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Transcripción:

COLEGIO LA INMACULADA ALGECIRAS PLAN DE CONVIVENCIA

2 INDICE 1. Introducción 2. Definición del Plan de Convivencia 3. Definición del modelo de convivencia según el Carácter Propio del Centro. 4. Contenidos del Plan de Convivencia 4.1 Diagnóstico del estado de convivencia del centro 4.1.1 Características del Centro y su entorno 4.1.2 Características de la Cdad. Educativa 4.1.3 Situación de la convivencia en el Centro 4.1.4 Actuaciones desarrolladas por el Centro ante situaciones conflictivas. 4.1.5 La relación con las familias y con otras instituciones del entorno. 4.1.6 Las experiencias y trabajos previos realizados en relación con la convivencia en el centro. 4.2 Objetivos que se pretenden alcanzar. 4.3 Normas de convivencia 4.3.1. Normas de convivencia generales del centro 4.3.2. Normas de convivencia específicas de cada aula 4.4 Comisión de convivencia 4.4.1 Composición 4.4.2 Plan de reuniones 4.4.3 Plan de actuación 4.5 Aula de convivencia 4.6 Mediación en la resolución de conflictos 4.6.1 Protocolo de mediación 4.6.2 Compromisos de convivencia 4.7 Necesidades de Formación 4.8 Difusión, seguimiento y evaluación 4.9 Recogida de las incidencias 4.10 Actuaciones preventivas para la mejora de la convivencia en el centro. A) Actuaciones encaminadas a facilitar la integración y participación del alumnado. B) Actuaciones dirigidas a favorecer la relación de las familias y el centro educativo. C) Actuaciones dirigidas a la sensibilización frente a los casos de acoso e intimidación entre iguales, dirigidas al alumnado, profesorado y familias. D) Actuaciones dirigidas a la sensibilización de la comunidad educativa en la igualdad entre hombres y mujeres. E) Actuaciones de carácter organizativo para la adecuada vigilancia de los espacios y tiempos considerados de riesgos.

3 1. INTRODUCCIÓN El ámbito de la convivencia es un ámbito esencial y fundamental del funcionamiento de un centro y requiere el compromiso e implicación de toda la comunidad educativa. Los centros escolares, como enclaves que son de vida y crecimiento personal, constituyen una fuente natural de conflictos o, lo que es lo mismo, auténticas oportunidades para aprender a vivir juntos. Dada la escasez de recursos con que contamos los centros para hacer frente al conflicto en todas sus manifestaciones, el Plan de Convivencia es un instrumento que permite concienciar y sensibilizar a todos los sectores de la comunidad educativa en la tarea de adquirir las herramientas necesarias que nos ayuden a todos a convivir desde el respeto a cada persona, desde la diversidad y las diferencias y los valores del Evangelio, siempre con el estilo pedagógico de Madre Alfonsa. No cabe duda, que la mejora de la convivencia en nuestros centros pasa por el aprendizaje en la resolución pacífica de los conflictos, sobre todo, por parte de los alumnos, realidad que el Plan de Convivencia aborda a través de múltiples medios que conllevan, inevitablemente, la implicación y el compromiso de los profesores y las familias. 2. DEFINICIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA El Plan de Convivencia es un documento que sirve para concretar la organización y el funcionamiento del centro en relación con la convivencia y establecer las líneas generales del modelo de convivencia a adoptar en el centro, los objetivos específicos a alcanzar, las normas que lo regularán y las actuaciones a realizar en este ámbito para la consecución de los objetivos planteados. 3. DEFINICIÓN DEL MODELO DE CONVIVENCIA SEGÚN EL CARÁCTER PROPIO DEL CENTRO Una Escuela que forma en valores fundamentados en la determinación de su ideario o Carácter Propio ha de cuidar que la actividad docente se desarrolle en las mejores condiciones, muchas de las cuales poco tienen que ver con los recursos materiales, equipamientos o espacios. Entre esas importantes condiciones está la de la convivencia, elemento esencial dentro de todo proyecto educativo. Aprender a convivir constituye una de las condiciones que posiblemente tenga más relación con el éxito de la enseñanza y el aprendizaje. En este sentido, es fundamental para la tarea de educar

4 enriquecer el proyecto educativo del centro con una formulación conforme a nuestro ideario del modelo de convivencia que queremos vivir y, por tanto, trasmitir a nuestros alumnos en su proceso de formación y aprendizaje porque con ello estamos haciendo una opción por la capacidad de aprender del ser humano y su pleno desarrollo. Desde el Carácter Propio de los centros de nuestra titularidad Misioneras de la Inmaculada Concepción, proponemos un modelo de convivencia en el cual, conforme a la identidad básica de nuestros centros, ofrecemos una alternativa concreta para enseñar y aprender a convivir: Como Escuela católica: Desde una visión cristiana del hombre y del mundo. Comprometido con la transformación del mundo y con los intereses de los más desfavorecidos. Desde nuestro Ideario: Favoreciendo la integración personal de los alumnos a todos los niveles. Fomentando una relaciones armoniosas: a) con los demás, que crean fraternidad y combaten cualquier forma de violencia y discriminación. b) con el mundo, amando y respetando la naturaleza y compartiendo los bienes como DON de Dios a todos sus hijos. Desde un clima y talante de familia, con respeto, amistad, sencillez y actitud de servicio. 4. CONTENIDOS DEL PLAN DE CONVIVENCIA 4.1. DIAGNÓSTICO DEL ESTADO DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO 4.1.1. CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO Y SU ENTORNO Fundado por la Congregación Religiosa "Misioneras de la Inmaculada Concepción", el Colegio "La Inmaculada" lleva en Algeciras desde 1889. En 1980 se construye el actual edificio, ubicado en la zona norte de la ciudad de Algeciras, y más concretamente en la calle Misioneras Concepcionistas, nº1; presentando principalmente dos vías de acceso: una desde la autovía Cádiz- Málaga, y otra desde el interior de la Ciudad. Actualmente esta zona presenta un rápido crecimiento urbanístico y demográfico, por lo que todavía son muchos los Servicios Sanitarios, Educativos y Culturales a la que esta parte de la población no tiene acceso fácilmente. Los niveles educativos impartidos en el Centro son: E. Concertada: Infantil, Primaria y Secundaria, y E. Privada: Bachillerato. Y cuenta además con un aula concertada de Educación Especial. Existen también actividades extraescolares, que contribuyen a desarrollar la0 personalidad del alumnado y

