PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS SERVICIO DE SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE 4 VIGILANTES PARA LA TEMPORADA COMPRENDIDA DEL 15 DE JUNIO AL 30 DE OCTUBRE



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Transcripción:

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS SERVICIO DE SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE 4 VIGILANTES PARA LA TEMPORADA COMPRENDIDA DEL 15 DE JUNIO AL 30 DE OCTUBRE DE 2013, POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD. CLÁUSULA PRIMERA. Objeto El presente Pliego de Condiciones Técnicas, tiene como objeto establecer las normas y procedimientos de carácter técnico, que se han de cumplir para la prestación del programa Vigilantes/Girotaldes en el municipio de Zierbena. El objeto del contrato abarca desde la realización del proceso selectivo del personal hasta la realización de la contratación, realizando entre otros, los siguientes servicios: 1. Proceso de selección para la contratación de 4 vigilantes 2. Contratación de 4 vigilantes 3. Seguimiento del programa 4. Cumplimiento de la PRL y Revisión Médica 5. Vestuario laboral y EPPI s Asimismo constituyen objeto del contrato: - El fomento y promoción de colectivos con dificultades para el acceso al mundo laboral o que se encuentren en situación de riesgo de exclusión, según lo previsto en la Ley 12/98 de 22 de marzo contra la exclusión social, aprobada por el Parlamento Vasco. - La conservación del medioambiente según establece la Ley de Contratos del Sector Público y la Directiva Comunitaria 2004/18/CE. 1/9

El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de servicios, tal y como establece el artículo 10 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. CLÁUSULA SEGUNDA. Fines y Objetivos Será principio básico del contrato potenciar el desarrollo del municipio, lograr potenciar el empleo local a través de la contratación temporal de 4 personas durante la temporada estival, y mejorar los servicios de la Playa de La Arena y del municipio con el apoyo de las figuras de vigilante/girotalde. CLÁUSULA TERCERA. Descripción y clasificación de los servicios Las empresas deberán estar calificadas como empresas con capacidad para gestionar un programa de empleo. CLAÚSULA CUARTA. Contenido del contrato En el presente apartado se describen los contenidos de la oferta: PROCESO DE SELECCION La empresa adjudicataria deberá realizar el proceso de selección del Programa de Vigilantes de acuerdo a los siguientes criterios: - Empadronamiento en el municipio de Zierbena - Desempleados/as - Valorar aspectos sociales, necesidad económica, formación, experiencia laboral La empresa adjudicataria será la encargada de gestionar las solicitudes y el proceso de selección. 2/9

CONTRATACION La empresa adjudicataria será la encargada de realizar la contratación de las 4 personas gestionando: - Las altas y bajas - Contrato - TC s - Periodo vacacional PRL Y VIGILANCIA DE LA SALUD La empresa adjudicataria será la encargada de cumplir la normativa en materia de PRL y de Vigilancia de la salud. VESTUARIO LABORAL La empresa adjudicataria será la encargada de dotar de vestuario laboral a las personas contratadas así como de los equipos de protección individual adecuados. GESTION DEL PROGRAMA La gestión del programa se llevará a cabo conjuntamente entre la empresa contratante y el Área de Seguridad Ciudadana (Alguaciles) del Ayuntamiento de Zierbena. FUNCIONES A LLEVAR A CABO POR PARTE DE LAS PERSONAS A CONTRATAR COMO VIGILANTES Vigilancia de tráfico. Vigilancia de aparcamientos. Vigilancia de pantalanes. Apoyo a los alguaciles. Control de aparcamientos. 3/9

