DE MEDIO AMBlE TE. APROBADO En Junta de Contratación y MEDIO RURAL :f BUjÜN.iÓ~o1 DI día,.l SECRETARIA DE LA JUNTA,.., PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAs QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACION DE LA GESTiÓN DE DETERMINADOS RESIDUOS PELIGROSOS BIOSANITARIOS y CITOTÓXICOS) y NO PELIGROSOS (~L;t1',." VIDRIQtQ f:oj.joa9o PRODUCIDOS EN EL LABORATORIO C TR!t..; ;'. VE _, lnaria QE ~EiI"É. ~ljt en su reunión del día PRESCRIPCIONES GENERALES MIÑI5TER IO DE 29 SEr 2010 MEDIO AMB IENTE Y MEDIO RURAL y M A R I N o JUNTA J SECRETARIA DE LA J El presente pliego tiene como finalidad detallar las prescripciones técnicas a las que debe ajustarse y regir la ejecución del contrato de gestión de residuos peligrosos (biosanitarios y citotóxicos) y no peligrosos (plástico, poliespán y vidrio) producidos en el Laboratorio Central de Veterinaria (LCV). Dicha gestión deberá incluir: Suministro de envases y contenedores para cada tipo de residuo. Recogida de residuos desde el almacén final. Transporte, almacenamiento, tratamiento y eliminación de residuos. Seguimiento y control de calidad de los procesos anteriores. Aseguramiento de eventuales accidentes en dichos procesos. Todas las actividades que normativamente fueran necesarias, incluidas las anteriores. Detallamos las características y naturaleza de los residuos objeto de retirada y eliminación: Residuos Peligrosos: El Laboratorio genera residuos debido a la realización de análisis que la normativa vigente considera residuos bíosanltarlos y citotóxicos. Según la clasificación que establece el Decreto 83/99 de 3 de junio, por el que se regulan las actividades de producción y de gestión de residuos biosanitarios y citotóxicos en la Comunidad de Madrid los residuos objeto del contrato son: 1. Clase 111.- Residuos biosanitarios especiales. (C.E.R 180202): Aquellos cuya recogida y eliminación es objeto de requisitos especiales para prevenir infecciones: Grupo 5: Residuos punzantes o cortantes Grupo 6: Cultivos y reservas de agentes infecciosos Grupo 7: Residuos de animales infecciosos 2. Clase VI.- Residuos citotóxicos. (C.E.R 180207): Residuos No Peligrosos: Clra. de Algete. Km 8 Icv@marm ;es TEL: 913479282
DE MEDIO AMBIENTE, El laboratorio genera unos residuos de diferentes materiales y de carácter reciclable, tales como plásticos, poliespán, vidrio, envases metálicos, etc. producto de las actividades normales que se desarrollan y por la realización de análisis en los que estos tipos de residuos no han estado en contacto con ningún elemento de origen peligroso, por lo que no presentan riesgo para el ser humano ni para el medio ambiente. Es competencia del Centro entregarlos a un Gestor autorizado para su recuperación, reutilización, reciclado o valorización, y así de este modo cumplir con la normativa aplicable al Centro. Desde el punto de vista técnico el contratista adjudicatario efectuara los trabajos encomendados, cumpliendo todas las normas legales vigentes aplicables a los mismos, y en especial: - Ley 10/98 de 21 de abril (BOE 22-4-98) - Real Decreto 833/1988, de 20 de julio (BOE 30-7-88) - Real Decreto 952/1997, de 20 de junio (BOE 5-7-1997) - La especifica de la Comunidad Autónoma de Madrid, Ley 5/2003, de 20 de marzo y Decreto 83/99 de 3 de junio. - Real Decreto 782/1998, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases (BOE núm. 104, de 1 de mayo de 1998). A) Ámbito espacial del servicio El servicio se realizará en las instalaciones del Laboratorio Central de Veterinaria del M.A.R.M. en Algete (Madrid). Adscrito a la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos (Subdirección General de Sanidad de la Producción Primaria). Situado: Distrito Postal: Teléfono: Fax: Carretera de Algete, Km. 8 en Algete (Madrid) 28110- Algete (Madrid) 91 3479281 91 6290598 B) Programa de trabajos a realizar V frecuencia Para el cumplimiento de esta normativa es necesario contratar una empresa especializada de recq9 da y eliminación de los residuos descritos en el apartado anterior, que cuente con law~ eif8 ~ ~~?nes necesarías para este servicio. ',..., ~ \ ""t'. (';1 -), ", _. ~. :~ _.~ cio abarcara todos los trámites necesarios previos y reglamentarios a la ~t i r. ' e ", u mismos: manipulación, la organización en envases adecuados en número y '<:;l' v«' ~ ~o/?l1h' S Ull~~ cf''' 'JIJNTI\ 'ij'i. Clra. de Algele. Km 8
