1. AYUDAS PARA LA MENCIÓN DE DOCTOR INTERNACIONAL. 1.1. Objeto de la ayuda

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Transcripción:

UNIVERSIDAD DE MÁLAGA REGISTRO GENERAL Centro Internacional de Posgrado y Doctorado Salida Nº 201500100005838 12/03/2015 09:20:39 Resolución de 11 de Marzo de 2015, de la Universidad de Málaga, por la que se convocan ayudas dirigidas a los estudiantes de Doctorado de la Universidad de Málaga matriculados en Programas de Doctorado regulados por el Real Decreto 99/2011 en el curso 2014/15, para la realización de tesis en régimen de cotutela o encaminadas a la obtención de la mención de Doctor Internacional La presente convocatoria y las partidas que en ella se contemplan se realizada conforme a lo dispuesto en el Plan de Ayudas para los estudiantes de doctorado de la Universidad de Málaga, aprobado por el Consejo de Gobierno, en la sesión de 18 de abril de 2013. Dando cumplimiento a lo fijado en los apartados CUARTO y QUINTO del referido Plan, se convocan por la presente resolución las siguientes líneas ayuda: - 10 ayudas para estimular la obtención de la mención de Doctor Internacional en tesis defendidas en la Universidad de Málaga. - 5 ayudas para estimular la realización de tesis en régimen de cotutela. En caso de no cubrirse la totalidad de las ayudas en alguna de las dos líneas, se contemplará la posibilidad de trasvase de crédito de una línea de ayuda a otra, incrementando correspondientemente el número de ayudas hasta agotar el importe máximo disponible para esta convocatoria (81.690 ). Esta financiación está dirigida a incentivar la calidad e impacto de las tesis doctorales, fomentar su proyección internacional y aumentar su producción científica de calidad, en línea con el Reglamento de los Estudios de Doctorado de la Universidad de Málaga, que en su Preámbulo propugna criterios y mecanismos para incrementar de forma progresiva y flexible la calidad y el impacto de las tesis defendidas en la Universidad de Málaga. Por ello, en uso de las atribuciones que le confieren la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril y la Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades, modificada la Ley 12/2011, de 16 de diciembre, la Universidad de Málaga ha resuelto publicar la presente convocatoria de ayudas, de acuerdo a las siguientes normas de aplicación: 1. AYUDAS PARA LA MENCIÓN DE DOCTOR INTERNACIONAL 1.1. Objeto de la ayuda Esta ayuda tiene como objetivo prioritario estimular las tesis de la Universidad de Málaga que consiguen la mención de Doctor Internacional. Para ello, estas ayudas van destinadas a cubrir parte de los gastos asociados a la estancia del doctorando en centros de educación superior o centros de investigación pertenecientes y establecidos en un país extranjero, europeo o no, para realizar trabajos de investigación o actividades de formación, relacionadas directamente con el tema objeto de investigación de su tesis doctoral, para que pueda aspirar a la mención de Doctorado Internacional en su título de Doctor.

