DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN

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Transcripción:

DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN Alcance y objetivos 1. El trabajo de investigación culmina con la sustentación de una tesis o la sustentación temática de trabajos publicados, una vez que el estudiante ha aprobado el creditaje respectivo y cumplido los requerimientos del programa. 2. El trabajo de investigación sustentado públicamente debe representar un aporte conceptual o metodológico y un avance para las ciencias. 3. El trabajo de investigación es original y crítico. Se entiende por original, para los efectos del presente manual, a la característica en virtud de la cual el tema, la metodología, el problema de investigación, el enfoque o escenario, entre otros, es diferente en algún aspecto, a lo que se haya investigado y publicado al respecto. 4. El trabajo de investigación articula interrogantes, reúne y presenta información relevante y propone conclusiones basadas en un análisis sistemático, por lo que debe tener las siguientes características: a. Integradora de las competencias adquiridas. b. Hechos objetivos y argumentos que deben estar fundamentados. c. Enfoque propio que refleje su originalidad. 5. El trabajo de investigación tiene como propósito lograr que el estudiante desarrolle competencias académicas que le permitan: a. Evaluar, interpretar y utilizar correctamente las publicaciones científicas. b. Identificar problemas específicos en el área de su competencia. c. Proponer soluciones viables a través de la sistematización, integración y aplicación de los conocimientos adquiridos. d. Analizar críticamente y ponderar la información a su alcance, así como los recursos, métodos, técnicas o modelos para llegar creativamente a la mejor explicación de un problema en su área de competencia. e. Emplear adecuadamente la metodología de cada área del conocimiento, ubicando los hechos, sistematizándolos y utilizando las técnicas apropiadas para el método seleccionado. f. Instrumentar procesos de análisis, síntesis y evaluación del tema que se desarrolle, presentando resultados en términos de un área del

conocimiento. g. Expresar con claridad los resultados de la investigación con los requerimientos formales propios del área investigada, del medio de difusión utilizado y del nivel universitario que implica ser Magíster o Doctor. h. Demostrar capacidad para expresarse en forma escrita y oral. 6. La metodología a utilizarse en los trabajos de investigación conducentes a la obtención del grado de Magíster o Doctor, puede ser: (anexo Nº 1) a. Metodología cuantitativa b. Metodología cualitativa c. Metanálisis d. Sistematización e. Análisis históricos Del proyecto de investigación: modalidad de tesis 7. Es el documento que elabora el estudiante con el propósito de demostrar las competencias adquiridas durante el proceso educativo y el correcto uso de ellas. 8. El proyecto de investigacion debe ser presentado por el estudiante en su facultad, para su revisión y aprobación como máximo al inicio del tercer semestre del programa. 9. En un plazo no mayor de quince días a partir de la presentación del proyecto de investigación, la facultad y su Comité de Investigación aprueban o desaprueban el proyecto. El Comité de Investigación informa el resultado por escrito al estudiante y fundamenta su veredicto. (anexo Nº 2). 10. Una vez aprobado el proyecto de investigación por la Facultad y el Comité Institucional de Ética de la UPCH, la facultad debe remitirlo a la EPGVAC para su inscripción y registro del asesor de tesis mediante la ficha de inscripción (anexo Nº 3). 11. La presentación y aprobación del proyecto de investigación en todas las instancias institucionales pertinentes es un requisito previo y obligatorio a la ejecución del mismo. 12. No procede la matrícula en el siguiente semestre del programa de no haberse inscrito el proyecto de investigación en la EPGVAC.

13. Una vez inscrito en la Escuela de Postgrado, el proyecto de investigacion tiene una vigencia máxima de dos años para la maestría y tres para el doctorado. Vencido este plazo, el proyecto pierde su vigencia y el egresado debe solicitar su reincorporación en la facultad respectiva y presentar un nuevo proyecto de investigación. 14. La estructura del proyecto de investigación se detalla en el anexo Nº 4 del presente manual. 15. En las facultades que lo requieran, el estudiante debe presentar su examen de candidatura ó la sustentación del anteproyecto de investigación, como máximo al inicio del tercer semestre del programa. Del proyecto de investigación: modalidad de sustentación temática de artículos publicados 16. La sustentación temática de artículos publicados es el documento que elabora el estudiante con el propósito de obtener el grado académico demostrando su experiencia en un área de investigación. Para tal fin el estudiante debe contar con un asesor. 17. El contenido de una sustentación temática se basa en la sistematización de artículos publicados por el estudiante en revistas indexadas, en número de tres para el grado de magíster y de cinco para el grado de doctor. 18. La inscripción en la modalidad de sustentación temática debe ser presentada por el estudiante en su facultad para su aprobación como máximo al inicio del tercer semestre del programa, para lo cual adjuntará copia de sus artículos. 19. Una vez aprobada la inscripción en la modalidad de sustentación temática, la facultad debe remitirla a la EPGVAC para su inscripción y registro del tema y del asesor, mediante una comunicación dirigida al Director de la Escuela. 20. La presentación y aprobación del proyecto de sustentación temática en la EPGVAC es un requisito previo y obligatorio a la ejecución del mismo. 21. No procede la matrícula en el siguiente semestre del programa de no haberse inscrito el proyecto de investigación en la EPGVAC. 22. La sustentación temática debe ejecutarse en el transcurso del año siguiente a su inscripción. Vencido este plazo el egresado debe solicitar su habilitación académica en la EPGVAC quien decidirá los trámites a seguir. 23. La estructura del proyecto de investigación en la modalidad sustentación temática se detalla en el anexo Nº 7 del presente manual.

