BANCO DE MEXICO FIDUCIARIO DEL FONDO DE OPERACIÓN Y FINANCIAMIENTO BANCARIO A LA VIVIENDA C O N V O C A B A S E S
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- Beatriz Mora Campos
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1 BANCO DE MEXICO FIDUCIARIO DEL FONDO DE OPERACIÓN Y FINANCIAMIENTO BANCARIO A LA VIVIENDA C O N V O C A A las Instituciones de Banca Múltiple y Sociedades Financieras de Objeto Limitado - Ramo Hipotecario o Inmobiliario (SOFOLES) con registro en el FOVI, a participar en la Subasta de Derechos sobre Créditos para Financiar Viviendas (Clave No. S. V ), de conformidad con lo establecido en las Condiciones Generales de Financiamiento, bajo las siguientes B A S E S I. OBJETO SUBASTADO. Derechos sobre créditos de largo plazo para individualizar viviendas nuevas o usadas Tipos A y B, mediante líneas de crédito. II. FECHA DE LA SUBASTA. El día 13 de noviembre de 2000 a las 11:00 horas. III. CATEGORIAS DE INSCRIPCION. Categorías 2, 4, 6, 8 y 10: Categorías 1, 3, 5, 7 y 9: Las áreas metropolitanas de las Ciudades de México, Guadalajara y Monterrey. Resto del país. El valor de la vivienda determinará la categoría de inscripción.
2 2 IV. VALORES MAXIMOS DE LAS CATEGORIAS. CATEGORIAS TIPO DE VALOR EN UNIDADES DE INVERSION MONTO MAXIMO DE CREDITO VIVIENDA (UDIS) 1 y 2 T-A Más de 46,750 49,500 Hasta 55,000 3 y 4 T-B1 Más de 55,000 64,350 Hasta 71,500 5 y 6 T-B2 Más de 71,500 79,200 Hasta 88,000 7 y 8 T-A1 Hasta 46,750 42,075 9 y 10 T-B3 Más de 88,000 Hasta 156,750 88,825 La conversión a UDIS de los avalúos para efectos del financiamiento, se establecerá en la fecha de firma del contrato de crédito entre el acreditado y el intermediario financiero. V. MONTOS MAXIMOS DE CREDITO Y CONDICIONES FINANCIERAS DE LOS CREDITOS INDIVIDUALES. 1. El monto máximo de crédito para vivienda en venta lo determinará cada intermediario financiero, pudiendo ser hasta por 90% del precio efectivo de venta (P.E.V.) en las categorías 1 a 8. En las categorías 9 y 10, el monto máximo de crédito será de 88,825 UDIS por vivienda y el enganche mínimo de 15% del PEV. Los intermediarios podrán otorgar crédito adicional con sus recursos para vivienda tipo B3 siempre y cuando el monto máximo de crédito considerando los recursos FOVI más los del intermediario no exceda del porcentaje del valor de la vivienda, de acuerdo con el cuadro siguiente: VALOR DE VIVIENDA % DE CREDITO Más de 88,000 hasta 104,50085 Mas de 104,500 hasta 122,50080 Más de 122,500 hasta 130,50075 Más de 130,500 hasta 156, La amortización de los créditos hipotecarios de todas las categorías, se realizará en 12 mensualidades al año. 3. Las condiciones financieras de los créditos individuales de todos los tipos de vivienda FOVI son:
3 3 a) Los créditos se otorgarán en Unidades de Inversión (UDI). b) El plazo de los créditos será de 240 ó 360 mensualidades, a juicio del intermediario. c) El pago mensual de los créditos quedará determinado por cada intermediario financiero mediante la suma de los siguientes conceptos: i) un pago para cubrir la amortización y los intereses, a la tasa que resulte de la suma de: la tasa de fondeo FOVI, el margen para la garantía pari-passu que otorga FOVI y el margen financiero que libremente determine cada intermediario; ii) una comisión por concepto de cobranza, también determinada por el intermediario financiero, pero que no podrá ser menor a 65 UDI s; iii) el 11% de la suma que resulte por los conceptos i) e ii) para cubrir la prima de un seguro que intercambie los pagos en UDI s por pagos en salarios mínimos mensuales del D.F., lo que permitirá que el acreditado cubra sus pagos de acuerdo con la evolución de dicho salario mínimo. d) Las tasas reales de fondeo y los márgenes para la garantía pari-passu de FOVI para cada tipo de vivienda serán los siguientes, y podrán cambiar posteriormente de acuerdo con la notificación que dará a conocer FOVI cuando menos con tres meses de antelación: CREDITOS CON FONDEO FOVI PRIMA POR GARANTIA PARI-PASSU* ENGANCHE TIPO A1 Y A TIPO B1 TIPO B2 TIPO B3 Del 10% 0.7% 0.7% 1.0% N/A Más de 10% y hasta menos de 15% 0.7% 0.7% 1.0% N/A De 15% y hasta menos de 20% 0.7% 0.7% 1.0% 1.0% De 20% y hasta menos de 25% 0.7% 0.7% 0.8% 0.8% De 25% y hasta menos de 30% 0.6% 0.6% 0.6% 0.6% De 30% y hasta menos de 35% 0.4% 0.4% 0.4% 0.4% De 35% en adelante 0.2% 0.2% 0.2% 0.2% TASA REAL ANUAL FONDEO DE FOVI 4.0% 7.0% 7.0% 7.0% * En el caso de aplicar el artículo 43 bis de INFONAVIT, esta comisión disminuirá en 30%. VI. CAMBIOS DE CATEGORIA.