1.2. Beneficiarios 1. Podrán solicitar esta ayuda los estudiantes de doctorado de la Universidad de Málaga que se encuentren matriculados en Programas de Doctorado regulados por el RD99/2011. 2. Las ayudas no podrán solicitarse para realizar estancias en el país de residencia del estudiante. 3. Igualmente, estas ayudas no podrán solicitarse si el candidato ya cuenta con estancias previas de investigación, distintas de la solicitada, en centros extranjeros que le permitan optar a la mención de doctor internacional, o está realizando su tesis en régimen de cotutela (al poder usar esa estancia para obtener la mención de Doctor Internacional). 4. En el caso del Personal Investigador en Formación regulado por el RD 63/2006, adscrito a un Proyecto de Investigación, en fase de beca o contrato, que disfrute de una Ayuda a la Investigación obtenida a través de convocatorias públicas competitivas de ámbito autonómico, estatal o internacional, y cuyo objetivo sea fundamentalmente la formación investigadora, podrán optar a este tipo de ayudas siempre que sean alumnos de doctorado de la Universidad de Málaga y en la convocatoria de su beca no existan partidas para la realización de estancias en centros o universidades extranjeras o que, existiendo partidas para las mismas, la resolución tras participar en la convocatoria correspondiente haya sido denegatoria. 5. Estas ayudas serán incompatibles con las que ofrece la Universidad de Málaga dentro de su Plan Propio de Investigación para estancias en centros de investigación de calidad, no pudiendo ningún estudiante de doctorado obtener ambas. Asimismo, estas ayudas son incompatibles con otras ayudas que cubran los conceptos para los que están destinadas las de la presente convocatoria. 1.3. Importe de la ayuda 1. Las ayudas para este tipo de estancias dependerán del país donde se vayan a desarrollar. LUGAR DE REALIZACIÓN DE LA ESTANCIA IMPORTE AYUDA Portugal y Marruecos 1.450 Resto de países de Europa 2.710 Otros países 3.315 2. La ayuda será siempre para cubrir al menos tres meses de estancia. 3. Excepcionalmente, las estancias podrán suceder en varios periodos de tiempo no consecutivos, y en diferentes centros extranjeros. En estos casos, el periodo mínimo de estancia en un mismo centro será de 3 semanas. 4. En el caso de que la estancia se distribuya entre varios centros, el importe de la ayuda será proporcional al tiempo de estancia en cada uno de ellos. Por ejemplo, si los tres meses se distribuyen en dos estancias, una de 2 meses en Portugal y una de 1 mes en Singapur, la ayuda a percibir será de 2.071,7 (2*1.450/3 + 1*3.315/3). 1.4. Plazos y solicitudes. Documentación a presentar 1. El plazo de presentación de solicitudes será 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria.

2. Los solicitantes deberán presentar el modelo de solicitud que aparece en el ANEXO I (disponible en http://www.uma.es/cipd/navegador_de_ficheros/doctorado/descargar/solicitudtesisinternaciona l.doc) debidamente cumplimentado, a través del Registro General de la Universidad de Málaga, o mediante cualquiera de las opciones recogidas en el apartado 4, del artículo 38 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3. Las solicitudes de ayuda para estancias ya realizadas solo se someterán a evaluación si se presentan en la convocatoria inmediata siguiente a la de finalización de la estancia. 4. La solicitud, debidamente cumplimentada por el interesado, vendrá acompañada de los siguientes documentos: a) Solicitud de permiso de ausencia, con el visto bueno del Director de la tesis, que incluya el periodo o periodos de realización de la estancia, así como el centro o centros en donde va a tener lugar, dirigida al Presidente de la Comisión de Posgrado. b) Memoria detallada de las actividades a realizar durante la estancia (o estancias, si los tres meses se distribuyen en varios periodos no consecutivos). c) Declaración de interés de la estancia con respecto al trabajo de investigación que está realizando para su tesis doctoral, firmada por el director de la tesis. d) Currículo del solicitante. e) En los casos en que el solicitante sea Personal Investigador en Formación (PIF) u otro tipo de becario o investigador con una beca o contrato que tenga una ayuda propia o partidas disponibles para la realización de estancias en el marco de la convocatoria pública de su Ayuda para la Formación Investigadora, estará obligado a aportar copia de la resolución denegatoria de la ayuda para realización de estancias, (o su solicitud, en el caso que no esté resuelta). f) Carta de aceptación expedida por el representante del centro en el que se realizará la estancia, con indicación de las fechas del disfrute de la misma. En casos de repartir la estancia en varios centros, se precisará una carta por cada uno de ellos. g) Justificante de haber solicitado una ayuda de las mismas características, en convocatorias similares promovidas por otros organismos públicos competentes en estos temas (Junta de Andalucía, Ministerio de Economía y Competitividad, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, etc.). En el caso de que ninguna de las convocatorias se encuentre abierta será suficiente el compromiso del doctorando de solicitar la ayuda en la convocatoria inmediata siguiente. h) Declaración jurada de que el solicitante no ha recibido otra ayuda o beca por los mismos conceptos de los de esta convocatoria, que no tiene su residencia en el país en donde va a realizar la estancia, ni cuenta con estancias previas en centros extranjeros que le permitan optar a la mención de doctor internacional. 1.5. Evaluación de las peticiones 1. La Comisión de Posgrado de la Universidad de Málaga evaluará las solicitudes presentadas, atendiendo al interés de la estancia, el currículo del interesado y el cumplimiento de los requisitos exigidos para la obtención de la mención de Doctor Internacional. En particular, la comisión tendrá en cuenta los siguientes aspectos: a) Valoración de la Universidad o Centro destino La puntuación en este apartado dependerá de la posición del centro o universidad en el ranking ARWU (http://www.shanghairanking.com/arwu2014.html) para universidades, o en el ranking