5 a integrarlo en la vida escolar más ampliamente. También con esta finalidad, además de la de facilitar la vida laboral-familiar de los padres de los alumnos, el Colegio cuenta con los servicios de Comedor y Aula Matinal. El horario del Centro es de Lunes a viernes de 8:00 a 14:30 horas para las actividades lectivas del alumnado y de 16:30 a 18:00 horas en horario de tarde para las actividades extraescolares. El Centro está dotado de una infraestructura moderna y funcional. Todas las aulas se encuentran orientadas para recibir luz natural, y con un rápido acceso y salida de las mismas hacia las zonas comunes. Es un Centro acogedor, distribuido en tres plantas según los siguientes ciclos: - Planta baja: Educación Infantil y 1º ciclo de E. Primaria. - Planta primera: 2º y 3º ciclo de E. Primaria y 1º y 2º de E.S.O. - Planta segunda: 3º y 4º de E.S.O. y 1º y 2º de Bachillerato. 4.1.2. CARACTERÍSTICAS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA En general, los núcleos familiares que asisten al centro están formados por matrimonios estables, de edad joven, con una media de dos hijos por familia. El nivel cultural y económico general es medio, con minorías de niveles más bajos y otra de nivel superior. La gran mayoría son de convicciones religiosas católicas, educación que es la que desean para sus hijos. Los padres que envían a sus hijos al Colegio manifiestan, ante todo, su preocupación por una educación de calidad y una formación integral de la persona en las que los valores cristianos tengan un papel fundamental. Confían en el Colegio por el prestigio de nuestra institución y de nuestros educadores. Los valores que más aprecian en la educación que ofrecemos son: el orden, la disciplina, el esfuerzo, la responsabilidad, la solidaridad y la religiosidad, valores que sin duda facilitan la convivencia. Aunque en general nuestros alumnos son disciplinados y poco conflictivos, se observan algunas características familiares que afectan negativamente: Las exigencias laborales, sociales y culturales de los padres y el ritmo de vida actual hacen que cada vez pasen menos tiempo con sus hijos, delegando muchas de las responsabilidades de su educación en los abuelos o en personas contratadas para su cuidado, y también en el Colegio. Se observa incluso que los alumnos pasan mucho tiempo sin la presencia de sus padres, buscando en muchos casos modos alternativos de no estar solos: televisión, Internet, amigos, etc. Estas carencias familiares se intentan compensar, a veces, con excesos de protección que retrasan su madurez y su capacidad para asumir responsabilidades.

6 Debido a los niveles impartidos en el Centro, la edad del alumnado está comprendida entre los 3 y los 18 años, aunque con menor presencia de los de 17 y 18 años. Son excepciones el alumnado que no tiene nacionalidad española, o bien aquellos que practican una religión no católica. El equipo docente está formado por profesores de plantilla a tiempo completo, en su gran mayoría. Cuentan con una edad media de 43 años. Repartidos uniformemente entre los 25 y 62 años. Es por tanto un equipo con una gran experiencia que aporta una gran solidez a las actuaciones y decisiones tomadas por el mismo. El Proyecto Educativo pone especial énfasis en crear a los jóvenes un clima de familiaridad dentro del Colegio, cada año el claustro de profesores plasma en las páginas del Proyecto Educativo Pastoral la concreción de nuestras finalidades en líneas de acción y programación que ayuden a nuestros alumnos / as a desarrollar sus capacidades en un ambiente educativo de familia. El Profesorado participa todos los años en cursillos de formación pedagógica llevado a cabo por la Titularidad del Centro. La atención a la diversidad supone una constante tarea de renovación pedagógica para la atención de aquellos alumnos que tienen mayores dificultades. 4.1.3. SITUACIÓN DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO. En general, podemos afirmar que en nuestro Centro no existen graves problemas de convivencia. El clima del Centro es positivo y el sistema de relaciones, tanto dentro de los diferentes sectores de la Comunidad educativa (alumno-centro, alumno-alumno, alumno-profesor, familia-centro y familiaalumno), es correcto y respetuoso. Los profesores manifiestan mayoritariamente que el comportamiento de nuestros alumnos es, habitualmente, bueno y respetuoso. Se encuentran a gusto en el Centro, se llevan bien con sus alumnos y consideran que éstos tienen una imagen positiva de ellos. Entendiendo por conflicto la vulneración de las normas de convivencia del Centro, los tipos de conflictos más frecuentes son: Interrupción en el aula: hablar a destiempo, levantarse sin permiso, hablar con los compañeros... Distracción y falta de atención Pérdida de respeto entre iguales o a menores Olvido del material para el desarrollo de la clase Desobediencia a las órdenes educativas-formativas del profesor-familia Falta de puntualidad o de asistencia injustificada a clase Sus causas son: Falta de motivación Llamadas de atención Dificultades de aprendizaje

