CLUB DEPORTIVO ELEMENTAL ALMAGRO TROTÓN CLUB



Documentos relacionados
ESTATUTOS DEL CLUB DEPORTIVO ELEMENTAL MTB TARANCON

ESTATUTOS DEL CLUB DEPORTIVO ATLÉTICO TOMELLOSO

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN «SOLIDARIOS CON EL MUNDO»

ASOCIACIÓN DE FAMILIAS DEL ALUMNADO DEL COLEGIO LOURDES ESTATUTOS

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE MEDIADORES Y ORIENTADORES FAMILIARES CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO:

ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE COCHES CLÁSICOS LOS CACHARRITOS

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ENFERMERÍA Y SALUD

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE AFECTADOS PSG

CURSO CREAR Y GESTIONAR UNA ASOCIACIÓN Módulo I. Instituto Aragonés de la Juventud Rosario Lázaro Marín

ESTATUTOS DE LA FEDERACION ASTURIANA DE DOMINO

ESTATUTOS ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES DE GOLF DE ANDALUCIA

ESTATUTOS DEL CONSEJO LOCAL DE JUVENTUD PREÁMBULO CAPÍTULO I

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ECONOMÍA DEL TRABAJO (A.E.E.T.)

REGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS

ESTATUTOS SOCIALES DE LA UNIÓN DE ENTIDADES ESPAÑOLAS DE CIENCIA ANIMAL (UEECA) TÍTULO I DE LA ASOCIACIÓN

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN IBEROAMERICANA DE FISIOTERAPIA Y KINESIOLOGÍA (AIFK) CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE TÉCNICOS DE LAS ARTES ESCÉNICAS

Para conseguir sus finalidades, la asociación realiza las actividades siguientes:

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PERIODISTAS AGROALIMENTARIOS DE ESPAÑA (APAE)

ASOCIACION AMIGOS DE NOSTROMO ESTATUTOS

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS MADRE RAFOLS DEL COLEGIO DE SANTA ANA DE HUESCA.

PLATAFORMA NUEVOS REALIZADORES

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN AMS ASOCIACIÓN MADRILEÑA DE MEDIADORES DE SEGUROS CAPITULO II DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO:

ESTATUTOS COORDINADORA EXTREMEÑA DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION CLUB W107 ESPAÑA

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE USUARIOS DE DRONES Y AFINES (AEDRON)

ESTATUTOS CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO

!"#"$ %& ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN DE CICLISMO DE CASTILLA-LA MANCHA ÍNDICE:

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CLUB DEPORTIVO FILIAL DE LA UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN LEALCAN DE INTEGRACIÓN CANINA CAPITULO I - DENOMINACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO Y ÁMBITO

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE INSPECTORAS E INSPECTORES DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO, Y VIVIENDA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES DE LEGANÉS

estatutos asociación de padres

Estatutos ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN BOLÍVAR DAVIVIENDA CAPÍTULO PRIMERO DENOMINACIÓN, DOMICILIO, OBJETO, PATRIMONIO Y DURACIÓN

ESTATUTOS ASOCIACION DE ESTUDIANTES MAYORES DE LA UNIVERSIDAD CARLOS III DEL CAMPUS DE COLMENAREJO (AUCTEMCOL)

MODELO DE ESTATUTOS (Requisitos mínimos) CLASE DE PERSONA JURIDICA A CONSTITUIRSE: FUNDACION, CORPORACION o ASOCIACION

CAPÍTULO I: DENOMINACIÓN, CONTITUCIÓN, ÁMBITO, FINES, DURACIÓN, DOMICILIO.

ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA DENOMINADA:

ESTATUTOS. b) Ampliar y consolidar las relaciones de la Universidad Nacional de Ingeniería con el sector empresarial.

REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE MEDIO AMBIENTE

7318 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 24-VI-98

BORRADOR DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PERIODITAS DE BELLEZA (APB) ESTATUTOS

ESTATUTOS DEL CONSEJO LOCAL DE DEPORTES NATURALEZA Y FUNCIONES

.09 ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRÉS BELLO CAPITULO I NATURALEZA, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN

Zaragoza, 14 de marzo de 2014 EL DIRECTOR GENERAL DE POLÍTICA EDUCATIVA Y EDUCACIÓN PERMANENTE. Fdo.: Manuel Magdaleno Peña

FORO PORTUARIO IBEROAMERICANO. Organización y Reglas de Funcionamiento

ESTATUTOS Revisión

b) Promover la participación de los padres y las madres de los alumnos en la gestión del centro.

ESTATUTOS DE CLUB DEPORTIVO ELEMENTAL

ESTATUTOS FONDO PARA ATENCIONES SOCIALES FUNDACIÓN CAPITULO I INSTITUCION

TITULO I: DENOMINACIÓN Y RÉGIMEN DE LA ASOCIACIÓN

ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ASOCIACIONES DE CLUBES NÁUTICOS CAPÍTULO I

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION CERES AYUDA DIRECTA AL NECESITADO

ASOCIACIÓN AMIGOS DE LA FUNDACIÓN FRAX ESTATUTOS SOCIALES

ESTATUTOS CAPITULO I CONSTITUCIÓN DE LA FUNDACIÓN

ESTATUTOS PARA LA ASOCIACIÓN CIVIL

Estatutos de la Asociación Club de Amigos de la Casa de Madrid

ASOCIACIONES DE MUNICIPALIDADES. Álvaro Villanueva R. Marzo 2012

MODELO DE ESTATUTOS DE UNA SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN PROFESIONAL "ASOCIACIÓN DE ENFERMERÍA MADRILEÑA PEDIÁTRICA, AEMPED"

REGLAMENTO COMISIÓN DE GARANTÍA DE CALIDAD ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA UNIVERSIDAD DE CADIZ PREÁMBULO

Reglamento de funcionamiento del Comité de Seguridad y salud de la UNIA.

NOTA SOBRE LA ELEVACIÓN A PÚBLICO DE ACUERDOS SOCIALES DE UNA SOCIEDAD CUANDO SE HA LEVANTADO ACTA NOTARIAL DE LA JUNTA.

Asociación Juvenil El Cueto ESTATUTOS. Santurde de Rioja

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE VOLUNTARIADO DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID. PREÁMBULO

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN

ASOCIACIÓN DE CELÍACOS Y SENSIBLES AL GLUTEN COMUNIDAD DE MADRID ESTATUTOS CAPITULO I

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE FAMILIAS CONTRA LA INTOLERANCIA X GÉNERO (AMPGYL)

ESTATUTOS DE LA FUNDACION COMPROMISO Y TRANSPARENCIA

ORGANIZACIÓN Y LEGISLACIÓN DEL DEPORTE BLOQUE DE DIRECCIÓN

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - "PRODE"

AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE (JAÉN)


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE COACHING DE LAS ISLAS BALEARES (APCOIB) CAPÍTULO I: DENOMINACIÓN, CONTITUCIÓN, ÁMBITO, FINES, DURACIÓN, DOMICILIO.

ESTATUTOS de la Asociación para el Estudio y la Investigación del Protocolo Universitario

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN.

MODELO DE ESTATUTOS PARA UNA ASOCIACION JUVENIL

TITULO I NORMAS GENERALES

CAPÍTULO PRIMERO DE LA DENOMINACIÓN, OBJETO SOCIAL, DOMICILIO, NACIONALIDAD Y DURACIÓN

CAPÍTULO I DE LA ENTIDAD

RIOJAFOTO ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION LA VIDA EN DANZA CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO:

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION PROFESIONAL DE ADMINISTRADORES CONCURSALES (ASPAC) DESPUES DE SU MODIFICACION.

3.5.- Toda otra actividad compatible con los fines de la Asociación.

NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013)

DECRETO 65/2003, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Consejo Aragonés del Cooperativismo (B.O.A. de 5 de mayo de 2.003).

