LA MOLINA ACUERDO ESPECIFICO DE INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES FIRMADO POR LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA Dentro del convenio marco firmado entre ambas Universidades, las partes manifiestan la conveniencia de promover el intercambio de estudiantes de acuerdo a las siguientes PRIMERA.- OBJETO CLAUSULAS Las partes manifiestan la conveniencia de promover el intercambio de estudiantes: a) Fortaleciendo lazos de cooperación y mutuo apoyo con instituciones extranjeras de ^ducación superior, incrementando el número de participantes en intercambios estudiantiles. Coadyuvando a la capacitación cultural de los estudiantes en un mundo cada vez más al izado. c) Facilitando la integración laboral de los estudiantes en el mercado de trabajo. A.- GESTIÓN DEL PROGRAMA DE INTERCAMBIO De acuerdo con la cláusula séptima del convenio marco firmado por ambas Universidades, cada Universidad se compromete a nombrar a una persona responsable del phsflrama de intercambio, que será el punto de referencia para la contraparte. Será responsabilidad de cada Universidad establecer los mecanismos de gestión interna para asegurar el buen funcionamiento del intercambio. TERCERA.- PERIODO DE INTERCAMBIO Las partes conformarán los esfuerzos necesarios para promover y estimular el rcambio de estudiantes por un semestre (o cuatrimestre equivalente) o un año émico. RTA.- OFERTA ACADÉMICA ümnos de Grado Esta cooperación se llevará a cabo, hasta un máximo de cuatro alumnos de Grado por curso académico, en los programas ofertados por ambas Universidades y que constan en el Anexo I, excepto en aquellas titulaciones en las que existan restricciones en el número de plazas. En el caso de que no exista o se supere la reciprocidad en el intercambio, la UMH podrá aceptar otros estudiantes que serán considerados como "estudiantes visitantes" y a los que se les aplicará la "Normativa sobre la figura del alumno visitante". Las solicitudes para este tipo de estudios se analizarán personalizadamente y con el acuerdo por parte de ambas Universidades. Acuerdo específico de intercambio de estudiantes UMH / Página 1 de 4
LA MOLINA Alumnos de Postgrado Esta cooperación requerirá la reciprocidad en e! intercambio. En caso contrario, los estudiantes podrán ser aceptados como "estudiantes visitantes" con el pago de las tasas correspondientes y el Visto Bueno del Director del Máster seleccionado. Las solicitudes para este tipo de estudios se analizarán personalizadamente y con el acuerdo por parte de ambas Universidades. QUINTA.- REQUISITOS ALUMNOS a) Estar inscrito en la Universidad de origen. b) Pagar las tasas de matrícula en la Universidad de origen. En el caso de estudiantes de postgrado, estarán exentos de pagar tasas en la Universidad de destino, siempre que exista reciprocidad en el número de estudiantes participantes en el intercambio. c) Firmar un acuerdo de aprendizaje, a través del organismo encargado en cada una de las Universidades, en el que se especifiquen las asignaturas a cursar en la Universidad de destino y que serán aceptadas como válidas en la Universidad de origen. CADA CONVENIO se acordará: perfil y los requisitos de los estudiantes que participen en el intercambio. - Láa documentación necesaria que deberán aportar los estudiantes. - Lauinanciación del alojamiento y la manutención. SEXTA.- ALTA Y BAJA DE MATERIAS Los estudiantes que participen en el programa, podrán cambiar las materias aprobadas en el acuerdo académico inicial, en el plazo de un mes desde su incorporación a la Universidad de destino, siempre que el cambio sea aprobado por ambas Universidades. i TIMA.- LA UNIVERSIDAD DE ORIGEN SE COMPROMETE A: ) Realizar las convocatorias oportunas indicando las plazas y titulaciones acordadas con la Universidad de destino. b) Ayudar a los estudiantes en los procedimientos de matriculación y documentación adecuada para llevar a cabo el intercambio, incluidos los visados. Identificar las carreras sujetas a intercambio. Mantener actualizado el listado de materias ofertadas durante el período académico y -proporcionar información sobre el calendario académico, contenidos y requerimientos. econocer los estudios cursados y aprobados por el estudiante de la Universidad de destino. f) Notificar a la Universidad de origen, por medio de un documento oficial, las calificaciones obtenidas por el estudiante participante en el programa de intercambio. OCTAVA.- LA UNIVERSIDAD DE DESTINO SE COMPROMETE A: Enviar las cartas de aceptación necesarias para el trámite de los visados. b) Dar al estudiante una sesión informativa de incorporación a la Universidad. c) Informar y asesorar a los estudiantes sobre las condiciones de alojamiento y alimentación. Acuerdo específico de intercambio de estudiantes UMH / Página 2 de 4
