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CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL, EN LO SUCESIVO LA SDS REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA DIRECCION GENERAL DEL INSTITUTO DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL, EN LO SUCESIVO LA DGIASIS, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC. JORGE LUIS PÉREZ SANTOS, DIRECTOR GENERAL, ASISTIDO POR EL LIC. CÉSAR ALBERTO HOYO RODRÍGUEZ COORDINADOR DE ATENCION SOCIAL EMERGENTE Y ENLACE INTERINSTITUCIONAL Y POR LA OTRA, LA INSTITUCIÓN DENOMINADA ASOCIACIÓN MEXICANA DE LUCHA CONTRA EL CÁNCER A.C, EN LO SUCESIVO LA INSTITUCIÓN REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU APODERADO LEGAL, XXXXX. Al tenor de los siguientes Antecedentes, Declaraciones y Cláusulas: ANTECEDENTES PRIMERO. A fin de dar lugar a un esquema de colaboración entre las instituciones públicas y privadas que prestan servicios de asistencia e integración social; con base en las estrategias contenidas en el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 20072012 y de conformidad con lo establecido en la Ley del Distrito Federal, se estableció el Programa de Financiamiento para la Asistencia e Integración Social, el cual es operado por la del Gobierno del Distrito Federal, a través de la, en el cual participan de manera responsable y en igualdad de condiciones las instituciones públicas y privadas dedicadas a este noble fin. Este programa cuenta con recursos financieros de origen público y privado destinados al financiamiento de actividades de asistencia social realizadas por organizaciones civiles de diverso tipo. SEGUNDO. El 31 de enero del 2012, se publicaron los Lineamientos y Reglas de Operación para el Programa de Financiamiento para la Asistencia e (PROFAIS) en el Distrito Federal, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal No. 1279 bis tomo IV. TERCERO. El 20 de febrero de 2012, se emitió la convocatoria pública, abierta a las instituciones de asistencia privada y a las organizaciones sociales y civiles del Distrito Federal para que presentaran solicitudes de financiamiento y pudieran ser incluidas en el Programa de Financiamiento para la Asistencia e en el Distrito Federal. Como respuesta a dicha convocatoria, se registraron 195 solicitantes de financiamiento. CUARTO. El Comité Técnico Evaluador, integrado por autoridades en el tema de la asistencia e integración social y miembros de las instituciones patrocinadoras, tras haber evaluado las solicitudes de financiamiento y teniendo en cuenta los recursos disponibles, determinó la viabilidad de otorgar apoyo financiero a 119 solicitudes de distintas instituciones. Los resultados fueron dados a conocer públicamente el 16 de marzo del año en curso a través de las páginas web de la del Gobierno del Distrito

Federal (http://www.sds.df.gob.mx), y del Instituto (http://www.iasis.df.gob.mx). QUINTA.Que la Coordinación de Atención Social Emergente y Enlace Interinstitucional, tiene a su cargo el seguimiento, supervisión y evaluación de los programas participantes en el financiamiento para la asistencia e integración social. DECLARACIONES EL REPRESENTANTE DE LA LA DGIASIS DECLARA: I.1. El Distrito Federal cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propio, conforme a los artículos 43, 44 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2 y 8 fracción II, 52, 67, fracción XXV del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y 1, 2, 5, 8 y 12 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, y 1 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. I.2. La es un órgano administrativo dependiente de la del Distrito Federal de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7, fracción VI, numeral 6 y 64 quater, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. I.3. La IASIS, tiene entre otras funciones; coordinar y orientar la instrumentación de las políticas dirigidas a jóvenes y adultos mayores, en condición de abandono o situación de calle; planear, organizar, supervisar y evaluar el Sistema Inclusión Social del Distrito Federal, conforme lo establece la Ley de la materia; promover y prestar servicios de asistencia social en el Distrito Federal; promover la creación de diversos mecanismos de financiamiento público y privado que permitan fortalecer a la asistencia social, deducibles de impuestos; y, fomentar y apoyar a las asociaciones, sociedades civiles y demás entidades privadas, cuyo objeto sea la prestación de servicios de asistencia social, y, en su caso, evaluar sus programas sin perjuicio de las atribuciones que al efecto corresponda a otras dependencias. I.4. El Lic. Jorge Luis Pérez Santos acredita su personalidad como titular del Instituto de Asistencia e con el nombramiento expedido por el C. Secretario de Desarrollo Social del Gobierno del Distrito Federal, Jesús Valdés Peña de fecha 01 de octubre de 2011. I.5. Por acuerdo publicado en la Gaceta del Distrito Federal de fecha 29 de febrero de 2012, se delega a diversos servidores públicos de la Secretaria de Desarrollo Social, las facultades para celebrar, otorgar y suscribir los contratos, convenios y demás actos jurídicos de carácter administrativo o de cualquier otra índoles dentro del ámbito de su competencia, necesarios para el ejercicio de sus funciones así como para revocar o rescindirlos con apego a la normatividad que corresponda, según sea el caso.