DE LA CONVOCATORIA DEL CONSEJO GENERAL Y DE LA MESA DEL CONSEJO

ESTATUTOS ASOCIACION DE TIENDAS VIRTUALES DE ARAGON (ATVA)

INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE GUERRERO

CORTE DE ARBITRAJE DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE JEREZ DE LA FRONTERA ESTATUTOS

ESTATUTOS DE LA AGRUPACION DE ABOGADOS JOVENES DE VALLADOLID. con su mismo domicilio, se constituye la Agrupacion de Abogados Jóvenes

REGLAMENTO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE ANTIGUOS ALUMNOS DE EOI CAPITULO I DENOMINACIÓN, CAPACIDAD, DOMICILIO Y ÁMBITO Y FINES

MODELO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACION CAPÍTULO I : DENOMINACIÓN, CONSTITUCIÓN, ÁMBITO, FINES, DURACIÓN, DOMICILIO.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN HONDUREÑA DE PSIQUIATRÍA

MODELO DE ESTATUTOS PARA AMPAS CAPÍTULO 1 DENOM INACIÓN, DOMICILIO, NATURALEZA Y ÁMBITO

Transcripción:

CLUB DEPORTIVO ELEMENTAL ALMAGRO TROTÓN CLUB ESTATUTOS TITULO I. DISPOSICIONES GENERALES ART. 1.- DENOMINACIÓN. DOMICILIO. 1.1.- Denominación.- El Club Deportivo Elemental ALMAGRO TROTÓN CLUB es una asociación privada sin animo de lucro integrada exclusivamente por personas físicas que tienen por finalidad exclusiva y especifica la directa participación de su integrantes en actividades y manifestaciones deportivas. 1.2.- Modalidad.- El Club Deportivo Elemental ALMAGRO TROTÓN CLUB, practicará la modalidad deportiva de Atletismo y se afiliará a la Federación de atletismo de Castilla-La Mancha. 1.3.- Domicilio.- El domicilio del Club Deportivo Elemental ALMAGRO TROTÓN CLUB se establece en Almagro (Ciudad Real)C/ San Diego, nº. 1, y se ajustará a las normas y leyes que regulan este estatuto para su posible modificación. ART. 2.- CONSTITUCIÓN, ÁMBITO Y SISTEMA DE INTEGRACIÓN 2.1.- Constitución.- El Club Deportivo Elemental está constituido el día 31 de Enero de 2006 en cumplimiento del D. 111/96 de 23 de julio, siendo su ámbito de actuación de carácter regional en Castilla la Mancha. ART. 3.- REGULACIÓN JURÍDICA Según el art. 2 del D. 111/1996 de 23 de julio del Club Deportivo Elemental ALMAGRO TROTÓN CLUB se rige por lo dispuesto en la Ley del Deporte de Castilla-La Mancha, por el citado Decreto, por la legislación estatal en lo no previsto por la legislación autonómica, y por sus propios estatutos y reglamentos validamente aprobados y por los estatutos de las federaciones deportivas en las que se inscriban. ART. 4.- FINES El Club Deportivo Elemental ALMAGRO TROTÓN CLUB tiene como principales finalidades: A.- Fomentar, promocionar y divulgar la idea del ejercicio físico y el deporte en general. B.- Desarrollar actividades fisico-deportivas y practicar, en concreto los deportes siguientes: carreras populares, maratón, triatlón y duatlón. C.- Organización y promoción de las carreras populares que se desarrollen en la localidad de Almagro. 1