7 Impulsividad, poca reflexión Falta de un referente de autoridad Falta de colaboración y/o implicación por parte de los padres: no revisan el material, no traen a sus hijos puntuales,etc... Falta de responsabilidad de la familia ante el centro (casos puntuales) 4.1.4. ACTUACIONES DESARROLLADAS POR EL CENTRO ANTE SITUACIONES CONFLICTIVAS. Ante situaciones de conductas contrarias a la convivencia, el protocolo de actuación seguido por el centro ante las mismas es el siguiente: CALIFICACIÓN DE LA ALTERACIÓN DE LA CONVIVENCIA Las conductas contrarias a las normas de convivencia pueden ser calificadas como: conductas gravemente perjudiciales para la convivencia y conductas contrarias a las normas de convivencia. CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA 1. Son conductas contrarias a las normas de convivencia aquéllas que vulneren las normas de convivencia que no estén calificadas en el presente Reglamento como conductas gravemente perjudiciales para la convivencia, y, en concreto, las siguientes: a) Cualquier acto que perturbe el normal desarrollo de las actividades de clase, las extraescolares, las de los servicios complementarios y cualesquiera otras del Centro. b) La falta de colaboración sistemática del alumnado en la realización de las actividades orientadas al desarrollo del currículo, así como en el seguimiento de las orientaciones del profesorado respecto a su aprendizaje. c) Las conductas que puedan impedir o dificultar el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber de estudiar por sus compañeros. d) Las faltas injustificadas de puntualidad o de asistencia a clase. e) Cualquier acto de incorrección o desconsideración hacia los otros miembros de la comunidad educativa. f) Causar pequeños daños en las instalaciones, recursos materiales o documentos del Centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.

8 Las conductas contrarias a las normas de convivencia recogidas en este artículo prescribirán en el plazo de treinta días naturales contados a partir de la fecha de su comisión, excluyendo los períodos vacacionales establecidos en el correspondiente calendario escolar de la provincia. Tanto las impuntualidades como las ausencias deben justificarse previamente o en el menor espacio de tiempo con posterioridad a la ausencia. Se tendrá mucho cuidado en observar las ausencias en épocas de exámenes, tanto en las horas como en los días previos a dichos exámenes. Son causas de justificación de ausencia o retrasos: a. Las visitas médicas debidamente justificadas. b. Las convalecencias médicas (con justificación médica cuando éstas sean de más de 5 días o sean reiterativas). c. La realización de exámenes o pruebas oficiales (con certificado de asistencia). d. La asistencia a asuntos judiciales, policiales u oficiales (con su correspondiente certificado). e. El fallecimiento de algún familiar. Nunca serán ausencias o retrasos justificados los viajes o actos familiares o sociales. En caso de ausencias injustificadas el tutor o tutora le pondrá un parte de incidencia. La acumulación de tres partes leves dará lugar a uno grave. Llegado al límite legal de faltas injustificadas, se seguirá el protocolo de absentismo escolar. La falta de asistencia al 25 % de las clases de una materia supondrá la pérdida del derecho a la evaluación de esa materia y la falta de asistencia al 25 % de las clases de un curso supondrá la pérdida del derecho a la evaluación y promoción de dicho curso. Las conductas contrarias a las normas de convivencia distintas a las previstas en el apartado anterior podrán ser corregidas mediante: 1. Amonestación oral. 2. Apercibimiento por escrito. 3. Realización de tareas dentro y fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones, recursos materiales o documentos de lo Centro. 4. Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un plazo máximo de tres días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitarla interrupción de su proceso formativo. 5. Excepcionalmente, la suspensión del derecho de asistencial centro por un período máximo de tres días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo. Los órganos competentes para imponer las correcciones de las conductas contrarias a las normas de convivencia son: Para el punto 1 cualquier profesor. Para el punto 2 el tutor Para los puntos 3 y 4 la Jefa de Estudios. Para el punto 5 la Directora que dará cuenta a la Comisión de Convivencia.

9 Se consideran conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro las siguientes: a) La agresión física contra cualquier miembro de la comunidad educativa. b) Las injurias y ofensas contra cualquier miembro de la comunidad educativa. c) Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del centro, o la incitación a las mismas. d) Las vejaciones o humillaciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa, particularmente si tienen una componente sexual, racial o xenófoba, o se realizan contra alumnos o alumnas con necesidades educativas especiales. e) Las amenazas o coacciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa. f) La suplantación de la personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos académicos. g) El deterioro grave de las instalaciones, recursos materiales o documentos del centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa, así como la sustracción de las mismas. h) La reiteración en un mismo curso escolar de conductas contrarias a las normas de convivencia del centro. i) Cualquier acto dirigido directamente a impedir el normal desarrollo de las actividades del centro. j) El incumplimiento de las correcciones impuestas, salvo que la Comisión de Convivencia considere que este incumplimiento sea debido a causas justificadas. Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro prescribirán a los dos meses contados a partir de la fecha de su comisión, excluyendo los períodos vacacionales establecidos en el correspondiente calendario escolar de la provincia. Por las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia podrán imponerse las siguientes medidas disciplinarias: a) Realización de tareas fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones, recursos materiales o documentos del Centro. b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del Centro por un período máximo de un mes. c) Cambio de grupo. d) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases durante un período superior a tres días lectivos e inferior a dos semanas. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción en el proceso formativo. e) Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un período superior a tres días lectivos e inferior a un mes. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo. f) Cambio de centro docente. El órgano competente para llevar a cabo estas medidas disciplinarias será la Directora, con su correspondiente traslado a la Comisión de Convivencia.

