ANEXO : USO DE RECURSOS



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Transcripción:

Página 1 de 11 1. INTRODUCCIÓN. En conformidad a lo previsto en el artículo 2, en el artículo 49 letra (b.), en el artículo 54, en los artículos 76 letra (b.) y 77 letra (b.) de la Ley 20.529, del Ministerio de Educación, que fija el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización, en los cuales se establece la exigencia a todos los Sostenedores de Establecimientos Educacionales que reciban recursos estatales, la obligación de rendir cuenta pública respecto del uso de estos recursos; a lo previsto en el artículo 92 del Decreto Supremo de Educación N 170 de 2009 del Ministerio de Educación, en el sentido del deber del Sostenedor de informar en detalle sobre el uso de los recursos otorgados por concepto de subvención de educación especial destinados a financiar el (P.I.E.) del establecimiento educacional, y a lo dispuesto por la Contraloría General de la República, en la resolución Nº 759 de 2003, que fija los procedimientos de rendición de cuentas de los organismos o entidades que administran fondos públicos, la División de Fiscalización de la, ha considerado necesario entregar instrucciones generales y específicas a utilizar por los Señores Sostenedores de establecimientos educacionales que perciben subvención para atender necesidades educativas especiales, destinada a financiar las acciones y los apoyos especializados que se entregan a través de Programas de Integración Escolar en sus establecimientos educacionales. Para cumplir con la obligación señalada, en la página Web Comunidad Escolar del Ministerio de Educación, zona privada del Sostenedor, se encontrará disponible un enlace (link) a un aplicativo que le permitirá formalizar ante este ministerio lo previsto en el artículo 92 del Decreto N 170 de 2009, respecto de la presentación del Informe Técnico de Evaluación Anual del del establecimiento educacional. El presente Instructivo se refiere a la componente del señalado Informe denominada Anexo Uso de Recursos. 2. INSTRUCCIONES GENERALES. 2.1. Uso y destino de los fondos transferidos. La subvención de educación especial que percibe el Sostenedor que administra un considera tanto el monto de la subvención regular a que da derecho el alumno(a) integrado, más una fracción destinada a financiar las acciones y los apoyos especializados que demandan las necesidades educativas especiales que requieren estos alumnos. La entrega de la información detallada establecida en el art. 92 del Decreto Supremo de Educación N 170 de 2009, respecto del u so de los recursos otorgados por concepto de subvención de educación especial, destinada a financiar las acciones y los apoyos especializados que demandan las necesidades educativas especiales que requieren los alumnos integrados del establecimiento, se materializará a través de una interfaz computacional accesible a través de la red Internet, tipo web, que se explica en el presente Instructivo. La información detallada del uso de recursos dice relación solamente con la fracción de la subvención destinada a financiar la educación especial que se imparte a través de Programas de Integración Escolar. De acuerdo a lo establecido en el art. 86 del Decreto Supremo de Educación N 170 de 2009, ya citado, será requisito para la aprobación de un por parte del Ministerio de Educación, que su planificación, ejecución y evaluación contemple la utilización de la totalidad de los recursos financieros adicionales que provee la fracción de la subvención de la educación especial diferencial o de necesidades educativas especiales, de acuerdo a lo siguiente: 1

