Competencia general de la acción formativa:



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PLIEGO PRESCRIPCIONES TECNICAS CONJUNTO PARA LA CONTRATACION DEL PROFESORADO DOCENTE (PERSONAS FISICAS) PARA IMPARTIR LA ACCION FORMATIVA DENOMINADA PROMOCION TURISTICA LOCAL E INFORMACION AL VISITANTE, BILINGÜE INGLÉS, con nº de expediente AC-2012-2372, que promueve el Ayuntamiento de Lorca en colaboración con el Servicio de Empleo y Formación de la Región de Murcia. Objeto: Contratación de SERVICIOS DE para impartir una acción formativa para personas en desempleo denominada PROMOCIÓN TURÍSTICA LOCAL E INFORMACIÓN AL VISITANTE (BILINGÜE INGLÉS) (certificado de profesionalidad con código HOTI0108) promovida por el Ayuntamiento de Lorca, subvencionado por el Servicio de Empleo y Formación de la Región de Murcia y cofinanciado por el FSE. Competencia general de la acción formativa: El alumnado al finalizar el curso será capaz de promocionar y comercializar destinos turísticos locales, gestionando servicios de información turística y participando en la creación, comercialización y gestión de productos y servicios turísticos del entorno local, utilizando, en caso necesario, la lengua inglesa. Entorno Profesional: Ámbito profesional: Este profesional desarrolla su actividad, fundamentalmente, en entes públicos o público-privados cuya finalidad es la planificación y el desarrollo turístico territorial. Ejerce sus funciones como personal de contacto con los usuarios del servicio o en puestos de gestión supervisados, dependiendo del tamaño y complejidad de la estructura en que se integra, o para la que trabaje desde la empresa privada. Sectores productivos: Este profesional desarrolla su actividad, fundamentalmente, en centros de visitantes, oficinas municipales de información turística, oficinas de congresos, patronatos, consorcios o cualquier otro ente público, local o autonómico. En su ámbito profesional presta información y asesoramiento, colabora en actividades de planificación, creación de producto y promoción turísticas y gestiona unidades de información y distribución turísticas. Los contratos de servicios docentes se distribuyen como sigue: OBJETO DEL CONTRATO MF1074_3: Módulo: CONTENIDOS FORMATIVOS A IMPARTIR Y DURACIÓN UF0080: Organización del servicio de información turística local. (90 horas) REQUISITOS MÍNIMOS A CUMPLIR POR EL DOCENTE (ACCESO) Será necesario acreditar titulación y experiencia profesional relacionada HONORA RIOS DOCEN TES 1

Información turística UF0081: Gestión de la información y documentación turística local. (60 horas) UF0082: Información y atención al visitante. (30 horas) TOTAL DE HORAS: 180 Licenciado, ingeniero, arquitecto o título de grado correspondiente u otros títulos Diplomado, ingeniero técnico, arquitecto técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos Un dominio mínimo del idioma inglés que se corresponda con el nivel B2 que establece el Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas Para acreditar los requisitos mínimos se Empleo y Formación, de 14 Enero de 2014, la formación, durante la impartición de las acciones formativas. (ANEXO I). Será necesario acreditar titulación y experiencia profesional relacionada MF1075_3: Productos y servicios turísticos locales UF0083: Diseño de productos y servicios turísticos locales. (90 horas) UF0084: Promoción y comercialización de productos y servicios turísticos locales. (90 horas) TOTAL DE HORAS: 180 Licenciado, ingeniero, arquitecto o título de grado correspondiente u otros títulos Diplomado, ingeniero técnico, arquitecto técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos Un dominio mínimo del idioma inglés que se corresponda con el nivel B2 que establece el Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas Para acreditar los requisitos mínimos se Empleo y Formación de 14 de Enero de 2014, 2

la formación, durante la impartición de las acciones formativas. (ANEXO I) Será necesario acreditar titulación y experiencia profesional relacionada MF0268_3: Módulo: Gestión de unidades de información y distribución turística UF0077: Procesos de gestión de unidades de información y distribución turísticas. (70 horas) UF0049: Procesos de gestión de calidad en hostelería y turismo. (50 horas) TOTAL DE HORAS: 120 Licenciado, ingeniero, arquitecto o título de grado correspondiente u otros títulos Diplomado, ingeniero técnico, arquitecto técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos Un dominio mínimo del idioma inglés que se corresponda con el nivel B2 que establece el Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas Para acreditar los requisitos mínimos se Empleo y Formación de 14 Enero de 2014, la formación, durante la impartición de las acciones formativas. (ANEXO I) MF1057_2: Módulo: Inglés profesional para turismo TOTAL DE HORAS: 90 Licenciado en Filología inglesa. Licenciado en traducción e interpretación. Cualquier Titulación Superior con la siguiente Formación Complementaria: Certificado de aptitud en los Idiomas correspondientes de la Escuela Oficial de Idiomas. Haber cursado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de la licenciatura del idioma correspondiente junto con los estudios complementarios citados en el apartado anterior. 3

