BANCO DE MEXICO FIDUCIARIO DEL FONDO DE OPERACIÓN Y FINANCIAMIENTO BANCARIO A LA VIVIENDA C O N V O C A B A S E S



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Transcripción:

BANCO DE MEXICO FIDUCIARIO DEL FONDO DE OPERACIÓN Y FINANCIAMIENTO BANCARIO A LA VIVIENDA C O N V O C A A las Instituciones de Banca Múltiple y Sociedades Financieras de Objeto Limitado - Ramo Hipotecario o Inmobiliario (SOFOLES) con registro en el FOVI, a participar en la Subasta de Derechos sobre Créditos para Financiar la Construcción de Viviendas (Clave No. S. V. 050002), de conformidad con lo establecido en las Condiciones Generales de Financiamiento, bajo las siguientes B A S E S I. OBJETO SUBASTADO. Derechos de crédito destinados para otorgar créditos para construcción de viviendas tipos A y B, con los valores máximos objeto del financiamiento del FOVI, mediante líneas de crédito. II. FECHA DE LA SUBASTA. El día 13 de noviembre de 2000 a las 11:30 horas. III. MONTO MINIMO DE ASIGNACION. 540,000 UDI's La conversión a UDIS de los avalúos para efectos del financiamiento, se establecerá en la fecha de firma del contrato de crédito entre el acreditado y el intermediario financiero. IV. VALORES MAXIMOS DE LAS VIVIENDAS A FINANCIAR. Los señalados en las Condiciones Generales de Financiamiento.

2 V. MONTOS MAXIMOS DE CREDITO Y CONDICIONES FINANCIERAS DE LOS CREDITOS PARA CONSTRUCCION. Monto máximo de crédito por vivienda: FOVI otorgará con sus recursos el crédito para construcción hasta por el porcentaje máximo como proporción del precio de venta que marca la siguiente tabla de acuerdo con la calificación que obtenga el intermediario financiero. Este podrá complementar con sus recursos el crédito para la construcción, el cual no podrá ser superior al 65% del valor de las viviendas tomando en cuenta la suma de ambos financiamientos. Las SOFOLES durante sus tres primeros años de operación con FOVI se considerarán como calificación promedio y podrán otorgar créditos para construcción hasta por el 60% del valor de la vivienda. Calificación Porcentaje de crédito Crédito máximo en UDIS Superior. 65% 67,925 Promedio alto. 65% 67,925 Promedio. 60% 62,700 Promedio bajo. 55% 57,450 Las líneas de crédito devengarán mensualmente una tasa de interés real fija al momento de su primer ejercicio, que será igual a la suma de la tasa de interés a que se refiere el anexo 12 de las Condiciones Generales de Financiamiento de FOVI, incluyendo el margen de este fondo más la sobretasa de interés ofrecida en la postura. En el caso de aprobarse prórroga por el FOVI, se incrementará la tasa de interés en un punto porcentual por cada una de ellas. Mensualmente se cobrarán únicamente los intereses correspondientes. El saldo se liquidará a más tardar al individualizar las viviendas, o en su caso, en la fecha de vencimiento del crédito, lo que ocurra primero. Dentro del porcentaje del crédito puente, el intermediario a su juicio podrá otorgar capital de trabajo hasta por el 20% del importe total del crédito para el grupo o frente de viviendas que se vaya a iniciar y podrá mantenerse arriba del nivel de avance de la construcción.

3 Dentro del plazo de cuatrocientos cincuenta días naturales contados a partir de la fecha de la realización de la subasta, los intermediarios financieros, deberán obtener el registro de proyecto ejecutivo. Cumplido el plazo señalado, los derechos quedarán cancelados. VI. MONTO A SUBASTAR. El monto a subastar es de 450 millones de UDIS. VII. ASIGNACION DE DERECHOS. La asignación se hará de la mayor a la menor de las pujas ofrecidas. En caso de posturas iguales y de que el monto por asignar no fuere suficiente para atender tales posturas, se dará preferencia a la solicitud del postor que primero haya ingresado su documentación a la subasta. VIII. REQUISITOS PARA SER POSTOR: Además de cumplir con lo señalado en las Condiciones Generales de Financiamiento del FOVI, los participantes deberán cubrir la cuota de inscripción de 0.05% sobre el monto solicitado. El pago de la cuota de inscripción deberá ser cubierta al FOVI por los intermediarios financieros, mediante el registro en el módulo FOVI. Adicionalmente, los postores deberán cubrir una comisión por apertura del 0.30% sobre el monto de la línea, al momento de ejercer la primera disposición del crédito para la construcción. IX. DERECHOS ASIGNADOS NO EJERCIDOS. En el caso de que no se ejerzan los derechos de crédito se aplicará una comisión del 2% sobre el monto no ejercido, siempre y cuando no se ejerzan por lo menos el 70% de los derechos ganados. La sanción se cubrirá transcurrido el plazo señalado en el punto V de estas bases sobre el monto del crédito que no cuente con el registro de proyecto respectivo. Para los montos de crédito no ejercidos y que cuenten con registro de proyecto ejecutivo se cubrirá la sanción al finalizar el plazo del crédito.

