SEGUNDO LLAMADO ADQUISICION DE ALIMENTOS PARA CELIACOS CON DESTINO PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES DEL OBJETO



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Transcripción:

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES CLÁUSULAS GENERALES Y PARTICULARES CAPÍTULO I DEL OBJETO ARTÍCULO 1º.- OBJETO: Adquisición de alimentos sin gluten con destino Secretaría de Desarrollo Social, según listado de alimentos aptos para celíacos consignados en ANEXO I y detalle en formulario de cotización. ARTÍCULO 2.- MUESTRAS Y RÓTULOS: Las muestras se entregaran con una tarjeta adherida, indicando el número de renglón y de la licitación, como asimismo día y hora de la apertura y nombre o razón social del proponente.- Lugar, forma de entrega y retiro, se tendrá en cuenta lo siguiente: LUGAR DE ENTREGA: Los oferentes deberán presentar indefectiblemente muestras de la totalidad de los productos cotizados con fotocopias de c ertificados de rótulos de aprobación e inscripción del producto presentado a fin de verificar que dichos productos provienen de un Establecimiento Habilitado y que cumplen con el artículo 2 del Anexo II del C.A.A. o con el Decreto N 321/87 o 3484/91, previo a la apertura de los sobres, en Teodoro Bronzini 1153, 2º Piso Oficina Nº 11, Mar del Plata, de lunes a viernes de 8:00 a 15:00hs.- El incumplimiento del presente artículo será causal de rechazo de la propuesta.- a) FORMA DE ENTREGA: Se entregara con remito por triplicado, dos ejemplares se devolverán al proponente, quien agregara uno a la propuesta y el otro le servirá para retirar la muestra.- c) RETIRO: La muestras correspondientes a los proveedores que no resultaran adjudicatarios serán devueltas al oferente al presentarse con el remito conformado, dentro de los treinta días corridos de vencido el plazo de mantenimiento de la oferta. Las que no hubieran sido retiradas dentro de ese plazo, pasaran a ser propiedad de la Municipalidad. Las muestras correspondientes a los proveedores que resultaran adjudicatarios serán devueltas al mismo una vez cumplido el contrato, siempre que este lo solicite dentro de los treinta días de dicho cumplimiento, vencido este término, pasaran a ser propiedad de la Municipalidad. ARTÍCULO 3.- MARCAS Y GRAMAJES: El oferente deberá indicar indefectiblemente en su propuesta las marcas de los productos ofrecidos. En caso que el oferente indique más de una marca, deberá disponer de las mismas al momento de la adjudicación, no considerándolas como alternativas. Los gramajes indicados en el formulario de cotización para los productos son aproximados. ARTÍCULO 4.- VENCIMIENTOS: La fecha de vencimiento de los productos solicitados debe ser mayor a doce (12) meses a partir de la fecha de entrega. ARTÍCULO 5.- PLAZO DE ENTREGA : La entrega de los alimentos se efectuará de la siguiente manera: cien por ciento (100%) en forma inmediata a partir de la recepción de la Orden de Compra. El plazo de entrega no podrá superar los diez (10) días corridos de recibida la Orden de Compra. Si el proveedor no cumpliere, se hará pasible de las sanciones que correspondieren 1

