El nombramiento del CAM tendrá una duración de dos años, y sus funciones
|
|
- Juan José Toro Méndez
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA NORMATIVA ACADÉMICA BÁSICA PARA EL DESARROLLO DE LOS MÁSTERES OFICIALES Aprobada por Consejo de Gobierno de 2 de marzo de 2007 Modificadas por Consejo de Gobierno de 27 de febrero de Ámbito de aplicación Estas normas académicas se aplicarán a los estudios universitarios de segundo ciclo conducentes al título de Máster a que se refiere el Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, por el que se regulan los estudios oficiales de Postgrado (BOE de 25 de enero), modificado por los RRDD 1509/2005 de 16 de diciembre (BOE de 20 de diciembre) y 189/2007 de 9 de febrero (BOE de 10 de febrero), así como el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales (BOE de 30 de octubre). 2. Estructura organizativa de los Másteres Las Unidades Proponentes (Centros y/o Departamentos) de los Másteres oficiales deberán nombrar, en el plazo que sea indicado por la Comisión de Estudios de Postgrado (CEP), un Consejo Académico de Máster y una Unidad de Garantía de Calidad del Máster Consejo Académico de Máster (CAM) El Consejo Académico de Máster será el responsable de la coordinación académica del Máster y estará compuesto por un representante del personal docente e investigador de cada uno de los departamentos que tengan, al menos, una actividad docente del 10% de los créditos necesarios para obtener el título de Máster. El Director Académico del Máster será nombrado por el CAM entre sus miembros. En el caso de Máster unidepartamental el CAM estará formado por el director del Máster, elegido por el Consejo de Departamento, y al menos dos profesores de la UCO en representación, en su caso, de las diferentes áreas de conocimiento que participen en el Máster. serán: El nombramiento del CAM tendrá una duración de dos años, y sus funciones 1. Proponer la selección de los estudiantes que hayan solicitado acceder al Máster 2. Proponer la distribución de los fondos de los Másteres 3. Asignar un tutor a cada uno de los estudiantes admitidos 4. Velar por el funcionamiento de las actividades académicas del Máster 5. Realizar la planificación docente detallada de cada edición del Máster 6. Promover y apoyar la movilidad de estudiantes y profesores 7. Informar sobre las solicitudes de convalidación a la Comisión de Estudios de Postgrado 1
2 8. Otras funciones de coordinación y dirección que le sean conferidas por la Comisión de Estudios de Postgrado 2.2. Unidad de Garantía de Calidad La Comisión de Estudios de Postgrado nombrará una Comisión de Garantía de Calidad encargada de coordinar las actividades de garantía de la calidad. Esta Comisión, presidida por el Vicerrector de Planificación y Calidad o persona en la que delegue, estará integrada por los presidentes de las Unidades de Garantía de Calidad de los Másteres (UGCM), las cuales reunirán los siguientes requisitos: Composición Carácter Funciones Un representante del personal docente e investigador de cada uno de los departamentos que tengan, al menos, una actividad docente del 10% de los créditos necesarios para obtener el título de Máster, no pudiendo ser miembro del CAM del Máster. Uno de ellos actuará como Presidente. Dos estudiantes del Programa Oficial de Postgrado (POP), que serán elegidos por su colectivo. La UGCM no tendrá carácter ejecutivo. Deberá procesar la información para detectar los puntos fuertes y débiles y proponer mejoras al Consejo Académico del Máster, a las unidades proponentes y a la Comisión de Estudios de Postgrado de la UCO. Recopilación de datos y evidencias sobre el desarrollo del programa Análisis y valoración de la información recopilada detectando puntos fuertes y débiles Evaluación y mejora de la calidad de la enseñanza y el profesorado Garantizar la calidad de las prácticas externas y los programas de movilidad Análisis de la inserción laboral de los egresados y de la satisfacción con la formación recibida Análisis del grado de satisfacción de los distintos colectivos implicados (estudiantes, personal académico y de administración y servicios, etc.) Aplicación de criterios específicos para la eventual suspensión del título Liderar los procesos de garantía de calidad del Máster 3. Reconocimiento de la actividad académica De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, por el que se regulan los estudios universitarios 2
3 oficiales de Postgrado, y en el artículo 192 de los Estatutos de la Universidad de Córdoba, aprobados por Decreto 280/2003, de 7 de octubre, el conjunto de las actividades docentes y la dirección de los programas oficiales de Máster tendrán el mismo tipo de reconocimiento y de control académico que el otorgado a las actividades desarrolladas en los estudios de Grado. En el Plan de Docencia de los Departamentos se indicarán las responsabilidades docentes de carácter teórico y práctico de los profesores que participen en la docencia de los Másteres. 