Convenio de Colaboración
En Murcia, a de 2010 REUNIDOS Por una parte, D. Andrés Romero Mateos, Presidente de la Asociación de Jóvenes Empresarios de la Región de Murcia con domicilio en C/ Acisclo Díaz nº 5C 3º y con D.N.I. xxxxxxxxxxxxx E. Por otra, D. Fernando Jose Zaplana Pérez, mayor de edad, con domicilio en Paseo Ingeniero Sebastian Feringan, 12, bajo en la Flota (Murcia) y con D.N.I. 34.807.433 S INTERVIENEN En nombre y representación respectivamente de ASOCIACION DE JOVENES EMPRESARIOS (en adelante AJE MURCIA) de la Región de Murcia, con C:I:F: G-30534069, y de la mercantil VIA ASESORES JURIDICOS SL, con CIF: B- 73420168 en adelante VIA ASESORES. Ambas partes, se reconocen previa y recíprocamente la capacidad legal necesaria para la celebración del presente CONVENIO DE COLABORACION y en cuanto a su formalización, EXPONEN I. Que VIA ASESORES se dedica a prestar servicios integrales de asesoramiento a empresas en material fiscal, laboral, contable y jurídico, asi como servicios accesorios de gestión de subvenciones, tramitación de marcas, contratación de seguros generales. Convenio colaboración. 2
Via Asesores está interesado en ofrecer sus servicios y productos al resto de Asociados de la misma. La ASOCIACION DE JOVENES EMPRESARIOS (AJE MURCIA) está interesada en ofrecer a sus Asociados, así como al personal y miembros de sus órganos directivos, los servicios de Via Asesores, con el fin de facilitar medidas de mutua colaboración entre todos los Asociados. II. Que ambas partes coinciden en la oportunidad de impulsar conjuntamente una colaboración para lo cual acuerdan suscribir el presente convenio de colaboración, con sujeción a las siguientes, CLAUSULAS PRIMERA. Via Asesores solicita a ASOCIACION DE JOVENES EMPRESARIOS (AJE MURCIA) la difusión de los SERVICIOS INTEGRALES DE ASESORAMIENTO A EMPRESAS EN MATERIAL FISCAL, LABORAL, CONTABLE Y JURÍDICO, ASI COMO SERVICIOS ACCESORIOS DE GESTIÓN DE SUBVENCIONES, TRAMITACIÓN DE MARCAS, CONTRATACIÓN DE SEGUROS GENERALES DE VIA ASESORES SEGUNDA. La colaboración tendrá como objeto principal la divulgación del convenio para la contratación de los servicios citados por los Asociados a ASOCIACION DE JOVENES EMPRESARIOS (AJE MURCIA), personal, miembros de los órganos de administración de éstos y sus familiares, así como al personal y miembros de los órganos Asociados de la propia ASOCIACION DE JOVENES EMPRESARIOS (AJE MURCIA) y sus familiares, con la aplicación a todos ellos de los siguientes beneficios: Servicio Premium fiscal y laboral pagando Tarifa Plana Low Cost * (según condiciones depositadas en Vía Asesores) Convenio colaboración. 3
Alta de actividad gratuita (necesario período de permanencia de al menos 12 meses) Honorarios de asesoría gratuitos para constitución y alta en actividades de sociedades (vía PAIT) Bonificación 2 meses asesoría fiscal nuevos clientes ( necesario período de permanencia de al menos 12 meses) Asesoría en consultas Jurídico-Laboral (necesario período de permanencia de al menos 12 meses) Servicio Jurídico-Tributario y estudio de posibles actuaciones judiciales contra sanciones ( necesario período de permanencia de al menos 12 meses) Declaración IRPF e Impuesto de Sociedades (necesario período de permanencia de al menos 12 meses) Inspecciones de trabajo, una anual ( necesario período de permanencia de al menos 12 meses) Contabilidad/Facturación online ( necesario período de permanencia de al menos 12 meses) Servicio Jurídico-Tributario especializado, recursos en vía administrativa incluidos en tarifa de honorarios, 50% descuento en procesos judiciales contencioso-administrativos. Servicio opcional de Contabilidad online, incluido en tarifa Gestión de Subvenciones, precio reducido para clientes, no se aplica porcentaje sobre subvención concedida Confección y presentación de Depósitos de Cuentas y libros de contabilidad gratuita, incluida en tarifa (se pagan sólo gastos de gestión y tasas) ( necesario período de permanencia de al menos 12 meses) Inspecciones de trabajo, incluida en tarifa una inspección anual (necesario período de permanencia de al menos 12 meses) Para este fin será requisito imprescindible que el beneficiario acredite su condición de Asociado de pleno derecho. AJE MURCIA expedirá mediante certificado de la Gerencia esta acreditación, y éste justificará adecuadamente la relación familiar o de dependencia laboral del beneficiario, que le haga susceptible del descuento comercial. Convenio colaboración. 4
