Área de Gobierno Abierto, Acción Social, Educación, Juventud, Igualdad, Cultura y Deportes

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RESUELVO: La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como Anexo de la presente resolución.

Transcripción:

Área de Gobierno Abierto, Acción Social, Educación, Juventud, Igualdad, Cultura y Deportes Servicio Administrativo de Deportes Ref.:JAGD/GFH CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE TENERIFE Y LA ASOCIACIÓN CANARIA DE GESTORES DEPORTIVOS (ACAGEDE) PARA LA ORGANIZACIÓN DE DIVERSAS ACTIVIDADES DIRIGIDAS A LA MEJORA DE GESTIÓN DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA EN LA ISLA DE TENERIFE DURANTE EL AÑO 2014. En Santa Cruz de Tenerife, a 22 de julio de 2014. INTERVIENEN Doña Mª del Cristo Pérez Zamora, por razón del expresado cargo, en nombre y representación del EXCMO. CABILDO INSULAR DE TENERIFE, al ser el órgano competente de conformidad con el artículo 10.1.l del Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Tenerife. Doña Migdalia Rodríguez Luís con NIF nº 54.083.489-R en su condición de Presidenta de la ASOCIACIÓN CANARIA DE GESTORES DEPORTIVOS (ACAGEDE), con CIF nº G- 35.599.307 y domicilio social en C/ Las Macetas s/n, P.I. Santiago Martín 3ª planta, 38108, Los Majuelos (La Laguna), con plenas facultades para representar a la Entidad, desempeñando su cargo en virtud de nombramiento. Ambas partes, según intervienen, se reconocen la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente Convenio. EXPONEN PRIMERO.- El Cabildo Insular de Tenerife, conforme a lo dispuesto en el artículo 36.1.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local (en adelante LBRL), ostenta, entre otras, la competencia de fomento y administración de los intereses peculiares de la isla. Asimismo, en el artículo 2.2 de la Ley 8/1997, de 9 de junio, Canaria del Deporte (en adelante LCD) incluye, entre las líneas generales de actuación en materia de deporte, las siguientes: a) Promoción del deporte en todas sus expresiones. b) El fomento, la protección y la regulación del asociacionismo deportivo. c) La planificación y promoción de una red de instalaciones deportivas suficiente y racionalmente distribuida. e) La consecución de una práctica deportiva saludable, exenta de violencia y de todo método extradeportivo. g) La asignación de recursos para atender, con carácter global, las líneas generales de actuación. Por su parte, el artículo 4 de la propia LCD alude a la cooperación y eficiencia de las distintas Administraciones públicas con competencia en materia deportiva, además de a la participación y colaboración de las entidades deportivas y de otras entidades públicas y privadas, entre los principios generales que deben presidir la organización del deporte en Canarias.

SEGUNDO.- La Asociación Canaria de Gestores Deportivos (ACAGEDE), según se desprende del artículo 2 de sus Estatutos, es una Asociación sin Ánimo de Lucro, con personalidad jurídica propia y capacidad de obrar en la consecución de sus fines. Asimismo, según el artículo 3.1 de sus Estatutos, el objeto social es el siguiente: a).- Fomento y desarrollo de la gestión deportiva. b).- Formación permanente en este ámbito. c).- Organización de actividades y eventos relacionados con sus fines. d).- Estudio, análisis y difusión de cuestiones relacionadas en este ámbito. e).- Asesoramiento a los asociados. f).- Asesoramiento y colaboración con instituciones y entidades públicas en esta materia. g).- Cuantas cuestiones redunden en beneficio de los asociados y desarrollo de la gestión deportiva de calidad en Canarias, dentro de la legalidad. De acuerdo con lo expuesto, ambas partes deciden formalizar el presente CONVENIO DE COLABORACIÓN en el presente acto y se comprometen a llevarlo a cabo con arreglo a las siguientes: PRIMERA.- OBJETO. CLÁUSULAS El presente Convenio de Colaboración tiene por objeto la organización y ejecución de las siguientes iniciativas, sin perjuicio de aquellas otras que pudieran surgir, durante el año 2014: Reuniones de Técnicos: Se plantean dos reuniones al año, una el primer cuatrimestre y la otra en el último trimestre. La finalidad es reunir a los gestores de los ayuntamientos donde se ponen sobre la mesa las problemáticas e intercambio de experiencias en materia de gestión deportiva. Jornadas de Voluntariado y Régimen Laboral para entidades deportivas: El objetivo es ofrecer a las personas implicadas de clubes y federaciones, la importancia de conocer y gestionar con eficiencia a los voluntarios y facilitar conocimientos para la aplicación del Régimen Laboral. Jornada de Seguridad y Responsabilidad en el deporte: Concienciar y aportar conocimientos sobre los distintos tipos de seguros existentes y la responsabilidad por incumplimiento del marco legal. Jornadas "Organización de Eventos Deportivos": Se desarrollarán en dos días y se darán a conocer y se analizarán la importancia de la planificación en relación a los eventos deportivos y el protocolo a seguir. Caso ejemplo: Carreras de montaña. Revista "Gestión Deportiva": Presencia por parte del Cabildo con un artículo técnico en los cuatro números de la revista digital.

