PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE DOBLES TITULACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES
|
|
- Vicente Sandoval Morales
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE DOBLES TITULACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES Preámbulo Con el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por Real Decreto 861/2010 de 2 de julio, se adoptan una serie de medidas que, además de ser compatibles con el Espacio Europeo de Educación Superior, flexibilizan la organización de las enseñanzas universitarias en sus tres ciclos (Grado, Máster y Doctorado), promoviendo la diversificación curricular para responder a las demandas de una sociedad cada vez más compleja atendiendo así al compromiso asumido de dar respuesta ágil y eficaz de atención de las necesidades formativas en continua transformación que demanda la sociedad. Asimismo, en este contexto el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, establece las condiciones de implantación de los títulos oficiales de Doctorado. En este marco, y con la entrada en vigor del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas, modificado por el Real Decreto 558/2010, de 7 de mayo, se abre la posibilidad de que los estudiantes que cumplan los requisitos de acceso a titulaciones de Grado, Master o Doctorado, puedan ser admitidos para cursar simultáneamente dos enseñanzas oficiales del mismo ciclo y obtener las dos titulaciones, con el objeto de que el estudiante pueda complementar su formación. La Universidad de Alicante consciente del interés que supone para sus futuros titulados, en un contexto más globalizado y competitivo, la realización de estancias académicas en otras universidades o instituciones, tanto nacionales como extranjeras, así como complementar sus estudios con otros superiores que permitan obtener una doble titulación, ha establecido como uno de sus objetivos prioritarios facilitar y fomentar esta posibilidad mediante la formalización de convenios y potenciando el acceso a becas de programas de intercambio y movilidad. Artículo 1.- Concepto 1.1. Se entiende por programa interuniversitario de doble titulación el establecido mediante Convenio entre la Universidad de Alicante con otra universidad o institución de enseñanza superior, nacional o extranjera, mediante el cual los estudiantes de una titulación oficial, de grado, máster 1
2 o doctorado, de la Universidad de Alicante y de otra titulación oficial del mismo ciclo en la otra Universidad, que cumplan las condiciones establecidas en la presente normativa y las específicas que en el convenio se establezcan, puedan obtener el correspondiente título académico por cada una de las instituciones signatarias. En el supuesto de estudios en los que participen junto a la Universidad de Alicante dos o más universidades, la denominación será la de Titulación Múltiple en lugar de doble titulación. 1.2 Son programas institucionales de doble titulación aquellos propuestos por los órganos académicos de dos titulaciones oficiales, de grado, máster o doctorado, del mismo ciclo de la Universidad de Alicante, que permiten al alumnado cursar simultáneamente ambas titulaciones. CAPÍTULO I DE LAS ENSEÑANZAS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER Artículo 2.- Procedimiento de Tramitación de las Propuestas de Dobles Titulaciones El procedimiento de tramitación de las propuestas de Dobles Titulaciones Interuniversitarias Nacionales e Internacionales (Grado y Máster) se llevará a cabo siguiendo los siguientes pasos: 2.1. Propuesta de Convenio de doble titulación. El Centro responsable del título en la Universidad de Alicante, previo contacto o preacuerdo con las Universidades o instituciones correspondientes elaborará un anteproyecto, que contendrá una memoria con la motivación o justificación académica de la pertinencia del acuerdo que ponga de manifiesto las ventajas u oportunidades del mismo para la Universidad de Alicante, y aquella otra información que se considere de interés Las propuestas deberán ser presentadas ante el Vicerrectorado con competencias en materia de Estudios de Grado o Máster, según la naturaleza de la doble titulación propuesta Se llevará a cabo un análisis de la propuesta por parte del Consejo de Dirección y se comunicará por el Vicerrectorado con competencias en materia de Estudios de Grado o Máster al Centro proponente la resolución adoptada. Para realizar el análisis se recabará la información necesaria, de forma que para el caso de proyectos con instituciones o universidades extranjeras se solicitará informe al Vicerrectorado con competencias en materia de Internacionalización sobre la adecuación del acuerdo y sobre 2
3 cualquier otro aspecto sobre el que estime conveniente pronunciarse, incluyendo posibles propuestas de actuación. En el caso de proyectos con otras universidades españolas, se solicitará una primera valoración al Vicerrectorado con competencias en materia de estudios de grado o postgrado según corresponda En el caso de que la propuesta sea aceptada, el Centro proponente deberá desarrollar y completar el expediente que incluirá la siguiente documentación: a) Propuesta de convenio de colaboración con las instituciones o Universidades correspondientes, haciendo referencia, al menos, a los puntos recogidos en el artículo 3.1. b) En el supuesto de convenios con universidades o instituciones extranjeras se deberá acompañar a la misma certificación expedida por la autoridad competente o, en su caso, por la entidad acreditadora, del carácter oficial o acreditado de la institución o instituciones extranjeras de que se trate. c) En el caso de propuestas de doble titulación o titulación múltiple ERASMUS MUNDUS (o equivalentes), memoria completa incluyendo todos los puntos requeridos en la correspondiente convocatoria. d) Certificación de la aprobación del proyecto por parte de la Junta de Centro Remisión de la propuesta a Secretaría