El Acceso Abierto, los repositorios y los derechos de autor en Argentina



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Sumario Experiencia de la UNLP Características de los Derechos de Autor Obras amparadas Derechos adquiridos Titulares de los derechos Excepciones y limitaciones DA e Internet Repositorios Digitales y Acceso

1 Background 1 Antecedentes Background

Acuerdos Internacionales Berna Trips WCT WPPT

Legislación Nacional Constitución Nacional Art. 17 y 75 inc.22 Ley de Propiedad Intelectual 11.723 - Decreto 41.233/34 y modificatorias Protección del Software y las Bases de Datos Decreto 165/94 Ley del Fomento del Libro y la Lectura. 25.446/2001

Derechos de Autor Características Generales

Qué obras se encuentran amparadas por las leyes? Toda producción científica, literaria, artística o didáctica sea cual fuere el procedimiento de reproducción Los programas de computación, las compilaciones de datos o de otros materiales.

Quiénes pueden ser titulares de derechos? El autor de la obra; Sus herederos o derechohabientes; Los que con permiso del autor la traducen, refunden, adaptan, modifican o transportan.

Quiénes pueden ser titulares de derechos? Las personas físicas o jurídicas cuyos dependientes contratados para elaborar un programa de computación hubiesen producido un programa de computación en el desempeño de sus funciones laborales, salvo estipulación en contrario.

Qué derechos posee el creador? Derechos Morales > Se refieren al Sujeto Creador. > Están fuera del comercio. Paternidad Integridad Divulgación Retracto

Qué derechos posee el creador? Aunque el autor enajenare la propiedad de su obra, conserva sobre ella el derecho a exigir fidelidad de su texto y título, en las impresiones, copias o reproducciones, como asimismo la mención de su nombre o seudónimo como autor. (Art. 52 Ley 11.723)

Qué derechos posee el creador? Derechos Patrimoniales > Se refieren al Objeto Creado. > Beneficio económico resultante de la puesta en el comercio de la obra. Reproducción Comunicación Pública Transformación Disposición o enajenación

Qué derechos posee el creador? El derecho de propiedad de una obra científica, literaria o artística comprende para su autor la facultad de disponer de ella, de publicarla, de ejecutarla, de representarla, de exponerla en público, de enajenarla, de traducirla, de adaptarla o de autorizar su traducción y de reproducirla en cualquier forma. (Art.2 Ley 11.723)

Transferencia de la obra Contrato Editorial Habrá contrato de edición cuando el titular del derecho de propiedad sobre una obra intelectual, se obliga a entregarla a un editor y éste a reproducirla, difundirla y venderla. Este contrato se aplica cualquiera sea la forma o sistema de reproducción o publicación.(art.37 Ley 11.723)

Transferencia de la obra Contrato Editorial El titular conserva su derecho de propiedad intelectual, salvo que lo renunciare por el contrato de edición. Puede traducir, transformar, refundir,etc., su obra y defenderla contra los defraudadores de su propiedad, aun contra el mismo editor. (Art.38 Ley 11.723)

Limitaciones a los derechos

Qué limitaciones existen a los derechos patrimoniales? Utilizaciones libres y gratuitas Derecho de Cita. Ilustración de la enseñanza. Copia de back up de los programas de computación.

Qué limitaciones existen a los derechos patrimoniales? Utilizaciones libres y gratuitas Uso para información. Copia privada.

Qué limitaciones existen a los derechos patrimoniales? Utilizaciones sujetas a remuneración Licencias no voluntarias. Licencias legales.

Condiciones de las limitaciones Los miembros circunscribirán las limitaciones o excepciones impuestas a los derechos exclusivos a determinados casos especiales que no atenten contra la explotación normal de la obra ni cause un perjuicio injustificado a los intereses legítimos del titular de los derechos.(art. 9.2 Convenio de Berna)

Derechos de autor e internet

DA e Internet Esencia : Interconexión de contenidos y desaparición de las fronteras Las obras protegidas no pierden su condición de tal cuando se difunden en la w.w.w.

Repositorios digitales Búsqueda de equilibrio : Interconexión de contenidos y desaparición de las fronteras. Libre acceso para fines de lectura e investigación. (Der acceso)

Repositorios digitales Contenido propio Contenido ajeno: Sujeto a Licencias

Soluciones Art. 38 Ley 11.723. Conservar la facultad de libre publicación en repositorio institucional. Licencias? Precedente en fallo judicial? Reforma legislativa?

Reflexiones finales A fin de cumplir con las funciones esenciales de las Universidades e Instituciones Públicas, se deberá propiciar en forma permanente un equilibrio adecuado entre la transferencia de las obras con fines editoriales y la libre difusión - a través de los repositorios institucionales - de los conocimientos reflejados en las mismas.

Reflexiones finales Este equilibrio sólo se logrará a partir de la armonización de intereses particulares en pos de un Beneficio Social, Regional y Universal.

Muchas gracias Maria Clara Lima Dirección de Propiedad Intelectual Universidad Nacional de La Plata Argentina