10 Gradación de las correcciones y de las medidas disciplinarias. 1. A efectos de la gradación de las correcciones y de las medidas disciplinarias, se consideran circunstancias que atenúan la responsabilidad: a) El reconocimiento espontáneo de la incorrección de la conducta, así como la reparación espontánea del daño producido. b) La falta de intencionalidad. c) La petición de excusas. 2. Se consideran circunstancias que agravan la responsabilidad: a) La premeditación. b) Cuando la persona contra la que se cometa la infracción sea un profesor o profesora. c) Los daños, injurias u ofensas causados al personal no docente y a los compañeros y compañeras de menor edad o a los recién incorporados al centro. d) Las acciones que impliquen discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, convicciones ideológicas o religiosas, discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales, así como por cualquier otra condición personal o social. e) La incitación o estímulo a la actuación colectiva lesiva de los derechos de demás miembros de la comunidad educativa. f) La naturaleza y entidad de los perjuicios causados al centro o a cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa. PROCEDIMIENTO Y RECLAMACIONES Para la imposición de las correcciones y de las medidas disciplinarias previstas será preceptivo, en todo caso, el trámite de audiencia al alumno o alumna. Cuando la corrección o medida disciplinaria a imponer sea la suspensión del derecho de asistencia al centro se dará audiencia a sus padres, madres o representantes legales Asimismo, para el resto de imposición de correcciones deberá oírse al profesor o profesora o tutor o tutora del alumno o alumna. Las correcciones y medidas disciplinarias que se impongan serán inmediatamente ejecutivas. Los profesores y profesoras y el tutor del alumno o alumna deberán informar a quien ejerza la jefatura de estudios y, éste a La Directora de las correcciones que impongan por las conductas contrarias a las normas de convivencia. En todo caso, quedará constancia escrita y se informará a los padres, madres o representantes legales del alumno o de la alumna de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas. El alumno o alumna, sus padres, madres o representantes legales, podrán presentar en el plazo de dos días lectivos una reclamación contra las correcciones o medidas disciplinarias impuestas, ante quien las impuso. En el caso de que la reclamación fuese estimada, la corrección o medida disciplinaria no figurará en el expediente académico del alumno. Asimismo, las medidas disciplinarias de suspensión de asistencia al Centro adoptadas por el director o directora en relación con las conductas contrarias a la convivencia podrán ser revisadas

11 por el Consejo Escolar (en la parte concertada) a instancia de los padres, madres o representantes legales del alumnado. A tales efectos, el director o directora convocará una sesión extraordinaria del Consejo Escolar en el plazo máximo de dos días lectivos, contados desde que se presentó la instancia, para que este órgano proceda a confirmar o revisar la decisión y proponga, si corresponde, las medidas oportunas. PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE LA MEDIDA DISCIPLINARIADE CAMBIO DE CENTRO El director o directora del centro acordará la iniciación del procedimiento en el plazo de dos días, contados desde que se tuvo conocimiento de la conducta. Con carácter previo podrá acordar la apertura de un período de información, a fin de conocer las circunstancias del caso concreto y la conveniencia o no de iniciar el procedimiento. Instrucción del procedimiento. 1. La instrucción del procedimiento se llevará a cabo por un profesor o profesora del centro designado por el director o directora. 2. El director o directora notificará fehacientemente al alumno o alumna, así como a su padre, madre o representantes legales la incoación del procedimiento, especificando las conductas que se le imputan, así como el nombre del instructor o instructora, a fin de que en el plazo de dos días lectivos formulen las alegaciones oportunas. 3. El director o directora comunicará al servicio de inspección de educación el inicio del procedimiento y lo mantendrá informado de la tramitación del mismo hasta su resolución. 4. Inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, el instructor o instructora pondrá de manifiesto el expediente al alumno o alumna y, si es menor de edad, a su padre, madre o representantes legales, comunicándoles la sanción que podrá imponerse, a fin de que en el plazo de tres días lectivos puedan formular las alegaciones que estimen oportunas. Recusación del instructor. El alumno o alumna, o su padre, madre o representantes legales, podrán recusar al instructor o instructora. La recusación deberá plantearse por escrito dirigido al director o directora del centro, que deberá resolver y ante la cual el recusado o recusada realizará sus manifestaciones al respecto, siendo de aplicación las causas y los trámites previstos en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en lo que proceda. Medidas provisionales. Excepcionalmente, y para garantizar el normal desarrollo de la convivencia en el centro, al iniciarse el procedimiento o en cualquier momento de su instrucción, el director o la directora

12 por propia iniciativa o a propuesta del instructor o instructora, podrá adoptar como medida provisional la suspensión del derecho de asistencia al centro durante un período superior a tres días lectivos e inferior a un mes. Durante el tiempo que dure la aplicación de esta medida provisional, el alumno o alumna deberá realizar las actividades que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo. Resolución del procedimiento. 1. A la vista de la propuesta del instructor o instructora, el director o directora dictará resolución del procedimiento en el plazo de veinte días a contar desde su iniciación. Este plazo podrá ampliarse en el supuesto que existieran causas que lo justificaran. 2. La resolución de la dirección contemplará, al menos, los siguientes extremos: a) Hechos probados. b) Circunstancias atenuantes y agravantes, en su caso. c) Medida disciplinaria d) Fecha de efectos de la medida disciplinaria. Recursos. 1. Contra la resolución dictada por el director o directora de un centro docente público se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, ante el Delegado o Delegada Provincial de la Consejería competente en materia de educación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. La resolución del mismo, que pondrá fin a la vía administrativa, deberá dictarse y notificarse en el plazo máximo de tres meses. Transcurrido dicho plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso. 2. Contra la resolución que haya sido dictada por el director o directora de un centro docente privado concertado se podrá presentar, en el plazo de un mes, reclamación ante el Delegado o Delegada Provincial de la Consejería competente en materia de educación, cuya resolución, que se dictará en el plazo máximo de tres meses, pondrá fin a la vía administrativa. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado resolución, la reclamación podrá entenderse desestimada. 4.1.5.LA RELACIÓN CON LAS FAMILIAS Y CON OTRAS INSTITUCIONES CON EL ENTORNO. Las familias se relacionan con el Centro fundamentalmente a través de los tutores, quienes convocan a los padres, bien colectivamente, al menos una vez al año y a principio de curso, o bien individualmente, a lo largo del mismo. Existe una Asociación de Madres y Padres de Alumnos, cuya Junta Directiva mantiene un estrecho contacto con la Dirección del Centro y ambos organismos cooperan para todo lo que mutuamente se solicitan. Ha creado una página web que agiliza y hace más eficaz la relación familia-centro.

