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Transcripción:

PLIEGO DE CLÀUSULAS TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON PUBLICIDAD, DEL SUMINISTRO DE GAS NATURAL PARA LAS PISCINAS CUBIERTAS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE GUADASSUAR Y DEL AYUNTAMIENTO DE L ALCÚDIA 1.1 OBJETO DEL CONTRATO El objeto del presente pliego de condiciones es la regulación de las condiciones Administrativas para la contratación de los suministros de gas natural de los ayuntamientos de Guadassuar y l Alcúdia descritos en el Anexo I del pliego de condiciones técnicas. No obstante, dentro de la duración del contrato, a los precios que se establezcan y sin exceder los límites de la normativa de contratación, se incorporaran también los posibles nuevos suministros. 1.2 NORMATIVA SECTORIAL APLICABLE Orden IET/2736/2015, de 17 de Diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas para el 2016 Real decreto 984/2015, de 30 de Octubre, por el que se regula el mercado organizado de gas y el acceso de terceros a las instalaciones del sistema de gas natural Resolución de 31 de Julio de 2014, de la Dirección General de Política Energética y minas, por la que se modifica la de 25 de Julio de 2006, por la que se regulan las condiciones de asignación y el procedimiento de aplicación de la interrumpibilidad en el sistema gasista. Ley 12/2007 de 2 de Julio, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de Octubre, del Sector de Hidrocarburos, con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de Junio de 2003, sobre normas comunes del mercado interior del gas natural. Página 1 de 9

ENERGIA-PROJECTES Ley 34/1998, del sector de Hidrocarburos, que ordena las actividades de explotación, transporte, distribución y comercialización de los Hidrocarburos líquidos y gaseosos. Real Decreto Ley 15/1999, de 1 de octubre por el que se aprueban las medidas de liberalización, reforma estructural e incremento de la competencia en el sector de Hidrocarburos. Resolución de 30 de Julio de 2010, de la Dirección General de Política energética y Minas, por la que se regulan las condiciones de asignación y el procedimiento de aplicación de la interrumpibilidad en el sistema gasista. Real Decreto 1434/2002, de 27 de Diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural. Real Decreto 949/2001, de 3 de Agosto, por el que se regula el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y se establece un sistema económico integrado del sector del gas natural. Orden ITC/1890/2010, de 13 de Julio, por la que se regulan determinados aspectos relacionados con el acceso de terceros y las retribuciones reguladas en el sistema del gas natural. Resolución de 25 de Junio de 2010, de la Dirección General de política Energética y Minas por la que se hace pública la Tarifa de Último recurso de Gas Natural. Resolución de 14 de Junio de 2010, de la Dirección de Política Energética y Minas, por la que se aprueban determinados parámetros de la subasta destinada a la adquisición de gas natural para la fijación de la Tarifa de Último Recurso entre 1 de Julio de 2010 y el 31 de Diciembre de 2010. Orden ITC/1506/2010, de 8 de Junio, por la que se modifica la Orden ITC/1660/2009, de 22 de Junio, por la que se establece la metodología de cálculo de la tarifa de último recurso de gas natural. Real Decreto 104/2010, de 5 de Febrero, por el que se regula la puesta en marcha del suministro de último recurso en el sector del gas natural. Resto de normativa que derogue, sustituya o complemente a la anterior. Página 2 de 9

1.3 REQUISITOS DEL CONTRATISTA ENERGIA-PROJECTES Por el tipo de suministro, se tratará de empresas inscritas en la Sección 2ª del Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados del Ministerio de Economía. Deberá disponer de medios de atención personal para resolver las cuestiones o incidencias que planteen los Ayuntamientos, así como de oficina accesible dentro de la provincia. También deberá disponer de una plataforma para poder acceder vía Internet a la información sobre contratos y facturación. 1.4 RESPONSABILIDADES CONTRACTUALES El Ayuntamiento contratará conjuntamente la adquisición del Gas Natural y el acceso a la red con el comercializador que resulte adjudicatario, lo que implicará un contrato de adquisición de Gas Natural y prestación de servicios con aquél, y un contrato de acceso a la red con el distribuidor a través del comercializador. La empresa adjudicataria, como comercializador, será responsable del servicio de acuerdo con lo dispuesto en el R.D. 1434/2002 de 27 de Diciembre, por el que se regulan las Actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de las instalaciones de gas natural, o la normativa que los complemente o sustituya. La empresa adjudicataria tramitará ante la empresa distribuidora las reclamaciones por calidad de suministro que correspondan a los Ayuntamientos, y trasladará en las facturas las bonificaciones que, en su caso, aplique la distribuidora de acuerdo con la normativa vigente. Tendrán también carácter contractual las posibles mejoras que pueda ofertar la empresa que resulte adjudicataria. Página 3 de 9

