDAD MENTAL, AÑO 2015. REUNIDOS DE UNA PARTE Palencia, a de de 2015. El Ilmo. Sr. D. ALFONSO POLANCO REBOLLEDA, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Palencia, Y DE OTRA Dª ROSA Mª GÓMEZ IGLESIAS, en su calidad de Presidenta de la Asociación de familiares y personas con enfermedad mental de Palencia, inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones con el Nº 177. Ambos tienen y se reconocen capacidad legal para el otorgamiento del presente Convenio. Es por lo que EXPONEN La participación, la promoción de la iniciativa social y del voluntariado, así como la coordinación constituyen principios rectores del sistema de servicios sociales de responsabilidad pública de Castilla y León (Art. 7. Ley 16/2010, de de Castilla y León) En este ámbito son competencia de los ayuntamientos con población superior a los 20.000 habitantes la colaboración con la administración de la Comunidad en las facultades de fomento del asociacionismo y la participación, así como la promoción de la iniciativa privada sin ánimo de lucro en la prestación de los servicios sociales y la coordinación de su actividad a nivel local o en relación con las prestaciones cuya titularidad corresponda a la entidad local. (Art. 48. i) y j) Ley 16/2010, de de Castilla y León) El presente convenio contribuye a la promoción de la iniciativa social sin ánimo de lucro en la prestación de los servicios sociales y la coordinación de su actividad a nivel local, en beneficio de la más adecuada atención especializada de los colectivos con necesidades específicas a que representan. FEAFES Palencia, tiene entre sus objetivos prioritarios de actuación el de apoyar, acoger y atender integralmente a familiares y personas con enfermedad

mental, a través de programas de carácter psico-educativo, sanitarios, ocupacionales, formativos y socio-culturales, con el fin de identificar y prevenir las causas que originan esta situación y facilitar los medios adecuados para la plena integración y auto-realización de estos colectivos. Parte importante de su intervención está orientada a la promoción de la salud. Y, en su virtud, en cumplimiento del acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Palencia, adoptado en sesión de fecha / /2015 1.- Del objeto del Convenio. ACUERDAN Es objeto de este Convenio la realización del conjunto de actuaciones necesarias para el desarrollo del Programa Psicoeducación y hábitos de vida saludables para personas con discapacidad con enfermedad mental grave y prolongada, que consta de dos áreas de trabajo: 1.- La Psicoeducación tiene dos grandes objetivos: informar y educar sobre la enfermedad mental para aceptar la enfermedad, asumir su gravedad y larga evolución, así como concienciar sobre el gran potencial existente en la persona con enfermedad mental para mejorar su calidad de vida. 2.- La promoción de la salud, a través de los hábitos de vida saludables, que sirve fundamentalmente para proporcionar a las personas con enfermedad mental información relevante y estrategias que le permitan mejorar aspectos relacionados con la alimentación, la actividad física y la autoestima, de tal manera que junto a su tratamiento de base, les ayude a mejorar su calidad de vida. 2.- De la vigencia del convenio El presente convenio permanecerá vigente desde su formalización hasta el 31 de diciembre de 2015. 3.- De los compromisos del Ayuntamiento de Palencia. Por el presente Convenio el Excmo. Ayuntamiento de Palencia, a través de la Concejalía de, adquiere el compromiso de apoyar económicamente el desarrollo del Programa, en los conceptos que en la cláusula 4ª se recogen, con la cantidad de 2.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 2015/6/23101/48914 del vigente Presupuesto Municipal, no teniéndose en cuenta el presupuesto presentado a efectos de justificación. A la firma del Convenio se procederá al anticipo del 50% del mencionado importe.