General, para que siga el trámite establecido por la Universidad de Alicante para Convenios En el caso de dobles titulaciones o titulaciones múltiples con instituciones o universidades extranjeras, el Vicerrectorado con competencias en Internacionalización emitirá informe sobre el contenido y el formato del convenio de colaboración, así como sobre la compatibilidad del proyecto con los programas de movilidad estudiantil Informe preceptivo de la Comisión con competencias en estudios de Grado o Máster Acuerdo del Consejo de Gobierno sobre el establecimiento del acuerdo y, en su caso, aprobación del convenio Firma del convenio y puesta en marcha del proyecto Los programas institucionales de Doble Titulación Institucional serán aprobados por el Consejo de Gobierno, previo informe de su Comisión de Docencia, a propuesta de los órganos académicos responsables de ambas titulaciones, que a tal efecto deberán presentar una solicitud. La solicitud deberá ir acompañada de la documentación 3
4 acreditativa del cumplimiento al menos de los requisitos contemplados en el artículo 3.1. Artículo 3.- Requisitos generales que deben cumplir los convenios de doble titulación 3.1. Los Convenios de Doble Titulación Interuniversitarios para estudios de grado o máster, deberán contemplar como mínimo los siguientes aspectos: a. Datos completos de las instituciones o universidades con las que se pretende establecer el acuerdo. b. Objetivos del programa de doble titulación que se propone. c. Títulos implicados en el programa. d. Requisitos de acceso al programa (incluyendo requisitos específicos de idiomas). e. Número de plazas que se ofertarán para cursar el programa. f. Mecanismo de selección de estudiantes que participarán en el programa de estudios, en su caso. g. Programa detallado de estudios incluyendo las materias específicas a cursar y a reconocer a los estudiantes en cada uno de los planes de estudio implicados de cada una de las universidades h. Planificación docente y desarrollo temporal del programa (compatible con los calendarios académicos de las instituciones implicadas). i. Compromisos adquiridos por las instituciones en cuanto a reconocimiento mutuo de las evaluaciones realizadas, asistencia a los estudiantes, abono de tasas, etc. j. Vigencia y posibles renovaciones del acuerdo. k. Datos de contacto de los responsables académicos del programa en las instituciones implicadas en el acuerdo. l. Comisión de seguimiento de cumplimiento de los términos del Convenio de Doble Titulación. m. Protocolo de intercambio de información académica (matricula, actas, ) Los programas institucionales de doble titulación deberán presentar una solicitud, acompañada de la documentación acreditativa del cumplimiento de los siguientes requisitos: 4
5 a) Se establecerá un programa detallado de estudios incluyendo las materias específicas a cursar y a reconocer a los estudiantes en cada uno de los planes de estudio implicados así como la secuencia planificada de semestres y cursos con los posibles itinerarios de asignaturas a cursar para obtener los dos títulos. b) Se establecerá una memoria del programa, en la que se definirán aspectos como el acceso, la matriculación y el reconocimiento de créditos, todos ellos ajustados a las directrices establecidas en esta normativa. c) Para el acceso de los estudiantes el programa institucional de doble titulación aparecerá en el procedimiento de preinscripción como una oferta específica y diferenciada, con un cupo de estudiantes propio. d) Para la organización y gestión del programa se utilizará un plan de estudios único creado al efecto del que se responsabilizará uno solo de los Centros. En todo caso, en ambos Centros se facilitará al alumnado de estas titulaciones el mismo acceso a programas de movilidad, prácticas externas, y a cualquier programa Institucional de interés para los estudiantes. CAPÍTULO II DE LAS ENSEÑANZAS OFICIALES DE DOCTORADO Artículo 4.- Procedimiento de tramitación de las propuestas de dobles titulaciones internacionales de doctorado. El procedimiento de tramitación de las propuestas de dobles titulaciones internacionales (Doctorado) se llevará a cabo de acuerdo con las siguientes directrices: 4.1. La Doble titulación para estudios de doctorado se regirá por la presente normativa de defensa de Tesis Doctoral en régimen de Cotutela Internacional de la Universidad de Alicante. La cotutela internacional permite la elaboración y defensa de la tesis doctoral en colaboración con otras universidades no españolas y la expedición del título de doctor o doctora en ambas universidades El coordinador del programa de doctorado previo contacto o preacuerdo con las Universidades o instituciones correspondientes, elaborará una propuesta de convenio en el modelo establecido al efecto, que incorporará un anexo con el informe de la Comisión Académica del programa de doctorado y que contendrá una memoria con la motivación o 5
6 justificación académica de la pertinencia del acuerdo, que ponga de manifiesto las ventajas u oportunidades del mismo para la Universidad de Alicante, especialmente relativa a la existencia de relaciones de intercambio y colaboración en docencia e investigación en los últimos años, y aquella otra información que se considere de interés Las propuestas deberán ser presentadas ante el Vicerrectorado con competencias en materia de doctorado que lo remitirá para su análisis a la Escuela de Doctorado de la Universidad de Alicante (EDUA). Cuando se considere necesario, se solicitará informe al Vicerrectorado con competencias en materia de Internacionalización sobre la adecuación del acuerdo y sobre cualquier otro aspecto sobre el que estime conveniente pronunciarse, incluyendo posibles propuestas de actuación La EDUA someterá la propuesta de convenio a informe del Comité de dirección. Una vez obtenido el citado informe, se remitirá la propuesta a Secretaría General, para que siga el trámite establecido por la