Todo El Crédito Posible: Créditos tributarios que podrían ser ventajosos para su familia Número 26!Ya llegó esa época del año cuando nos toca declarar los impuestos! Siente temor al preparar su declaración de impuestos, o lo considera una penosa tarea? No tiene que ser una trabajo espantoso ni requerir mucho esfuerzo. Si se prepara bien de antemano, lo encontrará fácil. Asegúrese de estar al tanto de aquellos créditos tributarios disponibles para las familias que pueden bajar su ingreso gravable. El lenguaje de los impuestos El Servicio de Rentas Internas (Internal Revenue Service, o IRS) tiene su propio lenguaje tributario. A continuación listamos algunas palabras y frases corrientes que se utilizan con los impuestos, seguidas por sus definiciones. Deducción: Cualquier suma que pueda ser restada del ingreso total sobre el cual se paga impuestos. Crédito: Una suma de dinero que el IRS le permite deducir en diferentes situaciones. Existen muchos diferentes créditos que usted puede aplicar como deducciones, siempre y cuando llene los requisitos correspondientes. Hay créditos que puede aplicar por el solo hecho de tener hijos, créditos por ganar un ingreso menor que cierta cantidad, créditos por el dinero que paga para matricularse en la universidad, y otros. Los créditos se deducen de la cantidad que adeuda por concepto de impuestos. Si no adeuda nada, recibirá el crédito en la forma de un reembolso. Reembolso: Dinero que recibirá del IRS si el monto total de sus deducciones y créditos es mayor que los impuestos adeudados sobre su ingreso. Dependiente: Un hijo que vive con usted o para quien usted paga la mitad o más de sus gastos durante el año; o bien su cónyuge, o su padre o madre, si ellos no pueden trabajar o cuidarse a sí mismos. Estado civil para efectos de la declaración: Una clasificación que se basa en su estado civil y en el total de los gastos familiares que paga. Usted debe elegir un estado civil para efectos de la declaración e indicarlo en los formularios tributarios. Su impuesto será calculado de conformidad con el estado civil que haya indicado en sus formularios de impuesto. Las clasificaciones de estado civil entre las que puede elegir son las siguientes: o Soltero (no casado) o Casado con declaración conjunta (usted presenta una declaración conjunta con su cónyuge) o Casado con declaraciones separadas (casado, pero usted y su cónyuge presentan declaraciones por separado) o Jefe de familia (usted tiene uno o más hijos, puede estar casado o soltero, si está casado, no vive con su cónyuge) o Viudo
Para la mayoría de los créditos tributarios, SI ES casado, DEBE elegir la clasificación correspondiente a casado con declaraciones conjuntas para beneficiarse de estos créditos. Elegibilidad: Para acogerse a los créditos o deducciones, necesitará satisfacer los requisitos aplicables a cada crédito o deducción. Por ejemplo, para acogerse al Crédito Tributario por Hijos, debe tener un hijo dependiente menor de 17 años de edad. Créditos al impuesto federal que son populares para las familias He aquí los principales créditos tributarios para muchas familias. Puede acogerse a todos o cualesquiera de ellos, siempre y cuando llene los requisitos. Estudie esta lista para ver si alguno de estos crédito sea aplicable a su situación. CRéDITO TRIBUTARIO POR INGRESO DEL TRABAJO (EARNED INCOME TAX CREDIT, o EITC) El EITC puede ser de beneficio para usted, si: 1. Está casado y su sueldo combinado es menor de: o $34.692 por año (y tiene 2 o más hijos). o $30.666 por año (y tiene 1 hijo). o $12.239 por año (y no tiene hijos). 2. Es soltero y su sueldo anual es menor de: o $33.693 por año (y tiene 2 o más hijos). o $29.666 por año (y tiene 1 hijo). o $11.239 por año (y no tiene hijos). Este crédito resulta mejor para: las personas solteras o las parejas casadas con bajos ingresos. Para acogerse a este crédito, debe: tener un sueldo anual que cumpla con los límites basados en el número de hijos que tiene. Si es casado, su estado civil para efectos de la declaración debe ser casado con declaraciones conjuntas. CRéDITO TRIBUTARIO POR CUIDADO DE HIJOS Y DEPENDIENTES (CHILD AND DEPENDENT CARE CREDIT) Este crédito tributario tiene diversos requisitos. Sin embargo, los elegibles para recibirlo pueden deducir un porcentaje considerable de los gasto de cuidado de niños o dependientes que haya pagado en el 2003. Este crédito resulta mejor para: Los padres que trabajan (ambos padres tienen que trabajar) y que tienen niños menores de 13 años inscritos en un centro de cuidado de niños (o arreglo similar) o en un programa escolar de cuidado de niños después de clases.