ARTÍCULO 6º.- LUGAR DE ENTREGA: Depósito de la Secretaría de Desarrollo Social, sito en la calle Victoriano Montes Nº 1457, de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 hs., libre de todo gasto adicional. La operación de carga y descarga estará a cargo del proveedor. ARTÍCULO 7.- AUMENTO O DISMINUCIÓN: La Municipalidad se reserva el derecho de aumentar o disminuir los montos adjudicados hasta en un veinte por ciento (20%). ARTÍCULO 8.- TRANSPORTES Y ENVASES: Las condiciones de transporte y envase se ajustarán a las disposiciones que rigen para la distribución de los productos que deberán transportar conforme este pliego. ARTÍCULO 9.- HABILITACIÓN: Si el adjudicatario cuenta con locales y/o depósitos de almacenaje de mercaderías en el Partido de General Pueyrredon, deberá cumplir con las reglamentaciones vigentes de habilitación de instalaciones y de transporte para el tipo de alimentos a distribuir. Si la mercadería procede de otro partido, deberán presentar fotocopia del certificado de habilitación de locales y/o depósitos, extendido por la Municipalidad pertinente y si la mercadería proviniere de fábrica directamente, deberá adjuntarse fotocopia del certificado de habilitación municipal de la misma. ARTÍCULO 10.- CALIDAD: El adjudicatario deberá cumplir las disposiciones del Código Alimentario Nacional. CAPÍTULO II DE LA COTIZACION ARTÍCULO 11.- IMPUESTOS : La Municipalidad reviste el carácter de sujeto EXENTO en el IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, por lo tanto el precio cotizado se entenderá, en todos los casos, que incluye el citado impuesto. ARTÍCULO 12.- MANTENIMIENTO DE OFERTA : Mínimo cuarenta y cinco (45) días hábiles. Se considerará automáticamente prorrogado por igual período, salvo expresa manifestación en contrario por parte del oferente, la que deberá efectuarse junto con la oferta. ARTÍCULO 13º.- PUBLICIDAD DEL LLAMADO : Se establecerán con precisión fecha, horario y lugar de apertura de la misma. Pudiendo los interesados consultar el pliego a través de la página institucional http://www.mardelplata.gov.ar y Mail: compras@mardelplata.gov.ar CAPÍTULO III DE LAS PROPUESTAS ARTÍCULO 14º.- PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS: Serán presentadas en sobre debidamente cerrado e identificado en la cubierta exterior de la siguiente manera: EXPEDIENTE N 3166-7-09 Cpo. 1 LICITACIÓN PRIVADA Nº 09/09 ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS PARA CELIACOS CON DESTINO 2

APERTURA: HORA El sobre contendrá la siguiente documentación: 14.1. Declaración jurada, suscripta por el proponente, en donde se manifieste conocer y aceptar íntegramente el contenido del Pliego de Bases y Condiciones de esta licitación en Formulario Nº1. 14.2. Declaración aceptando, para cualquier cuestión que se suscite, la actuación de los Tribunales competentes de la Provincia de Buenos Aires, con asiento en el Departamento Judicial de Mar del Plata, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción, inclusive el Federal en Formulario Nº 2. 14.3. El Pedido de Cotización en formulario oficial, escrito con letra tipo imprenta, indicando marca, consignando la cotización en números y la cotización total en letras, el que estará debidamente firmado por el oferente o su representante o autorizado debidamente acreditado en los términos del art. 13º y siguientes de la Ordenanza Nº 267/80. Tratándose de cotizaciones de un único ítem, cuando existiera diferencia entre las cifras consignadas en números y letras se tomará como válida la consignada en letras. Cuando no se correspondan los precios totales con los unitarios, estos se tomarán como base para determinar aquellos y el total de la propuesta. Se entiende que los productos que se cotizan se ajustan en un todo a las características requeridas en el Pedido de Cotización, aún cuando el oferente decida presentar su propuesta en formulario propio y en la descripción de los ítems cotizados no incluya la totalidad de las propiedades que se describen en el Pedido de Cotización. El oferente deberá efectuar aclaraciones a su cotización en hoja aparte si su propuesta difiere de lo requerido, y/o podrá proponer ofertas alternativas, también en hoja aparte, todas las cuales deberán estar debidamente firmadas.. Ningún sobre podrá tener en su cubierta exterior señal o inscripción que permita identificar al proponente. ARTÍCULO 15º.- DÍA INHÁBIL: Si el día fijado para el acto de la licitación fuera declarado feriado, de asueto administrativo o se produjera algún hecho imprevisible que por razones de fuerza mayor impidiera la ejecución del citado acto, el mismo se realizará el día hábil inmediato siguiente, en el mismo lugar y hora indicados. ARTÍCULO 16 º.- ADMISIÓN DE PROPUESTAS: Sólo revestirán carácter de oferta válida las que se ajusten a las disposiciones de este pliego, pudiendo rechazarse en el momento de la apertura aquellas que no reúnan los requisitos exigidos. Sin perjuicio de ello si se comprobara posteriormente algún incumplimiento no advertido al momento de la licitación, será causal de rechazo de oferta. Se podrá a efectos de su consideración y a absoluto criterio de la Municipalidad, no tomar en cuenta errores, omisiones o imperfeccion es de tipo formal y no esenciales de las que adoleciere alguna de las propuestas, salvo en la consignación del precio tanto en números como en letras, donde las enmiendas y/o raspaduras no podrán ser salvadas con posterioridad a la apertura de sobres. ART ÍCULO 17.- CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS rechazadas cuando: : Las propuestas serán 17.1. El mismo proponente se haya integrado en dos (2) o más propuestas. 3