Universidad de Alicante en materia de convenios y su aprobación en Consejo de Gobierno Las doctorandas o doctorandos que pretendan acogerse a un convenio de cotutela internacional de la Universidad de Alicante deberán dirigirse a los responsables académicos del programa de doctorado. La doctoranda o doctorando deberá rellenar el documento "Anexo convenio cotutela (disponible en la página web de la Escuela de Doctorado) y presentarlo en la Escuela de Doctorado, previa firma de los responsables del programa de doctorado de ambas universidades y de todos los codirectores o codirectoras de la tesis Una vez aprobado el convenio por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante y firmado por ambas partes, el desarrollo de tesis doctorales en régimen de cotutela internacional supondrá, en todo caso, el cumplimiento de las siguientes normas: a) La investigación conducente a la formulación de la tesis doctoral que se efectuará en ambas instituciones no podrá ser superior a tres años. Esta duración no podrá ser prolongada más que a título excepcional, tras el informe favorable de las dos Universidades partícipes, y a propuesta de los directores o directoras de la tesis doctoral. La solicitud deberá realizarse, al menos, seis meses antes de la fecha prevista para la finalización de la tesis. b) El calendario previsto para el desarrollo de los períodos de trabajo en cada institución será fijado en el momento de la suscripción del Anexo específico, previéndose una estancia mínima en cada universidad que no habrá de ser inferior a seis meses, bien en un solo período o fraccionada en varios períodos. 6
7 c) Se considera conveniente que haya dos directores de la tesis doctoral, uno por cada Universidad partícipe en el convenio de cotutela. d) El doctorando o doctoranda deberá inscribir su proyecto de tesis doctoral en las dos Universidades, con arreglo a la normativa respectivamente aplicable. Los derechos de matrícula en concepto de tutela académica, o equivalente, serán recibidos por la Universidad en la que se matricule inicialmente y, a su vez, el doctorando o doctoranda será exonerado/a del pago de estos derechos en la otra Universidad. e) La tesis será objeto de una única defensa, que será reconocida por las dos instituciones y que se efectuará en la universidad que se determine en cada caso al suscribir el Anexo específico, y que contendrá el acuerdo de financiación de los gastos de los miembros que formen parte del Tribunal de lectura de la tesis doctoral, siempre atendiendo a criterios de reciprocidad y proporcionalidad. f) La presentación, defensa y evaluación de la tesis se acomodará a lo previsto en la normativa aplicable en la universidad en que se realice su defensa. El tribunal evaluador de la tesis estará compuesto con arreglo a dicha normativa. De este modo, cuando el acto de lectura de la tesis se lleve a cabo en la Universidad de Alicante, el Tribunal estará integrado por tres miembros. g) La tesis se redactará en la lengua oficial de una de las instituciones signatarias y el resumen, con inclusión de conclusiones, en una lengua que sea oficial en la otra institución. En caso de que la tesis se redacte en lengua inglesa, deberá realizarse el resumen por duplicado, con inclusión de conclusiones, en las lenguas oficiales de ambas instituciones. h) Las instituciones signatarias reconocerán la validez de la tesis doctoral defendida y se comprometen a expedir el correspondiente título de doctor o doctora, con inclusión de la mención cotutela con la Universidad de Alicante o cotutela con la universidad de que se trate, en la medida en que lo permita la normativa reguladora de la expedición de títulos respectivamente aplicable, previo abono de los precios públicos correspondientes. Disposición final. Entrada en vigor. El presente reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOUA, una vez aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante. 7
PROCEDIMIENTO DE COTUTELA DE TESIS DOCTORAL ENTRE UNIVERSIDADES EUROPEAS Y LA UNIVERSIDAD DE GRANADA
PROCEDIMIENTO DE COTUTELA DE TESIS DOCTORAL ENTRE UNIVERSIDADES EUROPEAS Y LA UNIVERSIDAD DE GRANADA En el marco de los estudios de doctorado y con objeto de crear y desarrollar la colaboración científica
NORMATIVA DE TRABAJO FIN DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA
NORMATIVA DE TRABAJO FIN DE GRADO Y MÁSTER DE LA Elaborado por: Vicerrectorado de Docencia y Relaciones Institucionales Revisado por: Servicio de Acceso y Gestión de Estudios de Grado, Servicio de Becas,
Artículo 2. Comisión de coordinación de los trabajos de fin de grado
NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALES DE GRADO DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. 26 de 26 de julio de 2012, modificada por el Consejo de Gobierno núm.30, de 11 de diciembre
Normativa específica de movilidad de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales. (Acuerdo de la Junta de Facultad de 12 de mayo de 2011)
Normativa específica de movilidad de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales (Acuerdo de la Junta de Facultad de 12 de mayo de 2011) Preámbulo De acuerdo con los objetivos académicos de la Facultad
El nombramiento del CAM tendrá una duración de dos años, y sus funciones
UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA NORMATIVA ACADÉMICA BÁSICA PARA EL DESARROLLO DE LOS MÁSTERES OFICIALES Aprobada por Consejo de Gobierno de 2 de marzo de 2007 Modificadas por Consejo de Gobierno de 27 de febrero
Artículo 2. Comisión de coordinación de los trabajos de fin de máster universitario
NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALES DE MÁSTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. 26 de 26 de julio de 2012, modificada por el Consejo de Gobierno núm.30, de 11 de diciembre
ANEXO IV A LA NORMATIVA DE CONVENIOS RELATIVA A LOS CURSOS DE DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID IMPARTIDOS EN UNA UNIVERSIDAD EXTRANJERA.