TITULO II ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN, GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN ART. 5.- El Club Deportivo Elemental ALMAGRO TROTÓN CLUB tendrá un Delegado, una Comisión Directiva y un Secretario. ART. 6.- El cargo de Delegado se elegirá de entre y por los socios fundadores en el momento de la constitución del Club. Su cargo durará cuatro años y podrá ser reelegido. ART. 7.- El Delegado tendrá como misión fundamental representar al Club Deportivo Elemental ante las Administraciones y organizaciones federativas y deportivas. ART. 8.- Además de lo anterior, el Delegado tendrá como misiones: A.- Dirigir la administración del club. B.- Convocar, presidir y moderar todas las reuniones que se celebren en el seno del club. C.- Elaborar y aprobar instrucciones para el funcionamiento del club, salvo que éstas afecten a la estructura estatutaria o fundacional, en cuyo caso será necesaria la aprobación por parte de la Comisión Directiva. D.- Disponer sobre los ingresos y gastos del club, dando cuenta, cuando se precise y si la hubiera, a la Comisión Directiva. E.- Firmar cuantos documentos, actas, convenios, autorizaciones o aceptaciones sean necesarios para la administración del club. F.- Ejercer las acciones e interponer los recursos o reclamaciones que sean precisos, salvo los judiciales para los que será precisa la autorización expresa de la Comisión Directiva. G.- Proponer las modificaciones estructurales u organizativas del Club, así como los proyectos de presupuesto a la Comisión Directiva. ART. 9.- El Delegado podrá ser cesado y sustituido por la Comisión Directiva del Club cuando su gestión sea contraria a los intereses del mismo, de conformidad con el procedimiento a que se refieren las siguientes normas. ART. 10.- Cualquier miembro de la Comisión Directiva podrá proponer el cese del Delegado por escrito ante la propia Comisión, incluyendo en la propuesta el nombre del sustituto. La Comisión Directiva se reunirá en el plazo máximo de cinco días para debatir y aprobar o rechazar la propuesta. ART. 11.- En el supuesto de que la propuesta de cese y sustitución no prospere, el proponente pierde el derecho a presentar otra propuesta durante los 6 meses siguientes. ART. 12.- La Comisión Directiva estará integrada por: 2

A.- El Delegado del Club, que la presidirá. B.- El Secretario. C.- Dos representantes de los promotores o fundadores. D.- Un representante de las personas que hagan funciones de técnico del C.D.E. si las hubiere. E.- Dos representante de los deportistas practicantes. F.- Un representante de los socios, abonados o colaboradores, si los hubiere. Todos los cargos de la Comisión tendrán una duración de cuatro años, y desempeñarán sus cargos de forma gratuita. Pudiéndose ser reelegidos. ART. 13.- Las reuniones de la Comisión Directiva se celebrarán previa convocatoria del Secretario por orden del Delegado con 7 días de antelación, acompañando el correspondiente orden del día. La Comisión también podrá ser convocada a petición de tres o más de sus miembros. ART. 14.- La Comisión Directiva se considerará válidamente constituida cuando asista el Delegado y la mitad de los restantes miembros. ART. 15.- Aún cuando no exista convocatoria previa la Comisión Directiva quedará constituida, en Junta Universal, cuando estén presentes todos sus miembros. ART. 16.- La Comisión Directiva tiene como misiones: A.- Autorizar las enajenaciones de cualesquiera bienes que hayan sido adquiridos para utilización de los miembros del Club. B.- Reprobar la gestión del Delegado acordando su cese y sustitución por el procedimiento a que se refieren los artículos nueve, diez y once. C.- Resolver sobre la extinción o disolución del Club Deportivo Elemental. D.- Aprobar las normas estatutarias y de carácter disciplinario. E.- Autorizar actuaciones judiciales. F.- Señalar las condiciones y formas de admisión de nuevos miembros y acordar la cuantía de la cuota que hayan de satisfacer en su caso. G.- Aprobar por mayoría simple la expulsión de algún miembro del Club previa incoación de expediente con audiencia de los interesados. H.- Suspender la admisión temporal de nuevos miembros cuando las circunstancias así lo aconsejen en aras de una buena práctica deportiva. I.- Aprobar modificaciones estructurales y organizativas del Club. J.- Aprobar el presupuesto anual del Club, la memoria anual, el balance y la rendición de cuentas. K.- Elaborar, si así lo acuerda, el reglamento de régimen interior del Club, así como proponer y aprobar las modificaciones de los mismos y de los presentes estatutos. L.- Elegir cada cuatro años un Delegado del Club de entre los miembros de la Comisión Directiva que dentro de los treinta días anteriores a la finalización de su mandato hubieran presentado su candidatura a la misma. Será proclamado Delegado aquel candidato que haya obtenido en la votación la mayoría de los votos validamente emitidos. En caso de no presentarse ningún candidato, el Delegado cesante verá prorrogado su cargo por otro periodo de cuatro años. M.- Ejercer la potestad disciplinaria, en los términos y condiciones establecidas por las disposiciones de carácter general y estatutarias propias del club. 3