Para acreditar los requisitos mínimos se Empleo y Formación de 14 Enero de 2014, la formación, durante la impartición de las acciones formativas. (ANEXO I) Funciones docentes: Los profesionales seleccionados tendrán que asumir las siguientes funciones: Desarrollar y elaborar los contenidos docentes según lo establecido en el certificado de profesionalidad de referencia de esta acción formativa. El material docente a utilizar será supervisado por el Ayuntamiento de Lorca. La totalidad del material docente que se elabore quedará archivado en el centro formativo (Ayuntamiento de Lorca). Evaluar la aptitud de alumnado de forma periódica con pruebas objetivas. Asumir las tareas administrativas derivadas de la gestión diaria de las acciones formativas: control de firmas de asistencia, reporte de actividad periódica sobre el desarrollo del curso, Elaboración de la planificación didáctica, planificación de evaluación, informes de evaluación y demás informes solicitados por el Ayuntamiento de Lorca. Asistencia a reuniones de coordinación docente y de evaluación de la acción formativa. Tutor del módulo de formación práctica en centros de trabajo. Periodo de docencia. Orientativamente, el inicio de la acción formativa se prevé para el mes de mayo de 2014 y se prolongará durante 114 días lectivos, de lunes a viernes, en horario de mañana, (el mes de Agosto será inhábil, reanudándose la formación en el mes de septiembre). Tras lo cual los s realizarán el periodo de prácticas profesionales. Horario docente: 5 horas lectivas al día. Los módulos formativos serán impartidos de forma paralela a lo largo del curso. Lugar de impartición de la acción formativa: Centro de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Lorca, Al. Cervantes Nº 30, Lorca. Periodo de prueba: Se establece un periodo de prueba de 15 días. Relación contractual: El Ayuntamiento de Lorca y los docentes tendrán una relación contractual administrativa de servicios, por la que el servicio de docencia será facturado por el/la profesional autónomo/a al Ayuntamiento de Lorca en concepto de docencia formativa. Las contrataciones serán hasta un máximo de 2 docentes por módulo formativo del certificado de profesionalidad, según se establece en la orden ESS/ 1897/2013 de 10 de octubre de 2.013. No obstante, La contratación de las personas aspirantes estará supeditada, al cumplimiento de los requisitos y a la autorización previa del SEFCARM de los formadores que impartan las acciones formativas. Valoración de aspirantes: Los profesionales que se presenten y cumplan con los requisitos mínimos exigidos serán valorados por sus méritos profesionales como se detalla a continuación, teniendo en cuenta que los requisitos mínimos no son computables: EXPERIENCIA LABORAL (Hasta 15 puntos) 4