I.6. LA DGIASIS dispone de suficiencia de recursos en la partida presupuestal 4451 Ayuda a instituciones sin fines de lucro para asumir los compromisos que por virtud del presente instrumento contrae, conforme lo acredita mediante el oficio SRF/043/2012 realizado por la Subdirección de Recursos Financieros de LA DGIASIS. I.7. Que señala como domicilio legal para los efectos que emanen de este instrumento contractual, el ubicado en Avenida Xocongo 225 Tercer piso, Colonia Tránsito, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06820, en la Ciudad de México, Distrito Federal. II. LA INSTITUCIÓN, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE LEGAL DECLARA: II.1. Ser una asociación civil legalmente constituida, sin fines de lucro, que realiza actividades en beneficio de terceros con sentido de corresponsabilidad y transparencia, sin fines religiosos o políticopartidistas, bajo principios de solidaridad, filantropía y asistencia social, en los términos del artículo 2 de la Ley de Fomento a las Actividades de Desarrollo Social de las Organizaciones Civiles en el Distrito Federal, lo cual acredita con el acta constitutiva original número XXXXX con fecha XXXXX, otorgada ante la fe del Notario Público Número XXXXX, la cual forma parte de este instrumento como Anexo Uno. II.2. Su representante legal acredita su personalidad y facultades para signar el presente instrumento, en los términos de la declaración anterior y se identifica con credencial de elector con número de folio XXXXX, expedida por el Instituto Federal Electoral. II.3. Conforme al estatuto que rige su actuación, tiene por objeto: RECABAR FONDOS POR CUALQUIER MEDIO LICITO PARA AYUDAR A LA CAMPAÑA NACIONAL CONTRA EL CÁNCER DE LA SECRETARIA DE SALUBRIDAD Y ASISTENCIA. II.4 Que cuenta con 1 establecimiento para prestar servicios Integración Social, el cual está ubicado en: XXXXX. II.5. Su Registro Federal de Contribuyentes, expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público del Gobierno Federal es XXXXX cuya copia se incorpora y forma parte integrante del presente instrumento como Anexo Dos. II.6. En términos de la fracción III del artículo 63 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y de conformidad con el artículo 47, fracción XXIII de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, ordenamiento aplicable al Distrito Federal, bajo protesta de decir verdad manifiesta que al momento de firmarse este instrumento, ninguna de las personas físicas que integran la mencionada organización civil se encuentra desempeñando empleo, cargo o comisión dentro de la Administración Pública.