Página 2 de 11 a. Contratación de recursos humanos especializados:, de acuerdo con las orientaciones técnicas que el Ministerio de Educación definirá para estos efectos. Cuando el Programa de Integración Escolar es comunal, el tiempo que utilicen los profesionales para trasladarse de un establecimiento a otro, cuando realicen los apoyos en distintos establecimientos, debe ser considerado en la planificación, de modo de no afectar las horas de trabajo comprometidas en el Convenio por cada grupo de alumnos. b. Coordinación, trabajo colaborativo y evaluación del Programa De Integración Escolar: La planificación de este aspecto debe considerar las orientaciones técnicas que el Ministerio de Educación defina en esta materia. Contempla la asignación de 3 horas cronológicas para los profesores de educación regular para la planificación, evaluación y seguimiento de este Programa, involucrando en estos procesos a la familia. c. Capacitación y perfeccionamiento sostenido orientado al desarrollo profesional de los docentes de educación regular y especial y otros miembros de la comunidad educativa, como mínimo una vez al año, con el propósito de mejorar la calidad de las respuestas educativas a la diversidad del estudiantado y a las necesidades educativas especiales. d. Provisión de medios y recursos materiales educativos que faciliten la participación, la autonomía y progreso en los aprendizajes de los y las estudiantes: equipamientos o materiales específicos; materiales de enseñanza adaptados, tecnológicos, informáticos y especializados; sistemas de comunicación alternativo, aumentativo o complementario al lenguaje oral o escrito, eliminación de barreras arquitectónicas de menor envergadura. Estos recursos no se pueden destinar a la construcción de salas de clases ni a la compra de vehículos u otras acciones que no estén directamente vinculadas con el proceso de enseñanza-aprendizaje de los estudiantes. En resumen, el objetivo de esta subvención es solventar los gastos necesarios para la implementación y operación del del establecimiento educacional, de acuerdo a los cuatro grupos de acciones señalados y que comprometen gastos por parte del Sostenedor. 2.2. Información del Uso de Recursos P.I.E. La forma de materializar la entrega de la información relativa al uso de recursos P.I.E., será identificando cada partida de gastos en que incurrió el Sostenedor y relacionándola con alguna de las cuatro categorías de gastos señalados. La relación de gastos informada constituirá el Informe de Uso de Recursos P.I.E. 2012. Los montos a informar es la adición del total de los recursos transferidos durante el año calendario 2012, (enero a diciembre 2012) de acuerdo a lo señalado en el primer párrafo del punto (2.1) anteriorr, mas o menos el saldo de la rendición del año 2011 y mas el monto de los gastos rechazados en las fiscalizaciones practicadas por la Superintendencia de Educación Escolar. En el evento que terminado el ingreso de gastos resulten excedentes o saldos de la subvención destinada al P.I.E., no utilizados por el Sostenedor éstos quedarán a disposición del P.I.E. del establecimiento. Una vez terminado el ingreso de gastos relacionados con la implementación del Programa de Integración Escolar desarrollado en el establecimiento educacional que rinde, el Sostenedor debe proceder a declarar que el contenido de la declaración se ajusta a la normativa e instrucciones y orientaciones del Ministerio de Educación respecto de la ejecución de los Programas de Integración Escolar y que se compromete a utilizar el saldo remanente del Informe de Uso de Recursos P.I.E. 2012 que informa, para complementar la 2

Página 3 de 11 implementación del del año 2013. Esta declaración se materializará seleccionando una casilla de verificación, antes de salir del sistema. 3. EXPEDIENTE CONTABLE. La información contable de la rendición de cuentas, estará constituida por los comprobantes de ingresos, los comprobantes de egresos y saldo disponible. En los comprobantes de egresos se deberá adjuntar la documentación sustentante, la cual constituirá el reflejo de los gastos realizados para la gestión del P.I.E del establecimiento, de acuerdo a las cuatro categorías de gastos señalados en el punto (2.1). En los establecimientos educacionales particulares subvencionados y en los administrados por Municipalidades o Corporaciones Municipales de Educación que hayan delegado a los Directores de los establecimientos la facultad de administrar los fondos estipulados en el artículo N 22 de la Ley N 19.410, la documentación de respaldo an tes citada (documentos originales), deberá permanecer en la sede central de la unidad operativa correspondiente. Para establecimientos educacionales con dependencia Municipal la unidad operativa se entenderá como el domicilio del Departamento de Educación Municipal o de la Corporación de Administración de Educación Municipal. Asimismo los establecimientos educacionales sostenidos por personas jurídicas de derecho privado, la unidad operativa se entenderá el domicilio correspondiente al lugar donde tiene la administración de su sociedad. Se debe tener presente que la documentación sustentante, deberá estar a disposición de los funcionarios de la y de la Contraloría General de la República. Respecto a la eventual pérdida, extravío o sustracción, de la documentación sustentante provenientes de los recursos contenidos en el Informe de Uso de Recursos P.I.E. 2012, los establecimientos educacionales y/o sostenedores, deberán dar inmediato aviso por escrito a la Dirección Regional de la de su jurisdicción, indicando las circunstancias en que se produjo el hecho y señalar el detalle de la documentación comprometida. 3.1. La Documentación de Respaldo. La documentación de respaldo de los egresos, la constituyen los documentos legales u otros que sustenten las acciones y operaciones que se realicen para dar cumplimiento a los objetivos del del establecimiento. La documentación válida de respaldo de los gastos informados corresponderá, entre otros, a la siguiente documentación, la cual se debe presentar en original. Facturas de compraventa de bienes y/o servicios, con la respectiva guía de despacho, si procediere esta última. Contratos de trabajo, liquidaciones de sueldo, Finiquitos de Contratos Boletas de Compraventa. Boletas de Honorarios. Contratos de Prestación de Servicios. Boletas Prestación de Servicios de Terceros. Convenios con Terceros, cuando corresponda. Formulario Nº 29, en caso que el agente retenedor sea el Sostenedor. Planilla de leyes sociales, previsionales y de salud. 3

