DECLARACIONES. c).- Que no existe impedimento legal alguno para arrendar el inmueble objeto del presente contrato, ni para ocuparlo.

Documentos relacionados
D E C L A R A C I O N E S

D E C L A R A C I O N E S

D E C L A R A C I O N E S

MODELO DE CONTRATO QUE ESTABLECE LAS ESTIPULACIONES MINIMAS QUE DEBERAN CONTENER LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES QUE CON EL CARACTER DE

D E C L A R A C I O N E S

FORMATO GUÍA DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

D E C L A R A C I O N E S

DECLARACIONES. c).- Que no existe impedimento legal alguno para arrendar el inmueble objeto del presente contrato, ni para ocuparlo.

DECLARACIONES. b).- Que no existe impedimento legal alguno para arrendar el inmueble objeto del presente contrato, ni para ocuparlo.

DECLARACIONES. b).- Que no existe impedimento legal alguno para arrendar el inmueble objeto del presente contrato, ni para ocuparlo.

D E C L A R A C I O N E S

DECLARACIONES. b).- Que no existe impedimento legal alguno para arrendar el inmueble objeto del presente contrato, ni para ocuparlo.

A N T E C E D E N T E S

FORMATO DE CONTRATO DE COMODATO PARA BIENES INMUEBLES

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE (Nombre del D E C L A R A C I O N E S

1988 Y PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL NÚMERO 99, DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ, DE FECHA DIECIOCHO DE AGOSTO DEL MISMO AÑO.

I. Del Prestador de Servicios. El Prestador de Servicios declara por conducto de su representante que:

FORMATO GUÍA PARA CONTRATOS DE COMODATO DE BIENES INMUEBLES.

A N T E C E D E N T E S

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO CASA-HABITACION MOLANGO/ENERO-DICIEMBRE 2013 C. MARIA GUADALUPE VILLANUEVA SOTELO

INSCRIPCIÓN. Copia de la cédula del Registro Federal de Causantes y Formulario de Registro R-1.

CONTRATO DE DONACIÓN, IBM DE MÉXICO-LA SSDF

ANEXO 1 ANEXO 1 EJEMPLO DE CONTRATO

a) Consumidor.- A la persona física o moral que adquiere como destinatario final muebles de línea.

Dirección de Administración

CONTRATO DE COMODATO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR

D E C L A R A C I O N E S

MAGON $91, CON I.V.A. HABITAT 2013 Y FORTAMUN 2013 C. JAVIER MERINO ESTRADA

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO CASA-HABITACIÓN DE HUEJUTLA/ENERO-DICIEMBRE 2013 C. JOSÉ LUIS REYES FLORES

OFICIO-CIRCULAR QUE ESTABLECE EL MECANISMO PARA FIJAR EL MONTO DE LA RENTA QUE SE APLICARÁ DURANTE EL AÑO 2004, PARA CONTINUAR LA OCUPACIÓN DE LOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO FEDERAL

D E C L A R A C I O N E S. I.- Manifiesta EL MUNICIPIO, a través de sus representantes :

Laboratorios Clínicos de Puebla S.A. de C.V.

C. MARIA GUADALUPE POLO TORRES

Remolque náutico para embarcaciones de vela ligera, semirrigidas, motos de agua, neumáticas, piraguas, etc. hasta 750 kg y 5,5 metros.

A N T E C E D E N T E S

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO AGROPECUARIO

$69, CON I.V.A.

A N T E C E D E N T E S D E C L A R A C I O N E S

CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN

CONVENIO PEVENIMSS STRM-TELMEX-IMSS

"RENTA MENSUAL" : Mas I.V.A. En Moneda Nacional se entregan las cantidades de. "FECHA DE INICIO DE CONTRATO" CIUDAD (donde firma contrato)

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL U OFICINA

DECLARACIONES 1. DE "LA AUDITORÍA":

Aviso de Declaración de Apertura para Establecimiento Mercantil

D E C L A R A C I O N E S

Que señala como su domicilio legal la finca marcada con el número 975 de la Avenida Juárez, Código Postal en Guadalajara, Jalisco.

E S P E C I F I C A C I O N E S TRES PERSONAS

YARA MEXICO S.A. DE C.V

a) Consumidor.- A la persona física o moral que adquiere como destinatario final muebles de sobre medida.


CONVENIO DE COLABORACIÓN LEGISLATIVA

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DELEGACIÓN REGIONAL ESTADO DE MÉXICO PONIENTE

CONTRATO NO. 024/14 LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL RTP/LPI/004/2014

a) Consumidor.- A la persona física o moral que adquiere como destinatario final muebles de línea.