ART. 17.- La Comisión Directiva aprobará en su primera sesión las normas de funcionamiento de la misma, ateniéndose a los principios y preceptos que contienen las disposiciones deportivas y los estatutos de las federaciones a que el club deportivo elemental se afilie. ART. 18.- La suspensión del mandato de los miembros de la Comisión Directiva se produce por las causas siguientes: A.- Por la solicitud del interesado cuando concurran circunstancias que lo justifiquen y así lo apruebe el Delegado. B.- Por acuerdo de la Comisión Directiva cuando instruya un expediente disciplinario a alguno de sus miembros. Esta suspensión será por el tiempo que dure la instrucción del expediente. C.- Por inhabilitación temporal, acordada por decisión disciplinaria. ART. 19.- El Secretario ejercerá las funciones de fedatario del Club. Para ello, levantará acta de las reuniones que se celebren en el seno del club y que tengan trascendencia externa y las escribirá en el libro correspondiente, mantendrá un archivo actualizado de las normas internas del club y será responsable de la custodia de todos los documentos del Club, así como de las certificaciones o actas de constancia que deban ser presentadas ante otras organizaciones o entidades. TITULO III. DE LOS MIEMBROS DEL CLUB DEPORTIVO ELEMENTAL ART. 20.- Existirán las siguiente categorías de miembros: a.- Socios. b.- Abonados o colaboradores. c.- Deportistas practicantes. d.- Técnicos. ART. 21.- Los socios son, en su caso, los fundadores o promotores y cualesquiera personas físicas incorporadas posteriormente. Estos socios satisfacen obligatoriamente las cuotas de sostenimiento del club y su incorporación o cese se produce previo acuerdo de la Comisión Directiva. ART. 22.- Los abonados o colaboradores son personas físicas o jurídicas que colaboran en el desarrollo de las actividades del Club Deportivo Elemental, bien sea por medio de la aportación de fondos económicos, bien sea aportando su propio trabajo no remunerado. La incorporación y cese de estos abonados o colaboradores se produce por decisión de la Comisión Directiva. ART. 23.- Los deportistas practicantes son personas físicas que se incorporan al Club mediante decisión de la Comisión Directiva y desarrollan y practican la modalidad deportiva. ART. 24.- Los técnicos son personas físicas que, dentro de las condiciones establecidas por las federaciones respectivas, ejercen funciones de dirección y entrenamiento de los deportistas practicantes en los correspondientes equipos o secciones del club. Son incorporados y cesados libremente por la Comisión Directiva. 4

ART. 25.- Para ser admitido como miembro del Club Deportivo Elemental ALMAGRO TROTÓN CLUB, será necesario: A.- Reunir las condiciones establecidas por la Comisión Directiva. B.- Solicitarlo mediante escrito - en el que habrán de constar las circunstancias personales y sus actividades en relación a los fines estatutarios - a la Comisión Directiva, quien resolverá en el plazo de 10 días. C.- Satisfacer, la cuota de ingreso correspondiente, quedando establecida en 40 Euros, que a su vez queda fijada como cuota anual, que deberá ser abonada en los dos primeros meses de cada ejercicio. D.- La admisión como miembro del Club se anotará en el Libro de Registro de Miembros y será comunicada al interesado. ART. 26.- La condición de miembro del club se pierde por: A.- Por voluntad propia. B.- Por falta de pago de dos cuotas anuales. C.- Por acuerdo aceptado por mayoría simple de los miembros de la Comisión Directiva, previa incoación de expediente con audiencia del interesado. ART. 27.- Los socios del Club Deportivo Elemental ALMAGRO TROTÓN CLUB, tienen los siguientes derechos: A.- Participar en la consecución de los fines específicos del Club, asistiendo a las actividades, manifestaciones o competiciones organizadas por el Club o en las que éste participe. B.- Asistir, si fuesen representantes, a las sesiones de la Comisión Directiva del Club. C.- Ser informados de las actividades del Club y, concretamente, de la gestión, administración y contabilidad del mismo. D.- Reclamar contra las decisiones del Delegado o contra las de la Comisión Directiva, si la hubiere, en el supuesto de que no perteneciere a ella o, perteneciendo, si hiciera constar su voto en contra. E.- Ser electores y elegibles para la Comisión Directiva, teniendo el sufragio activo los mayores de 16 años y de sufragio pasivo los mayores de 18. ART. 28.- Los socios del Club Deportivo Elemental ALMAGRO TROTON CLUB, tienen los siguientes deberes: A.- Costear los gastos del Club en la forma en la que se hubieren comprometido. B.- Colaborar en la gestión y administración del Club si fuesen designados para ello. C.- Acatar los presentes estatutos y reglamentos del Club si los hubiere, así como los acuerdos que adopten sus órganos de gobierno. D.- Difusión y practica de la actividad física y deportiva que constituye el objeto del club deportivo. 5

