PROGRAMA BECAS SANTANDER CRUE CEPYME PRACTICAS EN EMPRESA Convocatoria de la Universidad de Valladolid Curso académico 2013/2014



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Transcripción:

PROGRAMA BECAS SANTANDER CRUE CEPYME PRACTICAS EN EMPRESA Convocatoria de la Universidad de Valladolid Curso académico 2013/2014 El objetivo del Programa Becas Santander CRUE CEPYME Prácticas en Empresa es complementar la formación universitaria de los estudiantes y acercarles a las realidades del ámbito profesional donde ejercerán su actividad una vez se haya graduado, estableciendo los contactos entre estos, empresas e instituciones facilitando así su posterior inserción laboral. Para ello, facilitará y promoverá que los estudiantes universitarios puedan realizar prácticas externas, según se definen en el Real Decreto 1497/1981, de 19 de junio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios o aquella otra norma que, en su caso lo sustituya, modifique o complemente, durante un período de tres meses en pequeñas y medianas empresas u otras instituciones. El Programa pretende asimismo hacer extensivas las prácticas formativas de estudiantes universitarios a aquellas microempresas, autónomos y pequeñas y medianas empresas que tradicionalmente no hayan tenido acceso a las mismas o que puedan tener dificultades en llevarlas a cabo, así como priorizar aquellas empresas que más apuesten por la transferencia de conocimiento y la innovación. La colaboración de Banco Santander, S.A. (en lo sucesivo Santander ), de las universidades, representadas por la CRUE, y de la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (en lo sucesivo CEPYME ) en el Programa Becas Santander CRUE CEPYME Prácticas en Empresa tiene como objetivo reducir el coste del mismo para las empresas y entidades participantes, y promover la formalización de nuevos convenios de cooperación educativa que permitan la realización de prácticas externas de los alumnos y un aumento en el número de plazas ofertadas, apoyando la creación de nuevos vínculos entre empresas y universidades. Esta Tercera Convocatoria del Programa se desarrollará durante el curso académico 2013/2014, y las prácticas externas podrán realizarse hasta el 30 de septiembre de 2014. De manera excepcional y previa petición justificada, se podrá ampliar dicho plazo hasta el 31 de diciembre de 2013. La Universidad de Valladolid (en lo sucesivo UVa ) se adhiere al Programa y acepta las bases reflejadas en su convocatoria general del Programa, así como las becas asignadas a la UVa.

Número de becas Con el fin de extender esta convocatoria al mayor número posible de estudiantes, la UVa desdoblará las becas que le han sido asignadas, tal y como permiten las bases del Programa, y convocará 204 becas, para la realización de prácticas durante un periodo de tres meses a media jornada. De esa cifra, un 5% (10 becas) se destinarán a estudiantes con discapacidad, con el fin de favorecer su inserción laboral. La gestión de estas becas se llevará a cabo en colaboración con el Secretariado de Asunto Sociales de la UVa. Los estudiantes que participen en el Programa Becas Santander CRUE CEPYME Prácticas en Empresa, en régimen de media jornada (cuatro horas al día), y por un período de duración de tres meses. En los casos de práctica curricular, la UVa autorizará un incremento en la jornada diaria de una hora, de forma que el número total de horas realizadas alcance las 300 horas, con el fin de garantizar el reconocimiento académico de dicha práctica. Dicho incremento no supondrá en ningún caso un incremento en la dotación económica de la beca asignada al estudiante, sin perjuicio de lo establecido en estas mismas bases para el incremento de la duración de la práctica a instancia de las empresas La duración de las prácticas podrá ser mayor, a instancia de las empresas, y siendo éstas responsables de la bolsa de ayuda económica correspondiente al período que exceda de los tres meses, todo ello en los términos que se recogen en el presente documento, y sin que en ningún caso la duración total de las prácticas exceda las 900 horas y la cuantía mensual de la bolsa o ayuda económica correspondiente al período de ampliación sea inferior a la percibida por el estudiante durante los meses precedentes de disfrute de la Beca. Obligaciones de la UVa La participación de la UVa en el Programa, implica que ésta se compromete a: a) Asumir la gestión de las prácticas y de las bolsas o ayudas correspondientes a las mismas b) Coordinar y gestionar todos los procedimientos internos para su adecuado funcionamiento. c) Difundir el Programa en el seno de su comunidad universitaria d) Gestionar la selección de los estudiantes beneficiarios, según los criterios establecidos en el presente documento. e) Identificar, en el marco de sus programas de prácticas, las becas correspondientes a este Programa haciendo mención expresa a la denominación Becas Santander CRUE CEPYME Prácticas en Empresa e incluyendo los logotipos de Santander, la CRUE y CEPYME en la documentación y soportes correspondientes. f) Participar en la selección de las empresas más adecuadas para la participación en el Programa