4. Admisión Los estudiantes que deseen realizar estudios oficiales de Postgrado en la UCO deberán presentar solicitud de admisión a un Programa determinado en los plazos que determine el órgano autonómico responsable de estos estudios. La solicitud se entregará en el Centro de Estudios de Postgrado, acompañada de la siguiente documentación: - Título que le habilite para el acceso al Máster - Expediente académico - DNI (o pasaporte en caso de nacionalidad extranjera) - Currículum vítae La admisión en un Máster será propuesta por el Consejo Académico de Máster a la Comisión de Estudios de Postgrado. A estos efectos, se utilizarán los criterios previamente establecidos en la propuesta del Máster, que deberán tener en cuenta la valoración del expediente académico. Los estudiantes con título extranjero de educación superior sin homologar, deberán solicitar la equivalencia a los correspondientes títulos españoles de grado, mediante solicitud dirigida al Vicerrector de Estudios de Postgrado y Formación Continua, que, previo informe del Director Académico del Máster y de la Comisión de Estudios de Postgrado, decidirá si procede la admisión. La solicitud se acompañará de un certificado expedido por la autoridad universitaria competente en el país de procedencia, el cual acredite que el nivel de formación faculta para el acceso a los estudios de Postgrado en el país de origen. Los documentos expedidos en el extranjero deberán ser oficiales y estar legalizados por vía diplomática o, en su caso, mediante apostilla del convenio de la Haya. Este requisito no se exige a los documentos expedidos por las autoridades de los Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. 5. Matrícula El estudiante deberá formalizar la solicitud de matriculación del Máster en el Centro de Estudios de Postgrado, dentro de los plazos fijados por la Junta de Andalucía, acompañada de la siguiente documentación: - Dos fotografías tamaño carné, o una si ha sido anteriormente alumno de la UCO - Cualquier otro documento que justifique algún tipo de exención o subvención Los precios públicos que han de abonar los estudiantes serán los establecidos para cada curso académico por la Junta de Andalucía. 3
4 El pago de la matrícula se podrá hacer efectivo en una sola vez, o bien fraccionado en dos plazos. El primero se abonará al formalizar la matrícula y el segundo durante la segunda quincena del mes de diciembre. 6. Anulación de matrícula Los interesados podrán solicitar la anulación de su matrícula antes del 1 de febrero del curso académico. La anulación de la matrícula no implicará la devolución del importe de los precios públicos, excepto en aquellos casos en los que los motivos de la anulación no sean imputables al interesado. En todo caso se estará a lo dispuesto en el Título II del Reglamento de Régimen Académico de la UCO. 7. Convalidaciones y adaptaciones Los criterios para el reconocimiento y convalidación de aprendizajes previos, a aplicar en el conjunto del Máster son los reflejados en el Acuerdo de 25 de octubre de 2004, del Consejo de Coordinación Universitaria, por el que se establecen los criterios generales a los que habrán de ajustarse las Universidades en materia de convalidación y adaptación de estudios cursados en centros académicos españoles o extranjeros, así como lo establecido en el Título VII del Reglamento de Régimen Académico de la Universidad de Córdoba, aprobado por el Consejo de Gobierno de 7 de mayo de La convalidación implica la equivalencia con respecto a conocimientos, contenido y carga lectiva entre asignaturas de planes de estudio conducentes a diferentes títulos oficiales de Máster. La convalidación se resolverá por la Comisión de Estudios de Postgrado, previo informe del Consejo Académico de Máster. La convalidación de estudios de Doctorado por estudios de Máster, se regirá por los criterios que establezca la Comisión de Estudios de Postgrado. La adaptación implica la equivalencia con respecto a conocimientos, contenido y carga lectiva entre asignaturas de planes de estudio conducentes al mismo título oficial de Máster. Los Másteres propios no podrán ser convalidados o adaptados por estudios oficiales de Máster. Hasta que la Universidad de Córdoba elabore la normativa sobre el sistema de reconocimiento y transferencia de créditos a que hace referencia el artículo 6 del Real Decreto 1393/2007, se atenderán a los criterios generales que sobre el particular se establecen en dicho Real Decreto. 8. Evaluación Las pruebas de evaluación de las materias, se reflejarán en actas que serán remitidas por el Director Académico del Máster al Centro de Estudios de Postgrado antes del 15 de julio (convocatoria de junio) y antes del 15 de septiembre (convocatoria de septiembre). Las pruebas de evaluación de los trabajos de fin de Máster se reflejarán en actas individualizadas para cada estudiante. Se establecen dos convocatorias, ordinaria, que deberá celebrarse entre el 1 de julio al 30 de noviembre; y extraordinaria, que deberá celebrarse entre el 15 de diciembre al 31 de enero. En ambas convocatorias el Director 4
