CONVENIO DE COLABORACIÓN CON SERFICOIN PARA LA ADHESIÓN A LA RED DE EMPRESAS POR LA CONCILIACIÓN QUE PROMUEVE EL AYUNTAMIENTO DE MADRID REUNIDOS

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1 CONVENIO DE COLABORACIÓN CON SERFICOIN PARA LA ADHESIÓN A LA RED DE EMPRESAS POR LA CONCILIACIÓN QUE PROMUEVE EL AYUNTAMIENTO DE MADRID REUNIDOS De una parte, Dª. Concepción Dancausa Treviño, Delegada del Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales del Excelentísimo Ayuntamiento de Madrid, actuando en virtud de las competencias delegadas por Decreto del Alcalde de 18 de junio de Y de otra, D. David Villar Sánchez de Molina, con D.N.I. nº N, en representación de la empresa SERFICOIN Despacho, Tramitación y Gestión de Documentos, S.L., con N.I.F. nº B y domiciliada en C/ Sancho Dávila, 10, local, Madrid, en virtud del poder otorgado con fecha catorce de febrero de dos mil siete. EXPONEN Que el Ayuntamiento de Madrid tiene entre sus objetivos promover en el empresariado madrileño las condiciones laborales que permitan un mayor equilibrio entre la vida familiar, personal y laboral de la ciudadanía madrileña mediante la identificación y promoción de aquellas alternativas viables en cada organización, que supongan cambios culturales y estructurales favorables a la conciliación. 1

2 Que resulta conveniente impulsar el desarrollo de políticas de igualdad y conciliación que fomenten la contratación y promoción de mujeres así como la conciliación de la vida laboral y personal de todos y todas los empleados y empleadas. Que el Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales del Ayuntamiento de Madrid desarrolla actuaciones de fomento de la participación de los agentes económicos y sociales en el desarrollo del municipio, posibilitando la firma de convenios de colaboración con las empresas. Que uno de los proyectos que desarrolla la Dirección General de Igualdad de Oportunidades del Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales es la creación y puesta en marcha de la Red de Empresas por la Conciliación de la ciudad de Madrid, en la cual un conjunto de empresas apuestan por aplicar medidas en la organización que faciliten la conciliación de la vida profesional y privada como elemento de calidad para optimizar la gestión de sus políticas de Recursos Humanos. Que los objetivos de la Red son profundizar en la integración de medidas para la conciliación y promover las políticas de conciliación como estrategia de gestión empresarial, compartiendo información, experiencias y buenas prácticas. Que la empresa SERFICOIN Despacho, Tramitación y Gestión de Documentos, S.L., como organización implicada y responsable, desarrolla distintas medidas orientadas a proporcionar a su plantilla la posibilidad de compatibilizar sus compromisos profesionales y personales, y, que, desde esta posición, está interesada en colaborar con el Ayuntamiento de Madrid en seguir fomentando e impulsando prácticas flexibles que permitan armonizar la 2

3 vida familiar y laboral, de manera que éstas sirvan de ejemplo y motiven a otras empresas madrileñas en la implantación de políticas propias de conciliación. Que ambas partes acuerdan, por tanto, colaborar en la implantación de políticas activas de empleo que favorezcan la conciliación entre la vida familiar, personal y profesional. Que la firma de este convenio implica la participación de la empresa firmante en la Red de Empresas por la Conciliación de la ciudad de Madrid. En virtud de lo que antecede, las partes intervinientes en este documento acuerdan establecer un marco de colaboración con arreglo a lo dispuesto en las siguientes: CLAÚSULAS PRIMERA: OBJETO DEL CONVENIO El objeto del presente convenio es la determinación de las condiciones que regirán la integración de empresas de Madrid a la Red de Empresas por la Conciliación que promueve el Ayuntamiento de Madrid. 3

4 Mediante la firma del presente convenio, la empresa SERFICOIN Despacho, Tramitación y Gestión de Documentos, S.L., pasa a formar parte de la Red de Empresas por la Conciliación de la ciudad de Madrid. SEGUNDA: VIGENCIA El presente Convenio surtirá efecto desde la fecha de su firma hasta el 31 de Diciembre del año 2007, prorrogándose de forma automática por anualidades completas, hasta un máximo de 4 años consecutivos desde el inicio, salvo que medie denuncia expresa de cualquiera de las partes o que sobrevengan circunstancias que exijan su modificación. TERCERA: CARÁCTER ADMINISTRATIVO Este convenio, de carácter administrativo, queda sujeto a la jurisdicción contencioso-administrativa y se regirá por lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la ley 4/1999, así como por la ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la ley 57/2003 de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, y el Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Del mismo modo, queda excluido de la aplicación del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.d). 4

