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CONVOCATORIA PÚBLICA Y BASES PARA CUBRIR POR VACACIONES (3 MESES) DOS PLAZAS DE VIGILANTE MUNICIPAL EN EL AYUNTAMIENTO DE PEDRERA ( SEVILLA ) MEDIANTE PROCESO SELECTIVO. 1.-Objeto de la convocatoria. Se convocan pruebas selectivas para proveer por el sistema de proceso selectivo de dos plazas de Auxiliar de Policía Local de este Ayuntamiento. Las correspondientes convocatorias se publicarán en el tablón de anuncios y en la página web Características del puesto. Funciones básicas: -Efectuar los avisos, citaciones, notificaciones, requerimientos que se le ordene por el Ayuntamiento. -Apertura y cierre de la Casa Consistorial y demás dependencias municipales -Colaboración en festejos, reuniones y actos de competencia municipales. -Control y manejo de las maquinas que se hallen en las dependencias municipales. -Vigilar que las obras y actividades cuenten con las oportunas licencias y autorizaciones. -Custodia y control de las llaves de los diversos servicios municipales, edificios públicos, locales y dependencias de titularidad municipal. -Conducción y manejo de cualquier vehículo de titularidad municipal para que sea necesario el permiso de conducir clase B. -Cualquier otro cometido relacionado con los servicios públicos municipales y acorde con su cualificación que el encomiende el Sr. Alcalde o el Jefe de la Policía Local. BASES: PRIMERA.- REQUISITOS PARA PARTICIPAR. Podrán participar los aspirantes que reúnan los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española, o reunir los requisitos de nacionalidad y parentesco exigidos en el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciocho años y no exceder de 35 años (edades ambas referidas al día en que finalice el plazo de presentación de instancias). d) Estar en posesión o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias del Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Técnico, u otros equivalentes a efectos profesionales, y del permiso de conducir, al menos, BTP. e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones. f) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas por sentencia firme, ni haber sido despedido procedentemente de las mismas Administraciones Públicas. g) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la legislación vigente, Ley 53/1994, de 26 de diciembre, el último día de plazo para la presentación de solicitudes. SEGUNDA.- PROCESO SELECTIVO. La selección se efectuará mediante el siguiente procedimiento: PROCESO DE SELECCIÓN: Esta fase constará de dos ejercicios: Primer Ejercicio: Cumplimentación de un cuestionario de preguntas (tipo test) con respuestas alternativas, relacionado con los conocimientos necesarios para el trabajo que van a desarrollar que figura en convocatoria, durante el tiempo que indique el Tribunal. Las respuestas erróneas puntuarán negativamente. (1/3 ptos) Segundo Ejercicio: entrevista personal que versará sobre la idoneidad de los/as aspirantes para los puestos de trabajo ofertados, pudiéndose plantear asimismo cuestiones tendentes a demostrar los conocimientos, aptitudes, actitudes y habilidades profesionales requeridas para el desempeño del mismo. Estos ejercicios se valorará entre 0 y 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener como mínimo de 5 puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no superen tal puntuación.

Calificación para la obtención de la nota final. La suma total de este proceso, se realizará considerando un 40 % del primer examen y un 60 % del segundo. TERCERA.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS. Los interesados/as en participar en el procedimiento selectivo deberán dirigir sus instancias al Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente, haciendo constar en las mismas que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria según documento normalizado que podrán obtener en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento o en la dirección Web http://www.pedrera.es. A estos efectos acompañarán la documentación justificativa (copias simples) de cumplir éstos. Asimismo, se presentarán en el Registro de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de Pedrera en un plazo de 5 días hábiles (del 29 de Junio al 5 de Julio, ambos inclusive) contados a partir del siguiente al de publicación de la convocatoria y Bases en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial, y de en la página web, en horario de 8:30 a 14:30 horas. En el supuesto de que el/la aspirante desee hacer uso del derecho a no presentar documentos que ya obren en poder de la administración, según lo preceptuado en el art. 35.f) de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, deberá expresarse con claridad el tipo de documento del que se trate, fecha y órgano en el que se presentó, no habiendo debido transcurrir más de cinco años desde su presentación. En caso contrario no se podrán valorar los méritos alegados por esta vía. A las instancias y como requisito previo para acceder al presente proceso selectivo, deberán adjuntarse los correspondientes justificantes de haber abonado los derechos de examen, que ascienden a la cantidad de 10 euros, mediante copia de ingreso bancario realizado en cualquier entidad ubicada en el municipio de Pedrera, a nombre del Ayuntamiento de Pedrera, indicándose con claridad Tasas por derecho de examen referencia: AUXPOLICIALOC. Quedarán exentos del pago de la tasa aquellos/as aspirantes que figuren como demandantes de empleo, con una antigüedad mínima de dos años, acreditado mediante certificado emitido por el Servicio Andaluz de Empleo. CUARTA. TRIBUNAL CALIFICADOR.- El Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes miembros: Presidente: el Jefe de la Policía Local o policía local en quien delegue.

Secretario con voz y sin voto: un administrativo que designe el Secretario de la Corporación. Vocales con voz y voto: - dos funcionarios municipales designados por el Alcaldepresidente y el Secretario de la Corporación. Asimismo, si en la primera convocatoria de cada una de las reuniones del Tribunal Calificador no asistieran al menos la mitad de los vocales más Presidente y Secretario (incluido todos los vocales con voz y voto), pasada media hora y en segunda convocatoria sería suficiente con la presencia de dos vocales con voz y voto más Presidente y Secretario. QUINTA.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES. 4.1. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas bastará con que los aspirantes manifiesten en la instancia que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria de la plaza a la que optan, referido siempre a la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. 4.2. Finalizado este plazo, el Presidente de la Corporación, en el plazo máximo de un dos días, aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos, mediante resolución que se publicará en el «Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página web, con indicación del documento nacional de identidad y de la causa de exclusión, estableciendo un plazo de tres días para la subsanación de errores. 4.3. Transcurrido el plazo de subsanación por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos que se publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la página web. En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de realizarse los ejercicios de selección. SEXTA. ADMISIÓN DE CANDIDATOS.- Terminado el plazo de presentación de instancias y comprobado el pago de los derechos de examen, se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento la resolución aprobando las listas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, en la que constarán los nombres y apellidos de los candidatos/as y, en su caso, la causa de exclusión. SÉPTIMA. FECHA DE CELEBRACIÓN DE LAS PRUEBAS.-

El calendario de celebración de las pruebas previstas en las presentes Bases se hará público, con antelación suficiente, en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial, así como en la página Web municipal http://www.pedrera.es OCTAVA. PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO.- Una vez establecido el orden de prelación de los/as aspirantes, el Tribunal Calificador, procederá a declarar como aspirantes seleccionados/as, en su caso, a los/las que hubiesen obtenido las dos máximas puntuaciones en el proceso selectivo. Asimismo, se elevará propuesta al órgano Municipal competente para que resuelva la contratación. NOVENA. FACULTADES DEL TRIBUNAL CALIFICADOR.- El tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden y desarrollo de la selección. En Pedrera, a 27 de Junio de 2011 EL SECRETARIO-INTERVENTOR Vº Bº EL ALCALDE-PRESIDENTE