Un padre o madre que trabaja mientras el otro estudia tiempo completo y no trabaja, y entre ellos tienen hijos menores de 13 años inscritos en un centro de cuidado de niños (o arreglo similar) o en un programa escolar de cuidado de niños después de clases. Cualquier persona que paga por el cuidado de un cónyuge incapacitado que no puede cuidarse a sí mismo. Cualquier persona que paga por el cuidado de un padre o madre enfermo o incapacitado. Para acogerse a este crédito es necesario: Para acogerse a este crédito es necesario: Pagar por el cuidado de un dependiente: un niño menor de 13 años, un cónyuge incapacitado, o un padre que requiera cuidado mientras usted trabaja. NO COMETA ESTE ERROR - Más de 600.000 familias no se aprovecharon de reembolsos de impuestos por un total de $238 millones por concepto de Créditos Tributarios por Hijos - El 15% de las familias elegibles no reclamaron el Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo No olvide sus créditos tributarios estatales Muchos estados ofrecen su propio Crédito por Cuidado de Hijos y Dependientes. Si el estado donde usted vive ofrece este crédito, puede incluir este tipo de reclamo tanto en su declaración tributaria estatal como también en la federal. Para más información, comuníquese con su oficina estatal de rentas o impuestos. Los estados siguientes actualmente ofrecen Créditos Tributarios por Cuidado de Hijos y Dependientes: Arkansas California Colorado Delaware District of Columbia Hawaii Idaho Iowa Kansas Kentucky Louisiana Maine Maryland Massachusetts Minnesota Missouri Nebraska New Mexico
New York North Carolina Ohio Oklahoma Oregon Rhode Island South Carolina Vermont Virginia Busque ayuda para preparar sus impuestos Muchas familias que trabajan no recurren a los preparadores profesionales de declaraciones de impuestos debido a los altos costos involucrados. Hay muchas cadenas bien conocidas de preparadores de declaraciones tributarias, con oficinas en todo el país, pero pueden cobrar hasta $300 o más por cada declaración tributaria. Estos costos son excesivos para muchas familias, y especialmente para muchas personas de bajos ingresos o ancianos con un ingreso fijo. Al otro extremo, algunas familias pueden recurrir a amigos o compañeros de trabajo que preparan declaraciones de impuestos para otros como fuente de ingresos adicionales, y pueden no estar al tanto de los requisitos o actualizaciones tributarias más recientes. Es importante tener la seguridad de que, al momento de preparar sus impuestos, lo va a hacer alguien que cuente con suficiente experiencia y tenga acceso a la información más reciente sobre las leyes tributarias. El IRS, los estados y muchas corporaciones privadas han hecho arreglos para que las personas que los necesiten puedan recibir servicios de impuestos sin cargo. Pruebe estas opciones para obtener ayuda gratuita o de bajo costo en la preparación de sus impuestos El Programa de Asistencia Voluntaria al Contribuyente del Impuesto sobre el Ingreso (Volunteer Income Tax Assistance, o VITA), un servicio gratuito creado por el IRS para ayudar a las personas de bajos ingresos con sus impuestos. Para encontrar un programa cerca de usted, llame al 1-800-TAX-1040 ó al 1-800-829-1040. La Asociación Americana de Personas Jubiladas (American Association of Retired Persons, o AARP) ofrece en muchos estados servicios gratuitos de preparación de declaraciones de impuestos para las personas de bajos ingresos, las personas que no hablan inglés y los ancianos. Para encontrar una oficina cerca de usted, visite www.aarp.org/taxaide o llame sin cargo al 1-888-227-7669. Muchos estados tienen oficinas tributarias que no cobran por sus servicios. Para ver dónde están ubicadas las oficinas tributarias en estos estados, visite el siguiente vínculo de sitio web: www.childrensdefense.org/benefits_outreach.php#free_tax_ preparation_sites Otros lugares que con frecuencia ofrecen ayuda gratuita con los impuestos incluyen: o Las universidades comunitarias o Las clínicas de servicios legales o Las biblioteca
Lo que tendrá que llevar Cuando esté listo para hacer sus impuestos, asegúrese de juntar todo lo que vaya a necesitar para facilitar el proceso. Idealmente, ha estado guardando, durante todo el año, sus recibos y documentos importantes en un sobre o cartapacio especial, para que solamente tenga que recogerlo y llevarlo consigo. He aquí los documentos e información que necesitará llevar: Tarjeta de identidad con foto, por ejemplo, licencia de conducir, tarjeta de crédito VISA o carnet de identidad del trabajo. Todos los formularios W2 y 1099 (suyos y de su cónyuge). Todos sus recibos de gastos (cuidado de niños, cuidado de dependientes o totales para cada uno; gastos de matrícula, gastos de mudanza, otros gastos que deducirá de sus impuestos). Números de identificación tributaria de todos los proveedores de servicios de cuidado. Números de Seguro Social, fechas de nacimiento de todos los familiares listados en sus declaraciones de impuestos. Una copia de la(s) declaración(es) tributaria(s) del año pasado. Una vez que haya reunido todos los documentos necesarios, habrá tomado un paso importante para obtener las deducciones y créditos tributarios para los que sea elegible. Para más información Hay muchas fuentes de ayuda con sus impuestos. He aquí algunos recursos: National Women's Law Center. Por teléfono: 202-588-5180. Por correo electrónico: info@nwlc.org AARP Por teléfono: 1-888-687-2277 Este sitio web ofrece muchos recursos relacionados con los impuestos estatales y federales. Por teléfono: 202-662-3645. Volunteer Income Tax Assistance. Un programa voluntario gratuito, bajo el IRS, para ayudar a las familias de bajos ingresos a pagar sus impuestos. Por teléfono: 1-800-829-1040 Center for Budget Priorities. Este centro tiene información y recursos para las familias de bajos ingresos. También aborda asuntos tributarios y otros programas y políticas federales y estatales que afectan a las familias. Por teléfono: 202-408-1080