24. Los artículos empleados en la sustentación temática para el grado de magíster no pueden ser empleados en la sustentación para el grado de Doctor. 25. Los artículos empleados para la sustentación temática deben tener una antigüedad no mayor a 3 años para maestría y 5 para doctorado. Para el uso de artículos que tengan mayor antigüedad debido a su relevancia en el aporte a nuevo conocimiento, estos serán autorizados por la EPGVAC previa carta del asesor que justifique su uso. 26. La sustentación temática no requiere de pre sustentación. Del asesor y co asesor 27. Todo estudiante debe contar con un asesor para el trabajo de investigación, opcionalmente con un co asesor, dependiendo de la o las disciplinas comprendidas, la vinculación con centros o programas de investigación, las distancias geográficas, u otras razones justificadas. 28. El asesor es designado por cada facultad a sugerencia del estudiante. Para su designación se debe tener en cuenta su tiempo disponible, área en que se desempeña y experiencia en investigación. 29. Debe tener el grado de Magíster o Doctor, según sea el grado a que conduce el trabajo a asesorar, tener vinculación permanente o temporal con la Universidad, preferentemente en el área temática del proyecto 30. El asesor debe sujetarse estrictamente a las normas del presente reglamento y a las normas específicas de cada Facultad. 31. Son obligaciones y atribuciones del asesor: a. Orientar la planificación y desarrollo del proyecto, en cualquiera de las dos modalidades, desde su diseño e inscripción hasta el final de la investigación. b. Coordinar con otros profesionales a nivel de inter consulta siempre y cuando el tema lo requiera. c. Participar en el proceso de pre sustentación (modalidad de tesis), y sustentación del trabajo de investigación, en cualquiera de las dos modalidades, con voz y sin voto. d. Por ningún motivo el asesor puede delegar sus funciones o atribuciones a terceras personas.

e. En la modalidad de tesis, el asesor debe realizar por lo menos tres evaluaciones formales sobre el avance de la investigación e informarlas a la EPGVAC en las siguientes fases: (anexo Nº 5) Al finalizar la etapa de proyecto Al finalizar la etapa de recolección de datos (es decir dé conformidad con lo actuado), De todo el proceso al finalizar el estudio y solicitando designación de jurado. f. En la modalidad de sustentación temática el asesor debe remitir a la escuela dos evaluaciones del proceso, en las siguientes fases: Al finalizar la fase de proyecto Al finalizar el proceso solicitando el nombramiento del jurado calificador. g. Dar parte inmediatamente a la EPGVAC sobre cualquier irregularidad en la elaboración de la investigación. h. Renunciar a esta función por motivos justificados e informarlos a la EPGVAC. 32. Si el asesor de tesis renuncia, deja de pertenecer a la universidad o no cumple con las funciones asignadas lo cual debe ser informado por el estudiante, la facultad designa un nuevo asesor en un plazo no mayor de 15 días de producida la renuncia o establecido el incumplimiento y lo comunica a la EPGVAC. 33. El asesor que haya dejado de pertenecer a la Universidad habiendo iniciado la asesoría, si lo desea puede seguir haciéndolo hasta su culminación en un plazo no mayor a dos años. Esta situación debe ser informado a la escuela 34. Los asesores pueden dirigir un número máximo de cinco (5) trabajos de investigación de postgrado por año. 35. El co asesor es un docente que puede tener ó no vinculación laboral con la universidad. El número de co asesores para el trabajo de investigación será determinado por el estudiante con conocimiento del asesor. 36. En el trabajo de investigación, el co asesor cumple funciones de consultoría específica en aspectos de su especialidad, con conocimiento de su facultad y la EPGVAC. 37. Las funciones del co asesor no generan necesariamente, derechos de coautoría, quedando esto último a criterio de las partes involucradas en la investigación.

Del informe final 38. El informe final de la tesis debe basarse en el esquema detallado en el anexo Nº 6. 39. El informe final de la sustentación temática deberá basarse en el esquema detallado en el anexo Nº 7 40. Una vez que el asesor considere que el trabajo de investigación ha alcanzado el grado de elaboración y suficiencia para su aprobación, lo hace de conocimiento de la EPGVAC mediante informe escrito en sobre cerrado (anexo Nº 5), que adjunta a la solicitud del estudiante para nombramiento del jurado evaluador.