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CELEBRADO CON PERSONAL DE ASESORES CONTABLES DE ESTE VIVERO FORESTAL.

D E C L A R A C I O N E S

CONTRATO DE COMODATO

ANTECEDENTES DECLARACIONES

NORMA QUE ESTABLECE LA PROMOCIÓN POR ASCENSO DE NIVEL DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

CORPORATIVO SIMPLEMENTE, S.A. DE C.V. GUANAJUATO No.97. COL. ROMA MEXICO, D.F. C.P TEL. (55) FAX

USC-SSO2-98 1/5 DECLARACIONES

Director: Lic. Jorge Armando Verdín López SUMARIO

D E C L A R A C I O N E S

DECLARACIONES I. DECLARA LA "CAIPTLAX".

DECLARACIONES contratar HSI090804GZ1

A N T E C E D E N T E S. I. LA UAM realizó la modalidad por UAM., en adelante LA MODALIDAD, con objeto de adquirir el bien denominado.

FORMATO DE COMODATO PARA CASO DE BIENES MUEBLES

D E C L A R A C I O N E S

A).- ORIGINAL DE MANIFIESTO POR ESCRITO EN PAPEL MEMBRETADO EN EL QUE INFORME CUAL ES EL DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES Y DOCUMENTOS.

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA. Caracas: 8 de Julio de 1965 Numero EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA.

ADMINISTRACIÓN PORTUARIA INTEGRAL DE VERACRUZ, S.A. DE C.V.

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO BIEN INMUEBLE PARA USO COMERCIAL ENTRE PERSONAS JURÍDICAS

D E C L A R A C I O N E S

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

DECLARACIONES. I.- Declara EL GOBIERNO DEL ESTADO :

NEIFGSP 010. Secretaría de Hacienda y Crédito Público

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA RTEC

$106, CON I.V.A. FONDO: FORTAMUN Y HABITAT 2012 RESULTADOS S.C.

NORMA QUE REGULA EL PAGO DE HORAS EXTRAORDINARIAS DE TRABAJO

ESTE AVISO APARECE ÚNICAMENTE CON FINES INFORMATIVOS, YA QUE LA TOTALIDAD DE LOS VALORES HAN SIDO COLOCADOS

DECLARACIONES DECLARA "EL CLIENTE":

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS QUE CELEBRAN

ARRENDAMIENTO DE LOCAL PARA USO DISTINTO DE LA VIVIENDA REUNIDOS

CONTRATO DE SERVICIOS DE COLABORACIÓN DE ADMINISTRACIÓN COMPLEMENTARIA REUNIDOS

D E C L A R A C I O N E S :

C. VEREMUNDO CORTES PALACIOS

DECLARACIONES DE EL INSTITUTO.

Norma para armonizar la presentación de la información adicional del Proyecto del Presupuesto de Egresos.

NOMBRE DEL SERVIDOR PÚBLICO CON FACULTADES PARA LA FIRMA DEL CONTRATO: NOMBRE, RAZÓN SOCIAL O DENOMINACIÓN:

LINEAMIENTOS GENERALES

D E C L A R A C I O N E S:

CONTRATO DE PROMESA DE VENTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SUCESIÓN DEL SEÑOR REPRESENTADA POR SU ALBACEA SEÑOR

-~ A'('~,foJkHn, x j y(\~

ESTE AVISO APARECE ÚNICAMENTE CON FINES INFORMATIVOS, YA QUE LA TOTALIDAD DE LOS VALORES HAN SIDO COLOCADOS

AVISO DE PRIVACIDAD que emite ADMINISTRADORA DE CARTERA, SERVICIOS LEGALES RAMÍREZ RAMÍREZ VILLEGAS Y ASOCIADOS, S.A. DE C.V.

Con base en lo expuesto y en consideración a la propuesta presentada por el Coordinador Ejecutivo, el Comité Técnico emite los siguientes:

Reglamento de Reservaciones

Transcripción:

Contrato de arrendamiento que celebran por una parte, la empresa Inmuebles de Prestigio, S.A. de C.V., representada por el C. Manuel Jesús Garza Dávila, en su carácter de apoderado legal, al que en lo sucesivo se le designará como El Arrendador y por la otra, el Ejecutivo Federal a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, representada por el Lic. Gustavo Hernández Vela Kakogui, quien ocupa el cargo de Procurador General, a quien en lo sucesivo se le designará como La Arrendataria, al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas: I- Declara El Arrendador : DECLARACIONES a).- Que es propietario del inmueble objeto del presente contrato de arrendamiento ubicado en calle Paraguay número 115, Esquina con calle 16 de septiembre, Colonia Partido Romero, Código Postal 32030, en Ciudad Juárez, Chihuahua, dentro del cual se encuentra la oficina número Interior Tres según se acredita con la escritura pública número 583, de fecha 25 de octubre de 1993, levantada ante la fe del Lic. Manuel del Villar y Garza, Notario Público número 9, en Ciudad Juárez, del Distrito Bravos, Estado de Chihuahua, debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de esa Ciudad, bajo el número 1046, folio 170 del libro número 376 sección comercio. b).- Que comparece en este acto, a través de su Apoderado Legal, Lic. Manuel Jesús Garza Dávila según lo acredita con el testimonio notarial No. 582 de fecha 25 de octubre de 1993, protocolizado ante la fe del Lic. Manuel del Villar y Garza, Notario Público No. 9 en Ciudad Juárez, Distrito Bravos, Estado de Chihuahua. c).- Que no existe impedimento legal alguno para arrendar el inmueble objeto del presente contrato, ni para ocuparlo. d).- Que tiene el Registro Federal de Contribuyentes número IPR-931025-FIA y que el número de cuenta de la boleta predial es 01-003-02-03. e).- Que Manifiesta bajo protesta de decir verdad que no desempeña empleo, cargo o comisión en la Administración Pública o en los Poderes Legislativo y Judicial Federales, ni en los organismos a los que la Constitución otorga autonomía, y ninguno de los socios o accionistas desempeña empleo, cargo o comisión en el servicio público federal, ni se encuentra inhabilitado para el servicio público federal. f).- Que el inmueble antes descrito se encuentra al corriente en el pago de todas y cada una de sus contribuciones fiscales, y que no reporta a la fecha ningún adeudo por concepto de gastos de administración. g).- Para los efectos legales de este contrato, señala como domicilio el ubicado en República de Chile 184 Sur, Colonia Partido Romero, Código Postal 32030, en Ciudad Juárez, Chihuahua. II.- Declara La Arrendataria. a).- Que es un Órgano Desconcentrado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Dependencia de la Administración Pública Federal, conforme a lo dispuesto por los 1

Artículos 17 y 40 Fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 36 Fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y artículo 3 del Reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. b).- Que celebra el presente contrato en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría y el Reglamento la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría, de la Ley General de Bienes Nacionales y demás disposiciones jurídicas aplicables. c).- El Lic. Gustavo Hernández Vela Kakogui, Procurador General de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, cuenta con la facultad de autorizar y suscribir convenios y contratos de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obra pública que se requieran para cumplir adecuadamente con las funciones encomendadas al Órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 38 Fracción VII del Reglamento Interior de La Secretaría del Trabajo y Previsión Social y 12 Fracción XVI del Reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. Así mismo, acredita su personalidad con el nombramiento expedido el 1 de enero de 2012, por la Secretaria del Trabajo y Previsión Social. d).- Que para cubrir las erogaciones derivadas del presente contrato La Arrendataria cuenta con disponibilidad de recursos en la partida presupuestal número 32201 denominada "Arrendamiento de edificios y locales" debidamente autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante oficio No. 511/01.-2011/00037 de fecha 26 de diciembre de 2011 de la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y memorándum No. D-025 de fecha 13 de enero de 2012, de la Subdirección de Programación y Presupuesto de La Arrendataria. e).- Que cuenta con el dictamen de justipreciación de renta del inmueble objeto del presente contrato, emitidos por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales con el número secuencial 01-10-0053 y genérico A-5138-C-HMO de fecha 02 de marzo de 2010. III.- Declaran "Las Partes": a).- En el presente instrumento no existe error, dolo, mala fe, lesión, violencia, ni cualquier otro vicio del consentimiento. b).- Que es su voluntad celebrar el presente contrato para lo cual convienen en sujetarse a las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO: El Arrendador conviene en arrendar a La Arrendataria una fracción, con superficie de 46 m 2 que incluye un cajón de estacionamiento, del inmueble ubicado en el número 115, de la calle Paraguay, esquina con calle 16 de Septiembre, Colonia Partido Romero, Código Postal 32030, en Ciudad Juárez, Chihuahua. SEGUNDA.- ENTREGA DEL INMUEBLE: EL ARRENDADOR se obliga a entregar a La Arrendataria el inmueble en condiciones adecuadas para su inmediata utilización y estado de servir para el uso convenido. TERCERA.- USO DEL INMUEBLE: Las partes convienen en que el inmueble arrendado se usará para ubicar las oficinas sede de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo en Ciudad Juárez, Chihuahua de la propia Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. El Arrendador se obliga a no estorbar ni obstaculizar de manera alguna el 2

