SUPERlNTENDENCIA DE BANCOS CONTRATO NÚMERO SETENTA Y UNO GUIÓN DOS MIL NUEVE (71-2009). En la ciudad de Guatemala, el veintinueve (29) de diciembre de dos mil nueve (2009), nosotros, por una parte EDGAR BALTAZAR BARQUÍN DURÁN, de cincuenta y un (51) años de edad, casado, guatemaltecb, Contador Público y Auditor, de este domicilio, me identifico con la cédula de vecindad número de orden P guión diecisiete (P-17) y de registro número tres mil treinta y ocho (3,038), extendida por el Alcalde Municipal de La Libertad, del Departamento de petén; actúo como Superintendente de Bancos y como tal en representación de la Superintendencia de Bancos, de conformidad con lo establecido en el artículo cuatro (4) de la Ley de Supervisión Financiera, Decreto número dieciocho guión dos mil dos (18-2002) del Congreso de la República de Guatemala; cuyo nombramiento quedó contenido en el Acuerdo Gubernativo número sesenta y cinco (65) del Presidente de la República, de fecha veintinueve (29) de febrero de dos mil ocho (2008); asimismo, la respectiva toma de posesión del cargo consta en el Acta número novecientos treinta y nueve (939), de fecha tres (3) de marzo de dos mil ocho (2008), del Libro de Actas de la Superintendencia de Bancos; y por la otra, DOMINGO ADOLFO GUZMÁN PEREIRA, de cincuenta y seis (56) años de edad, casado, guatemalteco, Contador Público y Auditor, de este domicilio, con cédula de vecindad número de orden 1 guión nueve (1-9) y de registro cuarenta y cinco mil ochocientos cuarenta y cuatro (45,844), extendida por el Alcalde Municipal de Quetzaltenango del Departamento de Quetzaltenango, actúo como Gerente Financiero y Representante Legal de DATUM, SOCIEDAD ANÓNIMA, entidad que en lo sucesivo será denominada como "el proveedor", con oficinas en la quinta (5a.) avenida cinco guión cincuenta y cinco (5-55) zona catorce (14), Edificio Euro Plaza, torre 11, nivel doce (12), de esta ciudad, lugar que señalo para recibir notificaciones. Dicha entidad se encuentra constituida conforme escritura pública número ocho (8), autorizada en esta ciudad el veintisiete (27) de mayo de mil novecientos ochenta y ocho (1988) por el notario Alfonso Carrillo Marroquín; la cual fue inscrita definitivamente en el Registro Mercantil con número dieciséis mil ciento once (16,111), folio noventa y uno (91) del libro setenta y ocho (78) de Sociedades Mercantiles, con fecha uno (1) de septiembre de mil novecientos ochenta Y ocho (1988); acredito la personería que ejercito con el acta notarial de nombramiento faccionada en la ciudad de Guatemala el cuatro (4) de marzo de dos mil tres (2003) por el notario Joaquín Enrique Díaz Durán Anleu, la cual se encuentra inscrita en el Registro Mercantil con el número doscientos tres mil ciento treinta y tres (203,133), folio cincuenta y cuatro (54) del libro ciento treinta (130) de Auxiliares de Comercio, con fecha diecinueve (19) de diciembre
CONTRATO No. 71-2009 HOJA No. 2 de dos mil tres (2003). Hacemos constar que la representación que respectivamente ejercitamos, es suficiente a nuestro juicio, para la celebración del presente contrato y que encontrándonos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles, celebramos CONTRATO DE SERVICIOS DE ASESORÍA ORACLE PARA IMPLEMENTACIÓN DE DATAWAREHOUSE; de conformidad con las cláusulas siguientes:-------------------------------- PRIMERA: BASE LEGAL: El presente contrato se suscribe con fundamento en el Decreto número cincuenta y siete guión noventa y dos (57-92) del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado; Acuerdo Gubernativo número mil cincuenta y seis guión noventa y dos (1056-92), del Presidente de la República que contiene el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; Acuerdo veintinueve guión dos mil nueve (29-2009) del Superintendente de Bancos; así como el Acta de Junta de Cotización número ciento uno guión dos mil nueve (101-2009) de fecha ocho (8) de diciembre de dos mil nueve (2009), que en su punto cuarto textualmente dice: "CUARTO: La Junta de Cotización, considerando el punto anterior, adjudica a Datum, Sociedad Anónima, los servicios de Asesoría Oracle para implementación de Datawarehouse, por valor de ciento ochenta y un mil cuatrocientos cuarenta quetzales (Q181,440.00).", aprobada en resolución del Superintendente de Bancos número un m"i1cuarenta y cinco guión dos mil nueve (1045-2009) de fecha diez (10) de diciembre de dos mil nueve (2009).