ANEXO IV A LA NORMATIVA DE CONVENIOS RELATIVA A LOS CURSOS DE DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID IMPARTIDOS EN UNA UNIVERSIDAD EXTRANJERA. (Aprobado por Junta de Gobierno de 25 de junio de 2002,
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE CONVENIOS BILATERALES El constante incremento que la Universidad
Normativa para el desarrollo de Trabajos Fin de Grado en los Estudios de Grado de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de León
Normativa para el desarrollo de Trabajos Fin de Grado en los Estudios de Grado de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de León Normativa aprobada en reunión de la Comisión de Títulos de
REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA.
REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Artículo 1. Definición 1) El Trabajo Fin de Grado (TFG) es un trabajo personal y autónomo del estudiante cuya elaboración
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE.
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE. I.2. Consejo de Gobierno I.2.1. Vicerrectorado de Estudios REGLAMENTO PARA LA OBTENCIÓN DE CRÉDITOS DE LIBRE ELECCIÓN
4.- Preinscripción en la Secretaría General de la ETS-IQS y posterior matriculación en los plazos establecidos para cada curso académico.
ACCESO A LOS ESTUDIOS Número de plazas ofrecidas: 15-20 Preinscripción, admisión y matriculación De acuerdo con el RD 39/1997, de 17 de enero y con el RD 1393/2007, de 29 de octubre, para acceder a las
NORMATIVA REGULADORA DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO (Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2012)
NORMATIVA REGULADORA DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO (Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2012) El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado
CREACIÓN DE UN PROGRAMA DE DOCTORADO NORMATIVA Y GUÍA PARA LA SOLICITUD
CREACIÓN DE UN PROGRAMA DE DOCTORADO NORMATIVA Y GUÍA PARA LA SOLICITUD XIV Encuentro de Profesores de Ingeniería Mecánica y Vehículos Jaén, Septiembre de 2013 CONCEPTOS FUNDAMENTALES Programas de enseñanzas
PROGRAMAS DE COOPERACIÓN EN EDUCACIÓN SUPERIOR HACIENDO USO DEL VALOR DE LAS REDES. José Manuel Restrepo Mayo de 2008 Costa Rica
PROGRAMAS DE COOPERACIÓN EN EDUCACIÓN SUPERIOR HACIENDO USO DEL VALOR DE LAS REDES José Manuel Restrepo Mayo de 2008 Costa Rica EL VALOR DE LAS REDES La cooperación n a través s del establecimiento de
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I.2. CONSEJO DE GOBIERNO I.2.6. Vicerrectorado de Relaciones Internacionales ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE FECHA
CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA Y LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADlTRA. REUNIDOS
CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA Y LA UNIVERSIDAD DE TREMADlTRA. REUNIDOS De una parte, la Universidad de Sevilla, con su sede central en CI San Fernando, no 4, 41004, Sevilla,
PROCEDIMIENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TITULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR A TÍTULOS Y CICLOS ACADÉMICOS DE POSTGRADO OFICIALES.
PROCEDIMIENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TITULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR A TÍTULOS Y CICLOS ACADÉMICOS DE POSTGRADO OFICIALES. La homologación y convalidación de los títulos extranjeros de educación
10. PRÁCTICAS EXTERNAS
10. PRÁCTICAS EXTERNAS 10.1. DEFINICIÓN Las prácticas externas se configuran como actividades formativas integradas en el plan de estudios de las correspondientes enseñanzas artísticas superiores y podrán
Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9
Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Orden ECD/.../2012, de XX de xxxxx, por la que se establece el currículo del ciclo formativo
3. En caso de estar especificado, el idioma extranjero exigido será el que se que contemple en la memoria de verificación del título.
RESOLUCIÓN RECTORAL DE 16 DE ABRIL DE 2015, REGULADORA DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN Y ACREDITACIÓN DE LA COMPETENCIA LINGÜÍSTICA EXIGIDA EN LOS ESTUDIOS DE GRADO Y MASTER UNIVERSITARIO INTRODUCCIÓN
GUÍA EXPLICATIVA DE LA NORMATIVA DEL TRABAJO FIN DE GRADO (TFG)
GUÍA EXPLICATIVA DE LA NORMATIVA DEL TRABAJO FIN DE GRADO (TFG) Qué es el Trabajo Fin de Grado? El trabajo Fin de Grado (TFG), consiste en una asignatura que tiene como objetivo potenciar el trabajo autónomo
Artículo 2. Formas de obtención Los alumnos podrán obtener los créditos de libre configuración por: 1. Asignaturas 2. Reconocimiento de créditos
REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULA LA LIBRE CONFIGURACIÓN EN LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ (Aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005; BOUCA núm. 28. Modificado por
REGLAMENTO SOBRE PROGRAMAS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA
REGLAMENTO SOBRE PROGRAMAS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA (Aprobado en sesión de Junta de Gobierno de 3 de julio de 2001. Modificado en sesión de Consejo
9. SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD MASTER UNIVERSITARIO EN ESTUDIOS AVANZADOS EN PEDAGOGIA Universidad Complutense de Madrid
9. SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD MASTER UNIVERSITARIO EN ESTUDIOS AVANZADOS EN PEDAGOGIA Universidad Complutense de Madrid 9.1 Responsables del sistema de garantía de calidad del plan de estudios. Para
NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO
NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO El presente documento se basa en la Guía de Normas y Procedimientos de la Comisión Nacional de Acreditación (CNA)
a) Descripción general del plan de estudios:
5.1 Descripción del Plan de Estudios a) Descripción general del plan de estudios: Módulo Materias ECTS Carácter Semestre HERRAMIENTAS ÚTILES EN FARMACOTERAPIA APLICADA BASES CONCEPTUALES DE LA COMUNICACIÓN
Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales MÁSTER UNIVERSITARIO EN PERIODISMO MULTIMEDIA PROFESIONAL
Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales 2013 MÁSTER UNIVERSITARIO EN PERIODISMO MULTIMEDIA PROFESIONAL Facultad de Ciencias de la Información UCM INFORMACIÓN
TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO
TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO 1. DEFINICIONES Titulaciones de origen y de destino Se denominará titulación de origen aquélla que se ha cursado
ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR
ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR NORMATIVA PARA EL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS POR EQUIVALENCIA (Aprobada por la Junta de Escuela el 15-junio-2000) (Modificad por acuerdo de la Junta de Escuela el 7-abril-2003)
DOCTORADO EN INGENIERÍA ELÉCTRICA, ELECTRÓNICA Y CONTROL INDUSTRIAL Curso 2013/2014
TITULACION DOCTORADO EN INGENIERÍA ELÉCTRICA, ELECTRÓNICA Y CONTROL INDUSTRIAL Curso 2013/2014 > 1. PRESENTACIÓN El programa de Doctorado del EEES "Doctorado en Ingeniería Electrica, Electrónica y Control
CRITERIOS MÍNIMOS E INSTRUCCIONES PARA EL TRABAJO INTERDISCIPLINAR DE MÓDULO
CRITERIOS MÍNIMOS E INSTRUCCIONES PARA EL TRABAJO INTERDISCIPLINAR DE MÓDULO Aprobado por la Junta de la Escuela de Magisterio de San Sebastián el 30 de junio de 2015 Índice 1. Introducción....3 2. Bases
ESTRUCTURAS DE ORGANIZACIÓN PARA LA FORMACIÓN DOCTORAL EN LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA
ESTRUCTURAS DE ORGANIZACIÓN PARA LA FORMACIÓN DOCTORAL EN LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA (Aprobado en el Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga de 25 de Junio de 2012) 1 ÍNDICE I. INTRODUCCIÓN. II.
NORMATIVA INTERNA DE GESTIÓN DE LOS TRABAJOS DE FIN DE GRADO Aprobada en Junta de Centro 21-01-2015
NORMATIVA INTERNA DE GESTIÓN DE LOS TRABAJOS DE FIN DE GRADO Aprobada en Junta de Centro 21-01-2015 MOTIVACIÓN La aprobación, del Acuerdo de 11 de septiembre de 2014, del Consejo de Gobierno de la Universidad,
Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales GRADO EN CONTABILIDAD Y FINANZAS
Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales 2013 GRADO EN CONTABILIDAD Y FINANZAS Facultad de Ciencias Económicas, Empresariales y Turismo UAH INFORMACIÓN PUBLICA
REGLAMENTO DE RETRIBUCIONES DE LAS ENSEÑANZAS DE POSGRADO DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA
REGLAMENTO DE RETRIBUCIONES DE LAS ENSEÑANZAS DE POSGRADO DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA (Aprobado en Consejo de Gobierno de 27 de marzo de 2012) Artículo 1. Ámbito de aplicación. El presente
Normativa sobre el Sistema de Reconocimiento y Transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de Posgrado.
Normativa sobre el Sistema de Reconocimiento y Transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de Posgrado. Aprobada por la Comisión de Estudios Oficiales de Posgrado en sesión de
Verificado por el Consejo de Universidades Pendiente de autorización por la Comunidad Autónoma
PROGRAMA DE DOCTORADO EN CIENCIAS POR LA UNIVERSITAT JAUME I Verificado por el Consejo de Universidades Pendiente de autorización por la Comunidad Autónoma COORDINACIÓN DEL PROGRAMA: José Antonio López
En dicha normativa se establecen dos tipos de Prácticas Externas (PE):
NORMATIVA PARA EL DESARROLLO DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS CURRICULARES EN EL GRADO EN BIOLOGIA DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA (Aprobada en Junta de Sección del 25 de julio de 2014) 1. PREÁMBULO En el titulo
Acuerdo de aprobación de la Normativa de los Trabajos Fin de Grado de la Universidad Miguel Hernández, regulados por el Real Decreto 1393/2007.
Acuerdo de aprobación de la Normativa de los Trabajos Fin de Grado de la Universidad Miguel Hernández, regulados por el Real Decreto 1393/2007. El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, establece en
Artículo 3. Acreditación de la superación de los requisitos formativos complementarios
REGLAMENTO DE SUPERACIÓN DE REQUISITOS FORMATIVOS COMPLEMENTARIOS PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN TÍTULO EXTRANJERO DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN LA UNIVERSIDAD DE HUELVA Aprobado por Consejo de Gobierno de 16 de
GUÍA PARA LA EVALUACIÓN DE LOS TÍTULOS OFICIALES DE MÁSTER
GUÍA PARA LA EVALUACIÓN DE LOS TÍTULOS OFICIALES DE MÁSTER (Versión con recomendaciones para la mejora 01. 10/01/07) Este documento es propiedad de ANECA y su contenido es confidencial. No está permitida
Protocolo de evaluación de másteres en enseñanzas artísticas en la Comunidad de Madrid.