13 También se ha habilitado un tablón de anuncios destinado exclusivamente a las familias de los alumnos. De cualquier asunto significativo que tenga que ver con la conducta de un alumno, los padres tienen inmediato conocimiento, bien por escrito o por teléfono. La respuesta de las familias a este respecto es, en general, pronta, receptiva y de colaboración. Especial relevancia tiene en este Centro las relaciones con instituciones como: Administración Educativa, Ayuntamiento, Universidad, Empresas de la zona, Patronato de Deportes, Centro de Salud, Asociaciones de Antiguos Alumnos, Asociación de Padres/madres, etc... Se participa siempre en aquellos proyectos presentados por alguna estas Instituciones, que favorecen el desarrollo de nuestros alumnos y alumnas. 4.1.6. LAS EXPERIENCIAS Y TRABAJOS PREVIOS REALIZADOS EN RELACIÓN CON LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO. Se trabaja la educación en valores coordinado por el Equipo Directivo a través de todos los Departamentos, en especial el de Pastoral y Orientación. Estas actuaciones se integran en el Plan de Acción Tutorial, concretándose en actividades dirigidas a los alumnos, que fomentan además las habilidades sociales, la convivencia, integración y participación de los alumnos en la vida del Centro. También se han establecido unas pautas de actuación en las tutorías, donde se elaboran unos informes sobre aspectos académicos y del ámbito familiar, que contribuyen a disponer de una mayor información, útil para la prevención de posibles conflictos en el Centro. Debates en clase sobre la conveniencia de normas que aseguren el correcto funcionamiento del Centro, y sobre la no utilización de la violencia como medio de resolver los conflictos. Se establecen acuerdos con distintas instituciones para dar charlas y formación que abarca distintos aspectos como el buen uso de las redes sociales, la seguridad en internet, Divulgación de las normas de convivencia entre alumnos, padres y profesores. Y la exigencia del cumplimiento de las normas internas de convivencia, aplicándose las correcciones que de su incumplimiento se deriven. Énfasis especial en atajar cualquier manifestación xenófoba o racista que pueda darse en el Centro. Todas las áreas desarrollan en sus programaciones actividades cuyo objetivo es la educación en valores, entre ellos, la paz, la convivencia, el respeto, la solidaridad. Puesta en marcha, ante cualquier indicio de conflicto de los distintos protocolos establecidos.

14 Revisión del R.O.F.: Creación de un equipo de trabajo para la modificación de dicho Reglamento y aprobación por el Consejo Escolar. 4.2. OBJETIVOS QUE SE PRETENDEN ALCANZAR El desarrollo del Plan de Convivencia tiene como objetivos los siguientes: 1. Facilitar a los órganos de gobierno y al profesorado instrumentos y recursos en relación con la promoción de la cultura de paz, la prevención de la violencia y la mejora de la convivencia en el Centro. 2. Favorecer un clima de convivencia desde el diálogo, la acogida y la búsqueda pacífica y conjunta de soluciones entre todos los miembros de la comunidad educativa. 3. Crear, mantener y promover un clima de libertad y confianza que permita la cordialidad, la alegría y la naturalidad en el trato. 4. Implicar activamente a toda la comunidad educativa en la mejora de la convivencia en el centro, especialmente, a las familias. 5. Mejorar el grado de aceptación y cumplimiento de las normas establecidas por el centro. 6. Educar a nuestros alumnos en el respeto a sí mismos y a los demás. 7. Favorecer el desarrollo de las actitudes positivas y de la personalidad de cada alumno, creando así un clima de responsabilidad progresiva. 8. Tratar de conseguir un clima tal de estudio y trabajo, que estimule a los alumnos/as en el aprovechamiento y rendimiento escolar. 9. Atención individualizada de los alumnos que presenten alteraciones del comportamiento. 10. Dar respuesta inmediata en el caso de que hubiera casos de intimidación y acoso 11. Disminuir el absentismo escolar y las faltas de puntualidad en nuestro Centro. 12. Contribuir desde el ámbito de la convivencia a la adquisición de las competencias básicas, particularmente de las competencias social y ciudadana y para la autonomía e iniciativa personal. 4.3 NORMAS DE CONVIVENCIA Las actitudes de cada sector de la comunidad educativa ante la organización del centro en materia de convivencia deberán basarse en las Normas de Convivencia establecidas en este documento y en el Reglamento de Organización y Funcionamiento.