4 4 Habrá cambios de categoría dentro del mismo tipo de vivienda A y B respectivamente, respetando el monto de crédito asignado y en su caso, ajustando las viviendas a financiar. VII. MONTO MAXIMO A SUBASTAR. El monto total a subastar es de 630 millones de UDIS. Para las categorías 7, 8, 1 y 2 el monto máximo a asignar será de 210 millones de UDIS. El monto no asignado en estas categorías se ofertará para las categorías 3,4,5,6,9 y 10. Para participar en esta subasta, se requerirá presentar una puja mínima de cero centavos y dos décimas de centavo por peso de crédito para las categorías 7, 8, 1 y 2, y de cero centavos y cinco décimas de centavo para las categorías 3, 4, 5, 6, 9 y 10. VIII. ASIGNACION DE DERECHOS. Dentro del monto ofertado para las categorías de las viviendas tipo A, la asignación se hará de la postura más alta a la mas baja. Para las viviendas tipo B, la asignación se hará de la postura más alta a la más baja, sin importar la categoría. En caso de posturas iguales y de que el monto por asignar no fuere suficiente para atender tales posturas, se dará preferencia a la solicitud del postor que primero haya ingresado su documentación a la subasta. IX. REQUISITOS PARA SER POSTOR: Además de cumplir con lo señalado en las Condiciones Generales de Financiamiento del FOVI, el intermediario financiero que participe deberá, cubrir, la cuota de inscripción 0.05% sobre el monto solicitado y pagar en caso de tener asignación su postura, tal y como se indica en el punto XV, numeral 6, del procedimiento para participar en la subasta. El pago de la cuota de inscripción deberá ser cubierta al FOVI por los intermediarios financieros, mediante el registro en el módulo FOVI, tal y como se indica en el punto XV, numeral 4, del procedimiento para participar en la subasta.
5 5 X. DERECHOS ASIGNADOS NO EJERCIDOS. En el caso de que no se ejerzan los derechos de créditos asignados dentro del plazo señalado en el punto XIII de esta convocatoria, se aplicará una comisión del 2.0% sobre los créditos no ejercidos, siempre y cuando no se ejerzan por lo menos el 90% de los derechos ganados. Una vez dada a conocer la notificación por FOVI, para modificar las condiciones financieras de los créditos individuales respecto a la tasa de interés, la comisión por garantía de incumplimiento y por la cobertura entre salario e inflación, se podrán cancelar los derechos de crédito ganados, sin la aplicación de esta sanción, durante un período de tres meses a partir de dicha notificación. XI. POSTURAS. Las posturas se presentarán señalando la aportación al FOVI en centavos y décimas de centavo por cada peso de crédito, estimado sobre el 90% del valor máximo de la vivienda, expresado en pesos con el valor de la UDI determinado el día de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Federación, según la categoría de inscripción en que se participe. En el caso de las categorías 9 y 10, las posturas se estimarán sobre el monto de crédito de 88,825 UDIS. Los intermediarios financieros pueden presentar varias posturas en cada categoría, sin límite de viviendas. XII. DERECHOS POR ASIGNAR A CADA POSTOR: La capacidad de asignación máxima para cada intermediario será del 40% de su capacidad anual dada a conocer por FOVI, de conformidad con las Condiciones Generales de Financiamiento de éste. XIII. CALENDARIO PARA EL EJERCICIO Y VENCIMIENTO DE LOS DERECHOS SOBRE CREDITOS INDIVIDUALES.