g) Facilitar al Santander y a la CRUE, una vez finalizada la asignación de las becas, la información detallada de las mismas así como cualquier otra información relativa al Programa y a su ejecución que le sea requerida para su debido seguimiento por parte del Santander o de la CRUE. h) Realizar un seguimiento efectivo de las prácticas, de acuerdo con sus procedimientos habituales, y elaborar la información de seguimiento que CRUE, CEPYME y/o Santander, puedan requerir a la finalización de la convocatoria. Para ello contarán con el propio informe preceptivo elaborado por el tutor de la empresa., así como por el informe preceptivo elaborado por el tutor académico. Empresas y Entidades de Acogida Únicamente podrán participar en el Programa, como empresas y entidades de acogida, los autónomos, las microempresas, y las pequeñas y medianas empresas (PYME), ubicadas en el territorio nacional, que cumplan los requisitos que se especifican a continuación, independientemente de la localización de su/s centro/s de trabajo, siempre que puedan formalizar un Convenio de Cooperación Educativa. Quedan, por tanto, excluidas de este programa las grandes empresas que disponen de mecanismos y recursos para financiar este tipo de prácticas. Se considera PYME a aquellas empresas que ocupan a menos de 250 personas, cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no supere los 43 millones de euros. Sin perjuicio de lo anterior, estos criterios podrán modificarse por razones debidamente justificadas, siempre que supongan mejor cumplimiento de los objetivos y fines del Programa La participación en la convocatoria 2012-2013 del Programa como entidad de acogida no determinará la exclusión de la convocatoria 2013-2014, siempre que el interesado continúe cumpliendo los requisitos y condiciones exigidos para ésta. Con el objetivo de fomentar la empleabilidad de los jóvenes universitarios que persigue el Programa, las empresas y entidades participantes deberán asegurar los mecanismos y procedimientos necesarios para su eficacia e interés desde el punto de vista formativo del estudiante, tales como: la asignación de un tutor responsable de su seguimiento, el diseño del plan de formación durante el período de realización de la práctica, la asignación de funciones y tareas que contribuyan al desarrollo de competencias profesionales que complementen los conocimientos técnicos del estudiante, entre otros. Será condición ineludible para las empresas y entidades que deseen participar en el mismo inscribirse a través de la página web que el Santander habilitada a dichos efectos www.becas-santander.com aportando la documentación y datos requeridos al efecto.

La inscripción de las empresas participantes deberá realizarse entre el 15 de octubre de 2013 y 31 de enero de 2014. La distribución de los candidatos entre las empresas interesadas en participar en el Programa se realizará por la UVa, atendiendo con carácter preferencial a los siguientes criterios: a) Ofertas en las que las empresas asuman un compromiso de ampliar los tres meses de duración inicial de las prácticas, asumiendo el pago de la correspondiente bolsa o ayuda al estudio correspondiente a la ampliación del plazo. b) Ofertas recibidas de empresas vinculadas por relación comercial con el Banco Santander. c) Ofertas de empresas que mantengan colaboración con la UVa. d) Ofertas recibidas de spin-offs universitarios. e) Ofertas de empresas vinculadas a las Cátedras de Empresa Familiar. f) Ofertas para la realización de prácticas y proyecto formativo especialmente adecuados a estudiantes con discapacidad. La UVa formalizará un convenio de cooperación educativa que establecerá un marco regulador de las relaciones entre el estudiante, la empresa y la universidad, incluidas las características de las prácticas, su duración, horario, y cualesquiera otros aspectos de las mismas, incluidos aquellos que no estén reguladas por el presente documento. El convenio de cooperación educativa deberá ajustarse a la normativa vigente relativa a prácticas externas, así como a la regulación establecida por la propia UVa. Dicho convenio, respetará, el contenido de estas bases, que prevalecerán en todo aquello en que resulte contradictorio. A efectos de programación formativa, los Convenios de Cooperación Educativa que se suscriban con las empresas o instituciones de acogida deberán recoger de forma expresa aquéllas prácticas que de forma excepcional, y a instancia y por cuenta de éstas, según se recoge anteriormente, amplíen su duración a más de tres meses. Sin perjuicio, de que asimismo en caso de prórroga de las prácticas, una vez iniciadas éstas, puedan reformularse las condiciones formativas del programa. La UVa podrá, con carácter excepcional, participar en el Programa con la condición de entidad de acogida de un máximo de ocho beneficiarios de las becas asignadas. Destinatarios Podrán realizar este programa de prácticas en empresas los alumnos universitarios que satisfagan los siguientes requisitos: a) Estar matriculado en cualquier enseñanza oficial o propia impartida por la UVa. Tendrán esta consideración los alumnos que en virtud de programas de movilidad académica o de convenios, se encuentran cursando estudios en la UVa.

