20017/2014/62/32/1 CÓDIGO LURRALDE ETA HIRI IKASKETETARAKO EUSKAL ESKOLA (LHIEE) 2014. Hirigintza Presentziala Gaztelania INFORMACION GENERAL



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INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS (IEE)

Transcripción:

CÓDIGO 20017/2014/62/32/1 INFORMACION GENERAL FECHAS 5 6-19- 20 de mayo de 2014 LUGAR/AULA BILBAO IVAP-EVETU (Alda. Recalde, 18-1º) DURACION 16 horas HORARIO 15:00-19:00 PLAZO MATRICULA CUPO MAX. ALUMNADO CRITERIOS SELECCION PONENTES DISEÑO Hasta el 10 de abril de 2014 VºBº Hasta el 15 de abril de 2014 25 DIRIGIDO A Según su prioridad atendiendo al orden de llegada ALVARO CEREZO IBARRONDO (Arquitecto. Experto en Derecho urbanístico). AGUSTIN DE LORENZO (Servicio de Normativa y Control de Calidad de la Edificación. Departamento de Empleo y Políticas Sociales. Gobierno Vasco) QUE SE PRETENDE CONSEGUIR OBJETIVOS GENERALES PRIORIDAD MATERIAL EQUIPAMIENTO El habitual -Cargos de designación. -Personal al servicio de las Administraciones Públicas Vasca de los grupos A y B. -Profesionales con titulación superior y/o media. -Postgraduados con titulación universitaria superior. -Estudiantes universitarios 1º Cargos de designación. 2º Personal al servicio de las Administraciones públicas Vasca de los grupos A y B. 3º Profesionales con titulación superior y/o media. 4º Postgraduados con titulación universitaria superior 5º Estudiantes universitarios ** Aportado por los ponentes y la organización. Los objetivos del presente curso sobre IEE-ITE desde la perspectiva de la administración local son: - Conocer el nuevo marco legal del deber de conservación, eficiencia energética de edificios y accesibilidad en el ámbito edificatorio en el marco del Informe de Evaluación de Edificio (IEE). - Identificar la documentación que integra el Informe de Evaluación de Edificio (IEE). - Analizar las obligaciones de las Entidades Locales en materia de Informe de Evaluación de Edificio (IEE), en función del Decreto 241/2012, de 21 noviembre de 2012 por el que se regula la Inspección Técnica de Edificios en la Comunidad Autónoma del País Vasco y la ORDEN de 15 de octubre de 2013, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, de modificación de los anexos II y III del Decreto 241/2012. 1

- Analizar las posibles estrategias y herramientas para alcanzar los objetivos de cumplimiento previstos. - Resolver las dudas iniciales de aplicación del nuevo ordenamiento jurídico. OBJETIVOS DEL ALUMNADO COMPETENCIAS PROGRAMA Y EVALUACION METODOLOGÍA PROGRAMA - Analizar la normativa vinculante: Ley 3R, RD IEE, RD Certificación Energetica, Decreto 241/2012 y Orden 15/10/2013. - Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas (L3R). - Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016, Anexo II. - Decreto 241/2012, de 21 noviembre de 2012 por el que se regula la Inspección Técnica de Edificios en la Comunidad Autónoma del País Vasco- - ORDEN de 15 de octubre de 2013, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, de modificación de los anexos II y III del Decreto 241/2012. - Reconocer los instrumentos posibles para la aplicación y seguimiento de la IEE. - Ser capaces de aplicar los conocimientos y recursos adquiridos para conocer las obligaciones de las administraciones locales en el deber de conservación eficiencia energética y accesibilidad. - Conocer las alternativas o instrumentos que podrían desarrollar para adaptar dichas obligaciones a la realidad de sus municipios. Sesiones presenciales.. Participación activa del alumnado.. Explicaciones prácticas basadas en ejemplos reales.. JORNADA 1. 1.- ANÁLISIS DEL MARCO LEGAL DEL INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIO (IEE). (Agustín de Lorenzo y Álvaro Cerezo) Introducción. (Agustín de Lorenzo y Álvaro Cerezo) Normativa Estatal (Álvaro Cerezo) - LEY de Rehabilitación, Regeneración y Renovación urbana (L3R). - REAL DECRETO 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios (RD CEE). - REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. - ORDEN VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados. - REAL DECRETO 173/2010, de 19 de febrero, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad. Normativa Autonómica (Agustín de Lorenzo) - LEY 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo, del País Vasco (LSUPV). - DECRETO 241/2012, de 21 de noviembre, por el que se regula la inspección técnica de edificios en la Comunidad Autónoma del País Vasco (DECREO ITE). - DECRETO 240/2011, de 22 de noviembre, por el que se regula la certificación de la eficiencia energética de los edificios de nueva construcción (DECRETO CERTIF PV). 2