4 X. POSTURAS. Las posturas se presentarán señalando el margen en puntos base (0040 corresponde a 0.4%, 0100 corresponde al 1.0%) sobre la tasa de interés real a que se refiere el anexo 12 de las Condiciones Generales de Financiamiento más la sobre tasa de FOVI. La tasa de interés aplicable se fijará en el momento del primer ejercicio del crédito para construcción y permanecerá durante el plazo del mismo, adicionándole un punto porcentual en el caso de las prórrogas a dicho plazo. XI. DERECHOS POR ASIGNAR A CADA POSTOR: Límite máximo de participación a intermediarios financieros. La capacidad máxima de asignación para cada intermediario financiero por su participación directa será del 40% de su capacidad anual dada a conocer por el FOVI, de conformidad con las condiciones generales de financiamiento de este. XII. CALENDARIO PARA EL EJERCICIO Y VENCIMIENTO DE LOS DERECHOS SOBRE CREDITOS. Veinticuatro meses contados a partir de la fecha de la subasta. El FOVI podrá otorgar un máximo de dos prórrogas de seis meses cada una, incrementándose la tasa de interés en un punto porcentual por cada una de las prórrogas aprobadas. XIII. PROCEDIMIENTO PARA PARTICIPAR EN LA SUBASTA: 1. Los intermediarios financieros (Bancos y Sofoles) registrarán los datos de la solicitud de crédito a través del sistema de enlace electrónico con FOVI, en el menú de subastas. Para los intermediarios financieros que no cuenten con dicho sistema de enlace, lo podrán realizar a través del módulo FOVI, que estará a su disposición en las oficinas de este Fondo. 2. El FOVI otorgará un número de recepción de acuse de recibo por la misma vía a los intermediarios financieros, una vez que estos hayan capturado todos los datos necesarios para poder participar. 3. El intermediario financiero deberá presentar su postura en papel membretado requisitando el formato número 304-029, el cual se podrá consultar en la página de FOVI. Dicha postura deberá

5 ser presentada en sobre cerrado de preferencia de 9 ½ x 4 pulgadas, indicando en la parte superior derecha del mismo, el número de recepción proporcionado por el sistema de enlace electrónico (módulo FOVI). Estos sobres deberán venir acompañados de una lista obtenida a través de módulo FOVI, (original y copia), donde se mencionen los números de recepción que participarán en esta subasta, la cual una vez verificada por FOVI, servirá de acuse de recibo, entregándose todo esto en las oficinas de FOVI ubicadas en la Avenida Ejército Nacional No. 180 Piso 9, Col. Anzúres de esta Ciudad, Código Postal 11590, con horario de 9:00 a 14:00 horas, a más tardar el 6 de noviembre de 2000. 4. El intermediario financiero podrá consultar el total de las cuotas de inscripción por su participación en la subasta, a través del módulo FOVI. Una vez efectuado el pago correspondiente el intermediario deberá registrar en dicho módulo a más tardar al segundo día hábil posterior a la fecha de cierre, la fecha y la clave SPEUA o abono del depósito en firme en la cuenta de FOVI, por el importe total de dicho concepto. Para este depósito se utilizará la cuenta bancaria No. 04014275960, Sucursal 26 del Banco Internacional, S. A. (Bital), a nombre de FOVI. 5. En el caso de que en la postura y en el sobre no se mencione el número de recepción de acuse de recibo de la solicitud de crédito o que no se haya cubierto a FOVI la cuota de inscripción, se dejarán sin efecto las posturas correspondientes. El cálculo de la cuota, al igual que el de la postura, será con base en el valor de la UDI determinado el día de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Federación. Aquellas posturas en las que los puntos base no se presenten en cuatro dígitos, se dejarán sin efecto. Los datos que aporten para participar en la subasta deben ser fidedignos, ya que de lo contrario, se procederá a cancelar los derechos que en su caso se hayan adquirido. Para participar en la subasta se deberá presentar la documentación en los formatos vigentes autorizados por FOVI, los cuales estarán a disposición de los intermediarios financieros en la página de internet www.fovi.gob.mx. Aquellas posturas de proyectos que no hayan recibido asignación de derechos, así como aquellos que no participen en la subasta por no contener la documentación completa o con los

6 requisitos establecidos en esta convocatoria, se devolverán en las propias oficinas de FOVI, ubicadas en Ave. Ejército Nacional 180 piso 9, con horario de 9:00 a 14:00 horas a partir del segundo día hábil después de celebrada la subasta, por un plazo máximo de 60 días naturales; concluido dicho plazo se destruirán. Asimismo se proporcionarán los resultados en general, mediante la presentación del acuse de recibo original que se entrega en el momento de la recepción del sobre cerrado. Los resultados generales se darán a conocer en la página WEB de FOVI en internet. México, D. F., a 19 de octubre de 2000 BANCO DE MEXICO FONDO DE OPERACION Y FINANCIAMIENTO BANCARIO A LA VIVIENDA Lic. Manuel Zepeda Payeras Director General Lic. Rolando González Flores Subdirector Técnico