Realización de partes de trabajo. Apoyo en diferentes eventos que se lleven a cabo en el municipio (Itxaski Azoka, pruebas deportivas, Zierbena Eguna etc.). Disuadir a posibles infractores Velar por el respeto de las normas de convivencia. CLAÚSULA QUINTA. Descripción del programa No se libran sábados, domingos ni festivos. 35 horas semanales. Descanso de dos días a la semana (según turnos). Los excesos de horas trabajadas no se retribuirán económicamente (se compensarán con horas de libranza). Jornada intensiva o partida (según turno de trabajo). 12 días naturales de vacaciones. Se deben disfrutar entre el 16 y 30 de octubre. CLÁUSULA SEXTA. Duración del Contrato La duración del contrato objeto del presente pliego, será de 5 meses desde el 15 de junio al 30 de octubre año. La duración de la contratación del personal vigilante/girotalde será del 15 de junio al 30 de octubre del presente año. CLÁUSULA SEPTIMA. Personal las labores. El Adjudicatario dispondrá del personal necesario para la buena ejecución de El personal de la empresa adjudicataria en ningún supuesto podrá considerarse en relación laboral, contractual, funcionarial o de naturaleza alguna respecto del Ayuntamiento o cualquiera de sus sociedades públicas. 4/9

La Empresa adjudicataria se compromete a tener debidamente dado de alta al personal en la Seguridad Social y cumplir todas las obligaciones legales y contractuales respecto del mismo, debiendo acreditarse el pago de las cotizaciones de seguros sociales ante el Ayuntamiento de Zierbena. El Ayuntamiento de Zierbena, no tendrá relación laboral alguna con dicho personal ni con el que contrate el adjudicatario durante la vigencia del contrato hasta su fin. Este personal dependerá exclusivamente del adjudicatario que deberá cumplir, en su condición de patrono, con las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, y de prevención de riesgos laborales, sin que en ningún caso resulte para el Ayuntamiento, responsabilidad alguna de las obligaciones nacidas entre el adjudicatario y sus empleados, aun cuando los despidos y medidas que adopten sean como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del contrato. Ante el supuesto incumplimiento de lo expresado en la presente cláusula, o suscripción de contratos indefinidos o irresolubles a la extinción de este contrato de servicio, serán de cuanta del adjudicatario las indemnizaciones a que hubiera lugar por la extinción de los contratos laborales en vigor, respondiendo de este incumplimiento a través de la incautación de al garantía si esta fuera suficiente. La entidad contratante se mantendrá al margen de las relaciones laborales que celebre el adjudicatario, no procediendo la sucesión empresarial en los contratos celebrados. Todo el personal deberá estar perfectamente uniformado, con chalecos o prendas reflectantes y que cumplan los niveles de seguridad y salud exigidos en función de los riesgos laborales definidos, e identificado en orden a la seguridad de los servicios, proponiendo los licitadores el sistema de identificación más eficaz. Los licitadores deberán indicar en sus ofertas los criterios de actuación para los aspectos relacionados con la formación del personal, seguridad e higiene en el trabajo y servicios médicos necesarios. 5/9

Durante la vigencia del contrato, el Adjudicatario, siempre que se vaya a producir una variación en la plantilla con la que se realiza el contrato, o siempre que se produzca una variación por necesidades del servicio, está obligado a comunicar tal circunstancia al Ayuntamiento de Zierbena. CLÁUSULA OCTAVA. Condiciones de trabajo Los horarios de prestación de los servicios deberán adaptarse a los establecidos por el Área de Seguridad Ciudadana del municipio (Alguaciles). El personal del servicio deberá ir debidamente uniformado. El Adjudicatario propondrá la política de personal a seguir y, en particular todos los aspectos relacionados con la formación del personal, seguridad e higiene en el trabajo y servicios médicos necesarios. El adjudicatario se responsabilizará de la falta de aseo, decoro, uniformidad en el vestuario y de la descortesía o mal trato que el personal observe respecto a los/as usuarios/as. Todo el personal será sometido a las correspondientes revisiones médicas, sometiéndose la empresa concesionaria a las normas dictadas por las autoridades laborales competentes en esta materia. El Adjudicatario deberá tener debidamente asegurado a todo el personal a su cargo, debiendo realizar los seguros de responsabilidad civil que cubran posibles daños a terceros en la prestación de trabajados contemplados, así como los que provoquen los elementos confiados a su conservación. CLÁUSULA NOVENA. Seguridad y prevención de riesgos laborales El contratista, será responsable del cumplimiento de las medidas de seguridad que sean de aplicación, según el tipo de trabajo que se realice. 6/9