17.2. La omisión de cualquiera de los requisitos enunciados en este pliego y su no subsanación, cuando se le intimare a ello, en los plazos que este pliego prevé. 17.3. La existencia de raspaduras, enmiendas o entrelíneas en la propuesta, que no se encuentren debidamente salvadas por todos los responsables de la propuesta, en las condiciones que se fijan en este pliego. 17.4. Se aparten de las cláusulas del pliego o fijen condiciones incompatibles con éste. 17.5. Presenten falseamiento de datos o información incompleta. Este listado es meramente enunciativo, dando lugar al rechazo de la propuesta cualquier otro requisito no cumplimentado, que a juicio de la Municipalidad revista el carácter de esencial o vulnere el principio de igualdad licitatoria. ARTÍCULO 18º.- DESISTIMIENTO DE PROPUE STA: 18.1. Cuando un oferente desistiera de su propuesta antes de transcurrido el período de su mantenimiento, tal actitud podrá dar lugar a suspensión en el Registro de Proveedores por un período de hasta tres (3) años y sin perjuicio de iniciar las acciones a que hubiere lugar. 18.2. Cuando el oferente que desistiera de su propuesta antes de transcurrido el período de su mantenimiento, resultara primero en orden de mérito, tal actitud dará lugar al cobro de una multa equivalente al monto que resulte de la diferencia entre su propuesta y la que resulte adjudicada en la misma contratación. ARTICULO 19.- MULTAS: Para la graduación de las multas se tendrá en cuenta la gravedad del hecho, la magnitud del incumplimiento, la reincidencia y cualquier otro elemento que haga al juzgamiento. Dichas multas serán graduadas entre el 1 % y el 10 % de la facturación y de acuerdo a las siguientes causales:. Por incumplimiento en los plazos de entrega.. Por no entregar la mercadería conforme lo establecido en el pliego de bases y condiciones y órdenes de compra.. Por incumplimiento de otras obligaciones y responsabilidades emergentes del pliego de bases y condiciones. El importe de la multa será objeto de retención preventiva en la facturación. Si el importe resultara insuficiente una vez establecida la sanción definitiva, la suma resultante se percibirá de cualquier importe que tenga la empresa por cobrar. Por otra parte si el importe retenido preventivamente hubiere resultado excesivo o no correspondiere la aplicación de multa, el monto retenido se devolverá nominal, o sea, sin actualizaciones ni intereses ni ajustes por cualquier concepto que fuere. 4