TERCERA. Con este propósito Via Asesores y ASOCIACION DE JOVENES EMPRESARIOS (AJE MURCIA) se comprometen a difundir este Convenio entre su clientela y su masa social, mediante los medios siguientes: Inserción de la información relativa a este convenio en el primer número que se edite con posterioridad a la firma del presente convenio de la revista, newsletter o boletín que edita, (si existiese), y distribuye entre todos sus Asociados, en el que se aborde la colaboración de Via Asesores con AJE MURCIA y se informe sobre la actividad y líneas de negocio de Via Asesores que puedan ser de interés para los Asociados de AJE MURCIA. Comunicación del presente acuerdo en la web de AJE MURCIA donde se insertarán logotipo y fotografías de la firma del convenio junto con las novedades relativas a esta colaboración de Via Asesores. Envío de un mínimo de tres comunicaciones globales durante la duración del presente convenio (a través de la revista, etc.) a sus Asociados, informándoles de la colaboración de Via Asesores en las actividades especificadas anteriormente y del convenio suscrito. CUARTA. Via Asesores contribuirá a la realización de las actividades que AJE MURCIA efectúe en cumplimiento de su objetivo o finalidad mediante el pago del 10% de los importe de la facturación que realice Via Asesores a sus Asociados en cada anualidad, gracias a la firma y divulgación del presente, a partir de la cantidad de 0 euros por cada año de vigencia del contrato. Este porcentaje quedará sujeto a la siguiente facturación: 1- La correspondiente a nueva clientela. En ningún caso quedarán sujetos a este porcentaje los pagos de antiguos clientes que se acojan a sus ventajas por pertenencia a AJE MURCIA. 2- Los importes correspondientes únicamente a la primera anualidad. 3- Los importes efectivamente cobrados. QUINTA. VIA ASESORES abonará a los 30 días de su cobro efectivo y a la CC que AJE MURCIA comunicará al efecto, el importe resultante del apartado anterior. Este importe será destinado a cualquiera de los eventos siguientes: Convenio colaboración. 5
Formación- Cursos organizados por AJE MURCIA. Presentaciones que organice AJE MURCIA. Encuentros Empresariales de AJE MURCIA. Patrocinio de Premios a Empresas. Patrocinio de eventos deportivos. Otros fines sociales de AJE MURCIA. El destino definitivo será competencia de la Junta Directiva de AJE MURCIA. En los eventos públicos o privados que se realicen y que estén reflejados en este convenio dentro de las aportaciones a AJE MURCIA, estarán expuestas la imagen corporativa de VIA ASESROES como miembro colaborador. Para el desarrollo del objeto previsto en este convenio de colaboración, y durante toda la vigencia del mismo, tanto AJE MURCIA, como Via Asesores podrán divulgar en las diferentes publicaciones que editen su mutua colaboración y emplear el logotipo de la otra parte contratante. 1. En cualquier caso, cada una de las partes firmantes del presente convenio de colaboración, se compromete a: 1.1. Entregar a la otra parte las muestras, materiales y diseños donde consten sus anagramas con el fin de que puedan ser utilizados en las acciones de desarrollo del presente convenio de colaboración. 1.2. Someter a la autorización de la otra parte, antes de su impresión final y/o difusión, todos los materiales que reproduzcan tanto su nombre como logotipo. 1.3. Dar la mayor difusión, en la medida de sus posibilidades, al presente acuerdo en los medios de comunicación. SEXTA. Via Asesores efectuará la facturación de los servicios que puedan contratarse al amparo de este Convenio, así como sus correspondientes descuentos directamente a los usuarios de los mismos, no asumiendo AJE MURCIA ninguna responsabilidad bajo ningún concepto. SEPTIMA. El convenio se acuerda por un año a partir de la fecha que consta en el encabezamiento, renovándose tácitamente año por año, salvo denuncia expresa de una de las partes, comunicada con dos meses de antelación. Convenio colaboración. 6
OCTAVA. El convenio se podrá cancelar unilateralmente y con efecto inmediato por parte de cualquiera de las partes desde el momento que la otra incumpla cualquiera de las obligaciones contractuales que figuren en el presente. NOVENA. Las partes, con renuncia expresa a su fuero propio o a cualquier otro que, en su caso, pudiese corresponderles, se someten a la competencia de los Juzgados y Tribunales de Murcia, para la resolución de cuantas cuestiones litigiosas pudieren surgir en relación con la interpretación, validez, eficacia o cumplimiento del presente convenio de colaboración. Y para que así conste y en prueba de conformidad con lo anteriormente pactado, ambas partes firman sendos documentos originales, formalizados a un solo efecto, en lugar y fecha indicados en el encabezamiento. Andrés Romero Mateos Fernando José Zaplana Pérez AJE REGIÓN DE MURCIA VIA ASESORES JURIDICOS SL Convenio colaboración. 7