* LA MOLINA d) Permitir el uso de instalaciones y servicios proporcionados a la población estudiantil. e) Enviar a la Universidad de origen información sobre la incorporación y los avances de sus estudiantes. f) Enviar el certificado de las calificaciones de los estudiantes de intercambio. NOVENA.- REVISIÓN, MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN, TERMINACIÓN O SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Este acuerdo podrá ser revisado, modificado, suspendido o terminado por cualquiera de las partes, según lo estipulado en el acuerdo marco de colaboración. DÉCIMA.-VIGENCIA El presente Acuerdo tendrá una duración de cinco (05) años contados a partir de la fecha de su suscripción bilateral, pudiendo ser renovado por un período similar o diferente por acuerdo de ambas partes. Su cese no interferirá en la continuación de proyectos no concluidos, los cuales deberán finalizar, salvo en casos de parecer contrario por ambas partes Firman este acuerdo en dos originales del mismo tenor Por la Universidad Miguel Hernández de Elche ü*fc Por la Universidad Nacional Agraria La Molina D. Manuel V ice r recto r (Delegaci DOCV RR35 DOC les yo, 2011 y marzí de marzo de 2012) Dr. Jesú )el Mejía Marcac Rector echa: Fecha: Acuerdo específico de intercambio de estudiantes UMH / Página 3 de 4
ACUERDO ESPECIFICO DE INTERCAMBIO DE PROFESORADO E INVESTIGADORES FIRMADO POR LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA Dentro del Acuerdo Marco firmado entre ambas universidades, las partes manifiestan la conveniencia de promover el intercambio de profesores e investigadores de acuerdo a las siguientes CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO. Las partes manifiestan la conveniencia de promover el intercambio de profesores para fortalecer lazos de cooperación y mutuo apoyo con instituciones extranjeras de educación superior, incrementando el número de participantes en intercambios de profesorado SEGUNDA.- PERIODO DE INTERCAMBIO. Las partes conformarán los esfuerzos necesarios para promover y estimular el intercambio de profesores e investigadores por periodos a determinar por acuerdo mutuo entre las instituciones. ERCERA.- CARACTERÍSTICAS DEL INTERCAMBIO. Con el objetivo de fortalecer los proyectos y actividades conjuntas de ambas Instituciones, se fomentará el intercambio de profesores e investigadores. Para ello en el convenio específico era definirse: La relación laboral que se establecerá durante el periodo de intercambio. La financiación de los costes de viaje y alojamiento. Las modalidades de traslado, alojamiento y todo tipo de apoyo necesario para realizar las actividades previstas y facilitar la vida social y familiar del visitante. d) Los docentes o investigadores participantes serán seleccionados por los mecanismos que cada institución establezca. e) Definir la carga académica y administrativa para el personal extranjero tratando de cubrir, cuando sea aplicable, el espacio dejado por los participantes locales. RTA.- PROGRAMAS ESPECIALES. omoverán e impulsarán las siguientes actividades, en el interés por fortalecer los lazos de mbio entre las instituciones: rogramas de enseñanza, investigación, servicios comunitarios y cultura. La naturaleza y extensión de estos proyectos conjuntos serán determinadas por escrito por los representantes autorizados de cada organización, de acuerdo con la situación específica de las instituciones involucradas. * Acuerdo Especifico de intercambio de profesores e investigadores UMH / Página 1 de 2
b) Intercambio del material producido y/o publicado por las mismas. QUINTA.- PARTIDAS PRESUPUESTARIAS. Todos los programas y actividades contempladas en este convenio estarán sujetos a la disponibilidad de fondos y a la aprobación previa de los representantes de ambas instituciones, y no obligará a las instituciones a incurrir en gastos o asignar fondos para las actividades mencionadas. SEXTA.- REVISIÓN, MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN, TERMINACIÓN O SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Este Acuerdo Específico podrá ser revisado, modificado, suspendido o terminado por cualesquiera de las partes, según lo estipulado en el Acuerdo Marco de colaboración. SÉPTIMA.- VIGENCIA. El presente Acuerdo tendrá una duración de cinco (05) años contados a partir de la fecha de su suscripción bilateral, pudiendo ser renovado por un período similar o diferente por acuerdo de ambas partes. Su cese no interferirá en la continuación de proyectos no concluidos, los cuales deberán finalizar, salvo en casos de parecer contrario por ambas partes. Su cese no interferirá en la continuación de proyectos no concluidos, los cuales deberán finalizar salvo en casos de parecer contrario por ambas partes. UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ ELCHE UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA, Profesor Manuel Miguel Jordán Vicerrector de Relaciones Interoacionales (Firma delegada por: R.R. 07/0/11 de 19/05/2011 y R.R. 351/12 de23/f/3/2012) Fecr Fecha el Mejá Marcacuzco. fl 9 OCT 20Yi Acuerdo Especifico de intercambio de profesores e investigadores UMH / Página 2 de 2