b) Haber superado el 50% de los créditos correspondientes a su titulación en el momento de finalización del plazo de inscripción en el programa, o estar cursando estudios de máster, o de segundo ciclo. c) No mantener relación contractual alguna con una empresa, institución o entidad o con la propia Universidad. d) No haber participado con anterioridad como alumno receptor de beca en las anteriores convocatorias del programa e) No estar en disposición de solicitud del título en el momento de iniciar la práctica. Tendrán preferencia los estudiantes que vayan a realizar las prácticas externas dentro de su plan de estudios (prácticas curriculares) frente a aquellos que las lleven a cabo como actividad voluntaria sin reconocimiento académico (prácticas extracurriculares). Se considera práctica curricular aquella cuya duración no supera las 300 horas presenciales en la entidad de acogida, con reconocimiento académico en términos de créditos ECTS a través de una asignatura que requiere calificación, con independencia del número de créditos atribuidos en el plan de estudios a dicha asignatura. Será condición ineludible para los estudiantes que deseen hacer prácticas en empresas al amparo del Programa inscribirse a través de la página web que el Santander habilitada a dichos efectos www.becas-santander.com, así como estar dados de alta en la aplicación de gestión de prácticas de la Uva (www.empresayempleo.uva.es), donde obligatoriamente deberán tener actualizado su Curriculum Vitae, y marcar la opción donde se refleja que han solicitado participar en este programa. La inscripción de los estudiantes deberá realizarse entre el 15 de noviembre de 2013 y 31 de enero de 2014. El Santander, como responsable de la página web en la que se recojan las inscripciones, habilitará el procedimiento necesario para que las solicitudes recibidas de estudiantes sean puestas a disposición del Área de Empresa y Empleo de la UVa. La asignación de las prácticas entre los candidatos se realizará por la UVa a través de las Comisiones de Prácticas de sus Facultades y Escuelas, de acuerdo con los principios de transparencia y mérito, así como aquellos que la Comisión considere oportuno, de acuerdo a los siguientes criterios: Expediente académico Adecuación al perfil solicitado en la oferta por parte de la empresa Méritos expuestos en el currículo vitae Participación en cursos del Área de Empresa y Empleo El reparto de becas entre las Facultades y Escuelas de la Universidad de Valladolid se hará en función del número de alumnos matriculados en las mismas en el curso 2013/2014, así como de las ofertas recibidas para sus respectivas titulaciones.

Gestión económica El Santander realizará una aportación a favor de la UVa por el importe resultante de multiplicar NOVECIENTOS EUROS (900 ) por el número de plazas para la realización de prácticas que le hayan sido asignadas y cubiertas al amparo del Programa. La UVa transferirá al becario el importe que reciba de Banco Santander en un único pago, una vez finalizada la práctica. La UVa habrá de destinar las cantidades que reciban de conformidad con lo anterior, íntegramente: a) al pago de una bolsa o ayuda económica a cada uno de los estudiantes que, al amparo del Programa, realicen prácticas en empresas, por un período de tres meses. Sobre este importe la universidad practicará las procedentes retenciones a cargo del estudiante, por imperativo legal o reglamentario, aplicable a los estudiantes que realicen sus prácticas, según la normativa vigente en materia de prácticas externas. El importe correspondiente a la bolsa o ayuda al estudio se abonará al estudiante por la UVa en la cuenta aperturada a nombre de aquél a tal efecto en el Santander. y b) al cumplimiento de las obligaciones que, en materia de seguridad social, fiscal o de cualquier otro tipo con carácter general, correspondan o puedan llegar a corresponder, por imperativo legal o reglamentario, al que ostente la condición de empresario o equivalente en relación con los estudiantes que realicen prácticas, según Real Decreto 1497/1981, de 19 de junio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, o cualquier otra normativa de carácter general que la complemente, modifique o sustituya, incluidas, entre otras, en su caso, las de alta, cotización e ingreso, pago de cuotas y seguros, incluso de accidentes o de responsabilidad civil. A los efectos de la presente, la Universidad será la única encargada de cumplir con las obligaciones en materia de Seguridad Social y demás obligaciones fiscales previstas en la normativa vigente en cada momento. La Uva no imputará a la cuantía recibida ningún otro coste distinto de los indicados en el apartado b) anterior, asumiendo cualquier otro gasto en los que pueda incurrir con motivo de la selección de los estudiantes candidatos a realizar la práctica profesional, sin perjuicio de las retenciones que, de conformidad con el apartado a), anterior corresponda realizar en cada momento Interrupción de la práctica El período de la práctica podrá suspenderse únicamente en el supuesto de interrupción de la actividad empresarial de la entidad de acogida por período vacacional, reiniciándose una vez finalizado éste, hasta completar los tres meses, sin que ello conlleve en ningún caso incremento del importe la beca, ni del período de duración de la misma- sin computar tal período vacacional.

En caso de finalización del período de prácticas antes de los tres meses fijados para la misma a instancia del estudiante beneficiario de la beca, éste únicamente podrá recibir el importe de la bolsa correspondiente a las mensualidades completas durante las que haya realizado la práctica. Las presentes Bases, que son complementarias de las Bases Generales del Programa, se han formulado a modo de extracto de los Términos y Condiciones Generales del Programa al que se adhiere para su participación la Universidad de Valladolid, los cuales prevalecerán en caso de litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de su ejecución o interpretación. En Valladolid, a 13 de noviembre de 2013 Fdo: Rocío Anguita Martínez Vicerrectora de Docencia y Estudiantes