5 Académico del Máster deberá enviar las actas al Centro de Estudios de Postgrado en las dos semanas siguientes a la finalización de las pruebas de evaluación. Los resultados obtenidos por los estudiantes se expresarán en calificaciones numéricas de acuerdo con la escala establecida en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el cual se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias. Esta escala numérica será de 0 a 10, con expresión de un decimal, a la que podrá añadirse su correspondiente calificación cualitativa: 0-4,9: Suspenso (SS) 5,0-6,9: Aprobado (AP) 7,0-8,9: Notable (NT) 9,0-10: Sobresaliente (SB) La mención de Matrícula de Honor podrá ser otorgada a alumnos que hayan obtenido una calificación igual o superior a 9,0. Su número no podrá exceder del cinco por ciento de los alumnos matriculados, salvo que el número de alumnos matriculados sea inferior a 20, en cuyo caso se podrá conceder una sola Matrícula de Honor. Con respecto a la consideración de las asignaturas convalidadas y adaptadas, la valoración de los expedientes académicos y la certificación de las calificaciones, será de aplicación lo previsto en el Reglamento de Régimen Académico de la UCO, correspondiendo su certificación al titular de la Secretaría General. El proceso de revisión y reclamación de las actividades académicas del Máster se regulará por lo recogido en el Reglamento de Régimen Académico de la UCO. 9. Trabajo de Fin de Máster Los Másteres deberán incluir la realización de un trabajo de fin de Máster, cuyo número de créditos deberá ser de un mínimo del 10% del número de créditos del Máster y un máximo del 25%. La naturaleza del trabajo de fin de Máster, deberá quedar reflejada en la propuesta del Máster. En los Másteres que permitan el acceso directo al Doctorado, estos trabajos deberán ser de investigación. Los trabajos de fin de Máster serán expuestos y defendidos en acto público ante un tribunal para su evaluación y calificación. Este tribunal será aprobado por la Comisión de Estudios de Postgrado, a propuesta del Consejo Académico del Máster y estará compuesto por tres o cinco miembros doctores, de los que al menos uno de ellos será externo al Máster, no formando parte del mismo, los profesores que hayan dirigido los trabajos objeto de evaluación. Si por alguna causa debidamente justificada, un director de trabajo de fin de Máster debiera formar parte del tribunal de estos trabajos, será sustituido en el proceso de evaluación del trabajo dirigido. El estudiante presentará, en el plazo de diez días naturales anteriores a la exposición pública, un ejemplar de su trabajo en la secretaría de la unidad proponente del Máster. Asimismo trasladará la documentación al presidente del tribunal. La dirección del Máster establecerá la fecha en la cual se realizará la exposición. El tribunal que efectúe la evaluación emitirá un acta con la calificación obtenida por el 5
6 candidato, (la misma escala que para las materias) y deberá remitirse al Centro de Estudios de Postgrado. 10. Expedición del título Para tener derecho a la expedición de un título universitario oficial, resultado de haber cursado un plan de estudios de Máster, el estudiante deberá cursar un mínimo de 60 créditos. Para su expedición, deberá solicitarlo y pagar la tasa oficial que fija anualmente el decreto de precios públicos de la Junta de Andalucía. En tanto no se produzca la expedición material del título oficial de Máster, el interesado podrá solicitar, desde el momento en que abone los correspondientes derechos la expedición de una certificación supletoria provisional que sustituirá a aquél y gozará de idéntico valor a efectos del ejercicio de los derechos a él inherentes. 6
REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS. RD 1393/2007
REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS. RD 1393/2007 Exposición de Motivos El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE CONVENIOS BILATERALES El constante incremento que la Universidad
Reglamento que regula los Estudios de Máster Universitario. Reglamento por el que se regulan los Estudios de Máster Universitario
Reglamento que regula los Estudios de Máster Universitario Acuerdo de Consejo de Gobierno, en sesión ordinaria de 25/03/2015, por el que se aprueba el Reglamento que regula los Estudios de Máster Universitario
CONVALIDACIÓN/ADAPTACIÓN DE ESTUDIOS
SERVICIO DE ALUMNOS Y PLANES DE ESTUDIO CONVALIDACIÓN/ADAPTACIÓN DE ESTUDIOS La Universidad se ajustará para la adaptación/convalidación de estudios cursados en Centros Españoles correspondientes a enseñanzas
1. Estar matriculado de un curso completo o de una parte equivalente a la duración del periodo de intercambio.
NORMATIVA DE INTERCAMBIO PARA ALUMNOS QUE REALICEN ESTANCIAS EN OTRAS UNIVERSIDADES EN EL MARCO DE LOS PROGRAMAS SÓCRATES-ERASMUS, SICUE-SÉNECA Y OTROS PROGRAMAS DE INTERCAMBIO SUSCRITOS POR LA FTI PREÁMBULO
REGLAMENTO DEL TRABAJO FIN DE MÁSTER DEL MASTER OFICIAL EN ESTUDIOS NORTEAMERICANOS INSTITUTO FRANKLIN-UNIVERSIDAD DE ALCALÁ
REGLAMENTO DEL TRABAJO FIN DE MÁSTER DEL MASTER OFICIAL EN ESTUDIOS NORTEAMERICANOS INSTITUTO FRANKLIN-UNIVERSIDAD DE ALCALÁ El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación
Normativa sobre el Sistema de Reconocimiento y Transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de Posgrado.
Normativa sobre el Sistema de Reconocimiento y Transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de Posgrado. Aprobada por la Comisión de Estudios Oficiales de Posgrado en sesión de
PROCEDIMIENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TITULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR A TÍTULOS Y CICLOS ACADÉMICOS DE POSTGRADO OFICIALES.
PROCEDIMIENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TITULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR A TÍTULOS Y CICLOS ACADÉMICOS DE POSTGRADO OFICIALES. La homologación y convalidación de los títulos extranjeros de educación
NORMATIVA REGULADORA DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO (Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2012)
NORMATIVA REGULADORA DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO (Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2012) El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado
Normativa para el desarrollo de Trabajos Fin de Grado en los Estudios de Grado de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de León
Normativa para el desarrollo de Trabajos Fin de Grado en los Estudios de Grado de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de León Normativa aprobada en reunión de la Comisión de Títulos de
Artículo 3. Acreditación de la superación de los requisitos formativos complementarios
REGLAMENTO DE SUPERACIÓN DE REQUISITOS FORMATIVOS COMPLEMENTARIOS PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN TÍTULO EXTRANJERO DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN LA UNIVERSIDAD DE HUELVA Aprobado por Consejo de Gobierno de 16 de
NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ
NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ 1 ÍNDICE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPÍTULO I. DISPOSICIONES
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Exclusiones
NORMATIVA MEDIANTE LA CUAL SE REGULA EL PROCEDIMIENTO INTERNO DE LA UB PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR AL TÍTULO DE DOCTOR Aprobada por el Consejo de Gobierno en fecha
TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO
TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO 1. DEFINICIONES Titulaciones de origen y de destino Se denominará titulación de origen aquélla que se ha cursado
Proceso de Admisión Máster Universitario en Valoraciones, Tasaciones y Peritaje Judicial de Universidad Europea. 2011-2012 2012-2013
Proceso de Admisión Máster Universitario en Valoraciones, Tasaciones y Peritaje Judicial de Universidad Europea. Número de plazas de nuevo ingreso ofertadas (estimación para los primeros 2 años). Nº Plazas
Reglamento de la Escuela Universitaria TAI para las convalidaciones, reconocimiento y transferencia de créditos
Reglamento de la Escuela Universitaria TAI para las convalidaciones, reconocimiento y transferencia de créditos El artículo 36 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificado
Para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Máster se requiere cumplir alguna de las siguientes condiciones:
CONVOCATORIA DEL PROCESO DE ADMISIÓN EN ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID Y CENTROS ADSCRITOS* CURSO 2014-2015 I.- REQUISITOS GENERALES Para el acceso a las
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1. REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE VISITANTE DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA. (Aprobado en Consejo de Gobierno de 31 de octubre de 2006 y publicado en el BO-UCLM nº 97 de noviembre de 2006). EXPOSICIÓN
IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013*
IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* * Revisión aprobada por el Comité Rectoral del 16 de junio de 2014 ÍNDICE PREÁMBULO I. TÍTULO
REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID. RD 1393/2007.
REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID. RD 1393/2007. Exposición de Motivos El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que
PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE DOBLES TITULACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES
PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE DOBLES TITULACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES Preámbulo Con el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las
REGLAMENTO SOBRE PROGRAMAS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA
REGLAMENTO SOBRE PROGRAMAS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA (Aprobado en sesión de Junta de Gobierno de 3 de julio de 2001. Modificado en sesión de Consejo
[Aprobado por Acuerdo 231/2012, de 30 de Octubre de 2012, del Consell de Govern de la Universitat de València]
REGLAMENTO REGULADOR DE LOS TRABAJOS DE FIN DE MÁSTER Y DE LA CONCESIÓN DE PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE MÁSTER EN LA UNIVERSITAT DE VALÈNCIA PREÁMBULO El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el
PROPUESTA DE IDENTIFICACION Y VALORACION DE SERIES. Grupo de Trabajo de Identificación y Valoración de Series Administrativas
PROPUESTA DE IDENTIFICACION Y VALORACION DE SERIES Grupo de Trabajo de Identificación y Valoración de Series Administrativas Denominación de la serie: EXPEDIENTES DE PREINSCRIPCIÓN DE MÁSTERES UNIVERSITARIOS
Normas de Permanencia para las Titulaciones Conjuntas
Comisión Mixta para el desarrollo y seguimiento de titulaciones conjuntas Universidad de Sevilla-Universidad de Málaga Normas de Permanencia para las Titulaciones Conjuntas UNIVERSIDAD DE SEVILLA Las normas
ANEXO IV A LA NORMATIVA DE CONVENIOS RELATIVA A LOS CURSOS DE DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID IMPARTIDOS EN UNA UNIVERSIDAD EXTRANJERA.
ANEXO IV A LA NORMATIVA DE CONVENIOS RELATIVA A LOS CURSOS DE DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID IMPARTIDOS EN UNA UNIVERSIDAD EXTRANJERA. (Aprobado por Junta de Gobierno de 25 de junio de 2002,
Por todo lo anterior esta Secretaría General dicta la siguiente Instrucción:
TRADUCCIÓN AL CASTELLANO DE LA INSTRUCCIÓN Nº 3/2009, DE LA SECRETARIA GENERAL SOBRE REALIZACIÓN DE ESTUDIOS COMPLEMENTARIOS PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS. El Real Decreto 285/2004, de 20
TITULO I.- ESTUDIANTES SOCRATES DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA QUE CURSAN ESTUDIOS EN OTRAS UNIVERSIDADES EUROPEAS
Reglamento del Programa Sócrates/Erasmus de la Universidad de Salamanca (Aprobado en Junta de Gobierno del 24 de Abril de 1997) (Modificado en Junta de Gobierno de 31 de Enero de 2000) (Modificado en Junta
TÍTULO V LIBRE ELECCIÓN CURRICULAR
TÍTULO V LIBRE ELECCIÓN CURRICULAR Artículo 65 Las titulaciones de la Universidad de Córdoba cuyos planes de estudios se hayan estructurado bajo las directrices generales dimanadas del RD 1497/87 de 28
PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS ACCIONES DE MOVILIDAD
PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS ACCIONES DE MOVILIDAD Q312 version 1.0 Regula las actuaciones que han de llevarse a cabo para lograr una adecuada gestión y evaluación de los programas de movilidad
Artículo 2. Comisión de coordinación de los trabajos de fin de máster universitario
NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALES DE MÁSTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. 26 de 26 de julio de 2012, modificada por el Consejo de Gobierno núm.30, de 11 de diciembre
REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA.
REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Artículo 1. Definición 1) El Trabajo Fin de Grado (TFG) es un trabajo personal y autónomo del estudiante cuya elaboración
REGLAMENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE CREDITOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA SOCRATES-ERASMUS
REGLAMENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE CREDITOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA SOCRATES-ERASMUS (Texto íntegro resultante de las modificaciones aprobadas por acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de mayo de 2003).
Capítulo I. Reconocimiento de créditos.
UflED NORMAS Y CRITERIOS GENERALES DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LOS GRADOS (Consejo de Gobierno de 28 de junio de 2011, modificación de la normativa aprobada en Consejo de Gobierno
Artículo 2. Comisión de coordinación de los trabajos de fin de grado
NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALES DE GRADO DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. 26 de 26 de julio de 2012, modificada por el Consejo de Gobierno núm.30, de 11 de diciembre
NORMATIVA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD PARA LAS ENSEÑANZAS OFICIALES DE GRADO
NORMATIVA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD PARA LAS ENSEÑANZAS OFICIALES DE GRADO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con motivo de la entrada en vigor del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece
(Aprobadas por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada el 22 de junio de 2015)
NORMAS ACADÉMICAS DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN MIGRACIONES INTERNACIONALES Y DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO, DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE ESTUDIOS SOBRE MIGRACIONES
NORMATIVA DE TRABAJO FIN DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA
NORMATIVA DE TRABAJO FIN DE GRADO Y MÁSTER DE LA Elaborado por: Vicerrectorado de Docencia y Relaciones Institucionales Revisado por: Servicio de Acceso y Gestión de Estudios de Grado, Servicio de Becas,
REGULACIÓN DE LOS TRABAJOS DE FIN DE MÁSTER EN LAS ENSEÑANZAS CONDUCENTES AL TÍTULO OFICIAL DE MÁSTER DE LA UNED.
Vicerrectorado de Investigación Aprobado en Consejo de Gobierno de 22 de junio de 2010 (Derogado por Comisión Permanente y Asuntos Generales del 10 de Junio de 2013 el artículo 4.5) REGULACIÓN DE LOS TRABAJOS
NORMATIVA SOBRE ADAPTACIÓN Y CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS EN LA UNIVERSIDAD DE JAÉN. (Aprobada por el Consejo de Gobierno el 22 de septiembre de 2006)
NORMATIVA SOBRE ADAPTACIÓN Y CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS EN LA UNIVERSIDAD DE JAÉN (Aprobada por el Consejo de Gobierno el 22 de septiembre de 2006) (BOUJA nº 61, Septiembre-2006) Con fecha 8 de junio de
UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA
5547 UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2012, de la Gerencia, por la que se ejecuta el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la normativa de regulación del
NORMATIVA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE LOS TÍTULOS EXTRANJEROS
NORMATIVA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE LOS TÍTULOS EXTRANJEROS Acuerdo n.º 48/2011 del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Normativa para la homologación de los títulos extranjeros Documento aprobado
ESCUELA INTERNACIONAL DE MÁSTER (EIMUAL) DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO
ESCUELA INTERNACIONAL DE MÁSTER (EIMUAL) DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO Aprobado en Consejo de Gobierno de la UAL de fecha 25 de febrero de 2014. Modificado en Consejo de Gobierno
TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO
TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO TITULO I DE LA DIRECCION DE INVESTIGACION Y POST-GRADO Art. Nº1 A la Dirección de Investigación y Post-Grado de la Vicerrectoría Académica
NORMATIVA INTERNA PARA LOS ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS y EMPRESARIALES
NORMATIVA INTERNA PARA LOS ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS y EMPRESARIALES Con carácter general, los alumnos de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales que participen
REQUISITOS DE ADMISIÓN
REQUISITOS DE ADMISIÓN Acceso a los masters oficiales de acuerdo con el Real decreto 1393/2007 VÍAS OBSERVACIONES 1 Título universitario oficial español. (Licenciaturas, Ingenierías, Arquitecturas, Diplomaturas,
Articulo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Instrucción del Vicerrectorado de Postgrado, Formación Permanente y Empleo de la Universidad Pablo de Olavide para la elaboración, presentación y evaluación de los Trabajos Fin de Máster regulados por