II.7. Bajo protesta de decir verdad y en términos del artículo 2, primer párrafo y 4, fracción II de la Ley de Fomento a las Actividades de Desarrollo Social de las Organizaciones Civiles en el Distrito Federal; manifiesta no tener fines confesionales o políticopartidistas, ni relación de subordinación con ninguna organización o asociación religiosa u organización o partido político, ni cuenta con ministros de culto o dirigentes de organización o partido político en funciones de autoridad dentro de su órgano directivo. II.8. Que tiene capacidad jurídica y reúne las condiciones técnicas y económicas, para cumplir con las acciones objeto de este convenio, asimismo, que el personal que designe para la ejecución del programa contará con los conocimientos y la experiencia necesaria para ofrecer un servicio de calidad a sus usuarios. II.9. Que todas sus actividades las realiza fuera de toda práctica discriminatoria y respetando en todo momento los derechos humanos de cada individuo. II.10. Que tiene su domicilio en: XXXXX. Mismo que señala para recibir todo tipo de notificaciones para los fines y efecto de este instrumento. III. DE LAS PARTES. III.1. Que de conformidad manifiestan las partes su disposición para realizar actividades conjuntas en materia de asistencia social dirigidas a Que de conformidad manifiestan las partes su disposición para realizar actividades conjuntas en materia de asistencia social dirigidas a 200 ENTREGAS DE PASES DE MASTOGRAFIA A MUJERES DE ESCASOS RECURSOS, 21 CANALIZACIÓNES PARA CUMPLIR CORRESPONSABILIDAD CON IASIS III.2. Que las partes reconocen su personalidad jurídica con la que se ostentan y están conformes con la formalización del presente instrumento. III.3. Que es su voluntad celebrar el presente convenio y que se comprometen a establecer los lineamientos que especifiquen los procedimientos a seguir en el presente convenio, para la atención de los compromisos señalados en el mismo. III.4. Que las partes manifiestan su conformidad y compromiso para sujetarse a los términos y condiciones insertos en las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO.

El objeto del presente convenio es el de financiar servicios de asistencia e integración social realizados por la persona moral denominada ASOCIACIÓN MEXICANA DE LUCHA CONTRA EL CÁNCER A.C. SEGUNDA. PLAN DE TRABAJO. Los servicios indicados en la cláusula precedente se llevarán a cabo de acuerdo con un PROGRAMA DE TRABAJO donde se señalan los objetivos, procedimientos y actividades que se realizarán. Dicho programa forma parte integrante de este convenio como Anexo Tres. TERCERA. Compromisos de la INSTITUCIÓN. A partir de la fecha de suscripción de este instrumento, independientemente de las acciones ya establecidas en el PROGRAMA DE TRABAJO, la INSTITUCIÓN se COMPROMETE a realizar las siguientes actividades: Contribuir con el abatimiento de las condiciones de inequidad, desigualdad y de exclusión social en que se encuentra la población vulnerable del Distrito Federal. Brindar servicios asistenciales a la población en condiciones de riesgo, pobreza o extrema vulnerabilidad. Utilizar los recursos para ampliar la cobertura de los servicios en materia de asistencia social que presta el Gobierno del Distrito Federal. Participar en el fortalecimiento de las políticas y programas de asistencia social instrumentados en el Distrito Federal en beneficio de los sectores más vulnerables. Reintegrar socialmente a las personas o grupos de población en estado de vulnerabilidad. Formular los procedimientos y mecanismos necesarios para llevar a cabo la capacitación que garanticen la profesionalización del personal y la exigibilidad de los derechos sociales y humanos de las personas atendidas. Participar activamente y de manera permanente en el Consejo, como instancia para la revisión e implementación de políticas públicas mediante la integración social, promoción y fortalecimiento de una cultura de asistencia social en el Distrito Federal. Participar activa y permanentemente en el Consejo Promotor de los Derechos de las Niñas y los Niños en el Distrito Federal, como instancia para la revisión e implementación de políticas públicas encaminadas a la defensa de los derechos de los niños y niñas. Formar parte de la red de referencia y contra referencia de los servicios asistenciales, con el propósito de optimizar la infraestructura existente en la materia, a favor de la población más vulnerable. Facilitar la información sobre sus servicios asistenciales que le soliciten investigadores o académicos autorizados por LA DGIASIS en los términos de la cláusula séptima de este instrumento.