ARTÍCULO 20º.- PROCEDIMIENTO: Constatada la infracción se labrará el acta correspondiente, dejándose constancia de la fecha, hora y causa de la infracción. A los efectos de que la empresa pueda alegar y probar lo que estime pertinente en relación a la infracción que se le imputa, se le otorgará un plazo perentorio de dos (2) días hábiles para efectuar los descargos pertinentes y aportar la prueba. Analizados éstos, la Dirección General de Contrataciones podrá dar intervención a la Secretaría Legal y Técnica para que produzca dictamen y posteriormente se dictará el acto administrativo pertinente, el que será notificado a la adjudicataria. El importe de la sanción será objeto de retención preventiva en el pago de la facturación correspondiente al mes de la infracción. Si el importe retenido resulta insuficiente, una vez establecida la sanción definitiva, la suma resultante será compensada y percibida en los términos de los artículos 818 ss. y conc. del Código Civil, con cualquier importe que tenga la empresa contratista a cobrar y/o podrá efectivizarse también del depósito de garantía, a exclusiva elección de la Municipalidad y sin orden de prioridad alguna. Por otra parte, si el importe retenido preventivamente hubiere resultado excesivo o no correspondiere la aplicación de multa, el mismo se devolverá nominal, o sea, sin actualizaciones ni intereses ni ajustes por cualquier concepto que fuere. ARTÍCULO 21.- SANCIONES: Por incumplimientos en las obligaciones emergentes de este pliego la Municipalidad de General Pueyrredon podrá sancionar al proveedor con: - Llamado de atención. - Apercibimiento. - Suspensión de hasta tres (3) años del Registro de Proveedores. - Baja del registro de Proveedores. CAPÍTULO IV DE LA ADJUDICACIÓN ARTÍCULO 22º.- SOBRE LA ADJUDICACION : La adjudicación se efectuará por renglón al oferente que presente la oferta más conveniente a exclusivo criterio de la Municipalidad, cuya decisión respecto a las calificaciones que le merezcan los oferentes y sus propuestas serán absolutamente privativas, no encontrándose sujeta a impugnación ni a recurso de naturaleza alguna. El precio es un elemento más que hace a la conveniencia, pero no es determinante exclusivo de ello. En caso que el proveedor no cumpliere con las entregas establecidas en la orden de compra pertinente, la Municipalidad se reserva el derecho de convocar, a su exclusivo criterio, al siguiente en el orden de mérito siempre que reuniere a esa fecha los recaudos del presente pliego, sin perjuicio de las sanciones que le puedan corresponder al proveedor que rescinde. ARTÍCULO 23º.- ÚNICA OFERTA: En el caso que hubiere una sola oferta válida por falta o rechazo de las restantes, ello no significará obstáculo alguno para que la adjudicación definitiva se lleve a cabo en relación a ella siempre y cuando dicha oferta reúna, a juicio exclusivo de la Municipalidad, las condiciones necesarias como para merecer la adjudicación. La existencia de una única propuesta de ningún modo obligará a la Municipalidad a aceptar la misma de pleno derecho. ARTÍCULO 24º.- RECHAZO DE TODAS LAS OFERTAS : La Municipalidad no estará obligada a adjudicar a oferta alguna, pudiendo rechazarlas todas si lo estimare conveniente, sin derecho a reclamo alguno por parte de los proponentes, conforme lo prescribe los artículos 154 de la Ley Orgánica de la Municipalidades y 188 del Reglamento de Contabilidad respectivamente. 5

CAPÍTULO V DE LAS IMPUGNACIONES ARTÍCULO 25º.- OBSER VACIONES E IMPUGNACIONES : Se realizarán de la siguiente manera: 25.1 AL ACTO DE APERTURA: Sólo se admitirán impugnaciones y observaciones al acto y al finalizar el mismo. 25.2 A LAS OFERTAS: Deberán presentarse con posterioridad al acto licitatorio por escrito y con copia en forma individual por cada oferente en la Dirección Gral. de Contrataciones. A los efectos de formular impugnaciones y observaciones a las ofertas, la documentación quedará a la vista de los licitantes a partir del primer día hábil posterior a la apertura y por el término de un (1) día. El plazo para la presentación de las impugnaciones será de un (1) día hábil siguiente al de toma de vista de la documentación. De las impugnaciones se correrá traslado por (1) un día hábil; en ningún caso se abrirán a prueba las presentaciones, resolviéndose sobre la base de estas, sin perjuicio de las facultades verificadoras de la Municipalidad. CAPÍTULO VI DE LA INFORMACION ARTÍCULO 26º.- AMP LIACIÓN DE LA INFORMACIÓN: La Municipalidad podrá solicitar de cualquier oferente todo tipo de información complementaria o aclaratoria, que considere necesaria a los fines verificatorios. Sólo se admitirá la incorporación a las actuaciones de la documentación expresamente solicitada por la Municipalidad. Respecto al plazo para la presentación de la información complementaria o ampliatoria requerida, queda a criterio de la Comisión Asesora de Adjudicación la fijación del mismo teniendo en cuenta la complejidad de la documentación requerida o si la misma requiere de certificaciones, legalizaciones, etc. Si no se recibiere la respuesta en término o la información suministrada no satisficiese -a juicio de la Municipalidad- los fines requeridos, tendrá derecho la Municipalidad a rechazar la propuesta sin recurso alguno por parte del oferente o se la evaluará con las constancias obrantes en las actuaciones. En ningún caso se abrirán a prueba las incidencias, resolviéndose las adjudicación sobre la base de las presentaciones, sin perjuicio de las facultades verificadoras de la Municipalidad. CAPÍTULO VII DE LA COMISION ASESORA DE ADJUDICACION ARTÍCULO 27.- COMISIÓN ASESORA DE ADJUDICACIÓN: La evaluación de las propuestas, las cotizaciones, la substanciación de impugnaciones y su resolución podrá estar a cargo de una Comisión Asesora de Adjudicación, cuyos integrantes serán designados por la Dirección 6