Acceso y Admisión a Grado 2016-17 Secretaría General - Secretaría Técnica
Acceso y Admisión a Grado 2016-17 El calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE) ha exigido que, desde el curso 2014-2015, las
Lineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México
Lineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE EDUCACIÓN PROFESIONAL A DISTANCIA DE LA UAEM CAPÍTULO I DE
ÍNDICE. Exposición de motivos
PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN, CRITERIOS DE VALORACIÓN Y ORDEN DE PRELACIÓN EN LA ADJUDICACIÓN DE PLAZAS DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA PARA DETERMINADAS
PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM ADAPTADO
PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM ADAPTADO AL GRADO EN DERECHO, Y A LOS DOBLES GRADOS EN DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS, EN DERECHO Y ADMINISTRACIÓN DE EMPRESA Y EN DERECHO Y ECONOMÍA DE LA UNIVERSIDAD
10. PRÁCTICAS EXTERNAS
10. PRÁCTICAS EXTERNAS 10.1. DEFINICIÓN Las prácticas externas se configuran como actividades formativas integradas en el plan de estudios de las correspondientes enseñanzas artísticas superiores y podrán
a) Estudiantes de nuevo ingreso en titulaciones de Grado
1 GUÍA CURSO 2015/16 INFORMACIÓN GENERAL PERÍODOS DE DOCENCIA Primer Semestre: del 21 de Septiembre de 2015 al 21 de Enero de 2016 Segundo Semestre: del 15 de Febrero de 2016 al 9 de Junio de 2016 PERÍODOS
REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS CULTURALES, DEPORTIVAS, DE
REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS CULTURALES, DEPORTIVAS, DE REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL, SOLIDARIAS Y DE COOPERACIÓN Aprobado
MÁSTER EN GESTIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN, BIBLIOTECAS y ARCHIVOS (60 Créditos)
FACULTAD DE CIENCIAS DE LA DOCUMENTACIÓN MÁSTER EN GESTIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN, BIBLIOTECAS y ARCHIVOS (60 Créditos) NORMAS PARA LA REALIZACIÓN DEL TRABAJO DE FIN DE MÁSTER Curso 2010-2011 1 Finalidad
Normativa de doctorado Capítulo XII: Homologación de títulos y estudios extranjeros de educación superior al título de doctor español
Normativa de doctorado Capítulo XII: Homologación de títulos y estudios extranjeros de educación superior al título de doctor español (Aprobada por el Consejo de Gobierno de la UAB, el 19 de enero de 2006)
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA TITULACIONES ADAPTADAS AL ESPACIO EUROPEO DE EDUCACIÓN SUPERIOR (EEES)
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA TITULACIONES ADAPTADAS AL ESPACIO EUROPEO DE EDUCACIÓN SUPERIOR (EEES) Aprobada en Consejo de Gobierno de 31/10/2008 y modificada el 8/07/09.
ANEXO IV BAREMO PARA LA CONVOCATORIA ESPECÍFICA DE AMPLIACIÓN DE LAS LISTAS DE EMPLEO
ANEXO IV BAREMO PARA LA CONVOCATORIA ESPECÍFICA DE AMPLIACIÓN DE LAS LISTAS DE EMPLEO Las personas aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos. APARTADOS 1. EXPERIENCIA
NORMATIVA DE LOS ESTUDIOS OFICIALES DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID
Exposición de Motivos NORMATIVA DE LOS ESTUDIOS OFICIALES DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID El Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, publicado en el BOE el 25 de enero de 2005, regula los
REGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS
REGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS (Informado positivamente por Consejo de Gobierno de 10 de octubre de 2008)
reflexiones conjuntas del equipo de Profesores del centro que ha de dar lugar, entre otras, a directrices y decisiones compartidas y asumidas
ORDEN DE 28 DE AGOSTO DE 1995 POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA GARANTIZAR EL DERECHO DE LOS ALUMNOS DE EDUCACION SECUNDARIA OBLIGATORIA Y DE BACHILLERATO A QUE SU RENDIMIENTO ESCOLAR SEA EVALUADO
Normativa de Gestión Académica de los Estudios Oficiales de Máster
SERVICIO DE GESTIÓN ACADÉMICA Normativa de Gestión Académica de los Estudios Oficiales de Máster Consejo de Gobierno de 19 de julio de 2013 VICERRECTORADO DE ORDENACIÓN ACADÉMICA 1 Normativa de Gestión
GUÍA EXPLICATIVA DE LA NORMATIVA DEL TRABAJO FIN DE GRADO (TFG)
GUÍA EXPLICATIVA DE LA NORMATIVA DEL TRABAJO FIN DE GRADO (TFG) Qué es el Trabajo Fin de Grado? El trabajo Fin de Grado (TFG), consiste en una asignatura que tiene como objetivo potenciar el trabajo autónomo
2. La Junta de Centro establecerá y aprobará este reglamento.
REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULA EL TRABAJO DE FIN DE GRADO (TFG) DE LOS TÍTULOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE BIOLOGÍA EN LA UNIVERSIDAD DE MURCIA (Aprobado por la Junta de Facultad el 10 de mayo de 2012)
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE.