SEGUNDA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES.- 1.- El Cabildo Insular de Tenerife asume los siguientes compromisos: Abonar las cantidades a las que se comprometa con ocasión de la suscripción del convenio de colaboración y de sus eventuales adendas. Facilitar, de acuerdo con la disponibilidad de la Corporación, las instalaciones necesarias para la celebración de alguno de los eventos programados. Colaborar con ACAGEDE con el fin de facilitar la organización de los eventos. Permitir el uso de las imágenes corporativas necesarias para el desarrollo de las actividades que constituyen el objeto del convenio de colaboración. 2.- ACAGEDE asumirá los siguientes compromisos: Organización técnica de los eventos que constituyen el objeto del presente convenio de colaboración, asumiendo la responsabilidad derivada del desarrollo de los mismos, sin que pueda trasladarse al Cabildo Insular de Tenerife. Obtener las licencias, autorizaciones o realizar las comunicaciones o notificaciones necesarias para la realización de los distintos eventos. Hacer frente a los gastos necesarios para la organización de los distintos eventos, ya sea con recursos propios o ajenos, además la aportación del Cabildo Insular de Tenerife, la cual no será susceptible de incremento, salvo situaciones debidamente justificadas y a través de la correspondiente Adenda. Inclusión de la imagen corporativa del Cabildo Insular de Tenerife y el logo del Área de Deportes (Tenerife DXT; Tenerife Juega Limpio) en la cartelería como en el resto de los medios de difusión y promoción que utilicen con ocasión de la celebración de los respectivos eventos (prensa escrita, radio, TV, Web, redes sociales, etc.). Permitir la participación del personal del Servicio Administrativo de Deportes y Desarrollo de Proyectos del Cabildo Insular de Tenerife en alguno de los distintos eventos o la proposición de personas, físicas o jurídicas, que puedan participar en los mismos. Facilitar al personal del Servicio Administrativo de Deportes y Desarrollo de Proyectos del Cabildo Insular de Tenerife, en la medida de lo posible, el acceso gratuito o con bonificación a las Jornadas que se organicen. Permitir al Cabildo Insular de Tenerife la obtención, directamente o cedidas por ACAGEDE, así como la utilización de las imágenes de los distintos eventos con el objeto de promocionar su participación en los mismos. TERCERA.- DURACION DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN Y ADENDAS. La duración del convenio será anual, coincidiendo con el año natural, desarrollándose a lo largo del mismo las actuaciones incluidas en el convenio, sin perjuicio de que, excepcionalmente y por razones debidamente justificadas, alguna pueda prolongarse más allá de este límite temporal.

Asimismo, el convenio de colaboración podrá complementarse con ADENDAS si, durante su vigencia, surge la necesidad de reajustar las propuestas inicialmente previstas o incluir nuevas actividades. CUARTA.-RÉGIMEN ECONÓMICO DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN, ABONO Y JUSTIFICACIÓN. La aportación económica del Cabildo Insular de Tenerife al convenio de colaboración será de TRES MIL QUINIENTOS EUROS (3.500,00 ), cuyo abono se efectuará en un único pago en el momento de la formalización, toda vez que ya se han desarrollado parte de las actividades incluidas dentro de su objeto y con el fin de facilitar la gestión presupuestaria de las actividades. ACAGEDE deberá justificar las prestaciones incluidas en el proyecto objeto del convenio de colaboración, mediante la presentación de la correspondiente Memoria justificativa, en la que se describan las actuaciones llevadas a cabo, así como los resultados obtenidos (asistentes, asuntos debatidos, acuerdos logrados en las jornadas, etc.). En el caso de que se incluya alguna Adenda, su memoria deberá incluirse en la Memoria global del Convenio. Los proyectos que, por su entidad y envergadura, tengan una dimensión plurianual no afectarán a la contribución económica del Cabildo Insular de Tenerife, el cual no podrá adquirir compromisos plurianuales. En los casos en los que se decida incluir alguna adenda al convenio de colaboración, se valorará la posible colaboración económica del Cabildo Insular de Tenerife, que en todo caso estará sujeta a sus disponibilidades económicas. La no realización o realización defectuosa de alguna de las actividades incluidas en el objeto del Convenio de Colaboración o de sus eventuales Adendas, tendrá como consecuencia la pérdida del derecho al cobro de la misma o a su devolución, con los correspondientes intereses de demora, en caso de haberse realizado un pago anticipado. QUINTA.- EXTINCIÓN. El Convenio de Colaboración se extinguirá por las siguientes causas: a) Cumplimiento por ambas partes del objeto del contrato y de las obligaciones asumidas respectivamente. b) Resolución por incumplimiento de cualquiera de las partes de los compromisos asumidos. En estos casos, la parte incumplidora deberá resarcir a la otra parte de los daños y perjuicios efectivamente causados. c) Mutuo acuerdo entre las partes. d) Denuncia de alguna de las partes firmantes, comunicada con una antelación de 2 meses. e) Causa de fuerza mayor, ajena a la voluntad de las partes. SEXTA.- INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN. Las dudas o controversias que puedan surgir en la interpretación y aplicación del presente convenio se tratarán de solventar entre ambas partes.

El presente Convenio tiene naturaleza jurídico-administrativa, siendo la jurisdicción Contencioso Administrativa la competente para conocer cuantos litigios puedan derivarse del mismo. Y en prueba de su conformidad, suscriben el presente Convenio por triplicado en el lugar y fecha arriba reseñado. MARIA DEL CRISTO PEREZ ZAMORA CONSEJERA DELEGADA DE DEPORTES MIGDALIA RODRIGUEZ LUIS PRESIDENTA DE LA ASOCIACION CANARIA DE GESTORES DEPORTIVOS (ACAGEDE)