- ORDEN de 12 de diciembre de 2012, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se regula el control externo de la Certificación de Eficiencia Energética. - ORDEN de 2 de abril de 2013, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, del registro de certificados de eficiencia energética de edificios. ORDEN de 15 de octubre de 2013, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, de modificación de los anexos II y III del Decreto 241/2012, de 21 noviembre de 2012 por el que se regula la Inspección Técnica de Edificios en la Comunidad Autónoma del País Vasco. - LEY 20/1997, de 4 de diciembre, para la Promoción de la Accesibilidad. - DECRETO 68/2000, de 11 de abril, por el que se aprueban las normas técnicas sobre condiciones de accesibilidad de los entornos urbanos, espacios públicos, edificaciones y sistemas de información y comunicación (DECRETO ACCESIBILIDAD). - DECRETO 42/2005, de 1 de marzo, de modificación del Decreto por el que se aprueban las normas técnicas sobre condiciones de accesibilidad de los entornos urbanos, espacios públicos, edificaciones y sistemas de información y comunicación. JORNADA 2. 2.- EL INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIO (IEE) Y SUS PARTES. (Agustín de Lorenzo y apoyo Álvaro Cerezo) Informe de Evaluación de Edificio (IEE) = Inspección Técnica de Edificios + Certificación de eficiencia energética de edificios existentes + Cumplimiento de la normativa de accesibilidad. - Contenidos mínimos del IEE. - Puntos críticos de consideración. - Repercusiones y trascendencia. JORNADA 3. 3.-OBLIGACIONES DE LOS AYUNTAMIENTOS EN ESTA MATERIA. (Álvaro Cerezo) - Mecanismos y herramientas de disciplina urbanística vinculadas a la realización de la IEE. - Calendario previsto de aplicación y modos alternativos de cumplimiento. - Casos de incumplimiento por parte de los sujetos obligados. - Medios técnicos y humanos necesarios. - Periodicidad y actualización. - Herramientas posibles, censos y sistematización. - Derivadas económicas. 4.- EXAMEN. EVALUACION El objetivo de la evaluación tiene como finalidad comprobar el grado en el que los asistentes han alcanzado los objetivos y han adquirido las competencias planteadas en los puntos anteriores. La metodología utilizada para la evaluación constará de un tets que validará el grado de adquisición de los contenidos teóricos del curso y que sólo se dará por aprobado si se supera satisfactoriamente el 60 % de las preguntas. Si no se supera el test en el primer intento se tendrán 3 oportunidades más. Constará de 10 preguntas a elegir entre cuatro opciones de verdadero o falso. Se realizará el último día de clase. Ejemplo: Todos los edificios que se construyan a partir del 31 de diciembre de 2020 a) Serán edificios de energía casi nula. b) Deberán tener una certificación ambiental c) Deberán ser acreditados ante la administración. d) No serán de energía casi nulo los de la Administración, que deberán serlo en 2030. 3