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE. I.2. Consejo de Gobierno I.2.1. Vicerrectorado de Estudios REGLAMENTO PARA LA OBTENCIÓN DE CRÉDITOS DE LIBRE ELECCIÓN
Departamento de Enfermería
Acuerdo de aprobación de Reglamento de Funcionamiento Interno del Departamento de Enfermería En uso de las facultades que tiene conferidas, en virtud del artículo 45.4 de los Estatutos, el Consejo de Gobierno
NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO
NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO El presente documento se basa en la Guía de Normas y Procedimientos de la Comisión Nacional de Acreditación (CNA)
Reglamento de Procedimientos y Requisitos para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
Reglamento de Procedimientos y Requisitos para la Admisión, Permanencia y Egreso de los Alumnos de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla TITULO PRIMERO Disposiciones Generales Artículo 1.- Es alumno
Principado de Asturias
BOPA Nº 244 - Sábado, 20 de octubre de 2001 OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERIA DE EDUCACION Y CULTURA Principado de Asturias RESOLUCION de 3 de octubre de 2001, de la Consejería de Educación y Cultura, por
Ingeniería Agroalimentaria y Agroambiental. Preámbulo
Directrices Específicas Trabajo Fin de Grado Ingeniería Agroalimentaria y Agroambiental Preámbulo El plan de estudios del Grado en Ingeniería Agroalimentaria y Agroambiental de la de la de Elche establece
9. SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD MÁSTER UNIVERSITARIO EN GESTIÓN DE DESASTRES Universidad Complutense de Madrid
9. SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD MÁSTER UNIVERSITARIO EN GESTIÓN DE DESASTRES Universidad Complutense de Madrid 9.1 Responsables del sistema de garantía de calidad del plan de estudios. La responsabilidad
Lineamientos de Estudios Avanzados a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México
Lineamientos de Estudios Avanzados a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE ESTUDIOS AVANZADOS A DISTANCIA DE LA UAEM CAPÍTULO I DE LAS GENERALIDADES
Convalidación Parcial de Estudios Universitarios Extranjeros
Convalidación Parcial de Estudios Universitarios Extranjeros Al ser un centro adscrito a la U.R.J.C. seguimos la normativa de dicha Universidad. Directrices de la Universidad Rey Juan Carlos para la Convalidación
En dicha normativa se establecen dos tipos de Prácticas Externas (PE):
NORMATIVA PARA EL DESARROLLO DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS CURRICULARES EN EL GRADO EN BIOLOGIA DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA (Aprobada en Junta de Sección del 25 de julio de 2014) 1. PREÁMBULO En el titulo
NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013)
NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013) Ámbito de aplicación: La presente normativa es aplicable a todos los estudios
Severo Ochoa s/n Campus de Fuentenueva 18071 GRANADA Tlfs.: 958 249454 958244146 Fax: 958 249503
REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN DE LA ETSICCP (Aprobado en Junta de Escuela el 13 de marzo de 2014 y revisado el 19 de diciembre de 2014) El presente Reglamento desarrolla
INSTRUCCIONES PARA EL RECONOCIMIENTO Y ADAPTACIÓN DE CRÉDITOS RELATIVOS A LOS MÁSTERES UNIVERSITARIOS (R.D. 1393/2007, de 29 de octubre)
INSTRUCCIONES PARA EL RECONOCIMIENTO Y ADAPTACIÓN DE CRÉDITOS RELATIVOS A LOS MÁSTERES UNIVERSITARIOS (R.D. 1393/2007, de 29 de octubre) INSTRUCCIONES PARA EL RECONOCIMIENTO Y ADAPTACIÓN DE CRÉDITOS RELATIVOS
NORMATIVA ACADÉMICA Y DE PROCEDIMIENTO 38. NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ÁVILA
38. NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA (Normativa adaptada a las Normas de Organización y Funcionamiento UCAV: Acuerdo de JCyL 64/2009, de 11 de junio, BOCyL 17/06/2009) FECHAS
JOAQUÍN LOMBA MAURANDI, SECRETARIO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA
JOAQUÍN LOMBA MAURANDI, SECRETARIO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA C E R T I F I C O: Que el Consejo de Gobierno de 13 de febrero de 2014, estando incluido en el orden del día, aprobó la modificación
Segundo.- Los expedientes a que se refiere el número anterior podrán responder a alguno de los siguientes supuestos:
ORDEN DE 14 DE MARZO DE 1988 PARA LA APLICACIÓN DE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 104/1988, DE 29 DE ENERO, SOBRE HOMOLOGACIÓN Y CONVALIDACIÓN DE TÍTULOS Y ESTUDIOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN NO UNIVERSITARIA
PROCEDIMIENTO Y PLAZOS DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA EN EL CURSO 2014-2015
PROCEDIMIENTO Y PLAZOS DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA EN EL CURSO 2014-2015 Acuerdo de Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2014 Todos los procesos de matrícula y solicitud de plaza para iniciar estudios se
REGLAMENTO DE LA ICADE BUSINESS SCHOOL
REGLAMENTO DE LA ICADE BUSINESS SCHOOL (Aprobado por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada el 3 de mayo de 2010 y modificado en la sesión de 24 de septiembre de 2012) Artículo 1. Naturaleza CAPÍTULO
Artículo 23. Efectos del Reconocimiento de Créditos. Expediente académico.