Protocolo de evaluación de másteres en enseñanzas artísticas en la Comunidad de Madrid. ÍNDICE A. INTRODUCCIÓN... 3 B. PROCESO PARA LA EVALUACIÓN DE MÁSTERES EN ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS... 4 C. COMISIONES
SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD DEL TÍTULO DE GRADO DE EDUCACIÓN SOCIAL MANUAL DE CALIDAD
MANUAL DE CALIDAD El Manual de Calidad del Título de Graduado en Educación Social es: la hoja de ruta permanente para que la Unidad de Garantía de Calidad del Título pueda proceder de forma eficaz y eficiente
ORDENACIÓN DE LAS ACTUACIONES PERÍODICAS DEL CONSEJO SOCIAL EN MATERIA ECONÓMICA
Normativa Artículo 2, 3 y 4 de la Ley 12/2002, de 18 de diciembre, de los Consejos Sociales de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid Artículo 14 y 82 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
Capítulo I. Reconocimiento de créditos.
UflED NORMAS Y CRITERIOS GENERALES DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LOS GRADOS (Consejo de Gobierno de 28 de junio de 2011, modificación de la normativa aprobada en Consejo de Gobierno
[Aprobado por Acuerdo 231/2012, de 30 de Octubre de 2012, del Consell de Govern de la Universitat de València]
REGLAMENTO REGULADOR DE LOS TRABAJOS DE FIN DE MÁSTER Y DE LA CONCESIÓN DE PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE MÁSTER EN LA UNIVERSITAT DE VALÈNCIA PREÁMBULO El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Exclusiones
NORMATIVA MEDIANTE LA CUAL SE REGULA EL PROCEDIMIENTO INTERNO DE LA UB PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR AL TÍTULO DE DOCTOR Aprobada por el Consejo de Gobierno en fecha
PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS ACCIONES DE MOVILIDAD
PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS ACCIONES DE MOVILIDAD Q312 version 1.0 Regula las actuaciones que han de llevarse a cabo para lograr una adecuada gestión y evaluación de los programas de movilidad
CONVENIO DE INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES ENTRE LA ( ) Y LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (ESPAÑA)
CONVENIO DE INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES ENTRE LA ( ) Y LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (ESPAÑA) Por una parte, el Sr. D. Francisco González Lodeiro, en nombre y representación de la Universidad de Granada (España)
2. La Junta de Centro establecerá y aprobará este reglamento.
REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULA EL TRABAJO DE FIN DE GRADO (TFG) DE LOS TÍTULOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE BIOLOGÍA EN LA UNIVERSIDAD DE MURCIA (Aprobado por la Junta de Facultad el 10 de mayo de 2012)
PROTOCOLO PARA EL PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES EN LA REGIÓN DE MURCIA DURANTE 2015.
PROTOCOLO PARA EL PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES EN LA REGIÓN DE MURCIA DURANTE 2015. La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada
Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales MÁSTER UNIVERSITARIO EN FORMACIÓN DE PROFESORES DE ESPAÑOL
Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales 2013 MÁSTER UNIVERSITARIO EN FORMACIÓN DE PROFESORES DE ESPAÑOL UAH INFORMACIÓN PUBLICA Valoración Final Uno de los compromisos
NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ
NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ 1 ÍNDICE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPÍTULO I. DISPOSICIONES
NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALAL DE GRADO Y FINAL DE MASTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I
NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALAL DE GRADO Y FINAL DE MASTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. de 26 de julio de 2012 y modificada por el Consejo de Gobierno num. 30 de
CONVENIO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA ENTRE EL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE SALAMANCA Y LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA
CONVENIO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA ENTRE EL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE SALAMANCA Y LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA PARA LA ORGANIZACIÓN DEL CURSO DE FORMACIÓN HABILITANTE PARA EL ACCESO A LA PROFESIÓN
Informe de Seguimiento. Graduado o Graduada en Administración y Dirección de Empresas. Empresas de la Universidad Loyola Andalucía
Informe de Seguimiento Graduado o Graduada en Administración y Dirección de Empresas de la Universidad Loyola Andalucía 1. ÁMBITO NORMATIVO El artículo 27 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre,
PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL DE LA ESCUELA POLITÉCNICA DE MIERES
PROPUESTA DE PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL DE LA ESCUELA POLITÉCNICA DE MIERES (De conformidad con el Acuerdo de 5 de noviembre de 2012, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo, por el que se aprueba
CAPÍTULO PRELIMINAR. Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación y desarrollo.
El Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre de 2007, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, establece en su artículo 12, sobre directrices para el diseño de títulos
NORMATIVA DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS
NORMATIVA DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La presente normativa pretende dar respuesta al cambio experimentado por el sistema
Estatuto del Estudiante Universitario Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre
Estatuto del Estudiante Universitario Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre CAPÍTULO II. De los derechos y deberes de los estudiantes Sección 1ª. De los delitos relativos a la propiedad intelectual
NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013)
NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013) Ámbito de aplicación: La presente normativa es aplicable a todos los estudios
De otra parte, el Dr. Rodrigo Arocena, Rector de la Universidad de la Republica (Uruguay).
ANEXO II AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA (ESPAÑA) Y LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA (URUGUAY) PARA LA IMPARTICIÓN DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN EDUCACION. En Murcia a... días de...