ACUERDO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA (Perú) Y LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE (España) De una parte, la Universidad Nacional Agraria La Molina con domicilio legal en la Avenida 3 Molina, s/n - La Molina - Lima - Perú, y en su nombre y representación el Dr. Jesús Abel ejía Marcacuzco en calidad de Excmo. Rector de la misma, identificado con DNI 06443739, hombrado según Resolución N 001-09/UNALM-AU. otra, la Universidad Miguel Hernández de Elche, con domicilio social en Avenida de la UniVersidad, s/n, C P. 03202 Elche, (Alicante), CIF n Q-5350015C, y en su nombre y representación, D. Jesús Tadeo Pastor Ciurana, en calidad de Rector Magnífico de la misma. EXPONEN 1.- Que ambas instituciones tienen campos culturales, técnicos, docentes y científicos de interés común. 2.- Que la colaboración y el intercambio de experiencias y conocimientos, así como la prestación de servicios entre ambas instituciones, son del mayor interés para el progreso social y cultural de las mismas. Por todo ello deciden concertar un Acuerdo Marco de colaboración entre ambas instituciones, de acuerdo con las siguientes clausulas PRIMERA.- FINALIDAD DEL ACUERDO MARCO El objetivo de este Acuerdo es establecer un marco de actuación para la colaboración entre la Universidad Nacional Agraria La Molina y la Universidad Miguel Hernández de Elche en actividades enmarcadas en proyectos específicos en el ámbito de sus intereses comunes, y potenciar las relaciones mutuas de cooperación académica, científica y cultural, así como el intercambio de profesores, investigadores y estudiantes, publicaciones, programas académicos y proyectos de investigación entre ambas instituciones. Acuerdo Marco de colaboración UMH / UNALM Página 1 de 6
SEGUNDA.- OBJETO DEL ACUERDO MARCO La colaboración entre ambas entidades se basará en la realización, fundamentalmente, de las siguientes actuaciones: a) Desarrollo de estudios y proyectos de investigación en temas de interés común. b) Publicación conjunta de trabajos de investigación sobre temas de mutuo interés. c) Difusión de conocimientos mediante la organización de conferencias, reuniones, cursos, etc. d) Articulación de sistemas de prestación mutua de servicios y cooperación conjunta para fomentar el conocimiento en el ámbito universitario. e) Intercambio de sus profesores y/o investigadores con el objeto de impartir cursos y realizar proyectos de investigación. Intercambio de estudiantes de Pre-Grado, Master y Doctorado con el objeto de ganar experiencia. g) Apoyo recíproco en actividades de extensión universitaria de interés común, h) Trabajar en la posibilidad de llevar a cabo Titulaciones compartidas o conjuntas para acuitar la convalidación y reconocimiento de títulos de los estudiantes, i) Intercambio de libros, publicaciones científicas, programas de estudio, proyectos académicos, informaciones sobre cursos, congresos, seminarios, así como bancos de datos, que sean de interés común, j) Celebración de contratos de coedición conforme a los recursos presupuestarios de ambas instituciones, en caso de existir interés en publicar resultados de las investigaciones amparadas por el presente Convenio. TERCERA.- PROYECTOS ESPECÍFICOS Cada uno de los supuestos concretos de colaboración mencionados requerirá la elaboración de un proyecto especifico en el que se determinarán los fines y medios necesarios para su realización. Las propuestas de contrato especifico serán sometidas a la aprobación de los órganos competentes de cada parte. Los proyectos específicos que se engloben dentro de este Acuerdo Marco se añadirán al mismo como addendas. Acuerdo Marco de colaboración UMH / UNALM Página 2 de 5
"'Ifet* Cada proyecto, relacionado tanto con la investigación como con la docencia, indicado en un contrato específico, contemplarán los siguientes aspectos, siempre que sean pertinentes: a) Definición del objetivo que se persigue. b) Descripción del Plan de trabajo, que incluirá las distintas fases del mismo y la cronología de su desarrollo. -o^t) Presupuesto total y medios materiales y humanos que requiera el citado programa, ^especificando las aportaciones de cada entidad. * d) Normas para la coordinación, ejecución y seguimiento del proyecto. e) Nombre de las personas, una por cada parte, que se responsabilizarán de la marcha de cada Convenio Específico. Bienes de equipo aportados por cada una de las partes y su destino final. ARTA.