CONVOCATORIA PUBLICA PARA LA FORMACION DE LAS BOLSAS DE TRABAJO DE CANDIDATOS PARA PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE MURCIA. De conformidad con lo establecido en la Orden del Ministerio de Justicia JUS/2296/2005 de 12 de julio (Publicada en el B.O.E. de 16 de julio de 2005), sobre selección, propuesta y nombramiento de funcionarios interinos para cubrir puestos de funcionarios de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia; esta Gerencia Territorial, previo acuerdo con las Centrales Sindicales con representación en el ámbito de Justicia, ha resuelto convocar concurso para constituir las Bolsas de Trabajo de aspirantes a desempeñar plazas de la Administración de Justicia de Murcia en calidad de funcionario interino cuyos requisitos, características y demás condiciones se establecen en las siguientes B A S E S PRIMERA.- PLAZAS DE LAS BOLSAS DE TRABAJO. 1.- Con objeto de disponer de una relación de personas que deseen trabajar como funcionarios interinos en los puestos de trabajo de los Centros de destino de la Administración de Justicia, se constituyen Bolsas de Trabajo en los Cuerpos Generales y Cuerpos Especiales que a continuación se detallan: Cuerpos Generales: a) Médicos Forenses, con un número máximo de integrantes de 12, de los que 1 será reservado para personas con minusvalía. b) Gestión Procesal y Administrativa, con número máximo de integrantes de 101, de los que 5 será reservado para personas con minusvalía. c) Tramitación Procesal y Administrativa, con un número máximo de integrantes de 172, de los que 9 serán reservados para personas con minusvalía. d) Auxilio Judicial, con un número máximo de integrantes de 72, de los que 4 será reservado para personas con minusvalía. Cuerpos Especiales: a) Ayudante de laboratorio, con un número máximo de integrantes de 2.
2.- Asimismo, en cada una de las bolsas se constituirá un cupo de reserva formado por el número de aspirantes que a continuación se detalla: - Médicos Forenses: 3 - Gestión Procesal y Administrativa: 15 - Tramitación Procesal y Administrativa: 34 - Auxilio Judicial: 11 - Ayudante de Laboratorio: 2 3.- La vigencia de estas bolsas será de 2 años, salvo que se agote alguna de sus listas o que por modificaciones legislativas u otras circunstancias, sea necesario realizar una nueva convocatoria. En el supuesto de agotarse una bolsa antes de estar constituida la nueva bolsa, se podrá nombrar funcionarios internos a aquellos aspirantes que formen parte del cupo de reserva. 2 SEGUNDA.- REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA. 1.- Los candidatos a ser incluidos en las Bolsas de Trabajo deberán reunir, en la fecha en que se acabe el plazo de presentación de instancias, las condiciones siguientes: a) Ser español, mayor de edad, menor de sesenta y cinco años y encontrarse en el pleno ejercicio de sus derechos civiles. b) Figurar inscritos en las Oficinas de los Servicios Públicos de Empleo como demandante de empleo o mejora del mismo, excepto los que se encuentren trabajando como funcionarios interinos en la Administración de Justicia. c) No haber sido condenado, ni estar procesado, ni inculpado por delito doloso, a menos que se haya dictado en la causa auto de sobreseimiento. d) No estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. e) No haber sido separado, mediante procedimiento disciplinario, del servicio de una administración pública en vía disciplinaria o judicial, salvo que hayan sido rehabilitados. f) No tener causa de incompatibilidad para el ejercicio de la función pública en la Administración de Justicia de las relacionadas en el artículo 498 de la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica g) No haber sido sancionado por falta muy grave, en los tres últimos años. h) No padecer defecto físico o enfermedad psíquica o física, o cualquier otra circunstancia que los incapacite para el puesto de trabajo. 2
2.- Las condiciones mencionadas en el apartado anterior deberán poseerse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes de inclusión en las bolsas y mantenerlas hasta la toma de posesión en el puesto de trabajo. 3.- Titulaciones exigidas para cada cuerpo de la bolsa que deberán poseer o estar en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias: - Médico Forense: Título de Licenciado en Medicina - Gestión Procesal y Administrativa: Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente. - Tramitación Procesal y Administrativa: Título de Bachiller o equivalente. - Auxilio Judicial: Título de Graduado en E.S.O. o equivalente. De acuerdo con lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Educación y Cultura, de 4 de noviembre de 1996, se consideran equivalentes los títulos académicos oficiales de graduado escolar y certificado de estudios primarios expedidos con anterioridad al final del curso 1975 1976. - Ayudante de Laboratorio: Título de Técnico en Formación Profesional o equivalente de las familias profesionales sanitaria y química. - 4.