Aspectos de cierre e impuestos indirectos.
Aspectos de cierre.
Aspectos de cierre Cuenta de Utilidad Fiscal Neta! Determinación de la CUFIN de 2001 a 2013! No disminución de la PTU en la determinación de la CUFIN.! Utilidades distribuidas correspondientes a 2014. Retención del 10%! Cuentas de CUFIN 2013 y 2014 en adelante.
Aspectos de cierre Comprobantes fiscales (CFDI)! CFDI por pagos al extranjero! CFDI por retenciones! Emisión de CFDI por reparto de dividendos o utilidades.! CFDI por viáticos a sus trabajadores.
Aspectos de cierre Proporción deducible de las prestaciones otorgadas a los trabajadores! Cálculo de la proporción! No aplicable a la PTU
Aspectos de cierre Deducción de cuentas incobrables! Verificación de la imposibilidad práctica de cobro.! Notificación al deudor! Aviso de su deducción al SAT
Aspectos de cierre Capitalización delgada! Pasivos que superan 3 veces el capital contable! Proporción deducible de intereses y pérdida cambiaria
Aspectos de cierre Momento de acumulación de los ingresos! Facturan los bienes o servicios! Cobra total o parcialmente la contraprestación! Se entregue el bien o se haya prestado el servicio
Aspectos de cierre Operaciones con partes relacionadas! Constancia de residencia fiscal! Acreditamiento de doble tributación.! Pagos por regalías, asistencia técnica e intereses.
Aspectos de cierre Requisitos de las deducciones! Pagos a personas físicas (Bonos)! Límites de los donativos! Periodos a los que corresponde el gasto ( reglas de contabilidad electrónica)
Aspectos de cierre Puntos de importancia para el cierre anual! Facturación SAT vs facturación emitida! Sistema de inventarios! Viáticos pagados a personal de prestadoras de servicios.
Otras disposiciones. Contabilidad electrónica. Se incorporan a la obligación.! Obligados con ingresos inferiores a 4 millones de pesos en 2013! Contribuyentes con actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o de pesca.! Personas morales no contribuyentes! Contribuyentes inscritos en el RFC durante 2014 y 2015.
Impuestos indirectos.
Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios Combustibles. Consecuencia de la Nueva Ley de Hidrocarburos, se adapta el cobro del IEPS, a una cuota por litro a partir del 2016. Cuotas anuales! Gasolina menor a 92 octanos 4.16 por Lt.! Gasolina mayor a 92 octanos 3.52 por Lt.! Diésel 4.58 por Lt.! Combustibles no fósiles 3.52 por Lt.
Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios Combustibles Se establecen definiciones de etanol y de combustibles acorde a las nuevas tecnologías.! El etanol para uso automotriz no se considera como alcohol, ni alcohol desnaturalizado.! Definición de combustibles automotrices, con su clasificación en:! Combustibles fósiles (Gasolina y diésel)! Combustibles no fósiles
Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios Combustibles.! Se permite el acreditamiento del IEPS pagado por la adquisición de:! Combustibles automotrices! Combustibles no fósiles
Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios Combustibles! Información trimestral sobre 50 clientes y proveedores.! Control físico del volumen fabricado! Reporte trimestral de sus registros de control! Declaraciones semestrales de enajenación y/o autoconsumo! Inscripción en el padrón de importadores y exportadores, sectorial.
Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios Combustibles Disposiciones transitorias! Gasolina y diésel en diciembre cobrada a más tardar 10 Ene 2016, aplicarán disposiciones del IEPS vigentes al 2015 Presentar informe al SAT de las enajenaciones anteriores (1er Trim. 2016).! Banda con valores mínimos y máximos
Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios Alimentos con alto contenido calórico! Tasa del 0% a la exportación de alimentos con alto contenido calórico! Solo aplica a fabricantes o productores! Hayan utilizado insumos gravados por la Ley del IEPS! Mismos efectos legales que produce cualquier otra actividad gravada por el IEPS.
Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios Alimentos con alto contenido calórico! Base del impuesto el valor de la enajenación! Base gravable para el impuesto general de exportación
Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios Alimentos con alto contenido calórico.! Se permite la compensación de los saldos a favor de IEPS contra otros impuestos.! Exporten el 90% del total de sus actividades! Se pierde el derecho en caso de no aplicarlo en el mes o en los dos siguientes.
Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios Entrada en vigor. 1º. De Enero de 2016
Impuesto al Valor Agregado. Bienes con deducción inmediata.! El Impuesto al Valor Agregado generado por los bienes sujetos a deducción inmediata es acreditable, bajo los términos del artículo 5 de la LIVA.
Impuesto al Valor Agregado. Devoluciones! Requerimientos por parte de la autoridad.! Soporte de la prestación del servicio.! Información de la operación de la empresa.! Control interno.
GRACIAS.