No establecer ligas de dependencia o subordinación con partidos políticos y abstenerse de efectuar actividades políticopartidistas, así como de realizar proselitismo o propaganda con fines religiosos. Otorgar todas las facilidades para la realización de las visitas de supervisión interna que se realicen por parte del PROFAIS, así como de la supervisión externa de instituciones que el PROFAIS determine. Queda entendido que estas acciones se realizarán a satisfacción de la instancia de seguimiento a que se refiere la cláusula quinta de este instrumento. La INSTITUCIÓN también acepta responder por los defectos y vicios que pudieran tener las acciones o productos realizados durante el programa, y de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte, llegue a causar a LA DGIASIS, a la población beneficiada o a sus usuarios. CUARTA. POBLACIÓN BENEFICIADA POR LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL. La INSTITUCIÓN beneficiará con sus servicios a 200 MUJERES DE ESCASOS RECURSOS ENTREGA DE PASES DE MASTOGRAFIA. Los (as) usuarios (as) o beneficiarios (as) de los servicios que brinda la INSTITUCIÓN en el marco del PROFAIS 2012, podrán ser captados: o Por la LA DGIASIS de acuerdo a la cláusula Tercera del presente ordenamiento. o Por la misma INSTITUCIÓN. o Por solicitud individual, cuando personas con enfermedades crónicas, mentales o terminales demanden directamente su incorporación a las actividades que la INSTITUCIÓN y LA DGIASIS realicen en el marco de este instrumento. La INSTITUCIÓN garantizará que el trato que reciban los usuarios de sus servicios de Asistencia e se realicen en un marco de respeto a sus derechos humanos, evitando en todo momento actos discriminatorios o cualquier otro que lesione su integridad física y emocional. Para asegurar lo anterior, la INSTITUCIÓN deberá: Incrementar las capacidades físicas, mentales y sociales de los usuarios de modo que puedan valerse por sí mismos, ejercer autónomamente sus derechos e incorporarse de modo libre al seno familiar, laboral y social; Crear oportunidades en los órdenes económico y social para que los usuarios puedan reincorporarse a la vida comunitaria; Asegurar la libertad individual y autonomía comunitaria de los usuarios en su proceso de reinserción social;

Preservar la autonomía de los usuarios individuales y colectivos para definir su identidad y pertenencia comunitaria; Asegurar la equidad en la prestación de los servicios asistenciales; Cuidar que el personal que preste sus servicios en los distintos establecimientos que dependan directamente de ella, cuente con los conocimientos, capacidad técnica, profesional y aptitud para realizar las actividades asistenciales objeto de la misma; Asegurar total transparencia, honestidad y congruencia en la entrega de bienes y servicios a la población beneficiada con su actividad asistencial; Vigilar que en todos sus establecimientos se cumpla con las disposiciones jurídicas vigentes y aplicables; y Permitir las visitas de supervisión por parte del personal que tenga a bien designar LA DGIASIS para corroborar que se cumpla con el objetivo, así como con el respeto a los derechos humanos. QUINTA. DEL SEGUIMIENTO. LA DGIASIS tendrá como función dar seguimiento al Programa de Financiamiento para la Asistencia e, con el objeto de evaluar y dictaminar los planes operativos y resultados de las actividades objeto del presente convenio. El LA DGIASIS, como instancia de supervisión y seguimiento y en términos de la legislación aplicable, en cualquier momento podrá realizar visitas de supervisión a la INSTITUCIÓN y a los establecimientos dependientes de ella. SEXTA. OBLIGACIONES DE LA DGIASIS. Durante la vigencia de este instrumento LA DGIASIS, aportará a la INSTITUCIÓN la cantidad de: XXXXX, por concepto de apoyo financiero para la prestación de los servicios de Asistencia e objeto del presente Convenio. Por lo que la INSTITUCIÓN se compromete a presentar la guía de comprobación de gastos, con la relación de facturas y recibos de pago, a partir del 1º DE JULIO DE 2012. La cantidad señalada en el párrafo que antecede, se cubrirá en 2 ministraciones de la siguiente forma:

La primera ministración será por el 50% del monto del apoyo financiero aprobado, equivalente a la cantidad de: XXXXX, misma que se entregará a partir del mes de MARZO por medio de depósito en cuenta de cheques de la INSTITUCIÓN para que lo destine al desarrollo de EL PROGRAMA del 16 DE MARZO AL 30 DE JUNIO DE 2012. La segunda ministración será por el 50% del apoyo financiero aprobado, equivalente a la cantidad de: XXXXX, misma que se entregará a partir del mes de JULIO, por medio de depósito en cuenta de cheques de la INSTITUCIÓN para que lo destine al desarrollo de EL PROGRAMA del 1º DE JULIO AL 31 DE OCTUBRE DE 2012. La entrega de la segunda ministración, quedará supeditada a la evaluación de resultados y avances de EL PROGRAMA, realizado por LA DGIASIS como Instancia de seguimiento y evaluación. Cada informe de actividades de EL PROGRAMA, deberá ser entregado dentro de los primeros diez días hábiles del mes de entrega de la ministración que aplique. De la misma manera, LA DGIASIS determinará, la procedencia de liberar la última ministración o acordará la modificación de este instrumento si el informe final de actividades que será evaluado es entregado en un término posterior al señalado en el párrafo anterior. La INSTITUCIÓN es responsable de los materiales, insumos y recursos humanos necesarios para la ejecución del PROGRAMA DE TRABAJO. Para efectos de comprobación de la segunda ministración, se realizará durante el periodo comprendido del 1º AL 15 DE NOVIEMBRE DEL 2012. SÉPTIMA. DERECHOS DE AUTOR. Las partes acuerdan reconocerse recíprocamente los derechos de autor que cada una tenga o llegue a tener por su cuenta, obligándose a mantenerlos vigentes y respetarlos durante la ejecución del programa objeto de este instrumento, y de otros instrumentos contractuales que de éste se deriven. Las partes acuerdan que, en materia de derechos de autor se sujetan a los siguientes principios: Respetar la titularidad de los derechos de autor a quien genere las obras. Las partes participarán de la titularidad de los derechos de autor si la producción de las obras es conjunta. La INSTITUCIÓN se compromete a dar reconocimiento y crédito a la participación de la LA DGIASIS en la difusión, publicación y registro de la experiencia, los conocimientos y materiales generados por el proyecto.

En caso de que las partes decidan publicar los productos, datos y resultados obtenidos de los trabajos objeto de este convenio, estipulan de común acuerdo, en convenio aparte, las condiciones bajo las que se ha de realizarse la publicación. OCTAVA. VIGENCIA. En cuanto a las obligaciones de la LA DGIASIS de financiar el PROGRAMA DE TRABAJO de la INSTITUCIÓN, el presente convenio será vigente a partir del día de su firma y hasta el 30 de noviembre de 2012. La INSTITUCIÓN queda comprometida a entregar su informe final a la Instancia de seguimiento y evaluación hasta antes de la fecha en que termine la vigencia de este instrumento. NOVENA La LA DGIASIS determinará, en el marco de la Instancia de seguimiento y evaluación, la procedencia de liberar la última ministración o acordará la modificación de este instrumento. DÉCIMA. EVALUACIÓN DEL PROGRAMA. La INSTITUCIÓN presentará sus informes y se someterá a los mecanismos de evaluación técnica y contables que determine LA DGIASIS. LA DGIASIS realizará una evaluación del programa y hará la comprobación del uso de los recursos que aporte. Para lograr lo estipulado en el párrafo que antecede, la instancia de seguimiento determinará los mecanismos y procedimientos que la regirán. La INSTITUCIÓN será informada oportunamente de los mecanismos y procedimientos de seguimiento y evaluación. Estos mecanismos procurarán que en el proceso de seguimiento y evaluación del programa, en todo momento se respeten las garantías de audiencia y legalidad a la INSTITUCIÓN. A través de los instrumentos establecidos en esta cláusula, LA DGIASIS, verificará si el objeto del presente convenio se está cumpliendo por parte de la INSTITUCIÓN conforme a los términos y plazos establecidos en su programa de trabajo. DÉCIMA PRIMERA. USO DEL APOYO FINANCIERO A LA INSTITUCIÓN. El apoyo financiero proporcionado por LA DGIASIS, así como todos los bienes y activos que con ella se adquieran, serán utilizados por la INSTITUCIÓN única y exclusivamente para el cumplimiento del programa objeto de este convenio.