4.- De los compromisos de la Asociación de familiares y personas con enfermedad mental. La Asociación de familiares y personas con enfermedad mental, se compromete a lo siguiente: 4.1. Desarrollo del proyecto de Psicoeducación y hábitos de vida saludables para personas con discapacidad por enfermedad mental, donde se incluyen ambas áreas de trabajo y la metodología a utilizar en su desarrollo. 4.2. Participar en las reuniones de seguimiento y coordinación que convoque el Ayuntamiento de Palencia. 4.3. Utilizar los mecanismos de seguimiento y evaluación del programa que se concretan en la realización de un programa de intervención individualizada por usuario. 5.- Del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social En el expediente para la aprobación del presente convenio constan certificaciones que acreditan el cumplimiento por parte de Asociación Palentina de Esclerosis Múltiple de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Consta también en el expediente la autorización al órgano competente del Excmo. Ayuntamiento de Palencia para que pueda obtener, directamente o por medios telemáticos, la información de carácter tributario, la relativa a la Seguridad Social o de cualquier otra índole que corresponda a su caso, a los efectos de cumplir con lo establecido en el artículo 17 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Palencia. 6.- De la verificación y el seguimiento del Convenio. El Ayuntamiento de Palencia podrá ejercer todas las acciones que estime oportunas de seguimiento y verificación, coordinación y apoyo para facilitar del cumplimiento de las condiciones del Convenio. 7.- De la justificación económica. El plazo para presentar la justificación económica finalizará el día 31 de Octubre de 2015, debiendo contener, tal y como se contempla en las Bases 31ª y 34ª de las de Ejecución del Presupuesto Municipal para el año 2015, la siguiente documentación:

Memoria Relación detallada de gastos imputados al programa. Documentos originales acreditativos de los gastos realizados. Documentos acreditativos de haberse procedido al pago de los gastos imputados al presente Convenio. Declaración responsable de las ayudas e ingresos obtenidos para la misma finalidad. Certificado de la entidad solicitante sobre la autenticidad de facturas y gastos realizados Cuenta justificativa de ingresos y gastos del programa al que se hace referencia. Copias de las facturas correspondientes al gasto realizado con cargo a otros ingresos obtenidos por el programa, en su caso, hasta el total de ingresos obtenidos, de modo que si estos superasen a los gastos se minorará en la misma cantidad la subvención municipal 8.- De la continuidad del convenio La posible renovación del Convenio, que en todo caso exigirá acuerdo expreso del Ayuntamiento de Palencia, queda supeditada a las siguientes condiciones: - Que se mantengan las mismas condiciones de necesidad que justifican la existencia del programa. - Que se justifiquen de forma correcta los Convenios anteriores. - Que se mantenga el grado de operatividad previsto en el presente Convenio. 10.- Causas de rescisión del Convenio Serán causas de rescisión del presente Convenio las siguientes: - El incumplimiento de los fines pactados y de los compromisos adquiridos en el mismo. - Por finalización del plazo establecido. - Por decisión de alguna de las partes pactantes. 11.-- Ordenación e instrucción del Procedimiento La ordenación e instrucción del procedimiento corresponderá a la Concejalía de, mientras que el órgano municipal competente para la aprobación del Convenio es la Junta de Gobierno Local, tal y como señala la Base 14ª de las de Ejecución del Presupuesto, previa fiscalización por la Intervención Municipal. En lo que se refiere a su formalización, el órgano competente es el Alcalde, de acuerdo con el artículo 21.1 b) de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local.

12- De la notificación y publicación El Acuerdo de aprobación del Convenio adoptado por la Junta de Gobierno Local se notificará a la entidad, no siendo necesaria su publicación en el BOP, a tenor de lo dispuesto en el artículo 18.3 a) de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento, por tener asignación nominativa en el presupuesto municipal. Disposición adicional Ambas partes reconocen la naturaleza administrativa de este Convenio y la aplicación de la normativa contenida en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en el RD-Leg 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, en la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de de Castilla y León, así como en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en la Ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local. Y, en prueba de conformidad con lo acordado, lo firman en el lugar y fecha indicados. LA PRESIDENTA EL ALCALDE Fdo.: ROSA Mª GÓMEZ IGLESIAS Fdo: ALFONSO POLANCO REBOLLEDA