General de Contrataciones, conforme Decreto n 2220/78. Esta Comisión tendrá facultades para requerir a los oferentes documentación que amplíe, complemente, subsane o sanee los documentos presentados al acto licitatorio y todas aquellas facultades necesarias para cumplir eficazmente su cometido. CAPÍTULO VIII DEL PAGO ARTÍCULO 28.- FORMA DE PAGO: Los pagos se efectuarán dentro de los cuarenta y cinco (45) días corridos, contra presentación de factura conformada por la dependencia solicitante. Podrán realizarse pagos parciales conforme las entregas realizadas. Si la factura fuera devuelta con observaciones, los plazos establecidos para el pago comenzarán a regir a partir de la nueva presentación. ARTÍCULO 29.- EFECTIVIZACIÓN DEL PAGO: Los pagos se efectuarán en el Departamento de Pagos de la Municipalidad, San Martín Nº 2959 1º Piso, Mar del Plata, mediante cheque a nombre del beneficiario, NO A LA ORDEN y cruzado, los días lunes, miércoles y viernes en el horario de 8.30 a 14.00. Los cheques se emiten diariamente en el horario de 8.30 a 13.00, para ser efectivizados en el día siguiente, sin excepciones. No puede bajo ningún concepto ser efectivizado un pago cuya emisión de cheques no haya sido previamente informada al banco. 29.1. COBRO POR UN TERCERO: Para que el trámite de cobro lo pueda efectuar un tercero deberá acreditar un poder que así lo autorice y recibo oficial del proveedor. 29.2. PAGO ELECTRÓNICO: En el caso de implementarse el sistema de pago electrónico a proveedores municipales, el adjudicatario deberá habilitar cuenta en el Banco de la Provincia de Buenos Aires e informar su tipo y número en planilla destinada a tal efecto que deberá retirar de la Dirección General de Contrataciones. CAPÍTULO I X DEL PRESUPUESTO OFICIAL ARTÍCULO 30º.- PRESUPUESTO OFICIAL : El presupuesto oficial se establece en la suma de PESOS CINCO MIL CUATROCIENTOS ($ 5.400,00) CAPÍTULO X DISPOSICIONES GENE RALES ARTÍCULO 31.- LEGISLACIÓN: Los oferentes de esta licitación quedan comprendidos dentro de los preceptos de la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias, del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, Reglamento de Contrataciones de la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon, R.A.F.A.M. Decreto Provincial Nº 2980/00, Ordenanza General de Procedimiento Nº 267/80, Código Alimentario Nacional (Ley 18284 y Decreto Reglamentario 2126/71), Ordenanzas Municipales vigentes en alimentos y transportes y los principios generales del derecho administrativo, en todas las circunstancias que no hubieren sido expresamente previstas por este pliego. AVC/rf 7

FORMULARIO Nº 1 A LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL PU EYRREDON: Por medio de la presente el OFERENTE... a la LICITACIÓN PRIV ADA Nº 09/09, declara bajo juramento conocer y aceptar en todos sus términos el pliego de bases y condiciones compuesto de cuatro (4) fojas, Formulario N 1, Formulario Nº 2, ANEXO I obrante en siete (7) fojas y Formulario de Cotización que rige el presente trámite destinado a la ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS PARA CELIACOS CON DESTINO convocada por la Municipalidad de General Pueyrredon y cuyas cláusulas generales y particulares, aceptamos sin condicionamiento alguno. Firma/s: Aclaración/es de firma/s: 8

FORMULARIO N 2 Por medio de la presente el OFERENTE... para todas las situaciones emergentes de la LICIT ACIÓN PRIVADA Nº 09/09 ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS SIN GLUTEN CON DESTINO SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL, convocada por la Municipalidad de General Pueyrredon se somete a los Tribunales competentes de la Provincia de Buenos Aires con asiento en el Departamento Judicial de Mar del Plata, con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción, constituyendo domicilio en la calle...n... Piso... Plata. Departamento... de la ciudad de Mar del Suscribo (suscribimos) la presente en calidad de...... (interesado/s, apoderado/s, representante/s legal/es) circunstancia que queda acreditada con... (este párrafo se cumplimenta cuando no actúa como interesado directo). Firma/s: Aclaración de firma/s: 9

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