Una vez finalizado el programa referido, la INSTITUCIÓN podrá seguir utilizando dichos bienes y activos, siempre y cuando continúe prestando servicios de asistencia e integración social en beneficio de la población del Distrito Federal sin fines de lucro, de conformidad con lo establecido en su objeto social, en los términos que ha manifestado en las declaraciones de este instrumento. En caso de incumplimiento que amerite rescisión de éste convenio, los bienes adquiridos con recursos de LA DGIASIS se transferirán a otra asociación o INSTITUCIÓN con los mismos o similares fines; y en caso de no ser esto posible, pasarán a integrar el patrimonio de LA DGIASIS, adscribiéndose a las áreas de asistencia y/o desarrollo social según el caso. DÉCIMA SEGUNDA. RELACIONES DE TRABAJO.La INSTITUCIÓN reconoce y acepta contar con el recurso humano suficiente y los elementos propios a que se refieren los artículos 13 y 15 de la Ley Federal del Trabajo y en consecuencia es el único patrón de todas y cada una de las personas que intervengan en el desarrollo y ejecución de las acciones objeto de éste convenio, liberando a LA DGIASIS de cualquier responsabilidad laboral respecto de ellos. Por lo mismo, las partes convienen en que el personal bajo su autoridad y que sea asignado para la realización del objeto del presente instrumento, que esta relacionado exclusivamente con quien lo haya empleado. Por ende, cada parte asumirá su responsabilidad legal frente a sus trabajadores por este concepto, sin que de ello derive la adquisición de algún tipo de derechos para con la otra, y en ningún caso podrán ser considerados como patrones solidarios o sustitutos. La INSTITUCIÓN es el patrón del personal que ocupe con motivo de las actividades que realice en cumplimiento del proyecto objeto del presente convenio. Por lo mismo, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social. Por lo mismo, la INSTITUCIÓN conviene en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presentaren en su contra. DÉCIMA TERCERA. MODIFICACIONES. El presente convenio sólo podrá ser modificado de común acuerdo, debiendo mediar un dictamen realizado por la Instancia de seguimiento y evaluación, en el cual se justifique las razones y el tipo de modificaciones a realizar. Si la INSTITUCIÓN o la Instancia de seguimiento y evaluación, consideran que la primera sólo podrá cumplir parcialmente con las metas y objetivos plasmados en el plan de trabajo, las partes acordarán y establecerán los porcentajes a cumplir, el número de metas a cubrir o el número de la población beneficiaria.

No podrá modificarse el presente instrumento, si con ello se cambia sustancialmente el objetivo del proyecto aprobado. DÉCIMA CUARTA. DE LA SUSPENSIÓN. Por razones justificadas en los términos de este instrumento, LA DGIASIS podrá suspender temporalmente, en todo o en parte, el presente convenio, e interrumpir por lo mismo las ministraciones que le corresponden, sin que ello implique su terminación definitiva, dando aviso por escrito a la INSTITUCIÓN, con por lo menos quince días naturales de antelación. El presente convenio podrá continuar en todos sus efectos legales, una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron la suspensión mencionada en el párrafo anterior. DÉCIMA QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. Las partes convienen que serán causas de terminación del presente instrumento las siguientes: Por consentimiento mutuo de las partes, debiéndose expresar por escrito las causas que justifican tal decisión. Reestructuración interna de los programas, funciones, servicios y presupuestos del Gobierno del Distrito Federal. En éste caso, LA DGIASIS comunicará a la INSTITUCIÓN las razones que dieron origen a dicha terminación sin responsabilidad alguna. Imposibilidad jurídica para continuar con el objeto del Convenio. Caso fortuito o fuerza mayor que impidan proseguir con los fines objeto del presente instrumento. Incumplimiento de alguna de las partes a las obligaciones adquiridas en este convenio. De actualizarse esta causal, las partes asumirán las consecuencias que se deriven del incumplimiento de las obligaciones asumidas. Por razones de interés general debidamente justificadas. A petición de la INSTITUCIÓN ante la instancia de seguimiento, previa emisión de un dictamen en el que justifique la imposibilidad de culminar los compromisos pendientes a ejecutarse con los recursos correspondientes a la segunda ministración. Por disolución y liquidación de la INSTITUCIÓN y, que en tal caso, se estará a lo dispuesto en la cláusula décima primera, según corresponda.