Página 4 de 11 Planillas de movilización. En el caso de que un documento de respaldo involucre a dos o más establecimientos educacionales se deberá prorratear el gasto, indicando en el mismo documento la distribución del prorrateo por cada establecimiento educacional, luego se deberá adjuntar el documento original en el Informe de Uso de Recursos P.I.E. 2012 de uno de ellos y en los demás, una copia del documento sustentante del prorrateo. Documentos que no serán aceptados como respaldo válido del egreso: Recibos de dinero y vales internos. Documentación de respaldo remarcada, enmendada o ilegible. Documentos que presenten fechas distintas al año calendario, desde 01/01/2012 al 31/12/2012. Nota: Excepcionalmente se aceptarán documentos fechados entre el [1-11-2011] y el [31-12-2011], con la condición que se demuestre que fueron efectivamente cancelados durante el año 2012. Documentos que se encuentren fechados fuera de la vigencia del convenio. Si producto de una fiscalización se detectan documentos ilegibles, enmendados o bien se presentan errores involuntarios que implican modificar el Informe de Uso de Recursos P.I.E. 2012, el Sostenedor deberá solicitar por escrito al Director Regional de la Superintendencia de Educación Escolar, la modificación del Informe de Uso de Recursos P.I.E. 2012. 4. OBLIGACIONES DE LOS SOSTENEDORES. 1. Informar en detalle el uso de los recursos otorgados por concepto de subvención de educación especial, de acuerdo a los fondos transferidos durante el año calendario 2012, correspondientes a la fracción de la subvención de educación especial destinada a financiar las acciones y los apoyos especializados que requieren los alumnos integrados que son atendidos a través de Programas de Integración Escolar, en los plazos exigidos por el Ministerio de Educación. 2. Mantener toda la documentación sustentante del Informe de Uso de Recursos P.I.E. 2012 a disposición del y de la Contraloría General de la República. 5. INSTRUCCIONES ESPECÍFICAS INFORME DE USO DE RECURSOS P.I.E. 2012. Para ingresar al aplicativo que le permitirá informar sus gastos P.I.E. deberá acceder al link respectivo disponible en el sitio Comunidad Escolar Zona Privada del Sostenedor. El link abrirá una página donde al lado de cada establecimiento administrado, encontrará un ícono que le permitirá realizar el Informe Técnico de Evaluación Anual del P.I.E y otro donde podrá informar los gastos asociados que abrirá una página denominada ANEXO : USO DE RECURSOS AÑO 2012. Se debe tener presente que para acceder al Anexo de Uso de Recursos es condición el haber llenado y terminado el Informe Técnico del P.I.E., lo cual se visualiza con el estado ENVIADO, para este último informe. 4