del CSIC para centros de investigación (http://research.webometrics.info/en/world). En el caso de Universidades, la puntuación dependerá de su posición en el ranking ARWU: Entre los puestos 1 y 100: 4 puntos Entre el 101 y el 200: 3 puntos Entre el 201 y el 350: 2 puntos Entre el 351 y el 500: 1 punto. Otras: 0 puntos En el caso de centros de investigación, la puntuación en este apartado dependerá de la posición del centro en el ranking del CSIC para centros de investigación (http://research.webometrics.info/en/world): Entre los puestos 1 y 50: 4 puntos Entre el 51 y el 100: 3 puntos Entre el 101 y el 150: 2 puntos Entre el 151 y el 200: 1 punto Otras: 0 puntos A los efectos de otorgar las puntuaciones fijadas en este apartado, se tomará en consideración la posición que ocupe en el ranking el Centro o Universidad en el momento de la evaluación de la solicitud por la Comisión de Posgrado. b) Interés del proyecto a desarrollar Se valorará entre 0 y 2 puntos el interés científico del proyecto de trabajo y las actividades previstas a realizar durante la estancia, de acuerdo a la documentación presentada. c) Currículo del candidato Una vez aplicados los criterios anteriores, y con el objeto de dirimir posibles empates, se entrará a valorar los currículos académicos e investigadores de los candidatos. En esta valoración se considerará, con un valor máximo de 1 punto: La formación de posgrado oficial (diferente a la requerida para entrar en el doctorado). Publicaciones en revistas o congresos de calidad. Asistencia a congresos internacionales en donde se han presentado trabajos de investigación relacionados con el tema de la tesis. 2. Las ayudas convocadas se concederán en régimen concurrencia competitiva entre los solicitantes. Tras la correspondiente valoración, corresponderá a la Comisión de Posgrado determinar las solicitudes a las que les serán concedidas las ayudas. En igualdad de condiciones de varios solicitantes, y de cara a la concesión definitiva de las ayudas, la Comisión podrá tener en cuenta que haya una distribución lo más equilibrada posible entre las distintas ramas de conocimiento 3. Las ayudas convocadas podrán quedar desiertas si la Comisión estima que ninguno de los solicitantes cumple los mínimos exigidos para su concesión. 4. El Centro Internacional de Posgrado y Doctorado, tras el estudio y evaluación de las solicitudes presentadas por parte de la Comisión de Posgrado, conforme a los criterios establecidos, comunicará