Reglamento UCA/CG12/2010, de 28 de junio de 2010, por el que se regula el reconocimiento y trasnsferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales reguladas por el Real Decreto 1393/2007,
ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR
ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR NORMATIVA PARA EL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS POR EQUIVALENCIA (Aprobada por la Junta de Escuela el 15-junio-2000) (Modificad por acuerdo de la Junta de Escuela el 7-abril-2003)
CONVOCATORIA DE BECAS UNED- PAMPLONA SOLIDARIA PARA EL CURSO ACADÉMICO 2013/2014
CONVOCATORIA DE BECAS UNED- PAMPLONA SOLIDARIA PARA EL CURSO ACADÉMICO 2013/2014 Preámbulo El artículo 40.1 del Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante
MÁSTER UNIVERSITARIO EN LOGÍSTICA Y GESTIÓN ECONÓMICA DE LA DEFENSA
MÁSTER UNIVERSITARIO EN LOGÍSTICA Y GESTIÓN ECONÓMICA DE LA DEFENSA GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DEL TRABAJO DE FIN DE MÁSTER UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID en colaboración con Ministerio de Defensa Armada
La puesta en marcha de las nuevas titulaciones en Ciencias de la Vida: Retos y soluciones. Encuentro interuniversitario. León, 19 20 Septiembre 2011.
La puesta en marcha de las nuevas titulaciones en Ciencias de la Vida: Retos y soluciones. Encuentro interuniversitario. León, 19 20 Septiembre 2011. Implicaciones para el Personal de Administración y
REGLAMENTO DE MÁSTERES OFICIALES DE LA FACULTAD DE COMERCIO Y TURISMO (UCM).
REGLAMENTO DE MÁSTERES OFICIALES DE LA FACULTAD DE COMERCIO Y TURISMO (UCM). Aprobado en Comisión Permanente 8/2015 de 17 de julio Se recoge en este texto las directrices generales de funcionamiento de
NORMAS Y CRITERIOS GENERALES DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LOS MASTER
NORMAS Y CRITERIOS GENERALES DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LOS MASTER PREÁMBULO El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establecía la ordenación de las enseñanzas
SOLICITUD DE PLAZA Y MATRÍCULA PARA INICIAR ESTUDIOS CON LÍMITE DE PLAZAS. Publicación 1ª Lista 11 de julio 11 al 16 de julio
PROCEDIMIENTO Y PLAZOS DE EN EL CURSO 2013-2014 Acuerdo de Consejo de Gobierno de 6 de mayo de 2013 Resolución Vicerrector de Estudiantes de 12 de junio de 2013 Todos los procesos de matrícula y solicitud
Grado en Derecho Facultad de Derecho Facultad de Derecho, sedes de Jerez y Algeciras
Datos del título Denominación del título Centro responsable del título. Centros en los que se imparte el título, (en su caso). Fecha de publicación del Título en el BOE. Primer curso académico de implantación
A.29/2015. Se modifica la normativa de creación y funciones de la Escuela de Doctorado de Navarra
A.29/2015. Se modifica la normativa de creación y funciones de la Escuela de Doctorado de Navarra ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE SE MODIFICA LA NORMATIVA DE CREACIÓN Y FUNCIONES DE LA ESCUELA
1. ENSEÑANZAS OFICIALES DE DOCTORADO DEL CURSO 2015-2016
ADMISIÓN EN ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE DOCTORADO CURSO 2015-2016 1. ENSEÑANZAS OFICIALES DE DOCTORADO DEL CURSO 2015-2016 La relación de programas de Doctorado de la Universidad Complutense
CONVOCATORIA AYUDAS AL ESTUDIO UNED-SEVILLA PARA EL CURSO ACADÉMICO 2015/16
CONVOCATORIA AYUDAS AL ESTUDIO UNED-SEVILLA PARA EL CURSO ACADÉMICO 2015/16 Preámbulo El artículo 40.1 del Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto Universitario, reconoce
UNIVERSIDAD DE BURGOS
NORMAS DE MATRÍCULA DE GRADO, MÁSTER Y 1 er y 2º CICLO AÑO ACADÉMICO 2016-17 Índice I. NORMAS GENERALES DE MATRÍCULA. 1. Tipos de matrícula 2. Modificaciones de matrícula 3. Anulación de matrícula 4. Trabajos
Acuerdo de aprobación de la Normativa de los Trabajos Fin de Grado de la Universidad Miguel Hernández, regulados por el Real Decreto 1393/2007.
Acuerdo de aprobación de la Normativa de los Trabajos Fin de Grado de la Universidad Miguel Hernández, regulados por el Real Decreto 1393/2007. El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, establece en
2. NORMATIVA SICUE 6
2. NORMATIVA SICUE 6 SISTEMA DE INTERCAMBIO ENTRE CENTROS UNIVERSITARIOS ESPAÑOLES (SICUE) Curso 2006-2007 ÍNDICE - Introducción - Sistema de Intercambio entre Centros Universitarios Españoles: A) Principios
INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2013
INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2013 1. Requisitos. - Tener como mínimo 19 años cumplidos en el año de realización de
NORMATIVA ACADÉMICA ESTUDIOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ
NORMATIVA ACADÉMICA ESTUDIOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ 1 Índice I. TITULACIÓN DE ACCESO...... 3 II. ACCESO CON UN TÍTULO DE EDUCACIÓN SUPERIOR EXPEDIDO CONFORME A SISTEMAS EDUCATIVOS AJENOS AL