capacidad para separar por grupos, etiquetado, almacenamiento provisional, transporte, etc. 8.1 Suministro de contenedores. Contenedores para Residuos Peligrosos: El adjudicatario del servicio suministrará a su cargo y según las necesidades del Laboratorio los envases y contenedores en número suficiente para la correcta clasificación, segregación, transporte y almacenamiento de los residuos peligrosos, entendiéndose incluidos los necesarios para disponer de una cantidad suficiente para cubrir cualquier eventualidad. Este número de contenedores será el doble del generado diariamente. \ El adjudicatario del servicio indicará el tipo de envase o contenedor que asignará a cada clase de residuo, características técnicas, capacidad de los mismos, color, etiqueta, etc. con referencias de fabricación y uso, certificados de homologación, así como cuanta documentación considere para mejor conocimiento de los mismos. Los envases a.suministrar serán: Contenedores desechables, impermeables, rígidos a prueba de punzamiento, para residuos cortantes o punzantes cuyas características se ajustarán a la norma preliminar DIN V 30739 Y el volumen será de 1 litro. Contenedores desechables rígidos fabricados en polietileno de alta densidad o en otro material que garantice la impermeabilidad, impenetrabilidad, estanqueidad tanto interna como externa, con cierre hermético. El volumen de los mismos será de 60 litros. Estos contenedores tienen que cumplir la normativa DII\l europea. Para los residuos biosanitarios serán de color negro y en el caso de los citotóxicos azul. Las medidas de estos contenedores será de 52 cm de alto y 40 cm de ancho, máximo. Contenedores para Residuos No Peligrosos: El adjudicatario del servicio suministrará según las necesidades del Laboratorio los contenedores para su alquiler en número y tipo suficiente para la correcta clasificación, segregación, transporte y almacenamiento de los residuos no peligrosos. Los contenedores a suministrar serán: Contenedor de 30m 3 para el reciclaje de poliespán. Contenedor de 7m 3 para el reciclaje de bolsa amarilla, ( envases metálicos, plásticos, etc). Contenedor de 2401 u 8001, según necesidad, para el reciclaje de vidrio. El adjudicatario del servicio indicará el tipo de envase o contenedor que asignará a cada clase de residuo, características técnicas, capacidad de los mismos, color, etlqueta, etc. con referencias de fabricación y uso, certificados de homologación, así corno cuanta documentación considere para mejor conocimiento de lo ~ 'is r'w~&~..,<1,'. 8.2 Etiquetado de los contenedores! ~~ '\ i '~~~~ ;r ; ~...,,~$ ~ ',;. su8sec~\"i-~ UNr" DEco'\ Otra, de Algete. Km 8
El adjudicatario está obligado al suministro de etiquetas de identificación de los contenedores de residuos peligrosos, que cumplirán las siguientes especificaciones: Llevarán un código de barras y escritura alfanumérica con los siguientes datos: Código de identificación del residuo. Nombre y dirección del titular de los residuos. Se identificará la naturaleza de los riesgos que presenta, mediante los pictogramas representados según la normativa. -_ Dimensiones mínimas de la etiqueta 10 x 10 cm. Espacio reservado para la fecha de envasado. _ El etiquetado será, en todo caso, según la normativa vigenterd 833/1988, arto 14 "etiquetado de residuos tóxicos y peligrosos" y el Acuerdo Europeo sobre el transporte de mercancías peligrosas por carretera (ADR), que establece las etiquetas de peligro a colocar en cada uno de los bultos de mercancías peligrosas. 8.3 Recogida de contenedores El Laboratorio almacenará los contenedores de residuos en lugar adecuado y teniendo en cuenta la legislación y normas técnicas que le sean de aplicación. El adjudicatario retirará de los almacenes destinados a residuos los contenedores, una vez se haya firmado por ambas partes los "Documentos de Control y Seguimiento de Residuos Peligrosos" conforme al modelo establecido por la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, debidamente cumplimentados La frecuencia de retirada de los contenedores será la necesaria de acuerdo con lo establecido en el Decreto 83/1999, de 3 de junio, de la Comunidad de Madrid, arto 18. La recogida se prevé en un principio que sea realizada: Residuos Peligrosos: dos veces por semana. Residuos plásticos No Peligrosos: una vez por semana. Residuos de poliespán: a demanda. Residuos de vidrio: a demanda. No obstantedicha cadencia de recogida podrá ser modificada por el productor del residuo, en función del volumen acumulado que pudiera sobrepasar los.límites legales de depósito. El adjudicatario expondrá los aspectos relativos al modo de gestión que considere para garantizar la continuidad y capacidad en la prestación del servicio. El personal encargado del transporte de los contenedores debe ir perfectamente. uniformado e identificado, estar cualificado para la manipulación y el traslado de los residuos hasta la planta de eliminación. 8.4 Traslado de residuos a los almacenes de transferencia o plantas de eliminación