6 6 Veinticuatro meses contados a partir de la fecha de la subasta, pudiendo existir en caso de aprobarse, como máximo dos prórrogas de seis meses cada una, para hacer uso de los derechos individuales, siempre y cuando el intermediario financiero cubra la puja promedio ponderada de la última subasta, en cada una de ellas. XIV. CARACTERISTICAS DE LAS VIVIENDAS. El FOVI antes de la individualización requerirá de las características técnicas de las viviendas a individualizar. XV. PROCEDIMIENTO PARA PARTICIPAR EN LA SUBASTA: 1. Los intermediarios financieros (Bancos y Sofoles) registrarán los datos de la solicitud de crédito a través del sistema de enlace electrónico con FOVI, en el menú de subastas. Para los intermediarios financieros que no cuenten con dicho sistema de enlace, lo podrán realizar a través del módulo FOVI, que estará a su disposición en las oficinas de este Fondo. 2. El FOVI otorgará un número de recepción de acuse de recibo por la misma vía a los intermediarios financieros, una vez que estos hayan capturado todos los datos necesarios para poder participar. 3. El intermediario financiero deberá presentar su postura en papel membretado requisitando el formato número , el cual se podrá consultar en la página de FOVI. Dicha postura deberá ser presentada en sobre cerrado de preferencia de 9 ½ x 4 pulgadas, indicando en la parte superior derecha del mismo, el número de recepción proporcionado por el sistema de enlace electrónico (módulo FOVI). Estos sobres deberán venir acompañados de una lista obtenida a través de módulo FOVI, (original y copia), donde se mencionen los números de recepción que participarán en esta subasta, la cual una vez verificada por FOVI, servirá de acuse de recibo, entregándose todo esto en las oficinas de FOVI ubicadas en la Avenida Ejército Nacional No. 180 Piso 9, Col. Anzures de esta Ciudad, Código Postal 11590, con horario de 9:00 a 14:00 horas, a más tardar el 6 de noviembre de El intermediario financiero podrá consultar el total de las cuotas de inscripción por su participación en la subasta, a través del módulo FOVI registrando el intermediario en dicho módulo a más tardar al segundo día hábil posterior a la fecha de cierre, una vez efectuado el pago correspondiente, la fecha y la clave SPEUA o abono del depósito en firme en la cuenta
7 7 de FOVI, por el importe total de dicho concepto. Para este depósito se utilizará la cuenta bancaria No , Sucursal 26 del Banco Internacional, S. A. (Bital), a nombre de FOVI. 5. En el caso de que en la postura y en el sobre no se mencione el número de recepción de acuse de recibo de la solicitud de crédito o que no se haya cubierto a FOVI la cuota de inscripción, se dejarán sin efecto las posturas correspondientes. 6. El intermediario financiero que obtenga la asignación en esta subasta, deberá registrar en el módulo FOVI, después de haber realizado el pago correspondiente la fecha y la clave SPEUA o abono del depósito en firme, por el importe total de la las posturas que tuvieron asignación a mas tardar al segundo día hábil después de dados a conocer los resultados. La cuenta y el banco serán los mismos que los utilizados para el pago de las cuotas de inscripción. El cálculo de la cuota, al igual que el de la postura, será con base en el valor de la UDI determinado el día de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Federación. Aquellas posturas en las que las décimas de centavo no se presenten en un solo dígito, se dejarán sin efecto, ejemplo: 1.5 significa un centavo y cinco décimas de centavo. Para participar en la subasta se deberá presentar la documentación en los formatos vigentes autorizados por FOVI, los cuales estarán a disposición de los intermediarios financieros en la página de internet Los datos que aporten para participar en la subasta deben ser fidedignos, ya que de lo contrario, se procederá a cancelar los derechos que en su caso se hayan adquirido. Aquellas posturas de proyectos que no hayan recibido asignación de derechos, así como aquellos que no participen en la subasta por no contener los requisitos establecidos en esta convocatoria, se devolverán en las propias oficinas de FOVI, ubicadas en Ave. Ejército Nacional 180 piso 9, con horario de 9:00 a 14:00 horas a partir del segundo día hábil después de celebrada la subasta, por un plazo máximo de 60 días naturales; concluido dicho plazo se destruirán. Asimismo se proporcionarán los resultados en general, mediante la presentación del acuse de recibo original que se entrega en el momento de la recepción del sobre cerrado.
8 8 Los resultados generales se darán a conocer en la página WEB de FOVI en internet. México, D. F., a 19 de octubre de BANCO DE MEXICO FONDO DE OPERACION Y FINANCIAMIENTO BANCARIO A LA VIVIENDA Lic. Manuel Zepeda Payeras Director General LIC. ROLANDO GONZÁLEZ FLORES Subdirector Técnico
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