a cada uno de los interesados la propuesta de concesión o denegación, en su caso, de la ayuda solicitada, estableciendo un plazo de alegaciones de 10 días hábiles, previos a la publicación de la resolución definitiva. En caso de resolución estimatoria, se le remitirá un documento de concesión de la ayuda en el que se indicará el importe concedido. 1.6. Justificación de la ayuda 1. Una vez comunicada la aprobación de la ayuda al solicitante, este podrá recibir de forma anticipada hasta un 75% del importe total de la ayuda concedida para iniciar su estancia. 2. Una vez finalizado el último periodo de la estancia, y en un plazo máximo de dos meses, el interesado deberá presentar a través del Registro General de la Universidad de Málaga la siguiente documentación dirigida al Centro Internacional de Posgrado y Doctorado. a) Memoria de la labor realizada durante el periodo (o periodos) de la estancia. b) Certificado original del centro o centros en donde ha trascurrido la estancia, en el que se especifique la duración real de la misma. c) Relación detallada de los gastos realizados, acompañada de los documentos justificativos: billetes originales, facturas de agencia de viajes, facturas de alojamiento, recibos de trasporte, etc. La justificación económica se atendrá al procedimiento establecido en el apartado de gestión del gasto de los presupuestos de la Universidad de Málaga. 3. En el caso de estancias realizadas con anterioridad a la presente convocatoria, el plazo para presentar la documentación justificativa de la ayuda será de 1 mes después de la concesión de la misma. 4. Una vez se haya aportado la documentación necesaria y se haya justificado económicamente el 100% de la ayuda concedida, se le abonará el 25% restante. 5. Si la justificación de la ayuda es inferior a la cantidad concedida por la Comisión de Posgrado, el solicitante no recibirá la cantidad restante o en su caso se verá obligado a devolver la parte no justificada de la ayuda concedida. 6. El doctorando dispondrá de hasta dos años a partir de su concesión para hacer uso de la ayuda concedida, siempre durante la realización de su tesis doctoral. Todos los gastos deberán ser justificados mediante factura o recibo. 7. En el supuesto de no poder realizar la estancia durante esos dos años en el centro solicitado, la ayuda recibida por la Universidad de Málaga será considerada como un anticipo y sometida por tanto a su reembolso. No será posible cambiar el centro de destino, una vez la ayuda sea concedida. 8. En el supuesto de recibir ayuda de otro organismo para cubrir toda o parte de la actividad solicitada, la ayuda recibida por la Universidad de Málaga será considerada como un anticipo, sometida por tanto a su reembolso. Igualmente, en el caso de que el doctorando no defienda la tesis dentro del periodo estipulado para su lectura, o no obtenga la mención de Doctor Internacional, la ayuda recibida por la Universidad de Málaga será considerada como un anticipo y sometida por tanto a su reembolso.

2. AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE TESIS EN RÉGIMEN DE COTUTELA 2.1. Objeto de la ayuda El objeto de esta ayuda es cubrir parte de los gastos que generen el periodo de estancia de los doctorandos en un centro de educación superior o centro de investigación extranjero para realizar trabajos de investigación con el objetivo de realizar su tesis doctoral en régimen de cotutela. 2.2. Beneficiarios Podrán solicitar esta ayuda los estudiantes de doctorado de la Universidad de Málaga que se encuentren matriculados en Programas de Doctorado regulados por el RD99/2011, y que hubieran comenzado sus estudios de doctorado en esta Universidad previo a la solicitud de cotutela. 2.3. Importe de la ayuda 1. El importe de las ayudas será de 10.000 Euros. 2. La ayuda será siempre para cubrir al menos nueve meses de estancia, aunque ésta pueda suceder en varios periodos de tiempo no consecutivos (pero siempre en la misma Universidad o Centro de Investigación). El tiempo mínimo de cada periodo de una estancia será de dos meses. 3. Para ser subvencionada, la estancia debe comenzar con posterioridad al inicio de los estudios de doctorado en la Universidad de Málaga, y terminar antes de la defensa de la tesis. 4. No se podrán pedir ayudas para estancias de menos de nueve meses en total, ni para realizar estancias en el país de residencia del estudiante. Tampoco podrán pedirse estas ayudas si la persona solicitante ya cuenta con estancias previas, distinta de la que está solicitando, que le permitan obtener la cotutela sin necesidad de esta ayuda. 5. Esta ayuda es incompatible con cualquier otra ayuda obtenida a través de la Universidad de Málaga para la realización de estancias, y en particular con las de asistencia a congresos científicos, estancias en centros extranjeros de investigación, y ayuda para realización de tesis con mención de Doctor Internacional. 2.4. Plazos. Solicitudes. Documentación a presentar 1. El plazo de presentación de solicitudes será 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria. 2. Los solicitantes podrán presentar el modelo de solicitud que aparece en el ANEXO II (disponible en www.uma.es/cipd/navegador_de_ficheros/doctorado/descargar/solicitudtesiscotutela.doc) debidamente cumplimentado, a través del Registro General de la Universidad de Málaga, o mediante cualquiera de las opciones recogidas en el apartado 4, del artículo 38 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3. La solicitud, debidamente cumplimentada por el interesado, vendrá acompañada de los siguientes documentos: a) Solicitud de cotutela, firmada por el director de la tesis y por el doctorando, según el modelo definido por la Universidad de Málaga