Deberá presentarse en la oferta técnica el Plan de rutas y frecuencias para el traslado desde el Laboratorio hasta las plantas de transferencia y plantas de eliminación. En cualquier caso, el. licitador expondrá todos los aspectos relativos al modo de gestión que garanticen la continuidad y la capacidad en la prestación del servicio. Los vehículos de la empresa deben estar homologados para el transporte por carretera de materias peligrosas. Los conductores deben poseer el certificado de formación para conductores que transportan mercancfas peligrosas (ADR o TPC). Tanto los vehículos como los conductores deben estar incluidos en la autorización de transportista de residuos peligrosos otorgada a la empresa por la Comunidad de Madrid. El licitador incluirá en su oferta el número y características técnicas de los vehículos que dedicará al servicio así como el número de conductores que dedicará al traslado de los residuos desde el centro hasta las plantas de tratamiento. Indicará su cualificación y formación especffica, de manera que quede acreditado el cumplimiento estricto de la normativa en materia de gestión, transporte de mercancías peligrosas y salud laboral. El adjudicatario deberá presentar, previo a la firma del contrato, los correspondientes certificados de conductores y vehículos, destinados al transporte de residuos peligrosos: 1. Documentación de conductores (carnet y ADR) 2. Documentación de los vehículos de transporte: Permiso de circulación Tarjeta de transporte Última inspección técnica Certificado de homologación del vehículo emitido por organismo de control autorizado. Antes de la puesta en servicio de un nuevo vehículo de transporte de residuos o incorporación de un nuevo conductor, se deberá remitir al Laboratorio la documentación pertinente. El transporte destinado a la recogida de residuos deberá cumplir todas las especificaciones establecidas para el transporte de residuos peligrosos y transporte de mercancías peligrosas por carretera (carta de porte, etiquetado de bultos, normas de protección y seguridad, actuaciones en caso de accidente o incidentes para cada tipo de residuos transportado) y demás legislación aplicable. 8.5 Control de eliminación y pesaje En el caso concreto de Residuos Peligrosos, el adjudicatario llevará a cabo el pesaje de los contenedores en sus instalaciones. Para ello contará con un sistema de pesaje en sus plantas de tratamiento que constará como mínimo de: Balanza electrónica conectada a ordenador, que permitirá el archivo de toda la información. Lector óptico de código de barras que permita identificar la procedencia del contenedor pesado de forma simultánea. 8.6 Tratamiento de residuos. ~t. Y MEDiO~... '.. Para prestar el servicio el ad (:f~ata n &f Ji,e b e ra disponer de una planta de tratamiento debidamente autorizada. p ~~.~\. Presentará una memoria del proceso d ~a t~~~~~ ra los residuos, que indique:' ~...~ I ' ~ :.:.subsf.c~\«-~ ü"'r, DE CO" Clra. de Algele, Km 8.
Descripción y justificación del método a emplear Equipos que integran el proceso con sus características técnicas Capacidad de producción, rendimientos, turnos de trabajo, protocolos de control del proceso, etc. Autorización de vertederos. \ Deberá reflejar la garantía de cumplimiento del servicio al que se compromete. Se acompañará de catálogos y de la documentación técnica que se considere de interés para el conocimiento de la tecnología propuesta. Se expondrán los argumentos y análisis comparativos que permitan evaluar la eficacia del sistema elegido. En cualquier caso el tratamiento deberá garantizar resultados adecuados y validados, de acuerdo con la normativa vigente y respeto al medio ambiente. Octubre de 2009 Clra. de Algele, Km 8