BASES PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE BECARIOS PARA LA FUNDACIÓN CANARIA GENERAL UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA

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Transcripción:

BASES PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE BECARIOS PARA LA FUNDACIÓN CANARIA GENERAL UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA ANTECEDENTES El objetivo de la Fundación General de la Universidad de La Laguna (en adelante, Fundación) es tender puentes entre la Universidad de La Laguna y nuestra sociedad, para impulsar la transferencia del conocimiento generado por los investigadores universitarios, facilitar las demandas de formación especializada y de idiomas, ajustada a las necesidades del mercado laboral, y fomentar la inserción laboral de nuestros titulados, orientando sus trayectorias y vocaciones, posibilitando prácticas, becas de inserción laboral, la movilidad internacional y creando empresas intensivas en conocimiento que pongan en valor el talento canario. La Fundación actúa de referente en materia de innovación, formación y empleo en el ámbito universitario con contacto directo con los universitarios canarios desde hace más de 25 años. Concretamente, el Área de Empleo de la Fundación gestiona todas aquellas actividades que, directa o indirectamente, facilitan a alumnos y titulados universitarios su proceso de incorporación al mercado laboral. Así, centra su actividad en dos grandes líneas de actuación: La Orientación para el Empleo y la Intermediación Laboral. Entre los objetivos del Área de Empleo destacan el fomento de la inserción laboral de los estudiantes y titulados universitarios, orientando sus trayectorias y vocaciones, posibilitando prácticas formativas en empresas, becas de inserción laboral y creando empresas intensivas en conocimiento que pongan en valor el talento canario. Entre las actividades del Área de Empleo, y siempre con el objetivo de asegurar la incorporación de los universitarios al mercado laboral, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, posibilitando la capacitación de los mismos no sólo en las aptitudes profesionales que demanda el mercado, sino en las actitudes necesarias para adecuarse a las exigencias de los nuevos tiempos, podemos citar las siguientes: La oferta de servicios dirigidos a los titulados y estudiantes universitarios canarios sobre información del mercado laboral canario, herramientas y técnicas para la búsqueda activa de empleo, información sobre las posibles vías de incorporación al mercado laboral y la mejora de la situación profesional y laboral, entre otras. El desarrollo de actividades formativas que permiten la adquisición de nuevas competencias y habilidades profesionales cada vez más demandadas por el mercado laboral (trabajo en equipo, negociación, planificación del tiempo y del trabajo, habilidades comunicativas, liderazgo, y prevención, gestión y resolución de conflictos entre otras) que completen los conocimientos adquiridos en su formación universitaria. La creación de bolsas de empleo de mano de obra cualificada. El desarrollo de programas de cooperación educativa y programas de movilidad e intercambio de estudiantes y titulados, en proyectos de prácticas internacionales. La promoción de espacios de encuentro entre las empresas y la universidad mediante la realización de foros de empleo que facilitan lazos y vínculos entre los diferentes agentes. La Fundación, tiene el compromiso de impulsar el progreso de nuestro entorno socioeconómico, en particular, y la sociedad, en general, a partir del talento universitario. Una de las formas de fomentar y confiar en el talento de la comunidad universitaria es facilitar espacios para la formación práctica de nuestras tituladas y titulados universitarios. Con el Programa de Becas Formativas de Inserción Laboral, gestionado por esta entidad, se pretende favorecer la formación práctica de los egresados de la Universidad de La Laguna, mediante la estancia de un recién titulado universitario para complementar, mediante un periodo de formación práctica en un centro de trabajo, los conocimientos adquiridos en su etapa académica. Este programa, posibilita la adquisición de competencias y habilidades de tipo práctico en actividades y funciones análogas que desempeñará profesionalmente el titulado universitario siendo su primer contacto con su futuro laboral. Desde el punto de vista normativo, el artículo 25 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, en su capítulo segundo, clasifica los objetivos de las actuaciones de las políticas activas de empleo, y entre ellos, sitúa el desarrollar programas de formación profesional ocupacional y continua y cualificar para el trabajo, así como facilitar la práctica profesional. De igual forma, el artículo 25 del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en su punto tercero, indica que, dentro de las acciones formativas dirigidas prioritariamente a los trabajadores desempleados, se potenciarán acuerdos con las empresas, públicas o privadas, al objeto de favorecer la realización de prácticas profesionales (incluidas las de