1.5 PRECIO Y CUANTIA DEL CONTRATO El precio quedará constituido por las cantidades unitarias que haya ofertado licitador adjudicatario. el Este precio se basará en un término fijo mensual y un término de energía, con tarifa de acceso 3.4 según la definición establecida en el Real Decreto 949/2001, de 3 de Agosto, por el que se regula el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y se establece un sistema económico integrado del sector de gas natural, o disposiciones reglamentarias que sean de aplicación. Las cantidades unitarias serán fijas durante el plazo de vigencia del contrato, excepción hecha de las hipotéticas variaciones en las tarifas de acceso que estableciera la administración competente. Como complemento a esas cantidades, se establece que los importes de alquiler de equipos de medida, en su caso, serán los indicados en la oferta. No están incluidos tampoco los costes por tarifas de acceso que los Ayuntamientos puedan decidir por convenientes, pero que la empresa distribuidora pueda legalmente repercutir a la comercializadora. Como valor estimado del contrato, en función de los datos precedentes y las previsiones de mercado, se considera el de 25.000, en el caso del Ayuntamiento de Guadassuar y 51.000, en el caso del Ayuntamiento de l Alcúdia. A efectos de consignación presupuestaria, el valor aproximado, a un año e IVA incluido, se considera de 30.250 para el Ayuntamiento de Guadassuar y 61.710 para el Ayuntamiento de l Alcúdia. Los importes anteriores resultan según el consumo de los cuadros de precios aplicables en función de la tarifa de acceso y el consumo del último año. El precio efectivo se obtendrá de aplicar el cuadro de precios ofertado a la tarifa de acceso y el consumo que se generen durante el periodo vigente del contrato. Página 4 de 9

1.6 DURACIÓN DEL CONTRATO La duración del contrato será de un año. Con tres meses de antelación a la finalización del contrato, se efectuará una nueva licitación, pudiendo prorrogarse de común acuerdo por el periodo imprescindible para la entrada en vigor del nuevo contrato. 1.7 INICIO DEL SERVICIO La fecha de inicio será el día en que se realicen los cambios reglamentarios de baja con el actual suministrador y alta con la empresa adjudicataria del nuevo contrato, tramitándose en todo caso éstas en un plazo máximo de diez días naturales a partir de la firma del contrato. 1.8 FACTURACIÓN Y PAGO Se presentarán facturas individuales de cada uno de los suministros con periodicidad mensual, así como un resumen conjunto de la facturación global. La factura contendrá al menos: - Datos del contrato - Dirección del suministro - Periodo de facturación - Referencia de precios y en su caso tarifas, recargos e impuestos aplicados. - Términos de energía, fijos y del peaje - En su caso, alquiler de equipos de medida. - Fechas y lecturas iniciales y finales del periodo facturado - Consumos - Identificación de contador ó contadores Al inicio del contrato se realizará por el adjudicatario una lectura que será facilitada a cada uno de los Ayuntamientos y servirá de base para la primera facturación. Página 5 de 9

El pago se realizará mediante transferencia a la cuenta que indique el adjudicatario, en un plazo de sesenta días naturales desde la presentación de las facturas, transcurrido el cual se abonarían los intereses que legalmente correspondan. 1.9 ACCESO Y CONFIDENCIALIDAD Los licitadores, para la preparación de sus ofertas, podrán acceder a las facturaciones pasadas de los suministros que ahora se licitan, bien vía Internet para las que se encuentran en la página del actual suministrador o bien en copia de papel para el resto. Quedan obligados a no utilizar la información así obtenida para fines distintos a la de la presente licitación. El adjudicatario, además, podrá acceder a los terrenos, edificios e instalaciones municipales, a los efectos de realizar las maniobras y operaciones necesarias para el cumplimiento del contrato. No podrá utilizar la información para fines no directamente relacionados con la presente contratación. 1.10 OFERTAS Acompañarán su proposición económico-administrativa de los siguientes documentos: - Certificado o documento expedido por el Ministerio correspondiente, acreditativo de inscripción en el Registro al que se alude en el apartado de requisitos del contratista del presente pliego. - Información e identificación de las formas de contacto personal y medios materiales que, para atención al cliente, pondrían a su disposición. - Memoria de solvencia técnica y profesional. Medios humanos y materiales, y trayectoria e implantación de la empresa en la materia objeto del contrato. Página 6 de 9

1.11 VALORACIÓN DE LAS OFERTAS Cada licitador podrá obtener un máximo de 100 puntos, como resultado de aplicar a las ofertas presentadas, el criterio objetivo de valoración siguiente: - Valoración económica: hasta 100 puntos. Se asignará la puntuación de forma proporcional a las baja, con el máximo, 100 puntos, para la más económica, con la siguiente expresión: puntos de la oferta i = 100* (proposición más económica/ proposición económica de la oferta i ). A estos efectos, la proposición económica de cada oferta se determinará aplicando las cantidades unitarias según la tarifa de acceso y los consumos que se incluye en el anexo de este pliego como información de referencia del año 2015. Página 7 de 9

ANEXO I DATOS DEL SUMINISTRO DE GAS NATURAL DE LA PISCINA CUBIERTA DE GUADASSUAR Suministro Dirección CUPS Tarifa nº 1 C/Tarragona, s/n ES 0222 1201 2449 0865 PA 3.4 Suministro Consumo Anual Consumo Anual (m 3 ) nº (kwh) 1 454.952 39.311 DATOS DEL SUMINISTRO DE GAS NATURAL DE LA PISCINA CUBIERTA DE L ALCÚDIA Suministro Dirección CUPS Tarifa nº 1 C/Teixidors, s/n-bajo 46250 l Alcúdia ES 0222 1201 0756 6959 WA 3.4 Suministro Consumo Anual Consumo Anual (m 3 ) nº (kwh) 1 1.040.088 89.934 Página 8 de 9

DILIGENCIA.- Para hacer constar que el presente Pliego fue aprobado por resolución de la presidencia de fecha 6/06/2016 y por delegación de los Ayuntamientos, según el respectivo acuerdo, en el que se otorga la competencia de licitar en nombre de los Ayuntamientos, los suministros de energía municipales al Área de Energia-Projectes del Consorci de la Ribera. Algemesí, 8 de Junio de 2016 EL PRESIDENTE EL SECRETARIO Página 9 de 9