- FINANCIACIÓN as fuentes financieras de los proyectos y la gestión de las mismas estarán claramente adas en los acuerdos específicos. Los gastos del viaje, misión, manutención y alojamiento, y las coberturas aseguradoras, además de cualquier otra necesidad de carácter económico deberán así mismo especificarse en los acuerdos específicos de colaboración acordados. Ambas Universidades facilitaran dentro de sus posibilidades y los proyectos específicos, el proporcionar recursos financieros y otras formas de apoyo para los estudiantes y los docentes que participen en los intercambios. QUINTA.- CONTRATACIÓN DE PERSONAL Cada institución establecerá los mecanismos necesarios, de acuerdo con sus estatutos y normativas para la contratación del personal necesario. En caso de contratación de profesores, investigadores y becarios conjuntos se realizará mediante una consulta recíproca, propuesta por cada una de las partes. Los candidatos propuestos por cada una de las partes serán presentados a la otra parte con tiempo suficiente para llevar a cabo bilateralmente el examen del candidato y la comunicación al mismo de su elección. Los fondos para la contratación de personal deberán establecerse en el proyecto específico. Acuerdo Marco de colaboración UMH / UNAI.M Página 3 de 6
- ** «V *? SEXTA.-INTERCAMBIO Intercambio de Profesores e Investigadores Con el objetivo de fortalecer los proyectos y actividades conjuntas de ambas Instituciones, se fomentará el intercambio de profesores e investigadores. Para ello en el acuerdo específico deberá definirse: a) La relación laboral que se establecerá durante el periodo de intercambio. b) La financiación de los costes de viaje y alojamiento. c) Las modalidades de traslado, alojamiento y todo tipo de apoyo necesario para realizar las actividades previstas y facilitar la vida social y familiar del visitante. tercambio de estudiantes intercambio de estudiantes podrá realizarse tanto dentro del Grado como del Master y el torado. En el acuerdo especifico deberá reflejarse: a) El nivel académico al que accederán los estudiantes y las condidones de acceso. Las titulaciones a las que se incorporaran los estudiantes. c) El numero de estudiantes de cada titulación. d) Los mecanismos de reconocimiento de la labor realizada. e) La forma de selección de los estudiantes de la universidad de origen y de aceptación de la universidad del destino. f) Las normas por las que se regirán los estudiantes g) La financiación tanto de las tasas académicas, como de viaje, alojamiento y manutención SÉPTIMA.-GESTIÓN Cada Universidad nombrará un Coordinador del Acuerdo Marco que será la persona de contacto entre las dos Universidades. (ANEXO I) Este coordinador nombrará a las personas de contacto para cada una de las actividades o proyectos específicos que se lleven a cabo a través de este Acuerdo Marco. OCTAVA.- DURACIÓN El acuerdo entrará en vigor a partir de la fecha de subscripción bilateral. Tendrá una duración de cinco (05) años y será renovado automáticamente, excepto voluntad Acuerdo Marco de colaboración UMH / UNALM Página 4 de 6
expresa comunicada por escrito a la contraparte con un mínimo de 30 días naturales previos a la caducidad del contrato. Su cese no interferirá en la continuación de proyectos no concluidos, los cuales deberán finalizar salvo en casos de parecer contrario por ambas partes. NOVENA.- JURISDICCIÓN La Universidad Nacional Agraria La Molina y la Universidad Miguel Hernández de Elche, se comprometen a resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pueda surgir en el desarrollo de este contrato. La controversia sobre la interpretación y la ejecución del presente acuerdo será sometida a un examen por una Comisión Académica de la que formará parte un representante de cada una de las Universidades y otro elegido por común acuerdo. En caso de conflicto por divergencias en la interpretación o ejecución del presente contrato, ambas partes acuerdan someterse a la normativa procesal específicamente aplicable. UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE :LCHE UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA D Vicerrector de Relaciones (Firma dafegada porr.r. 0730/j^e 19/05/2011 y por R.R 3^1/12 de 23/03/201 Peona Fecha: Dr. Jes ibel Mejía Marcacuzco Rector: Personas impulsoras del convenio Acuerdo Marco de colaboración UMH / UNALM Página 5 de 6
UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA ELCHE LA MOLINA Prof. Joaquín Julián Pastor Pérez Prof. Beatriz Hatta Sakoda Correo electrónico: üpastorfajumh.es Correo electrónico: bhs@lamolina.edu.pe ANEXO I De acuerdo y en cumplimiento de la Cláusula Séptima Comisión de seguimiento del acuerdo marco por la que se indica que cada Institución nombrará un Coordinador del Acuerdo Marco que será la persona de contacto entre las dos Instituciones. La UMH nombra como representante al Profesor D. Manuel Miguel Jordán Vidal, Vicerrector de Relaciones Internacionales. Firmado: Prof. Manuel Miguel JordáS\r de Relaciones La Universidad Nacional / Agraria La /Molina nombra como representante Firmado: JESÚS AB CMÉJIA MARCACUZCO 'RECTOR Acuerdo Marco de colaboración UMH / UNALM Página 6 de 6