Deberá de disponer de un seguro de responsabilidad civil que cubran los posibles daños que puedan producir a personas o bienes de otras personas, como consecuencia de los trabajos encomendados por el ayuntamiento. En todo momento el personal encargado de la prestación del Servicio se ceñirá a la legislación General de Seguridad y Salud en el Trabajo; Normas, Reglamentos, Instrucciones Técnicas e Instrucciones Complementarias, etc. CLÁUSULA DÉCIMA. Seguimiento y evaluación del Servicio. Los Servicios Técnicos Municipales inspeccionarán en todo momento la forma de presentación de los diferentes Servicios, manteniendo canales de comunicación estable y fluida con la empresa adjudicataria, dando cuenta al Adjudicatario de las personas que han de tener relación directa con él. Las facultades de los Técnicos designados para desempeñar el Servicio de Inspección, serán las siguientes: a) Controlar que las labores se efectúen oportunamente y en la forma estipulada. b) Controlar si se cumple, lo estipulado en este Pliego de Condiciones. c) Vigilar que el vestuario y competencia del personal afecto a la plantilla del Adjudicatario reúne las condiciones apropiadas. d) Independientemente de la inspección Municipal a que hacen referencia los apartados anteriores, el Adjudicatario mantendrá su propio Servicio de Inspección, de forma que se cumpla taxativamente la perfecta ejecución de los servicios contratados, manteniendo los niveles de calidad que se exigen en cada momento. 7/9

El Ayuntamiento de Zierbena tiene facultad plena para inspeccionar en todo momento los trabajos, que para dar cumplimiento a lo establecido en el presente Pliego, efectuará diariamente la empresa adjudicataria, quien por su parte, está obligada a dar toda clase de facilidades para las visitas de inspección, que aparte de la vigilancia normal sean realizadas por el personal correspondiente de la parte contratante. Los servicios contratados estarán sometidos permanentemente a la inspección y vigilancia de la Administración Municipal, quien podrá realizar las revisiones de personal y material que estime oportunas y en cualquier momento y lugar. El contratista deberá presentar, con la periodicidad que establezcan los Servicios Técnicos, los partes diarios de los trabajos realizados y de cuantas circunstancias ocurran en el Servicio, así como recibir las instrucciones que estime oportuno la Administración Municipal, quedando obligado el contratista a exhibir cuantos documentos sean precisos para el cumplimiento de esta obligación y en especial los relativos a seguros sociales, accidentes de trabajo, pólizas de seguros El Adjudicatario queda obligado también a preparar cuantos informes y estudios relacionados con los distintos servicios de esta contrata le sean ordenados por el Ayuntamiento de Zierbena. CLÁUSULA UNDÉCIMA. Responsabilidad económica del Adjudicatario Serán gastos de cuenta exclusiva del Contratista: a) La realización de todos los trabajos necesarios para la ejecución de todos los servicios contratados. b) El pago de los haberes y demás gastos de acuerdo, con la Normativa Oficial, de todo el personal necesario para la prestación de los servicios contratados, así como sus uniformes de trabajo reglamentarios. 8/9

c) Todos los impuestos inherentes a la prestación de los servicios y tramitación de los documentos que a ellos se refieran, incluso el I.V.A. CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA. Criterios de Valoración. Los criterios de valoración que han de servir para la adjudicación serán los establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas. En Zierbena, a 10 de mayo de 2013 El Alcalde Fdo.: Marcelino Elorza Talledo 9/9