VALORACION CURSO Encuesta de satisfacción de los alumnos/as Encuesta de valoración del profesorado CERTIFICADO APROVECHAMIENTO Requisitos a cumplir: 80% de asistencia Abonar la matrícula Superar la prueba de aprovechamiento PRECIO NOTAS MATRICULACIÓN COMO HACER EL PAGO DE LA MATRÍCULA 170,00 La matrícula está sujeta a la Orden vigente de precios públicos del IVAP, actualmente la Orden de 18 de julio de 2007, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se fijan los precios públicos de las actividades que prestan los diferentes servicios en que se estructura el Instituto Vasco de Administración Pública (BOPV nº 171, de 5 de septiembre de 2007). El personal del Gobierno Vasco que pertenezca a la red corporativa realizará la inscripción mediante automatriculación desde JAKINA/IVAP/CURSOS DE FORMACIÓN. Ver también como automatricularse en www.ikasi.ivap.org. El personal de las Administraciones locales y forales a través de su Coordinador de Formación, que dará el visto bueno a su solicitud y remitirá la relación de solicitudes al IVAP según procedimiento habitual. En el caso de que no existiera la figura del Coordinador de Formación, el interesado puede hacer llegar la solicitud correspondiente según impreso adjunto, mediante e-mail o vía fax. Los profesionales, postgraduados, o interesados en general pueden realizar la solicitud según impreso de solicitud www.ivap.euskadi.net remitiendolo al IVAP. Admisión de la persona solicitante: si es empleado público se comunicará a su Coordinador de Formación, si no pertenece a la Administración se le comunicará por email, escrito o telefónicamente (profesionales y otros). En su defecto, se entenderá que la solicitud no ha sido admitida. La autorización de asistencia o participación emitida al personal funcionario por órgano competente (Dirección de Servicios o Alcaldía en su caso) implicará el compromiso de pago de matrícula de la Administración Pública correspondiente. Si se produce alguna baja los interesados o los coordinadores de formación deberán comunicarlo vía e-mail o fax, antes del inicio del curso de lo contrario se facturarán las matrículas. Tras la aprobación por parte del IVAP de la solicitud se requerirá al solicitante el ingreso de la matrícula. Para ello es totalmente necesario que indiqué quién va a abonar la misma: la persona solicitante o la institucion y/o empresa a la que pertenece (debiendo en este caso indicar los datos fiscales: CIF-y dirección Fiscal) y señalarlo en la solicitud. El procedimiento de pago será el siguiente: Pasos: 1. Hasta la emisión de la carta de pago por parte del IVAP la institución y/o persona admitida no deberá realizar el pago. La carta de pago, que contiene un código de barras identificativo, se le entregará por correo postal mediante notificación. En la carta de pago se indica como realizarlo (Internet, transferencia, bancos conveniados, etc.).no es necesario entregar el abonaré del pago. 4 En la carta de pago aparece la información necesaria para llevar a cabo el pago bien vía Internet o, bien de forma presencial en la entidad bancaria. En ambos casos, la entidad bancaria debe estar recogida en el listado de Entidades Financieras

colaboradoras (parte inferior izquierda de la carta de pago). Otros datos de interés que contiene la carta de pago son: página Web para operar a través de internet y fecha límite de pago. Transcurrida ésta última, el pago pasa a vía de compensación o de apremio según el caso. INFORMACIÓN DIRECCIONES POSTALES DEL IVAP 2. PAGO POR INTERNET, con la carta de pago a través de la "Pasarela de Pagos" de la Administración Vasca dirección electrónica www.euskadi.net/mipago, esta modalidad estará operativa las 24 horas del día. El pago podrá realizarse con cualquier tarjeta Visa, Maestro o Mastercard, o a través del servicio de banca electrónica de las entidades financieras adheridas: Kutxabank, Laboral Kutxa, Banco Sabadell- Guipuzcoano, La Caixa, Bankia, Bankoa y BBVA y Banco de Santander. No obstante, el pago también podrá efectuarse acudiendo a las sucursales bancarias indicadas en el párrafo siguiente. 3. PAGO PRESENCIAL se podrá realizar en las sucursales de las entidades entidades financieras adheridas: Kutxabank, Laboral Kutxa, Banco Sabadell- Guipuzcoano, La Caixa, Bankia, Bankoa y BBVA y Banco de Santander. Para ello, deberán presentar la carta de pago. Dado que las cartas de pago incluyen códigos de barras, el abono puede efectuarse a través de cajero automático con lectura óptica o captura de datos manual. IVAP Escuela Vasca de Estudios Territoriales y Urbanos (EVETU) Lurralde eta Hiri Ikasketetarako Euskal Eskola (LHIEE) EVETU-IVAP - Alameda de Recalde, 18-1º - 48009 - Bilbao Tfno. 94 403 16 00 / 04 - Fax. 94 403 16 01 www.ivap.euskadi.net email: evetu@ivap.es BILBAO: Errekalde zumarkalea 18-48009 Bilbao - Tlf. 94-4031600. Fax 94-4031601 - DONOSTIA: San Bartolomé,28-20006 Donostia - Tlf. 943-428306. Fax 943-425903 GASTEIZ: Donostia-San Sebastian 1-01010 Vitoria-Gasteiz - Telf. 945-017600. Fax 945-017602 OÑATI: Unibertsitateko etorbidea - 20560 Oñati - Tlf. 943-782000. Fax 943-783177 ivap@ivap.es; evetu@ivap.es www.ivap.euskadi.net 5