Página 5 de 11 5.1. La plataforma para realizar el Informe de Uso de Recursos P.I.E. 2012 presenta seis secciones: Sección I : IDENTIFICACIÓN. Sección II : MONTOS PERCIBIDOS Sección III : RESUMEN DE GASTOS INFORMADOS Sección IV : INGRESO DE GASTOS Sección V : DETALLE DE GASTOS INGRESADOS Sección VI : DECLARACIÓN DEL SOSTENEDOR La Sección I. La Sección II. IDENTIFICACIÓN. Presenta información pre-cargada de identificación del Sostenedor y del establecimiento educacional. MONTOS PERCIBIDOS. Presenta pre-cargada la siguiente información: Saldo Rendicion 2011 : Es el saldo que reflejó su rendición anterior de gastos P.I.E. en el año 2011; corresponde al monto que el usuario digitó o confirmó del monto total transferido en el año 2011 menos el total de gastos informados en ese mismo año. Total Transferido 2012 : Es igual al total de recursos transferidos durante el año calendario 2012 correspondiente a la fracción de la subvención de educación especial, destinada a financiar la educación especial que se imparte a través de Programas de Integración Escolar. Incluye la fracción que aumenta la asignación de zona y la fracción que aumenta la componente remuneracional de la ley 19.933. No incluye los aumentos en las leyes 19.410 y 19.464. Gastos Rechazados : Es igual al monto de los gastos rechazados en fiscalizaciones practicadas en el año 2012, a las rendiciones de gastos P.I.E. del 2011. Total a Rendir 2012 : Es igual al monto acumulado de recursos disponibles para el P.I.E. del establecimiento, durante el año calendario 2012, sobre los cuales debe informar los gastos respectivos. Es igual a la sumatoria de los tres montos anteriores. La Sección III. RESUMEN DE GASTOS INFORMADOS. Se despliegan los totales informados por cada una de las categorías de gastos definidos en el punto (2.1), en los que deberá clasificar cada gasto que se rinda; son las siguientes: Grupo I. Grupo II. Grupo III. Grupo IV. Contratación de Recursos Humanos. Coordinación, Trabajo Colaborativo y Evaluación. Capacitación y Perfeccionamiento. Provisión de Medios y Recursos Materiales. Al final de la sección III se despliega el total que ha acumulado de gasto informado y el saldo del Informe de Uso de Recursos P.I.E. 5

Página 6 de 11 2012, obtenido como la diferencia entre: Total Transferido 2012 y Total Gasto Informado. La Sección IV. La Sección V. La Sección VI. INGRESO DE GASTOS. En esta sección se debe ingresar el detalle de los gastos que se informan, de acuerdo al uso y destino de los fondos transferidos. Los gastos se ingresan uno a uno en una línea de gasto. DETALLE DE GASTOS INGRESADOS. Los gastos que se van ingresando se despliegan secuencialmente en una lista de ingresos de gastos. DECLARACIÓN DEL SOSTENEDOR. El Sostenedor, mediante el chequeo de una casilla de verificación (haciendo clic en una casilla rectangular) procede a declarar que el Informe de Uso de Recursos P.I.E. 2012 se ajusta a la normativa e Instrucciones del Ministerio de Educación sobre Programas de Integración Escolar (P.I.E.) y que el saldo queda a disposición del P.I.E. vigente. 5.2. Instrucciones para efectuar el Informe de Uso de Recursos P.I.E. 2012 en Aplicativo WEB. El formato del Informe de Uso de Recursos P.I.E. 2012 en Aplicativo WEB se encuentra en el Anexo N 1 de este Instructivo. Mayor especificidad sobre uso y destino de recursos de los P.I.E se encuentra la Sección de Educación Especial del portal www.mineduc.cl. 6. CONSIDERACIONES GENERALES. 1. Plazo para terminar el Informe de Uso de Recursos : 30 de enero de 2013. 2. El Sostenedor que no cumpla con rendir los gastos del P.I.E. del establecimiento educacional administrado, o que entregue información no ajustada a la normativa que regulan los Programas de Integración Escolar, se expone a las sanciones previstas en los artículos 76 letra (b.) y 77 letra (b.) de la Ley 20.529, del Ministerio de Educación, que fija el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización. 3. Sus consultas puede dirigirlas a las siguientes instancias: - Correo electrónico apoyopie@mineduc.cl - Mesa de ayuda Mineduc en el fono : 600.600.26.26 - Direcciones Regionales de la 6

Página 8 de 11 ANEXO Nº 1 PLATAFORMA PARA INGRESAR LOS GASTOS DEL INFORME DE USO DE RECURSOS. SECCIÓN I. IDENTIFICACIÓN. 99.999.999-9 11.111-1 ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL SECCIÓN II. MONTOS PERCIBIDOS. SECCIÓN III. RESUMEN DE GASTOS INFORMADOS. 8