(www.uma.es/cipd/navegador_de_ficheros/doctorado/descargar/solicitudtesiscotutela.d oc), con datos sobre la universidad extranjera en donde se desea realizar la estancia, los directores en la Universidad de Málaga y la otra universidad, y el periodo en el que desea realizar la estancia, en caso de no haber solicitado la cotutela con anterioridad. b) Carta de conformidad por parte del director de la Universidad extranjera y de su Universidad, de acoger al estudiante durante el periodo de la estancia. c) Currículo del solicitante, del director de tesis en la Universidad de Málaga, y del director de tesis en la universidad extranjera. d) Plan de trabajo durante el periodo de estancia en la Universidad extranjera, junto con una declaración de interés de la estancia con respecto al trabajo de investigación que está realizando para su tesis doctoral, firmada por el doctorando y por sus directores (de la Universidad de Málaga y de la Universidad extranjera). e) Declaración jurada de que el solicitante no ha recibido otra ayuda o beca por los mismos conceptos a los de esta convocatoria, que no tiene su residencia en el país en donde va a realizar la estancia, ni que cuenta con estancias previas que le permitan obtener la cotutela. 4. Las solicitudes de ayuda para estancias ya realizadas solo se someterán a evaluación si se presentan en la convocatoria inmediata siguiente a la de finalización de la estancia. 2.5. Evaluación de las peticiones 1. La Comisión de Posgrado evaluará las solicitudes presentadas, atendiendo al interés del tema de la tesis, el currículo de los directores de la Universidad de Málaga y de la Universidad receptora, el país en donde se realice la estancia, y otros aspectos de interés relacionados con la estrategia de doctorado y de internacionalización de la Universidad de Málaga. En particular, la comisión tendrá en cuenta los siguientes aspectos: a) Valoración de la Universidad destino: La puntuación en este apartado dependerá de la posición de la universidad destino en el ranking ARWU (http://www.shanghairanking.com/arwu2014.html): Entre los puestos 1 y 100: 4 puntos Entre el 101 y el 200: 3 puntos Entre el 201 y el 350: 2 puntos Entre el 351 y el 500: 1 punto. Otras: 0 puntos A los efectos de otorgar las puntuaciones fijadas en este apartado, se tomará en consideración la posición que ocupe la Universidad en el ranking en el momento de la evaluación de la solicitud por la Comisión de Posgrado. b) Interés del proyecto a desarrollar Se valorará entre 0 y 3 puntos el interés científico del proyecto de trabajo y las actividades previstas a realizar durante la estancia, de acuerdo a la documentación presentada. c) Currículo del candidato Una vez aplicados los criterios anteriores, y con el objeto de dirimir posibles empates, se entrará a valorar los currículos académicos e investigadores de los candidatos. En esta valoración se considerará, con un valor máximo de 1 punto:

La formación de posgrado oficial (diferente a la requerida para entrar en el doctorado). Publicaciones en revistas o congresos de calidad. Asistencia a congresos internacionales en donde se han presentado trabajos de investigación relacionados con el tema de la tesis. 2. Las ayudas convocadas se concederán en régimen concurrencia competitiva entre los solicitantes. Tras la correspondiente valoración, corresponderá a la Comisión de Posgrado determinar las solicitudes a las que les serán concedidas las ayudas. En igualdad de condiciones de varios solicitantes, y de cara a la concesión definitiva de las ayudas, la Comisión podrá tener en cuenta que haya una distribución lo más equilibrada posible entre las distintas ramas de conocimiento. 3. Las ayudas convocadas podrán quedar desiertas si la Comisión estima que ninguno de los solicitantes cumple los mínimos exigidos para su concesión. 4. El Centro Internacional de Posgrado y Doctorado, tras el estudio y evaluación de las solicitudes presentadas por parte de la Comisión de Posgrado, conforme a los criterios establecidos, comunicará a cada uno de los interesados la propuesta de concesión o denegación, en su caso, de la ayuda solicitada, estableciendo un plazo de alegaciones de 10 días hábiles, previos a la publicación de la resolución definitiva. En caso de resolución estimatoria, se le remitirá un documento de concesión de la ayuda en el que se indicará el importe concedido. 5. La concesión de esta ayuda para la estancia no implica la aprobación de la cotutela, puesto que la aprobación de la cotutela depende de otros aspectos y criterios adicionales a los de la estancia. 2.6. Justificación de la ayuda 1. Para poder disfrutar de la ayuda, es imprescindible que el convenio de cotutela correspondiente esté firmado y vigente. 2. Una vez comunicada la aprobación de la ayuda por parte de la Comisión de Posgrado al solicitante, este podrá recibir de forma anticipada hasta un 75% del importe total de la ayuda concedida para iniciar su estancia, siempre que el convenio de cotutela correspondiente esté firmado y vigente. 3. Una vez finalizado el último periodo completo de la estancia, y en un plazo máximo de dos meses, el interesado deberá presentar a través del Registro General de la Universidad de Málaga la siguiente documentación dirigida al Centro Internacional de Posgrado y Escuela de Doctorado: a) Memoria de la labor realizada durante el periodo (o periodos) de la estancia b) Certificado original del centro o centros en donde ha trascurrido la estancia en la Universidad extranjera, en el que se especifique la duración real de la misma. c) Relación detallada, de los gastos realizados, acompañada de los documentos justificativos: billetes originales, facturas de agencia de viajes, facturas de alojamiento, etc. En este último caso la justificación económica se atendrá al procedimiento establecido en el apartado de gestión del gasto de los presupuestos de la Universidad de Málaga. 4. En el caso de estancias realizadas con anterioridad a la presente convocatoria, el plazo para presentar la documentación justificativa de la ayuda será de 1 mes después de la concesión de la misma. 5. Una vez se haya aportado la documentación necesaria y se haya justificado económicamente el 100% de la ayuda concedida, se le abonará el 25% restante.

6. Si la justificación de la ayuda es inferior a la cantidad concedida por la Comisión de Posgrado, el solicitante no recibirá la cantidad restante o en su caso se verá obligado a devolver la parte no justificada de la ayuda concedida. 7. El doctorando dispondrá de hasta dos años a partir de su concesión para hacer uso de la ayuda concedida. Todos los gastos deberán ser justificados mediante factura o recibo. 8. En el supuesto de no poder realizar la estancia durante esos dos años en el centro solicitado, la ayuda recibida por la Universidad de Málaga será considerada como un anticipo y sometida por tanto a su reembolso. No será posible cambiar el centro de destino, una vez la ayuda sea concedida. 9. En el supuesto de recibir ayuda de otro organismo para la cubrir toda o parte de la actividad solicitada, la ayuda recibida por la Universidad de Málaga será considerada como un anticipo, sometido por tanto a su reembolso. Igualmente, en el caso de que el doctorando no defienda la tesis dentro del periodo estipulado para su lectura, o no lo haga en régimen de cotutela, la ayuda recibida por la Universidad de Málaga será considerada como un anticipo y sometida por tanto a su reembolso. 3. OBLIGACIONES La tramitación de las solicitudes por parte de los interesados, implicará la aceptación de las normas establecidas en esta resolución, así como cualquier otra que el Centro Internacional de Posgrado y Escuela de Doctorado pueda adoptar para la verificación del cumplimiento de los fines para los que se concede la ayuda. 4. INCUMPLIMIENTOS El incumplimiento total o parcial de los requisitos y obligaciones establecidas en las presentes normas y demás disposiciones aplicables, así como las que se establezcan en la correspondiente resolución de concesión, dará lugar a la apertura de un expediente de incumplimiento, cuya resolución, previa audiencia de la parte interesada, podrá dar lugar a la revocación de la ayuda concedida parcial o totalmente y la obligación de reintegrar la cuantía que se establezca en función de los criterios aplicables. 5. RECURSOS Contra la presente resolución que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de dicho orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación. Asimismo, podrá interponerse recurso de reposición ante este Rectorado en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación.