REGLAMENTO DEL TRABAJO FIN DE MÁSTER DEL MASTER OFICIAL EN ESTUDIOS NORTEAMERICANOS INSTITUTO FRANKLIN-UNIVERSIDAD DE ALCALÁ
REGLAMENTO DEL TRABAJO FIN DE MÁSTER DEL MASTER OFICIAL EN ESTUDIOS NORTEAMERICANOS INSTITUTO FRANKLIN-UNIVERSIDAD DE ALCALÁ El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación
Máster Oficial en Ingeniería Informática. Perfil de Ingreso Recomendado
Perfil de Ingreso Recomendado El Máster Universitario en Ingeniería Informática está destinado a titulados universitarios que posean las competencias vinculadas con la profesión de Ingeniero Técnico en
Núm. 65.- Santiago, 23 de marzo de 2005.- Vistos: Los artículos 32, Nº 17, y 50, Nº 1), inciso segundo, de la Constitución Política de la República.
Legislación/Legislación Actualizada/TRATADOS INTERNACIONALES/PROTOCOLO ADICIONAL AL CONVENIO DE COOPERACION CULTURAL DE 1975 ENTRE CHILE Y ARGENTINA SOBRE RECONOCIMIENTO MUTUO DE CERTIFICADOS, TITULOS
ANEXO IV FINANCIACIÓN POR INCENTIVOS A LA CALIDAD DEL PLAN DE EXCELENCIA
ANEXO IV FINANCIACIÓN POR INCENTIVOS A LA CALIDAD DEL PLAN DE EXCELENCIA «Universidad de Las Palmas de Gran Canaria» 1. OBJETIVOS DE CALIDAD DEL PERSONAL... IV-3 1.1. Personal docente e investigador...
Técnico Superior en Realización de Proyectos de Audiovisuales y Espectáculos Página 1 de 11
Técnico Superior en Realización de Proyectos de Audiovisuales y Espectáculos Página 1 de 11 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Orden ESD/ /2011, de XX de XXXXX, por la que se establece el currículo del ciclo formativo
PROGRAMAS DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES. DOCENCIA Página 1 de 11 1. OBJETO... 3 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN... 3 3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA...
DOCENCIA Página 1 de 11 ÍNDICE 1. OBJETO... 3 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN... 3 3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA... 3 3.1. Procesos relacionados..3 4. DEFINICIONES... 4 5. RESPONSABILIDADES... 4 5.1. Responsabilidades
REGLAMENTO DE ESTANCIAS INTERNACIONALES
REGLAMENTO DE ESTANCIAS INTERNACIONALES EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Universidad Europea de Canarias en su interés por proporcionar una formación integral, adaptada a las necesidades presentes y futuras de
NORMATIVA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CONVENIOS DE DOBLES TITULACIONES INTERNACIONALES EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE
NORMATIVA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CONVENIOS DE DOBLES TITULACIONES INTERNACIONALES EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE Preámbulo La Universidad Miguel Hernández de Elche (UMH) tiene entre sus
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 35 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 7 ORDEN 2216/2014, de 9 de julio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen
Máster Universitario en Comunicación Intercultural, Interpretación y Traducción en los Servicios Públicos
Máster Universitario en Comunicación Intercultural, Interpretación y Traducción en los Servicios Públicos MANUAL. SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD El sistema de garantía de calidad del Máster Universitario
Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales GRADO EN ARTES VISUALES Y DANZA
Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales 2013 GRADO EN ARTES VISUALES Y DANZA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES URJC INFORMACIÓN PUBLICA Valoración Final
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS CRITERIOS GENERALES PARA EL RECONOCIMIENTO ACADÉMICO EN CRÉDITOS ECTS POR LA PARTICIPACIÓN DE
1. Estar matriculado de un curso completo o de una parte equivalente a la duración del periodo de intercambio.
NORMATIVA DE INTERCAMBIO PARA ALUMNOS QUE REALICEN ESTANCIAS EN OTRAS UNIVERSIDADES EN EL MARCO DE LOS PROGRAMAS SÓCRATES-ERASMUS, SICUE-SÉNECA Y OTROS PROGRAMAS DE INTERCAMBIO SUSCRITOS POR LA FTI PREÁMBULO
9. SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD MÁSTER UNIVERSITARIO EN GESTIÓN DE DESASTRES Universidad Complutense de Madrid
9. SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD MÁSTER UNIVERSITARIO EN GESTIÓN DE DESASTRES Universidad Complutense de Madrid 9.1 Responsables del sistema de garantía de calidad del plan de estudios. La responsabilidad
Términos y Condiciones Generales. PROGRAMA PARA LA INSERCIÓN PROFESIONAL DE LOS TITULADOS UNIVERSITARIOS Convocatoria 2014-2015
Términos y Condiciones Generales PROGRAMA PARA LA INSERCIÓN PROFESIONAL DE LOS TITULADOS UNIVERSITARIOS Convocatoria 2014-2015 I. Objetivos En virtud del Programa para la Inserción Profesional de los Titulados
Alumnos de Nuevo Ingreso Master en Gestión y Administración Pública
Alumnos de Nuevo Ingreso Master en Gestión y Administración Pública Facultad de Ciencias Sociales y de la Comunicación 1 Contenido 1.- Información previa a la matriculación: plazos y procedimientos....