Página 9 de 11 SECCIÓN IV. INGRESO DE GASTOS. Para ingresar un gasto debe llenar cada casillero con la información correspondiente. Todos los casilleros deben ser utilizados en cada línea de gasto. Ítem de Gasto : Corresponde al grupo de gastos descritos en el punto (5.1): Grupo I. Grupo II. Grupo III. Grupo IV. Contratación de Recursos Humanos. Coordinación, Trabajo Colaborativo y Evaluación. Capacitación y Perfeccionamiento. Provisión de Medios y Recursos Materiales. N Documento : Es el identificador del documento; tal como el número de la factura del gasto rendido. Las remuneraciones docentes se identifican con un número propio de la contabilidad del Sostenedor u otro numeral que permita identificar fácilmente la remuneración (o grupo de remuneraciones) que se rinde. Los números de documentos no deben repetirse, para un mismo proveedor e igual tipo de documento, dentro de una rendición de un establecimiento (excepto para prorratear un gasto, caso en el cual se debe explicar claramente en la glosa Detalle Gasto ). Rut Proveedor : Es el Rol Único Tributario del prestador del servicio informado o del proveedor de bienes adquiridos para la implementación del P.I.E. Se ingresa sin puntos de miles, con guion y dígito verificador Tipo Documento : Es un cuadro donde se despliegan alternativas de documentos sustentatorios para cada gasto informado, de la rendición. La lista es la siguiente: 1 Factura Afecta IVA 2 Factura Exenta IVA 3 Boleta Compraventa 4 Boletas de Honorarios 5 Boleta Exenta IVA 6 Liquidación de Sueldo 7 Finiquito de Contrato 8 Pago Reten. Honorarios 9 Planilla Movilización 10 Otro 9

Página 10 de 11 Fecha : Es la fecha del gasto que declara. El rango de fechas permitido es: Desde el [01-11-2011] hasta [31-12-2012]. El formato de fecha a utilizar es dd-mm-aaaa Los gastos fechados entre el 01-11-2011 y el 31-12-2011, deberán acreditar al momento de la fiscalización que el pago efectivo se realizó en el año 2012 Monto : Es el monto en pesos chilenos del gasto que se declara. Se ingresa sin el signo pesos, sin puntos de miles, sin coma, sin decimales y en general sin ningún carácter que no sea un número entero. Detalle Gasto : Es una glosa explicativa del gasto que no puede exceder 160 caracteres. Se debe ingresar una frase explicativa clara, precisa y concisa, para fines de fiscalización posterior. Cuando termine de ingresar una línea de gastos, haga clic en el botón + para que sea grabada. SECCIÓN V. DETALLE DE GASTOS INGRESADOS. Para modificar un gasto, debe proceder a eliminarlo; para eliminar un gasto haga clic al lado derecho de la línea de gasto en el botón SECCIÓN VI. DECLARACIÓN DEL SOSTENEDOR. Una vez terminado el ingreso de gastos del Informe de Uso de Recursos del P.I.E. 2012, el Sostenedor debe activar el botón grabar y enviar ; el sistema le exigirá activar, haciendo clic dentro de ésta, la casilla de verificación del cuadro siguiente, que contiene una declaración del Sostenedor, respecto de los gastos informados. 10

Página 11 de 11 Botón Volver Botón Grabar y Salir Botón Grabar y Enviar Sale de la página del Informe Anexo de Uso de Recursos del P.I.E. y permite seguir ingresando y modificando en una nueva sesión de trabajo. Sale de la página del Informe Anexo de Uso de Recursos del P.I.E. y permite seguir ingresando y modificando en una nueva sesión de trabajo. Sale de la página del Informe Anexo de Uso de Recursos del P.I.E. y no permite seguir ingresando y modificando en una nueva sesión de trabajo. Cuando termine de ingresar todos sus gastos y desee enviar su Informe Técnico de Evaluación Anual e Informe Anexo de Uso de Recursos del P.I.E., al Mineduc, deberá activar la casilla de verificación, en la cual hace la declaración final del Informe que entrega. 11