15 4.3.1. NORMAS DE CONVIVENCIA GENERALES DEL CENTRO 1. El respeto a las normas de organización, convivencia y disciplina del centro. 2. El respeto a la integridad física y moral y a los bienes de las personas que forman la Comunidad Educativa y de aquellas otras personas e instituciones que se relacionan con el Centro con ocasión de la realización de las actividades y servicios del mismo. 3. La tolerancia ante la diversidad y la no discriminación 4. El interés por desarrollar el propio trabajo y función con responsabilidad. 5. El respeto por el trabajo y función de todos los miembros de la Comunidad Educativa. 6. La cooperación en las actividades educativas o convivenciales. 7. La buena fe y la lealtad en el desarrollo de la vida escolar. No deberán engañar, simular, confundir o desinformar. 8. La actitud positiva ante los avisos y correcciones. 9. En el interior del Colegio está terminantemente prohibido el consumo de bebidas alcohólicas, fumar, o consumir otras sustancias perjudiciales. 10. La adecuada utilización del edificio, mobiliario, instalaciones y material del Centro, conforme a su destino y normas de funcionamiento, siendo responsables de aquellos deterioros y lesiones producidos por una mala utilización. a. Pondrán especial cuidado en la conservación de los espacios verdes del Colegio. No está permitido pisar la hierba, trepar a los árboles o arrancar flores, hojas, ramas y frutos. b. Queda terminantemente prohibida la circulación de bicicletas, ciclomotores y patines dentro del recinto escolar. c. Durante las horas de clase, no estará permitido a los alumnos permanecer en los pasillos u otras instalaciones del Centro, salvo por autorización expresa de algún miembro del profesorado. d. Los alumnos no podrán acceder al interior de los edificios durante el recreo, salvo permiso expreso por parte de algún miembro del profesorado. e. Los padres de los alumnos no podrán entrar a las clases ni en su recinto durante el horario lectivo, o actividades extraescolares, salvo por autorización expresa de la dirección tampoco se podrá estar en aquellos lugares que pueda distorsionar el ritmo normal de la actividad escolar. f. No se fotocopiarán, ni darán documentos internos del Centro. 11. Los alumnos acudirán al colegio debidamente aseados y correctamente vestidos (falda con un largo mínimo de 4 dedos (6 centímetros) por encima de la rodilla), considerándose el uniforme como prenda de identidad del centro. Los alumnos vendrán con ropa deportiva cuando lo indique su tutor. La Dirección se reserva el derecho a determinar, si fuera necesario, qué complementos o prendas de vestir no son adecuadas en el interior del Colegio. 12. Los alumnos deben guardar una buena compostura dentro de las instalaciones del Colegio, sea cual fuere la actividad que estén desarrollando dentro del mismo (Clases, recreos, Serv. complementarios o Actividades Extraescolares). Esta buena compostura y actitud serán

16 igualmente exigibles para las actividades escolares y extraescolares organizadas fuera del Colegio. 13. Los alumnos se mostrarán correctos en el trato social, mediante el empleo de un lenguaje correcto y educado, evitando expresiones groseras, amenazantes, malsonantes, blasfemas y vejatorias. Las normas de cortesía en los saludos, agradecimientos y despedidas siempre serán exigibles. No están permitidos los juegos violentos ni las bromas pesadas. 14. Para los alumnos no está permitido introducir en el interior del recinto escolar "mp3 s", radios, juguetes electrónicos, teléfonos móviles, etc. Tampoco está permitido traer al Colegio enseres o pertenencias contrarias al Ideario del mismo. 15. Los móviles están prohibidos en el centro. Su uso o exhibición implicará su retirada y quedará bajo custodia de la dirección, al menos tres días. La tarjeta SIM podrá entregarse a los padres o tutores bajo petición expresa 16. El uso del baby es obligatorio en EI. 17. Todas las prendas deben ir marcadas con nombre completo. 18. En EI queda prohibido el uso de maletas con ruedas y los paraguas. 19. Las mochilas en EI deben ser tamaño folio. 20. No se permite traer golosinas. 21. Está prohibido que el profesorado reparta invitaciones de cumpleaños. 22. A poder ser, las zapatillas de deporte y los zapatos no traerán cordones. 23. Los chaquetones erán azul marino y los adornos del pelo también. 24. Está prohibido traer collares, pulseras y anillos. 25. Los alumnos de 3 años traerán una muda el primer día de clase que se quedará en el Centro. 26. La spersonas que vengan a recoger a los alumnos que no sean tutores legales deben estar autorizados con DNI. 27. Los alumnos se harán responsables de comunicar y hacer llegar a sus padres toda aquella información que el Colegio les entrega para casa. 28. La ausencia a clase en días de prueba escrita no da derecho a que se aplace dicha prueba y, si la falta a clase ha sido en las horas previas, perderá el derecho a examen. 29. Las justificaciones de ausencias o retrasos serán presentadas en un plazo máximo de 48 o 72 horas siguientes a la incorporación. Pasado este plazo la ausencia o retraso se considerará a todos los efectos como injustificada. 30. En el recinto escolar y en cualquier momento del día, queda prohibida la realización de fotografías y videos sin autorización del Equipo Directivo. 31. Las Normas de convivencia para las actividades organizadas por el Centro en y fuera del horario escolar se regirán con los mismos criterios que durante la jornada escolar 32. En general, el cumplimiento de los deberes que se señalan en la legislación vigente y en el presente Reglamento a los miembros de la Comunidad Educativa y de cada uno de sus estamentos. 33. Está prohibido traer animales al Centro. 4.3.2. NORMAS DE CONVIVENCIA ESPECÍFICAS DEL AULA