carácter internacional), el intercambio de tecnologías y de personal experto y la utilización de infraestructuras y medios técnicos y materiales. Las becas de inserción laboral no supondrán, en ningún caso, la existencia de relación laboral entre los egresados y la Fundación. En este contexto, los objetivos del programa de becas formativas de inserción laboral de la Fundación, son los siguientes: Posibilitar la formación práctica de los titulados en el entorno laboral integrándose en los equipos humanos de empresas privadas y entidades públicas en un rol de aprendizaje, apoyo y responsabilidad. Incrementar las posibilidades de inserción laboral de los titulados universitarios, especialmente de aquéllos que opten a su primer contrato laboral. Enriquecer la formación académica recibida con otra formación más específica y especializada que lo capacite en habilidades y aptitudes para el puesto de trabajo durante el desarrollo de las labores de la beca. Consolidar el compromiso de empresas privadas y entidades públicas en los programas de prácticas profesionales no laborales de los egresados universitarios. En el presente documento se establecen las bases para constituir la bolsa de candidatos que cubrirán las posibles vacantes de becas formativas de inserción laboral en la Fundación. A continuación, se establecen las bases para la configuración de la bolsa de becarios, a través de los siguientes puntos: PRIMERO.- OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN Las presentes bases tienen por objeto regular el procedimiento para la constitución de la bolsa de candidatos que cubran posibles vacantes del programa de becas formativas de inserción laboral en la Fundación. Así pues, se crearán bolsas independientes según el perfil del proyecto formativo que pueda desarrollar la Fundación. SEGUNDA.- REQUISITOS COMUNES PARA LOS BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA Atendiendo a las bases del programa de becas formativas de inserción laboral, se establecen los siguientes requisitos comunes para formar parte de la bolsa de becarios: 1. No haber transcurrido más de 24 meses entre la publicación de la oferta de beca y la fecha de finalización de los estudios universitarios por los que opta a la misma. 2. No tener relación de parentesco en primer o segundo grado, con los componentes de los órganos de decisión de la Fundación. 3. No haber sido beneficiario de otras becas formativas de inserción laboral para titulados universitarios durante más de doce meses. En el caso de ser beneficiario, el sumatorio de las becas de inserción laboral no deberá superar, en ningún caso, los 12 meses. 4. No disponer de experiencia profesional reconocida en el perfil académico objeto de la beca durante más de seis meses. 5. Inscribirse en la convocatoria en el plazo habilitado a través de los medios que se dispongan para ello. TERCERO.- PERFIL SINGULAR DE LA CONVOCATORIA Para cada convocatoria de beca que constituirá un listado de candidatos, se establecerá en documento anexo al presente, el conjunto de características que definen el perfil singular de la convocatoria. En el documento citado, se definirán, al menos, los siguientes aspectos: - Fechas de inicio y fin del periodo de inscripción, entre las cuales deben transcurrir, al menos, 5 días naturales. - Datos de la beca formativa: duración del periodo de beca, plan formativo y bolsa de ayuda al estudio, así como el número de candidatos que conformarán la bolsa y, en su caso, número de plazas dotadas con beca. - Requisitos singulares, que se añadirán a los requisitos comunes del punto anterior. - Méritos baremables en las distintas fases del proceso de selección, así como su puntuación. - Miembros de la comisión de selección de la convocatoria. - Correos electrónicos para la comunicaciones de alegaciones y consultas. CUARTO.- PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN Para inscribirse en la bolsa de candidatos de un perfil determinado, será requisito que los candidatos se registren en la convocatoria abierta al efecto durante el periodo de inscripción, cumplimentando la carta de presentación y el currículum vitae normalizado expuesto en la sede electrónica de la Fundación, en https://sede.fg.ull.es