- Además, para la Bolsa de Tramitación Procesal y Administrativa, deberán acreditar experiencias prácticas en mecanografía o medios ofimáticos. Se considerará acreditada esta experiencia respecto de los que en los últimos cinco años hayan desempeñado en algún momento puestos de oficial interino o auxiliar en la Administración de Justicia, o también auxiliar administrativo en otras administraciones públicas. Asimismo se considerará acreditada esta experiencia respecto de las personas que hubiesen aprobado pruebas de mecanografía o de medios ofimáticos en procesos selectivos para el ingreso en las administraciones públicas en los últimos cinco años, así como respecto de aquéllas que presenten una certificación o un diploma acreditativo, expedido por un centro de formación reconocido oficialmente, que haga constar que superan las 250 pulsaciones/minuto en máquina manual o las 280 pulsaciones/minuto en máquina eléctrica. Si se trata de la Administración de Justicia, dentro del ámbito territorial de la Gerencia de Murcia, la certificación será expedida de oficio por el Ministerio de Justicia, previa alegación por el aspirante. 3 TERCERA.- SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACION. 1.- Los interinos que estén nombrados en el momento de la publicación de la convocatoria, tendrán la obligación de presentar las correspondientes solicitudes a los cuerpos a los que quieran optar, incluido el cuerpo en el que estén prestando servicios si poseen la titulación exigida. 3
Quienes deseen formar parte de las Bolsas de Trabajo deberán hacerlo constar en el modelo de instancia que se adjunta como anexo II a esta convocatoria, quedando vinculados a los datos que hayan hecho constar en la misma, a la que se acompañará los siguientes documentos: a) Fotocopia del D.N.I. b) Fotocopia compulsada de la titulación exigida para el ingreso en cada Cuerpo y Diploma o certificación, en el caso del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la experiencia mecanográfica o de medios ofimáticos a que se refiere la base anterior. c) Documentación acreditativa de los méritos a que se refiere el Anexo I de baremación de méritos. 2.- Los méritos o circunstancias no alegados en la solicitud y, en su caso, no acreditadas no se tendrán en cuenta a la hora de su baremación. 3.- Las solicitudes una vez cumplimentadas se dirigirán o presentarán en esta Gerencia Territorial de Justicia en Murcia, calle Santa Catalina, 4 1ª planta, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el supuesto de remitirse las solicitudes a través de las oficinas de Correos, estas deberán presentarse en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas. El plazo de presentación de solicitudes será del 14 al 28 de septiembre. 4 CUARTA.- FORMACION Y PUBLICACION DE LAS BOLSAS DE TRABAJO. 1.- Las Bolsas de Trabajo serán confeccionadas de conformidad con los criterios de ordenación de los aspirantes que establece la Orden JUS/2296/2005 del Ministerio de Justicia de fecha 12 de julio de 2005. Se acompaña como Anexo I el baremo que regirá en esta convocatoria. 2.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se procederá a la baremación de las instancias y a la publicación de las bolsas provisionales, debidamente ordenados, debiendo figurar en estas el nombre y apellidos, nº de D.N.I., número de orden y puntuación obtenida en la bolsa respectiva. En esta relación se incluirá los integrantes del cupo de reserva. 4
3.- Las listas provisionales se publicarán en los tablones de anuncios de los órganos que a continuación se detallan:. Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia.. Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia.. Audiencia Provincial de Murcia.. Decanato de los Juzgados de Murcia y resto de partidos Judiciales.. Instituto de Medicina Legal.. Oficina de Información de la Delegación del Gobierno en Murcia.. Delegación de MUGEJU. Dirección General de Relaciones con la Admón. de Justicia. Página web del Ministerio de Justicia www.mju.es. Gerencia Territorial de Justicia en Murcia. 4.- Los interesados tendrán diez días hábiles, desde la publicación de las listas provisionales, para efectuar reclamaciones que estimen oportunas. No se podrá formar parte de más de una bolsa de trabajo. Los aspirantes que hayan sido seleccionados en más de una bolsa, deberán optar en el mismo plazo concedido para efectuar reclamaciones, por la bolsa que deseen formar parte. De no hacerlo se incluirán de oficio en la bolsa en la que ocupen mejor posición, según el orden de numeración. Finalizado el plazo anterior y resueltas las reclamaciones, se publicarán las relaciones definitivas en los mismos lugares que se publicaron las listas provisionales. 5.- Los sindicatos más representativos en el ámbito de la Administración de Justicia participarán en todo el proceso de elaboración y selección de los integrantes de la bolsa de interinos en cada una de las Gerencias Territoriales, a través de una Comisión Paritaria integrada por un representante de cada sindicato más representativo y por el mismo número de representantes de la Administración, que velará por su aplicación y desarrollo. 6.- Hasta la constitución y entrada en vigor de las nuevas bolsas de trabajo, los funcionarios interinos que estén efectivamente desempeñando un puesto de trabajo en virtud de nombramiento, así como los aspirantes de la Bolsa de Trabajo vigente que se encuentre en expectativa de nombramiento, continuarán en la misma situación. En dicho momento, la Gerencia Territorial y la Subdirección General de Medios Personales al Servicio de la Administración de Justicia, procederán a regularizar su situación, de conformidad con los dispuesto en la Disposición Transitoria Decimotercera de la Ley Orgánica 19/2003 de 23 de diciembre. 5 5