17 El cumplimiento del horario y el calendario escolar. Los alumnos deberán asistir puntualmente a las actividades escolares: inicio de la jornada escolar, cambios de aulas, etc. El retraso en el comienzo de la jornada escolar se justificará por escrito. Los alumnos tienen el deber primordial de asistir a clase y a las demás actividades de carácter obligatorio organizadas por el Colegio ya sean dentro de sus instalaciones o fuera de ellas. Es un deber para los alumnos la realización de las actividades y tareas escolares encomendadas por el profesorado. Ningún alumno podrá ausentarse del Colegio durante la jornada escolar sin la autorización por escrito de sus padres y el conocimiento de su tutor. El mostrar interés en las clases, atendiendo durante las explicaciones, preguntando lo que no se entiende, entregando los trabajos en el tiempo previsto y trayendo para cada materia los libros y el material escolar necesario. En la materia de Educación Física, se utilizará la equipación que el Colegio autorice. Los alumnos no perturbarán la buena marcha de las clases: interrumpiendo, hablando sin permiso, etc. realizando cualquier acto que dificulte el desarrollo de las actividades de clase. En los exámenes y controles, orales y escritos, está totalmente prohibido utilizar libros, apuntes, notas, grabaciones, etc. Cualquier documentación de este tipo se entregará antes de entrar en la prueba, en caso contrario supondrá un cero en el examen. Los alumnos deberán aprovechar las horas de estudio que el Colegio les ofrece dedicándolas a esta actividad, respetando así el derecho al estudio de sus compañeros. El cuidar el material de trabajo, el propio, el de los compañeros y el común. 4.4 COMISIÓN DE CONVIVENCIA 4.4.1. COMPOSICIÓN La Comisión de convivencia está formada por: La Directora Pedagógica La Jefa de Estudios Un profesor Un padre o madre de alumnos Un alumno o alumna La Orientadora del Centro Los miembros de la Comisión son elegidos por cada uno de los sectores de entre sus representantes en el Consejo Escolar excepto la Directora, la Jefe de Estudios y la Orientadora. 4.4.2. PLAN DE REUNIONES

18 La Comisión de Convivencia se reunirá una vez al trimestre, preferentemente al finalizar el mismo y cuantas veces sea necesario para el ejercicio de sus funciones. 4.4.3. PLAN DE ACTUACIÓN La comisión de convivencia tendrá las siguientes funciones: Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad para mejorar la convivencia, el respeto mutuo, así como promover la cultura de la paz y la resolución pacífica de los conflictos. Adoptar las medidas preventivas necesarias para garantizar los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el cumplimiento de las normas de convivencias del centro. Desarrollar iniciativas que eviten la discriminación del alumnado estableciendo planes de acción positiva que posibiliten la integración de todos los alumnos/as. Mediar en los conflictos planteados. Conocer y valorar el cumplimiento efectivo de las correcciones y medidas disciplinarias en los términos que hayan sido impuestas. Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia del centro. Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar, al menos dos veces a lo largo del curso, de las actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas. Realizar un diagnóstico de la situación de la convivencia en el centro Cualquiera otra que pueda serle atribuidas por el Consejo Escolar, relativas a las normas de convivencia en el centro. Seguimiento de los compromisos de convivencia. 4.5. AULA DE CONVIVENCIA Dadas las circunstancias de nuestro centro, consideramos que no es posible la existencia de un Aula de Convivencia, dado que no tenemos profesorado con suficientes horas disponibles para la atención de dicha aula. 4.6. MEDIACIÓN EN LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS 4.6.1. PROTOCOLO DE MEDIACIÓN DE CONFLICTOS Una vez detectada la existencia de un conflicto, es preciso conocer qué mecanismos permiten que el mismo sea resuelto mediante un proceso mediador. Para ello, el Plan de Convivencia determina un procedimiento a seguir en estos casos:

19 EQUIPO DE MEDIACIÓN 1. Están a disposición de la Comisión de Convivencia las siguientes personas para integrarse en un equipo de mediación que se constituirá en cada caso atendiendo al conflicto y a las partes enfrentadas: Los propios miembros de la Comisión de Convivencia. Los coordinadores de ciclo y los tutores. Los alumnos delegados de los distintos cursos 2. La designación de los miembros del equipo corresponde a la Directora del Centro, que a este objeto recabará la opinión de la Comisión de Convivencia. 3. El equipo de mediación actuará, a instancias del director, en aquellos casos en que se plantee un conflicto de convivencia entre dos o más miembros de la Comunidad Educativa, procurando la resolución pacífica del mismo a través de técnicas de mediación. 4. En aquellos casos en que el Equipo Directivo lo considere necesario, en los procesos de mediación podrán intervenir profesionales externos al Centro, con los que colaborará el Equipo de Mediación. PROCESO DE MEDIACIÓN 1. Una vez detectada la existencia de un conflicto de convivencia, cualquier miembro del Equipo de Mediación, de oficio o a instancia de cualquier miembro de la Comunidad Educativa, podrán proponer a las partes el inicio de un proceso de mediación. 2. Realizada la propuesta, las partes manifestarán por escrito su voluntad de adherirse al proceso aceptando las condiciones requeridas por el Equipo de Mediación y el compromiso de que, en caso de acuerdo, se aceptará la realización de las actuaciones que se determinen. 3. Una vez manifestada la voluntad de acogerse al acuerdo, se pondrá en conocimiento del Equipo de Mediación, que designará un responsable del proceso y procurará la obtención de un acuerdo en un plazo máximo de 15 días, prorrogables cuando se considere necesario por el propio equipo. 4. En caso de que el proceso de mediación se inicie como consecuencia de la infracción de una norma de convivencia, el inicio del proceso paralizará el procedimiento sancionador y, en caso de que finalice con acuerdo positivo entre las partes, no se procederá a la imposición de ninguna medida sancionadora. No obstante, si no se alcanzare acuerdo alguno, se procederá a la imposición de las correcciones oportunas. 5. El inicio del proceso de mediación será comunicado a la comisión de convivencia, a los tutores y a los representantes legales de los alumnos implicados. 4.6.2 COMPROMISO DE CONVIVENCIA