DISPOSICIÓN FINAL La presente convocatoria entra en vigor el día siguiente de su publicación. Málaga, 11 de Marzo de 2015. EL DIRECTOR DEL CENTRO INTERNACIONAL DE POSGRADO Y DOCTORADO. Por delegación de competencias de la Rectora (Resolución de 22/03/2012, BOJA núm. 72, de 13 de abril). Antonio Vallecillo Moreno

ANEXO I SOLICITUD DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE TESIS CON MENCIÓN DE DOCTOR INTERNACIONAL (Según el Plan de Ayudas para Estudiantes de Doctorado de la Universidad de Málaga, aprobado en Consejo de Gobierno de 18 de abril de 2013) DATOS PERSONALES D/Dª: D.N.I./Pasaporte: Nacionalidad: Dirección Postal: E-mail: Tel: DATOS DE LA TESIS Título Tesis: Programa de Doctorado: Fecha inicio doctorado: Tutor/Director(es) en la Universidad de Málaga: Centro(s)/Universidad(es) extranjera en donde va a realizar la estancia, indicando el país: Responsable(s) en la Universidad(es)/Centro(s) extranjero(s) (uno por universidad/centro): Fechas de comienzo y final de la(s) estancia(s): PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Las solicitudes deberán presentarse a través del Registro General de la Universidad de Málaga, o a través de cualquiera de las opciones recogidas en el apartado 4, del artículo 38 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes de ayuda para estancias ya realizadas solo se someterán a evaluación si se presentan en la convocatoria inmediata siguiente a la de finalización de la estancia. DOCUMENTACIÓN PRESENTADA Memoria detallada de las actividades a realizar durante la estancia (o estancias, si los tres meses se distribuyen en varios periodos no consecutivos). Declaración de interés de la estancia con respecto al trabajo de investigación que está realizando para su tesis doctoral, firmada por el director de la tesis. Currículo del solicitante En los casos en que el solicitante sea Personal Investigador en Formación (PIF) u otro tipo de becario o investigador con una beca o contrato que tenga una ayuda propia o partidas disponibles para la realización de estancias en el marco de la convocatoria pública de su Ayuda para la Formación Investigadora, resolución denegatoria de la ayuda para realización de estancias (o su solicitud, en el caso que no esté resuelta).