5 CUARTA: OBLIGACIONES DE LA EMPRESA COLABORADORA 1. Designar a una persona responsable para el seguimiento de las acciones a favor de la conciliación que promueva la Red de empresas por la conciliación. 2. Fomentar la cooperación empresarial con el Ayuntamiento de Madrid para impulsar la puesta en marcha de iniciativas de conciliación de la vida laboral y vida familiar y personal entre las empresas madrileñas. 3. Participar anualmente en los foros de debate y discusión que convoque el Ayuntamiento de Madrid dentro del marco de la Red de Empresas por la Conciliación. 4. Participar en la definición y concesión del distintivo Red Concilia, creado por el Ayuntamiento de Madrid para reconocer el esfuerzo realizado y el compromiso adquirido por aquellas empresas del municipio que hayan puesto en marcha con éxito medidas de conciliación. 5. Presentar y visibilizar las buenas prácticas de la empresa en materia de igualdad y conciliación de forma que la empresa sirva como modelo a seguir y de motivación para animar a que empresas del municipio de Madrid incorporen políticas de conciliación en su gestión de recursos humanos. 6. Formar parte de los diferentes Grupos de Trabajo organizados dentro de la Red que, liderados por el Ayuntamiento de Madrid, vayan seleccionando y profundizando en los casos de éxito a presentar. 5

6 7. Presentación de una Memoria anual que refleja las medidas tomadas en ese periodo relacionadas con el convenio, así como el número de mujeres, que en la empresa, se han beneficiado de ellas. QUINTA: OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID 1. Poner a disposición de la empresa un Servicio de Consultoría Individualizada en materia de conciliación de la vida laboral y personal donde la empresa podrá recibir apoyo y acompañamiento en la puesta en marcha de planes de acción. 2. Designar una persona responsable del seguimiento de las acciones convenidas en la Red de Empresas por la Conciliación. 3. Organizar, en el marco de la Red de Empresas por la Conciliación, encuentros y acciones formativas con empresas para el fomento de la igualdad de oportunidades y la conciliación en el ámbito laboral. 4. Reconocer y difundir de forma pública a las empresas que firmen el presente convenio a través de todos los medios técnicos disponibles: revista municipal, radio, televisión y prensa local, guías, folletos, encuentros, foros, programas, seminarios, página web, etc. No obstante, a todos los efectos se estará acorde con lo dispuesto en la Ley 29/2005, de 29 de diciembre, de Publicidad y Comunicación Institucional, en particular en su 6

7 artículo 4, relativo a las prohibiciones en materia de campañas institucionales de publicidad y de comunicación. 5. Organizar anualmente una Edición del reconocimiento Red Concilia, con el que se distinguirá a aquellas empresas que hayan contribuido, en mayor medida, a la conciliación de la vida profesional, personal y familiar. 6. Ceder el distintivo o logo de la Red de empresas por la conciliación a las empresas firmantes del presente convenio para su uso adecuado en todos los documentos internos de la empresa, campañas de publicidad, materiales de comunicación, etc. No obstante, a todos los efectos, se estará acorde con lo dispuesto en la Ley de Propiedad Intelectual, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y modificada por Ley 23/2006, de 7 de julio, en cuanto a normativa básica reguladora de los derechos de propiedad intelectual. SEXTA: SEGUIMIENTO Con el fin de asegurar una adecuada interpretación, ejecución y seguimiento del presente Convenio, se creará una Comisión Mixta de Seguimiento que estará integrada por: - Un/a representante de cada una de las empresas firmantes - Un/a representante del Ayuntamiento de Madrid Sus funciones serán: a) Impulso, supervisión y seguimiento de las acciones contempladas en el marco de actuación de la Red de Empresas por la Conciliación 7

8 b) Interpretar el contenido del presente Convenio y su aplicación, así como la resolución de las dudas que pudieran plantearse c) Cualesquiera otras que se dirijan al cumplimiento del presente Convenio o a su desarrollo, conforme a los intereses de las partes SÉPTIMA: DENUNCIA Y ARBITRAJE Ambas partes aceptan las cláusulas anteriores, y se reservan la facultad de resolver de forma anticipada por mutuo acuerdo o por decisión unilateral, si media causa justificada. Asimismo se podrá resolver por el incumplimiento de las obligaciones que incumben a las partes. En el supuesto de extinción del Convenio, por decisión unilateral, y, por tanto, por causas distintas de la expiración del plazo de vigencia, se requiere notificación por escrito a la otra parte, con al menos un mes de antelación a la fecha en que se pretenda la extinción del Convenio. Las controversias que surjan entre las partes sobre los efectos, interpretación, modificación o resolución del Convenio que no sean objeto de acuerdo mutuo, serán sometidas a los tribunales competentes de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, ambas partes acuerdan solventar de mutuo acuerdo las diferencias que puedan presentarse en aplicación de este Convenio así como la mejora e implementación del mismo. 8

9 En prueba de conformidad y para que así conste se firma, por duplicado, en Madrid, a diez de diciembre de dos mil siete. Por el Ayuntamiento de Madrid Por SERFICOIN Despacho, Tramitación y Gestión de Documentos, S.L. Fdo.: Dª. Concepción Dancausa Treviño Fdo.:D. David Villar Sánchez de Molina 9

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