No se considerarán válidos: a. Aquellos currículum vitae no actualizados durante el periodo de inscripción. b. Cualquier documento con formato no normalizado por la Fundación, exceptuando, diplomas y certificados acreditadores de méritos según el perfil de la bolsa. Los originales de éstos deberán presentarse, sin excepción, para su cotejo durante el periodo de entrevista. c. Cualquier información no aportada en la carta de presentación habilitada a tal fin. IMPORTANTE: Solo se tendrán en cuenta los requisitos y méritos registrados en la inscripción y durante el periodo habilitado para ello. La inscripción del candidato en este proceso selectivo indica la aceptación de las presentes bases. QUINTO.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN a. Primera fase del procedimiento de selección. Una vez finalizado el periodo de inscripción, se realizará un análisis de las candidaturas, y sobre aquellas que cumplan los requisitos, tanto los comunes como los singulares del perfil convocado, se baremarán los méritos que hayan sido registrados en el currículum vitae normalizado durante el periodo de inscripción, y siguiendo las puntuaciones contenidas en el perfil singular de la convocatoria. Únicamente se valorarán los méritos registrados en el CV normalizado durante el periodo de inscripción. De esta manera se obtendrá el primer listado provisional de candidatos para cada una de las bolsas ofertadas que contendrá a los aceptados con su puntuación y a los denegados de forma motivada. Tras la publicación del listado provisional se establece un periodo para eventuales alegaciones de los candidatos. Finalizado el periodo de alegaciones se hará público el listado definitivo de candidatos/as que hayan superado esta primera fase de selección, considerando las diez (10) mejores candidaturas de cada lista para pasar a una segunda fase de selección. No obstante, estos criterios pueden ser modificados por la comisión de selección si se constatan valores similares entre los seleccionados. b. Segunda fase de selección. Realizado el llamamiento previo a los candidatos seleccionados en la primera fase, se determinará una fecha para la presentación de la documentación. En este acto, el candidato deberá aportar, sin excepción, la documentación acreditativa de los requisitos y méritos enumerados en el registro electrónica. La documentación a aportar deberá ser original y copia para su cotejo y será la que se expone a continuación: Documento nacional de identidad. Título Universitario homologado en España, aunque dependiente del perfil singular, también podrán optar aquellos alumnos a los que sólo queda superar el proyecto de trabajo final incluido de forma obligatoria en el plan de estudios de cualquiera de las anteriores especialidades. Acreditación, mediante las correspondientes certificaciones, de los méritos de interés para la baremación. Certificados de idiomas homologados por la administración competente o expedido por el Servicio de Idiomas de la Universidad de La Laguna. En el caso de no disponer de acreditación sobre el conocimiento de un idioma, se podrá habilitar una prueba de nivel para comprobar sus conocimientos. IMPORTANTE: Los candidatos que no presenten TODA la documentación acreditativa de los requisitos y méritos registrados durante la inscripción o que aquella, en parte o en su totalidad, se constate como falsa, causarán automáticamente baja del proceso de selección. Esta vacante podrá o no suplirse según criterio de la comisión de selección. En el caso de suplirse, se seguirá el orden de la lista de los candidatos que hayan superado la primera fase de selección. Una vez finalizada esa segunda fase de selección, se publicará en los medios habilitados las listas provisionales con las valoraciones finales de los candidatos que han superado la segunda fase y los excluidos con su motivo. Tras la publicación del listado provisional se establece un periodo para eventuales alegaciones de los candidatos. Una vez transcurrido el periodo de alegaciones, se procederá a elevar a definitivas las listas de candidatos que han superado el proceso. Este listado únicamente reflejará a los candidatos que han superado todo el proceso y que por tanto pasan a conformar la bolsa de trabajo. QUINTO.- PERIODOS Se establecen los siguientes hitos para la constitución de las bolsas de candidatos: a. Periodo de inscripción, establecido en el perfil singular de la convocatoria. b. Primera fase de selección: - Listado provisional: Tras el análisis de las candidaturas, una vez finalizado el periodo de inscripción, se procederá a la publicación del listado provisional de la primera fase.