NORMATIVA INTERNA PARA LA MOVILIDAD DE ESTUDIANTES CON UNIVERSIDADES IBEROAMERICANAS
NORMATIVA INTERNA PARA LA MOVILIDAD DE ESTUDIANTES CON UNIVERSIDADES IBEROAMERICANAS El Vicerrectorado de Relaciones Internacionales propone a la Junta de Gobierno de la Universidad de Almería la siguiente
NORMATIVA INTERNA PARA LOS ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS y EMPRESARIALES
NORMATIVA INTERNA PARA LOS ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS y EMPRESARIALES Con carácter general, los alumnos de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales que participen
Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales GRADO EN CIENCIAS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEL DEPORTE
Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales 2013 GRADO EN CIENCIAS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEL DEPORTE Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales UFV INFORMACIÓN
Sevilla, 9 de noviembre 2006 BOJA núm. 217 Página núm. 25 CONSEJERIA DE EDUCACION
Sevilla, 9 de noviembre 2006 BOJA núm. 217 Página núm. 25 II. MEMORIA ECONOMICA Presupuesto de costes del proyecto por capítulos de coste, según el apartado 2.10 del cuestionario. Descripción de: - Equipamiento
PROCEDIMIENTO DE APOYO PARA LA GESTIÓN DE LA EXTINCIÓN DE LAS ENSEÑANZAS
PROCEDIMIENTO DE APOYO PARA LA GESTIÓN DE LA EXTINCIÓN DE LAS ENSEÑANZAS 1. OBJETO... 3 2. ALCANCE... 3 3. REFERENCIAS / NORMATIVA... 3 4. DEFINICIONES... 4 5. DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO... 4 6. SEGUIMIENTO,
SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LOS TÍTULOS DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS
SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LOS TÍTULOS DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS 1. Responsables del sistema de garantía de calidad de los planes de estudios El máximo órgano encargado de la planificación
Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales GRADO EN ECONOMÍA Y NEGOCIOS INTERNACIONALES
Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales 2013 GRADO EN ECONOMÍA Y NEGOCIOS INTERNACIONALES Facultad de Ciencias Económicas, Empresariales y Turismo UAH INFORMACIÓN
Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales GRADO EN DERECHO. Facultad de Ciencias Sociales UNEB
Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales 2013 GRADO EN DERECHO UNEB INFORMACIÓN PUBLICA Valoración Final Uno de los compromisos esenciales que las universidades
ESCUELA INTERNACIONAL DE POSGRADO
ESCUELA INTERNACIONAL DE POSGRADO (Modificación de la normativa de creación de Escuela de Posgrado aprobada en sesión del Consejo de Gobierno de 27 de noviembre de 2008) Artículo 1. Objeto La Escuela Internacional
En Madrid, a... de...de 20... REUNIDOS
CONVENIO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA Y LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID PARA LA REALIZACIÓN DE UN TÍTULO OFICIAL DE MÁSTER INTERUNIVERSITARIO EN CIENCIAS
Reglamento de Cursos de Extensión Universitaria
Reglamento de Cursos de Extensión Universitaria Aprobado en Consejo de Gobierno de 25 de marzo de 2013, modificado en el Consejo de Gobierno de 30 de octubre de 2013 CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales MÁSTER UNIVERSITARIO EN TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN GEOGRÁFICA
Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales 2013 MÁSTER UNIVERSITARIO EN TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN GEOGRÁFICA UCM INFORMACIÓN PUBLICA Valoración Final Uno de
Actividades INIA 2006
Actividades INIA 2006 ORGANIGRAMA DEL INIA Según Real Decreto RD 1951/2000, de 1 de diciembre ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DEL INIA La estructura y funcionamiento del INIA están recogidos en el RD 1951/2000
(Aprobado por Consejo de Gobierno en sesión de 4 de octubre de 2006)
(Aprobado por Consejo de Gobierno en sesión de 4 de octubre de 2006) REGLAMENTO GENERAL DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE MEDICINA DEL TRABAJO DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE CAPÍTULO I: DISPOSICIONES
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO POR ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO POR ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS (Acuerdo de Consejo de Gobierno 01/10/2009 y posterior modificación de 23/02/2011) Preámbulo - El artículo
A.29/2015. Se modifica la normativa de creación y funciones de la Escuela de Doctorado de Navarra
A.29/2015. Se modifica la normativa de creación y funciones de la Escuela de Doctorado de Navarra ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE SE MODIFICA LA NORMATIVA DE CREACIÓN Y FUNCIONES DE LA ESCUELA
Normativa de doctorado Capítulo XII: Homologación de títulos y estudios extranjeros de educación superior al título de doctor español
Normativa de doctorado Capítulo XII: Homologación de títulos y estudios extranjeros de educación superior al título de doctor español (Aprobada por el Consejo de Gobierno de la UAB, el 19 de enero de 2006)
Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales MÁSTER UNIVERSITARIO EN ANÁLISIS ECONÓMICO MODERNO
Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales 2014 MÁSTER UNIVERSITARIO EN ANÁLISIS ECONÓMICO MODERNO URJC INFORMACIÓN PUBLICA Valoración Final La adaptación de los
Anexo 10 REGLAMENTO DE ASOCIACIONES DE LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE, DE SEVILLA
Anexo 10 REGLAMENTO DE ASOCIACIONES DE LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE, DE SEVILLA El derecho de asociación constituye un fenómeno sociológico como tendencia natural de las personas y como instrumento
Reglamento General Nº 47 REGLAMENTO GENERAL DE LOS ESTUDIOS DE POSTGRADO. Aprobado por Consejo Académico de fecha 15 de Noviembre de 2010 INTRODUCCIÓN
Reglamento General Nº 47 REGLAMENTO GENERAL DE LOS ESTUDIOS DE POSTGRADO Aprobado por Consejo Académico de fecha 15 de Noviembre de 2010 INTRODUCCIÓN Art. 1 Art. 2 Art. 3 Art. 4 La presente reglamentación