20 En aquellos casos en que se detecte la existencia de problemas de convivencia relativos a un alumno concreto, será posible la suscripción de un contrato de convivencia con los representantes legales de dicho alumno con el objetivo de establecer mecanismos de coordinación entre el Centro y las familias para la aplicación de aquellas medidas necesarias para superar la situación. La suscripción de dicho acuerdo no impedirá la aplicación de las medidas disciplinarias previstas en caso del incumplimiento del acuerdo. PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓN 1. La iniciativa para la suscripción de un contrato de convivencia corresponde a: a. El tutor del alumno. b. Los representantes legales del alumno. c. El Equipo de Orientación. d. La Dirección del Centro. 2. Dicha iniciativa será comunicada tanto al tutor como a los representantes legales del alumno, que elaboran el compromiso de convivencia. 3. Una vez elaborado el compromiso, el mismo será remitido a la Directora del Centro que, una vez verificada la adaptación del mismo al plan de convivencia, y, en su caso, introducidas las modificaciones que consideren convenientes, darán el visto bueno para la firma. 4. El compromiso se entenderá vigente una vez haya sido firmado por el tutor y los representes legales del alumno. CONTENIDO DEL COMPROMISO 1. El compromiso de convivencia contendrá las medidas que se adoptan, las obligaciones que asumen cada una de las partes, la duración del contrato y los cauces de evaluación. 2. Las obligaciones de las familias serán las recogidas en cada compromiso en función del caso concreto, pudiendo recogerse las siguientes: a. Compromiso de los representantes del alumnado a acudir con carácter periódico a las convocatorias realizadas por el equipo de orientación educativa y el tutor del alumno. b. Compromiso de seguimiento a través de un parte semanal o diario del comportamiento del alumno. c. Compromiso de respeto a las decisiones adoptadas por el Centro en el seno de un procedimiento sancionador. d. Compromiso, en su caso, de adhesión a un proceso de mediación. e. Compromiso de facilitar la información que les solicite por parte del Centro. f. Compromiso de elaboración de informes periódicos sobre la evolución del alumno. g. Cualquier otra actuación que en el caso concreto, se considere necesaria para la mejora de la convivencia.

21 3. Las obligaciones del Centro serán las recogidas en cada compromiso en función del caso concreto, pudiendo recogerse las siguientes a. Intervención del equipo de orientación. b. Remisión a las familias de un parte semanal o diario de comportamiento. c. Moderación o paralización de las medidas disciplinarias adoptadas. d. Elaboración de informes periódicos sobre la evolución del alumno e. Cualquier otra que se considere adecuada en el caso concreto. 4. En cuanto a la duración del contrato, será la que se determine en atención al caso concreto, sin que en ningún caso pueda superar un curso escolar. SEGUIMIENTO DEL COMPROMISO DE CONVIVENCIA 1. Una vez suscrito el compromiso, ambas partes facilitaran mensualmente a la comisión de convivencia un informe sobre la evolución del alumno. 2. En caso de que cualquiera de las personas a las que corresponde la iniciativa del acuerdo entienda que se está produciendo un incumplimiento del mismo, deberá comunicarlo a la dirección del centro que, de considerarlo necesario, convocará a la comisión de convivencia para el análisis de la situación. ANULACIÓN DEL COMPROMISO 1. Son causas de anulación del compromiso de convivencia. a. El incumplimiento de las obligaciones asumidas por la familia. b. La falta de mejora en el comportamiento del alumno. 2. En caso de que concurra alguna de estas causas, la comisión de convivencia propondrá a la Directora la anulación del compromiso. 3. Una vez obtenido el visto bueno de la Directora, se comunicará la anulación del compromiso a la familia y al tutor. 4. La anulación del compromiso supone la paralización de las medidas adoptadas, salvo que por parte de la Directora del centro se determine lo contrario. 4.7 NECESIDADES DE FORMACIÓN Aunque la convivencia es una preocupación constante entre el profesorado, son pocos los que han recibido una formación específica sobre este tema y, casi siempre, el tratamiento que cada uno hace ante un problema de comportamiento que se presenta en clase es consecuencia del sentido común o de la aplicación del Reglamento de Régimen Interior o del conocimiento que de él se tenga.

22 Se hace necesario por tanto, poseer estrategias que nos permitan detectar qué situaciones son las que más favorecen los conflictos entre los alumnos y entre alumnos y profesores para prevenirlos. También es imprescindible saber cómo intervenir en los casos que estos conflictos se presenten. La formación debe contemplar que la reacción docente sea coherente en todo el profesorado para evitar confundir a los alumnos y reforzar los mensajes constructivos sobre sus conductas. Dada la provisionalidad de parte de los profesores en nuestro Centro, conviene articular los medios para que de forma permanente se lleven a cabo acciones de divulgación y de formación relacionadas con temas que tengan que ver con la convivencia en el Centro. La administración educativa, ha previsto actuaciones de formación dirigidas específicamente a los equipos directivos de los centros, de la inspección educativa, de los miembros de los equipos de orientación educativa y de las asesorías de los Centros del Profesorado, personal de administración y servicios y de atención educativa complementaria, así como a los padres y madres de alumnos, en los contenidos y competencias que se requieren para la promoción de la cultura de la paz, la mejora de la convivencia, la mediación y la resolución pacífica de los conflictos. Junto a estos recursos externos, el Centro cuenta con sus proyectos institucionales donde quedan recogidos aspectos que se refieren a su organización, el R.O.F., el Plan de Acción Tutorial, el Plan de Acción Pastoral y la educación en los valores explicitados en nuestras señas de identidad. 4.8 DIFUSIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN APROBACIÓN Y DIFUSIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA 1. Aprobación del Plan de Convivencia por el Consejo escolar, por mayoría absoluta miembros. 2. Establecimiento por el Consejo escolar medidas para que Plan de Convivencia sea conocido por todos los miembros de la Comunidad Educativa 3. Incorporación al Proyecto Educativo 4. Remisión a Delegación antes de 30 de noviembre MEMORIA DEL PLAN DE CONVIVENCIA 1. Equipo directivo elabora propuesta de memoria del plan de convivencia 2. El equipo directivo arbitrará las medidas oportunas para que la propuesta de memoria sea conocida por todos los sectores de la comunidad educativa realizando sugerencias y aportaciones (Claustro, APA, Alumnos).