Experiencia docente en el ámbito de los contenidos formativos a impartir. (0,30 puntos por mes completo trabajado, hasta un máximo de 15 puntos) contenidos formativos a impartir (excluido lo baremado en el apartado anterior). (0,15 puntos por mes completo trabajado, hasta un máximo de 10 puntos) FORMACIÓN (Hasta 10 puntos) Formación complementaria oficial relacionada con los contenidos formativos a impartir, así como formación en metodología didáctica. (0,03 puntos por hora de formación) ENTREVISTA PERSONAL OPCIONAL (Hasta 5 puntos) Entrevista personal a la que serán convocados los 5 profesionales que hubieran obtenido mayor puntuación en experiencia y formación. Presentación de solicitudes: Los profesionales que deseen presentar su candidatura, para impartir uno o varios módulos formativos podrán presentar originales o fotocopias compulsadas de la documentación acreditativa de méritos desde el día 24 de Marzo de 2014 y hasta el 7 de Abril de 2014, ambos inclusive. La candidatura deberá ir dirigida al Excmo. Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Lorca, y se presentarán, en su Registro General. Los sábados, el Registro General de documentos se encuentra situado en el Centro Integrado de Seguridad de la Policía Local, situado en la Ronda Sur s/n. Podrán presentarse, asimismo, en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común debiendo, en este caso, remitir al Ayuntamiento, el mismo día de la presentación de la instancia de solicitud, una copia de ésta registrada al número de fax 968 444 122, requisito indispensable para aceptar la solicitud. Documentación necesaria a aportar para valorar a los aspirantes: Instancia de solicitud, especificando los módulos formativos a los que opta. Currículum Vital. Fotocopia compulsada del DNI. Original o fotocopia compulsada de méritos acreditativos en cuanto a competencia docente, a experiencia profesional y docente y experiencia profesional en el ámbito de los contenidos formativos a impartir, así como de formación complementaria. Aclaraciones sobre la forma de acreditar los requisitos mínimos y los méritos: La acreditación de la competencia docente en las especialidades del Servicio Público de Empleo Estatal y acreditación del nivel pedagógico en las especialidades propias del Servicio Regional de Empleo, se atendrá a lo establecido en la Resolución del Director General del SEFCARM, de fecha 14 de Enero de 2014, por la que se aprueba la Instrucción sobre actuaciones a realizar por el SEF y las Entidades para la formación, durante la impartición de las acciones formativas, se realizará por los medios siguientes: a) Certificado de profesionalidad de formador ocupacional. b) Certificado de profesionalidad de docencia de la formación profesional para el empleo. c) Formación en metodología didáctica de formación profesional para adultos, siempre que dicha formación se haya obtenido antes del 31 de diciembre de 2013. d) Quienes estén en posesión de las titulaciones universitarias oficiales de Licenciado en Pedagogía, Psicopedagogía o de maestro en cualquiera de sus especialidades, de un título universitario de graduado en el ámbito de la Psicología o de la Pedagogía, o de un titulo universitario oficial de postgrado en los citados ámbitos. e) Quienes posean una titulación universitaria oficial distinta de las indicadas en el apartado anterior y además se encuentren en posesión del Certificado de Aptitud Pedagógica o de los títulos profesionales de Especialización Didáctica y el Certificado de Cualificación Pedagógica. Asimismo estarán exentos quienes acrediten la posesión del Master Universitario habilitante para el ejercicio de las profesiones reguladas de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas y quienes acrediten la 5

superación de un curso de formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica exigida para aquellas personas que, estando en posesión de una titulación declarada equivalente a efectos de docencia, no pueden realizar los estudios de Master, establecida en la Disposición Adicional Primera del Real Decreto1834/2008, de 8 de noviembre. f) Quienes acrediten experiencia docente en formación profesional para el empleo o del sistema educativo, sometida al seguimiento, control y verificación de la Administración Laboral competente. La acreditación de la experiencia se realizará por los medios siguientes: La acreditación de la experiencia profesional en el campo de las competencias relacionadas con el módulo formativo y la experiencia docente se efectuará mediante la siguiente documentación: 1. Trabajadores asalariados o por cuenta ajena: a) Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliados donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación, y contrato de trabajo o certificación de la empresa donde hayan adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad, según modelo publicado en la Web del SEF. 2. Trabajadores autónomos: a) Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliados, en la que se especifiquen los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente y descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma. b) Contratos de servicios, y en caso de que éstos no aporten información suficiente, una declaración responsable en la que se describa la actividad desarrollada y en la que conste el puesto de trabajo, especificado el intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma (fechas de inicio y finalización) según modelo publicado en la Web del SEF. Nota aclaratoria: En caso de no poder obtener durante el plazo de presentación de instancias la vida laboral, podrá presentarse el escrito de su solicitud registrado ante el organismo competente para su expedición, debiendo aportarla inmediatamente de serle facilitada, con anterioridad al inicio de las pruebas selectivas. La acreditación de la formación complementaria se realizará mediante la aportación de diplomas o certificaciones expedidos por organismos públicos o privados. Autorización previa: Sera requisito indispensable para contratación, conforme a la Resolución de 15 de enero de 2014 por la que se aprueba la Instrucción sobre de Empleo y Formación y las entidades para la formación, dictada por el Director General del SEF, la aprobación preceptiva y previa del formador, tal y como se recoge en el artículo 6 de la citada Instrucción. Por lo que el personal docente que vaya a realizar la ejecución del contrato deberá ser previamente autorizado por el SEFCARM en cuanto a la idoneidad el profesorado. Lorca 18 de marzo de 2014 EL JEFE SEL SERVICIO DE EMPLEO Fdo: Antonio Bastida Peñas 6