Carta de aceptación expedida por el representante del centro en el que se realizará la estancia, con indicación de las fechas del disfrute de la misma. En casos de repartir la estancia en varios centros, se precisará una carta por cada uno de ellos. En su caso, justificante de haber solicitado una ayuda de las mismas características, en convocatorias similares promovidas por otros organismos públicos competentes en estos temas (Junta de Andalucía, Ministerio de Economía y Competitividad, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, etc.). En el caso de que ninguna de las convocatorias se encuentre abierta será suficiente el compromiso del doctorando de solicitar la ayuda en la convocatoria inmediata siguiente. OBSERVACIONES: 1. En el caso del Personal Investigador en Formación regulado por el RD 63/2006, adscrito a un Proyecto de Investigación, en fase de beca o contrato, que disfrute de una Ayuda a la Investigación obtenida a través de convocatorias públicas competitivas de ámbito autonómico, estatal o internacional, y cuyo objetivo sea fundamentalmente la formación investigadora, podrán optar a este tipo de ayudas siempre que en la convocatoria de su beca no existan partidas para la realización de estancias en centros o universidades extranjeras o que, existiendo partidas para las mismas, la resolución tras participar en la convocatoria correspondiente haya sido denegatoria. 2. Estas ayudas serán incompatibles con las que ofrece la Universidad de Málaga dentro de su Plan Propio de Investigación para estancias en centros de investigación de calidad, no pudiendo ningún estudiante de doctorado solicitar ambas, salvo que una de ellas ya le hubiera sido denegada. 3. La ayuda será siempre para cubrir al menos tres meses de estancia. 4. Excepcionalmente, las estancias podrán suceder en varios periodos de tiempo no consecutivos, y en diferentes centros extranjeros. En estos casos, el periodo mínimo de estancia en un mismo centro será de 3 semanas. 5. El solicitante declara que no ha recibido becas o ayudas por los mismos conceptos que cubren estas ayudas. En Málaga, a de de. El Doctorando: El tutor y/o Directores: Fdo: Fdo: Comisión Posgrado. Universidad de Málaga. Centro Internacional de Posgrado y Doctorado. Pabellón de Gobierno, 1ª Planta. Campus El Ejido. 29071 Málaga. España. Tel: +34.952134298. E-mail: cipd@uma.es

ANEXO II SOLICITUD DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE TESIS EN RÉGIMEN DE COTUTELA (Según el Plan de Ayudas para Estudiantes de Doctorado de la Universidad de Málaga, aprobado en Consejo de Gobierno de 18 de abril de 2013) DATOS PERSONALES D/Dª: D.N.I./Pasaporte: Nacionalidad: Dirección Postal: E-mail: Tel: DATOS DE LA TESIS Título Tesis: Programa de Doctorado: Fecha inicio doctorado: Tutor/Director(es) en la Universidad de Málaga: Universidad extranjera en donde va a realizar la estancia: Director(es) en la Universidad extranjera: Fechas de comienzo y final de la estancia: PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Las solicitudes deberán presentarse en cualquier momento del año, a través del Registro General de la Universidad de Málaga, o a través de cualquiera de las opciones recogidas en el apartado 4, del artículo 38 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes podrán presentarse hasta cuatro meses después de la defensa de su tesis doctoral. Las solicitudes de ayuda para estancias ya realizadas solo se someterán a evaluación si se presentan en la convocatoria inmediata siguiente a la de finalización de la estancia. El solicitante declara que no ha recibido becas o ayudas por los mismos conceptos que cubren estas ayudas. DOCUMENTACION PRESENTADA Borrador del convenio específico de cotutela entre la Universidad de Málaga y la Universidad receptora. Carta de conformidad por parte del director de la Universidad extranjera y de su Universidad, de acoger al estudiante durante el periodo de la estancia. Currículo del solicitante Currículo del director de tesis en la Universidad de Málaga, Currículo del director de tesis en la Universidad extranjera,

Plan de trabajo durante el periodo de estancia en la Universidad extranjera, incluyendo una declaración de interés de la estancia con respecto al trabajo de investigación que está realizando para su tesis doctoral, firmada por el doctorando y por sus directores (de la Universidad de Málaga y de la Universidad extranjera). En Málaga, a de de. El Doctorando: El tutor y/o Directores: Fdo: Fdo: Comisión Posgrado. Universidad de Málaga. Centro Internacional de Posgrado y Doctorado. Pabellón de Gobierno, 1ª Planta. Campus El Ejido. 29071 Málaga. España. Tel: +34.952134298. E-mail: cipd@uma.es