----------------------------------- SEGUNDA: OBJETO Y VALOR DEL CONTRATO: Yo, el proveedor, por este acto, me comprometo con la Superintendencia de Bancos a proporcionar los servicios de Asesoría Oracle para implementación de Datawarehouse, con las especificaciones solicitadas en las bases de cotización cuarenta y ocho diagonal dos mil nueve (48/2009), por valor de ciento ochenta y un mil cuatrocientos cuarenta quetzales (Q181,440.00).-------------------------------- TERCERA: DECLARACIONES: Yo, Domingo Adolfo Guzmán Pereira, declaro bajo juramento que, tanto la entidad que represento, como mi persona, no estamos comprendidos en las prohibiciones contenidas en el artículo ochenta (80) de la Ley de Contrataciones del Estado.--------------------------------------------------------------------------------------------------------- CUARTA: FORMA DE PAGO: La Superintendencia de Bancosefectuará un solo pago por el valor de ciento ochenta y un mil cuatrocientos cuarenta quetzales (Q181,440.00), contra la entrega de la factura correspondiente extendida con las formalidades de ley, previa recepción a entera satisfacción de la Superintendencia de Bancos conforme el dictamen técnico que
CONTRATO No. 71-2009 HOJA No. 3 para el efecto emitan los técnicos de la institución.--,;,------------------------------------------------- QUINTA: PLAZO: El plazo del presente contrato será de tres (3) meses, el cual principiará a contarse después de transcurridos diez (10) días hábiles que la Superintendencia de Bancos notifique a Datum, Sociedad Anónima, el inicio de la prestación del servicio contratado.-------- SEXTA: CONFIDENCIALIDAD: Yo, Domingo Adolfo Guzmán Pereira, y mis colaboradores nos obligamos a guardar estricta confidencialidad de la información a que tengamos acceso. En caso contrario, la Superintendencia de Bancos ejercerá las acciones que correspondan de conformidad con la ley, dando por terminado el presente contrato sin responsabilidad de su parte, haciendo efectiva la fianza de cumplimiento.---------------------------------------------------- SÉPTIMA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO: Yo el proveedor me obligo a constituir a favor de la Superintendencia de Bancos, una fianza equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, dentro de los quince (15) días siguientes a la suscripción del presente contrato, la cual equivale a la cantidad de dieciocho mil ciento cuarenta y cuatro (Q18,144.00); que garantiza el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones contenidas en este contrato, de conformidad con los artículos sesenta y cinco (65) de la Ley de Contrataciones del Estado y treinta y ocho (38) numeral uno (1), de su reglamento. La fianza deberá mantener su vigencia hasta la finalización del presente contrato, y se hará efectiva por la afianzadora en caso de que el proveedor incumpla con cualquiera de las obligaciones contraídas en este contrato, mediante simple requerimiento que formule la Superintendencia de Bancos sin necesidad de declaración judicial o administrativa, lo cual deberá constar expresamente en la póliza respectiva.---------------------------------------------------------------- OCTAVA: TERMINACIÓN: El presente contrato se podrá dar por terminado por mutuo acuerdo entre las partes o por incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones contraídas por el proveedor en el presente contrato.---------------------------------------------------------------- NOVENA: CONTROVERSIAS: Los otorgantes convenimos expresamente que cualquier diferencia o reclamo que surja derivado de la interpretación o ejecución del presente contrato, será resuelto con carácter conciliatorio, pero si no fuere posible llegar a un acuerdo, la cuestión o cuestiones a dilucidarse, se someterán a la jurisdicción del Tribunal de lo Contencioso-Administrativo. Para el efecto yo, el proveedor, renuncio al fuero de mi domicilio y me someto a los tribunales que elija la Superintendencia de Bancos, señalando como lugar para recibir notificaciones la dirección consignada al inicio de este documento,
