FORAN- EMPLEO AUTONOMO LINEA DE CRÉDITO PARA EL APOYO Y LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO AUTÓNOMO Resumen Informativo FORAN- Empleo Autónomo adscrito a: Entidad Gestora: Consejería de Empleo Servicio Andaluz de Empleo Fecha: Sevilla a 10 de Enero de 2012
Precedentes y Origen Normativo El presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2011, siguiendo la senda marcada por los presupuestos de ejercicios anteriores, se caracteriza por mantener el esfuerzo inversor para impulsar la actividad económica y contrarrestar los efectos de la crisis. Para ello, incorpora la creación con Fondos propios de activos financieros como apoyo a determinados sectores productivos, a través de instrumentos financieros reembolsables. De ese modo, la Disposición Adicional Octava, de la Ley 12/2010, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2011, crea el FORA- para el Fomento y la Promoción del Trabajo Autónomo para Andalucía (asimismo FORAN- ), como Fondo sin personalidad jurídica, con una dotación presupuestaria de veinticinco millones de euros (25.000.000 ), fijada en el apartado 1 del artículo 5 de la citada Ley del Presupuesto. Finalidad y Naturaleza del FORAN- La finalidad de este FORAN- es facilitar la financiación de la actividad económica de los profesionales autónomos. Los principios básicos sobre los que gira la naturaleza de este FORAN- son: Todos los créditos aprobados con cargo al FORAN- lo serán en condiciones de mercado, es decir, que en ningún caso tendrán la consideración de subvenciones o ayudas públicas, llevando asociadas la obligación de reembolso por parte del beneficiario. La financiación aportada es de naturaleza retornable, lo que le otorga un mayor efecto multiplicador que las subvenciones y ayudas públicas. FORAN- no tiene la consideración de sector público a los efectos previstos en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, siendo su gestión asignada a entidades cuyos actos están sometidos al derecho privado. 06/02/2012 Página 2 de 6
Requisitos de los Solicitantes Podrán solicitar estos créditos aquellas personas físicas que cumplan los siguientes requisitos: Ser profesionales autónomos o que prevean serlo en un futuro inmediato 1. Tener domicilio en Andalucía y desarrollar la actividad económica objeto de financiación en Andalucía. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Proyectos Financiables Tanto proyectos de inversión como a operaciones de gasto corriente (materias primas, personal, arrendamientos, ) de cualquier sector de actividad 2. De forma preferente se atenderán proyectos que contribuyan de manera especial al logro de los objetivos de sostenibilidad social, económica o medioambiental y la creación o mantenimiento de empleo en Andalucía. Importe Financiable El 100% del proyecto, con un importe mínimo de 3.000 euros y máximo de 25.000 euros por proyecto o solicitud, con un máximo por profesional autónomo de 50.000 euros. No podrán realizarse nuevas solicitudes sobre el mismo proyecto hasta que se haya reembolsado al menos el 50% de la financiación otorgada inicialmente para dicho proyecto. Preparación de las solicitudes Se pone a disposición la red de Centros de Apoyo al Desarrollo Empresarial (CADE) de la Fundación Andaluza Emprende, donde se ofrecerá asesoramiento personalizado para la preparación de las solicitudes de financiación y la documentación adicional a presentar. 1 La formalización de la operación estará condicionada en todo caso a la acreditación de la condición de profesional autónomo mediante copia del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). 2 Quedan excluidas las refinanciaciones de créditos hipotecarios, las refinanciaciones de otros pasivos de naturaleza bancaria que no se contemplen como parte de un plan de reestructuración integral del negocio. 06/02/2012 Página 3 de 6
Lugar de presentación de solicitudes En cualquier sucursal de la red comercial de CaixaBank en España. Plazo de presentación de solicitudes Desde el 16 de enero de 2012 y mientras haya disponibilidad de recursos del FORAN-. Documentación inicial a presentar por los solicitantes Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación: a) Documento nacional de identidad o equivalente para residentes no ciudadanos. b) Documentación acreditativa de su condición de profesional autónomo. c) Certificaciones acreditativas de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. d) Plan de negocio de la actividad. e) La restante documentación que, en su caso, solicite de forma razonada la Entidad Colaboradora. f) Declaración acreditativa de no haber solicitado financiación de otros fondos reembolsables sin personalidad jurídica de la Junta de Andalucía. Plazo de resolución de solicitudes El plazo máximo de resolución de las solicitudes tramitadas será de 60 días hábiles desde la fecha de registro de la solicitud por CaixaBank. Criterios de Valoración Para la aprobación del las solicitudes y la concesión de apoyo financiero con cargo a FORAN-, se tendrán en cuenta los siguientes criterios de análisis: a) La viabilidad técnica, económica y financiera de la operación a financiar. b) La contribución del proyecto a la generación y mantenimiento del empleo. 06/02/2012 Página 4 de 6
c) La compatibilidad del proyecto con las políticas y programas de la Consejería de Empleo. d) Proyectos de cuyo análisis se deduzca una mayor contribución a la rotación de los recursos del FORAN-. Tipo de interés Para cada operación el tipo de interés será fijo durante toda la vida de la misma. Este tipo de interés se determinará en función del análisis de riesgo realizado por CaixaBank, y estará comprendido en una orquilla que inicialmente se establece entre el 5,75% y el 7,25%. Esta orquilla se revisará trimestralmente en función de la evolución de los indicadores del mercado. Incompatibilidad con otras medidas/líneas de financiación Los beneficiarios de financiación a través de este producto no podrán recibir apoyo de los restantes Fondos reembolsables sin personalidad jurídica de la Junta de Andalucía. 06/02/2012 Página 5 de 6
Características Generales de las Líneas de Crédito: Instrumento Financiero: Préstamo Actividad: Cualquier sector de actividad económica, tanto para inversión como para operaciones de circulante. Porcentaje máximo a financiar: 100% de cada proyecto Importe máximo: 25.000 euros por proyecto o solicitud, con un máximo por profesional autónomo de 50.000 euros. No podrán realizarse nuevas solicitudes sobre el mismo proyecto hasta que se haya reembolsado al menos el 50% de la financiación otorgada inicialmente para dicho proyecto. Importe mínimo por proyecto: 3.000 euros Importe máximo por 25.000 euros proyecto: Duración y carencia: Máximo 60 meses para proyectos de inversión, incluyendo una carencia máxima de 6 meses. Máximo 24 meses para proyectos de circulante, incluyendo una carencia máxima de 3 meses. Tipo de interés: Fijo en función del análisis de riesgo de la operación. En una orquilla entre el 5,75% y 7,25% revisable trimestralmente. Liquidaciones: Mensuales Garantías: Personales o reales (excepto garantías hipotecarias) propias o de avalistas Método de amortización: Francés o de cuotas constantes Comisión de apertura: 1% del importe formalizado Comisión de amortización 1% del importe formalizado a las operaciones que se anticipada: amorticen anticipadamente siempre que dicha amortización se produzca sin haber transcurrido al menos la mitad del periodo de amortización originalmente establecido. Intereses de demora: 20.5% anual. Existe divergencia en relación a la información recogida en el tríptico. Estamos intentando averiguar dónde está el error. Os lo comunico en cuanto lo averigüemos. 06/02/2012 Página 6 de 6