- Periodo de alegaciones: Publicado el listado provisional de la primera fase, se establece un periodo de 3 días naturales, que comenzará a partir del día siguiente de la publicación. - Listado definitivo: Finalizado el periodo de alegaciones y, resueltas éstas, se procede a publicar el listado definitivo de la primera fase. c. Segunda fase de selección: - Aportación de documentación: a definir tras la finalización de la primera fase de selección. - Realización de pruebas baremables: a definir la necesidad de su aplicación tras la finalización de la primera fase de selección. - Listado provisional: tras el análisis de la documentación y pruebas baremables, si las hubiera, se procederá a la publicación del listado provisional de la segunda fase. - Periodo de alegaciones: publicado el listado provisional de la segunda fase, se establece un periodo de 3 días naturales, que comenzará a partir del día siguiente de la publicación. - Listado definitivo: finalizado el periodo de alegaciones y, resueltas éstas, se procede a publicar el listado definitivo con el/los seleccionado/s. [Poner cronograma gráfico] SEXTO.- CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS BOLSAS DE BECARIOS: La constitución de las bolsas de becarios de la Fundación anula las bolsas de becarios confeccionadas en anteriores convocatorias para el mismo perfil singular y se conformará según el orden de baremación de los candidatos proclamados como seleccionados. A medida de que la Fundación precise alguna incorporación a su programa de formación de becas de inserción laboral, o si ésta ya se ha previsto de forma inmediata, se procederá a localizar al candidato correspondiente según el orden establecido en cada una de las bolsas. Para ello se realizará la notificación electrónica a los datos de contacto registrados en el proceso de inscripción y/o por cualquier medio que garantice la constancia de su recepción por parte del interesado, quien deberá contestar a la oferta en el plazo máximo de 2 días desde la recepción de la comunicación. Si el candidato rechaza la oferta o no contesta a la oferta en el plazo de 2 días, pasará al final de la lista, salvo que el interesado manifieste expresamente su voluntad de ser excluido de la misma, debiendo informar por medios electrónicos de tal circunstancia. El candidato que, integrado en la bolsa, sea llamado para cubrir una plaza vacante y alegue y justifique la imposibilidad de incorporación efectiva por motivos de fuerza mayor debidamente justificados a juicio de la comisión de selección, continuará en la bolsa en la misma posición que ocupaba inicialmente. SÉPTIMO.- FORMALIZACIÓN DE LA BECA. Para la adecuada aceptación formal de los compromisos entre las partes, es decir, la Fundación y el becario, al comienzo de la actividad formativa de la beca, se suscribirá un convenio singular en el que consten, entre otros: - Las actividades a desarrollar por el becario en el plan formativo aprobado, así como su horario de permanencia en el centro de trabajo, fechas de inicio y finalización de la beca y lugar de desarrollo de la misma, así como la existencia de permisos que pudiera disfrutar el becario durante el periodo de beca. - Importe de la beca de ayuda, así como el desglose mensual del mismo. - El nombramiento del tutor del becario en el centro de trabajo. - Los compromisos adquiridos por las partes. - Las bases del programa de becas formativas de inserción laboral de la Fundación. OCTAVO.- ALEGACIONES Únicamente podrá realizarse alguna alegación durante los plazos establecidos a tal fin y, telemáticamente, mediante correo electrónico dispuesto para ello en el perfil singular de la convocatoria. Para la realización de las alegaciones deberá cumplimentarse, sin excepción, el formulario que se añade como anexo R a este documento y que se establece como documento normalizado para la realización de las mismas. Cada alegación será trasladada a la comisión de selección para su tratamiento y resolución. Las alegaciones serán respondidas por la misma vía una vez finalizado el plazo establecido para las mismas. El periodo de alegaciones nunca podrá ser periodo de subsanación de documentación. NOVENO.- COMISIÓN DE SELECCIÓN La comisión de selección tendrá como objetivo las siguientes funciones: a. Selección y evaluación de los requisitos y méritos de los candidatos.

b. Interpretación de las bases de la presente convocatoria durante todo el proceso. Esta Comisión estará formada por los siguientes miembros: - El responsable del área de incorporación del becario. - Un técnico del área competente. - Secretario designado por el Director Gerente de la Fundación. Los miembros designados en la comisión de selección constarán en el perfil singular de la convocatoria, aunque podrán sufrir modificaciones, de forma temporal o definitiva, previa comunicación a las partes. DÉCIMO.- FORMA DE COMUNICACIÓN El medio por defecto de publicación y difusión de las informaciones generadas en las convocatorias de los programas de becas formativas de inserción laboral será la página web de la Fundación, http://www.fg.ull.es/, y de forma auxiliar, el tablón de anuncios situado en la sede de la Fundación, sito en la Avenida Trinidad, nº 61 - planta 0 de la Torre Profesor Agustín Arévalo - Campus Central de la Universidad de La Laguna. Las eventuales consultas se realizarán exclusivamente a través del correo electrónico dispuesto para ello en el perfil singular de la convocatoria, debiéndose indicar en el asunto del correo, CONSULTA PROCESO DE SELECCIÓN BOLSA DE BECARIOS FGULL [REFERENCIA] y enumerando en la misma, nombre y apellidos, fecha y consulta motivada. En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 1 /1, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los formularios de inscripción de los candidatos incluirán las pertinentes cláusulas informativas, incluyendo también leyendas habilitadoras para la cesión de datos a terceros y el listado de terceros a los que se le comunicarían o cederían los datos. UNDÉCIMO.- REFERENCIAS GENÉRICAS Referencias genéricas: Todas las referencias a cargos, puestos o personas para los que en este convenio se utiliza la forma de masculino genérico deben entenderse aplicables, indistintamente, a mujeres y a hombres.

ANEXO R DOCUMENTO DE ALEGACIONES DOCUMENTO DE ALEGACIONES BOLSA DE BECARIOS NOMBRE Y APELLIDOS NIF EMAIL EXPONE SOLICITA RESOLUCIÓN DE LA ALEGACIÓN (A CUMPLIMENTAR POR LA FUNDACIÓN)