DÉCIMA SEXTA. DE LA RESCISIÓN. LA DGIASIS rescindirá administrativamente este convenio, sin necesidad de declaración judicial y sin responsabilidad para el mismo, en los siguientes casos: Por incumplimiento por parte de la INSTITUCIÓN de cualquier estipulación contenida en este instrumento, en el plan de trabajo, así como en materia de comprobación de gastos establecidos en este instrumento, y en su caso, a petición de la instancia de seguimiento por medio de un dictamen en el que se justifique la causal por incumplimiento de metas. La rescisión se hará sin perjuicio de otras acciones para lograr la reparación de los daños y perjuicios que causare a LA DGIASIS o a la población beneficiaria del proyecto por el incumplimiento de la INSTITUCIÓN. Por que la INSTITUCIÓN cambie su objeto social. Si resultara falsa la Declaración II.6 de este instrumento. Analizado el instrumento correspondiente a que se refiere el párrafo anterior, LA DGIASIS, optará entre rescindir administrativamente el presente convenio o exigir a la INSTITUCIÓN su cabal cumplimiento. En ambos casos, la INSTITUCIÓN será responsable de los daños y perjuicios que por incumplimiento cause a LA DGIASIS y/o a la población beneficiaria. LA DGIASIS, notificará la rescisión a la INSTITUCIÓN. DÉCIMA SÉPTIMA. JURISDICCIÓN. Las partes manifiestan que el presente convenio es producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones que estén a su alcance y sean inherentes a su cumplimiento, sin embargo, en caso de que existan controversias, las resoluciones de mutuo acuerdo se harán a través de los responsables mencionados en la clausula quinta. Si en última instancia las partes no llegaran a un acuerdo, se someterán a la jurisdicción de los Tribunales del Distrito Federal, renunciando al fuero que les pueda corresponder, en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.

Leído que fue este instrumento y sus anexos y enteradas las partes del contenido y alcance legal, lo firman en original por triplicado al calce y al margen en todas sus fojas útiles, en México, Distrito Federal, a lunes 2 de abril de 2012. POR LA DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL LIC. JORGE LUIS PEREZ SANTOS LIC. CESAR ALBERTO HOYO RODRIGUEZ DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL COORDINADOR DE ATENCION SOCIAL EMERGENTE Y ENLACE INTERINSTITUCIONAL POR LA INSTITUCIÓN XXXXX REPRESENTANTE LEGAL ESTA FOJA ES PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN CELEBRADO ENTRE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL, EN LO SUCESIVO LA SDS REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA DIRECCION GENERAL DEL INSTITUTO DE ASISTENCIA E INTEGRACIÓN SOCIAL, EN LO SUCESIVO LA DGIASIS, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC. JORGE LUIS PÉREZ SANTOS, DIRECTOR GENERAL, ASISTIDO POR EL LIC. CÉSAR ALBERTO HOYO RODRÍGUEZ COORDINADOR DE ATENCION SOCIAL EMERGENTE Y ENLACE INTERINSTITUCIONAL Y POR LA OTRA, LA INSTITUCIÓN DENOMINADA; ASOCIACIÓN MEXICANA DE LUCHA CONTRA EL CÁNCER A.C, EN LO SUCESIVO LA INSTITUCIÓN REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU APODERADO LEGAL, XXXXX LO CUAL SE ASIENTA PARA QUE SURTA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.