ART. 29.- Los deportistas del Club, tienen derecho a desempeñar su actividad deportiva en el marco de las reglamentaciones que rigen en la correspondiente modalidad deportiva así como participar en la Comisión Directiva si fueren designados para ello. Tienen también los deberes que les imponga el Delegado o la Comisión Directiva del Club, en el marco de las disposiciones estatutarias vigentes. ART. 30.- Los técnicos, en cuanto a sus derechos y deberes, se rigen por la convenciones especificas que, en el marco de las normas legales, reglamentarias y estatutarias, suscriban con los órganos del club. TITULO IV. DEL RÉGIMEN DOCUMENTAL ART. 31.- El régimen documental del Club Deportivo Elemental ALMAGRO TROTON CLUB, estará compuesto por: 1º.- Un Libro Registro de Miembros, en el que además de sus datos personales constará la fecha de alta/baja así como la fecha de toma de posesión y cese del cargo de administración o gobierno para el que, en su caso, hubiera sido designado. 2º.- Un Libro de Actas en el que se recogerán cronológicamente las que el Secretario levantare respecto de las actuaciones de la Comisión Directiva, con expresión de la fecha, los asistentes, asuntos tratados y acuerdos adoptados. Las Actas serán suscritas, en todo caso, por el Secretario y el Delegado. 3º.- Un Libro de Contabilidad, en el que figurará el resumen del presupuesto anual del Club y la relación de sus ingresos y gastos. Respecto de los ingresos se precisarán los que procedan del sector público. TITULO V RÉGIMEN ECONÓMICO ART. 32.- El presupuesto fundacional/actual de este Club es de 0 Euros y en el futuro estará formado por: - Las aportaciones económicas de los socios establecidas por la Comisión Directiva. - Las donaciones o subvenciones que reciba. Club. - Los resultados económicos que puedan producir los actos que organice el - Se efectuará un cierre anual del ejercicio económico que se realizará a fecha 31 de Diciembre de cada año. 6

TITULO VI RÉGIMEN DISCIPLINARIO ART. 33.- Las infracciones cometidas por los miembros del Club Deportivo Elemental ALMAGRO TROTÓN CLUB en relación con el régimen interno del mismo, serán sancionados por la Comisión Directiva, de conformidad con los dispuesto en la Ley 1/1995, del Deporte en Castilla-La Mancha, y normativa que la desarrolle. ART. 34.- Contra las sanciones impuestas por la Comisión Directiva del Club cabe recurso ante el Comité de Disciplina Deportiva de Castilla-La Mancha o en vía judicial, según proceda. En Almagro (Ciudad Real) a 31 de Enero de 2006 El Delegado El Secretario El Presidente Fdo:Gregorio Chaves Muñoz Fdo:Jesus A. Romero Montero Fdo:Miguel A. Muñoz DNI 5688630V DNI 70572437L DNI 5652114W Vocales: Fdo:Emilio Garcia Oteo DNI 70562966R Fdo:Luis Palomino Garcia DNI 5675344W 7