CONTRATO No. 71-2009 HOJA No. 4 obligándome a dar aviso por escrito a la Superintendencia de Bancos, de cualquier cambio que hiciere al respecto.------------------------------------------------------------------------------------- DÉCIMA: INTEGRACIÓN DEL CONTRATO: Los otorgantes hacemos constar que forman parte íntegra de este contrato, en su orden de aplicación: a) Las bases de la cotización número cuarenta y ocho diagonal dos mil nueve (48/2009); b) El acta de Junta de Cotización ciento uno guión dos mil nueve (101-2009) de fecha ocho (8) de diciembre de dos mil nueve (2009), aprobada en resolución del Superintendente de Bancos número un mil cuarenta y cinco guión dos mil nueve (1045-2009) de fecha diez (10) de diciembre de dos mil nueve (2009); y c) La oferta presentada por Datum, Sociedad Anónima con toda su documentación.---------------------------------------------------------------------------------------- DÉCIMA PRIMERA: ACEPTACIÓN: Los otorgantes en las calidades con que respectivamente actuamos, aceptamos el presente contrato, conforme los términos relacionados, previa lectura de lo escrito y bien enterados de su contenido, objeto, validez y efectos legal, lo a e ta s ratificamos y firmamos.------------------------------------------------ En la ciudad de Guatemala, el veintinueve (29) de diciembre de dos mil nueve (2009), como Notario, DOY FE: a) Que las firmas que anteceden y que calzan el CONTRATO DE SERVICIOSDE ASESORÍAORACLEPARAIMPLEMENTACIÓNDE DATAWAREHOUSE,número setenta y uno guión dos mil nueve (71-2009), contenido en cuatro (4) hojas de papel membretado de la Superintendencia de Bancos,son AUTÉNncAs por haber sido puestas el día de hoy en mi presencia por: el licenciado EDGAR BALTAZAR BARQUÍN DURÁN, quien se identifica con cédula de vecindad número de orden P guión diecisiete (P-17) y de registro número tres mil treinta y ocho (3,038), extendida por el Alcalde Municipal de La Libertad, del Departamento de Petén, quien actúa como Superintendente de Bancos y como tal, en representación de la Superintendencia de Bancos, de conformidad con lo establecido en el
CONTRATO No. 71-2009 HOJA No. 5 artículo cuatro (4) de la Ley de Supervisión Financiera, Decreto número dieciocho guión dos mil dos (18-2002) del Congreso de la República de Guatemala; cuyo nombramiento quedó contenido en el Acuerdo Gubernativo número sesenta y cinco (65) del Presidente de la República, de fecha veintinueve (29) de febrero de dos mil ocho (2008); asimismo, la respectiva toma de posesión del cargo que consta en el Acta número novecientos treinta y nueve (939), de fecha tres (3) de marzo de dos mil ocho (2008), del Libro de Actas de la Superintendencia de Bancos; y, el licenciado DOMINGO ADOLFO GUZMÁN PEREIRA, quien se identifica con cédula de vecindad número de orden I guión nueve (1-9) y de registro cuarenta y cinco mil ochocientos cuarenta y cuatro (45,844), extendida por el Alcalde Municipal de Quetzaltenango, del Departamento de Quetzaltenango; quien actúa como Gerente Financiero y Representante Legal de la entidad DATUM, SOCIEDAD ANÓNIMA, personería que acredita con el acta notarial de su nombramiento faccionada en la ciudad de Guatemala el día cuatro (4) de marzo de dos mil tres (2003) por el notario Joaquín Enrique Díaz Durán Anleu, inscrita en el Registro Mercantil General de la República con el número doscientos tres mil ciento treinta y tres (203,133), folio cincuenta y cuatro (54) del libro ciento treinta (130) de Auxiliares de Comercio, con fecha diecinueve (19) de diciembre de dos mil tres (2003); b) Que las representaciones que se ejercitan son suficientes de conformidad con la Ley y a mi juicio para el presente acto; y c) Hago constar que los signatarios firman la s te acta de legalización,--------------------------------------------------