Los interinos que cesen como consecuencia del proceso de regularización, que establece la Disposición Transitoria Primera de la Orden JUS/2296/2005 de 12 de julio de 2005, con carácter excepcional, y por una sola vez, serán incluidos al principio de la nueva bolsa del Cuerpo que corresponda, según orden de puntuación. 6 SEXTA.- NORMA FINAL. Esta convocatoria y sus bases se rigen por la Orden del Ministerio de Justicia JUS/2296/2005 de 12 de julio y todos los actos que pudieran derivarse de aquélla, podrán ser impugnados en el plazo y forma establecida en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La participación en esta Convocatoria supone la aceptación de todas las Bases de la misma y lo dispuesto en la Orden JUS/2296/2005 de 12 de julio, por la que se rige. Murcia, a 7 de septiembre de 2005 LA GERENTE TERRITORIAL Fdo. Julia García de la Calzada 6
7 A N E X O I BAREMO DE APLICACION PARA LA VALORACION DE MERITOS EN LAS BOLSAS DE TRABAJO DE FUNCIONARIOS INTERINOS DE LOS CUERPOS DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DE MURCIA. CONVOCATORIA DE FECHA: 07/09/2005 Los candidatos que reúnan las condiciones establecidas en los artículos anteriores serán seleccionados en función de sus méritos; aquellos que acrediten más méritos integrarán las bolsas de trabajo. La puntuación por méritos determinará la posición de los seleccionados en la lista de la respectiva Bolsa de Trabajo. La valoración de los méritos se regirá por el siguiente baremo: 1.- Por el concepto de experiencia, hasta un máximo de 18 puntos, con la siguiente valoración: a) 0,20 puntos por cada mes completo de servicio como funcionario interino de la Administración de Justicia en el cuerpo en el que solicite ser incluido en la bolsa de trabajo. En la Bolsa de Trabajo de Gestión Procesal y Administrativa se valorará, en su caso, los servicios como gestor procesal interino; en la bolsa de Tramitación Procesal y Administrativa, los servicios prestados como tramitador y gestor interino y en la de Auxilio Judicial, los servicios de tramitador y auxiliador interino. A estos efectos se valorarán como servicios prestados del nuevo cuerpo a los que acrediten experiencia en los cuerpos existentes antes de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre. En la Bolsa de Trabajo de Ayudantes de Laboratorio se valorarán, en su caso, los servicios prestados como Auxiliar de Laboratorio y Técnico Especialista 0,10 puntos por cada mes completo de servicio como Jueces, Fiscales o Secretarios, en régimen de provisión temporal o como sustitutos. b) Los aspirantes que hayan aprobado todos los ejercicios de alguna de las dos últimas oposiciones y no hayan obtenido plaza 14 puntos. Por 7
cada ejercicio superado en alguna de las dos últimas oposiciones celebradas para el acceso al Cuerpo al que se aspira a formar parte como funcionario interino 5 puntos, hasta un máximo de 12 puntos. c) Titulaciones para las bolsas de los Cuerpos Generales: Para la bolsa de trabajo del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, 3 puntos para quienes posean la Licenciatura en Derecho y 1 punto por cada título de Diplomado en Derecho, Criminología, o en Relaciones Laborales, para cualquiera de las bolsas de los Cuerpos de Tramitador y Auxilio Judicial. d) Titulaciones para las bolsas de Médicos Forenses: Para la bolsa de trabajo del Cuerpo de Médicos Forenses, 5 puntos por cada especialidad en Psiquiatría, Traumatología o Anatomía Patológica o Medicina en el Trabajo y 8 puntos por la especialidad en Medicina Legal y Forense. e) Para la bolsa de Ayudantes de Laboratorio, 3 puntos por poseer titulaciones de formación profesional superiores a la exigida en la Bolsa de Trabajo de las familias profesionales sanitaria y química. Se valorará hasta un máximo de 2 puntos los cursos relacionados con ciencias experimentales y de la salud con arreglo al baremo especificado en el apartado f). f) Formación informática. Se valorará en los Cuerpos Generales al servicio de la Administración de Justicia hasta un máximo de 2 puntos según el siguiente baremo: - Licenciatura en informática: 2 puntos. - Títulos de Formación Profesional II y III grado, especialidad informática; Diplomado en informática: 1,5 puntos - Curso de más de 100 horas lectivas: 1 punto - Curso de 60 a 100 horas lectivas: 0,50 puntos - Curso de 40 a 59 horas lectivas: 0,25 puntos - Curso de 15 a 39 horas lectivas: 0,15 puntos - Cursos inferiores a 15 horas lectivas de duración o en los que se acredite la horas de duración se valorarán con 0,10 puntos. Los cursos de igual o similar contenido, solo se computarán una vez. 2.- En supuesto de empate, se resolverá en función de la mayor puntuación obtenida según el orden establecido en el punto anterior. De persistir el empate se continuará con la mayor puntuación siguiendo el orden del resto de los aparados de este anexo. 8 8