uso del inmueble arrendado, a no ser por causa de reparaciones urgentes e indispensables, previo acuerdo con La Arrendataria. El Arrendador autoriza a La Arrendataria para permitir a terceros el uso del inmueble, a título gratuito u oneroso, sin que El Arrendador tenga derecho al pago de contraprestación alguna por ese concepto. CUARTA.- CONSERVACIÓN DEL INMUEBLE: El Arrendador hará las reparaciones necesarias para conservar el inmueble arrendado en estado satisfactorio de servir para el uso estipulado y conviene en que cuando se trate de reparaciones urgentes e indispensables que no se lleven a cabo en un plazo de ocho días naturales después de recibido el aviso por escrito de La Arrendataria, ésta quedará autorizada para hacerlas y deducir su costo del importe de las rentas posteriores. El Arrendador se obliga a responder de los daños y perjuicios que sufra La Arrendataria por los defectos o vicios ocultos del inmueble. QUINTA.- MEJORAS, ADAPTACIONES Y MODIFICACIONES: El Arrendador expresa su conformidad para que La Arrendataria lleve a cabo las mejoras, adaptaciones e instalaciones para equipos especiales en el inmueble arrendado. Para la realización de cualquier otra obra que se considere necesaria, La Arrendataria solicitará por escrito su aprobación a El Arrendador. La Arrendataria será la propietaria de las adaptaciones e instalaciones de equipos especiales que realice con sus propios recursos y podrá retirarlas en cualquier momento durante o a la conclusión del arrendamiento, sin requerir del consentimiento de El Arrendador. SEXTA.- SINIESTROS: La Arrendataria no es responsable de los daños y perjuicios causados al inmueble arrendado por sismos, incendios, inundaciones y demás accidentes que provengan de caso fortuito o fuerza mayor, apoyándose en lo dispuesto en los artículos 2435, 2436, y 2483 fracción VI, y demás relativos del Código Civil Federal. Para el caso de siniestros no imputables a La Arrendataria, El Arrendador la autoriza para llevar a cabo las reparaciones que resulten necesarias, cuyo costo será deducido del importe de las rentas, siempre que a juicio de La Arrendataria así convenga a sus intereses, en caso contrario El Arrendador se compromete a llevar a cabo las reparaciones que resulten necesarias. Las partes convienen en que si por cualquiera de las circunstancias anteriores no se puede seguir utilizando el inmueble, el contrato quedará rescindido automáticamente, sin responsabilidad para La Arrendataria. SÉPTIMA.- IMPORTE DE LA RENTA: Con base en el dictamen emitido por el Instituto Nacional de Avalúos y Bienes Nacionales, con número secuencial 01-10-0053 y genérico A-5138-C-HMO de fecha 02 de marzo de 2010, la cantidad de $9,177.00 (Nueve mil ciento setenta y siete pesos 00/100 M.N.) más IVA, por el periodo comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2012. Las partes convienen que en ningún caso el período para revisar y en su caso incrementar el importe de la renta no podrá ser inferior a un año. OCTAVA.- FORMA DE PAGO: La renta se pagará en un plazo no mayor de 20 días naturales contados a partir de la fecha de vencimiento de la mensualidad respectiva, mediante transferencia electrónica de recursos a la cuenta bancaria de El Arrendador 3

con clave bancaria estandarizada (CLABE) número 012164001191115148, de la institución bancaria BBVA Bancomer, S. A. Institución de Banca Múltiple, Grupo BBVA Bancomer, mediante la presentación de la factura o recibo correspondiente, mismo que deberá reunir los requisitos fiscales que establece la legislación vigente en la materia, desglosando el IVA. LA Arrendataria requiere a EL Arrendador, su afiliación al Programa de Cadenas Productivas a que se refiere el artículo 22 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2012. NOVENA.- PAGO DE SERVICIOS, CUOTAS E IMPUESTOS. El pago del impuesto predial, correrá a cargo de El Arrendador. DÉCIMA.- PAGO DE SERVICIOS. Será por cuenta de La Arrendataria de acuerdo a la prorrata de servicios por concepto de energía eléctrica por un importe mensual de $700.00 (Setecientos pesos 00/100 M.N.) IVA incluido y agua por un importe mensual de $410.00 (Cuatrocientos diez pesos 00/100 M.N.) IVA incluido. El pago del servicio de teléfono será por cuenta de La Arrendataria. DÉCIMA PRIMERA.- VIGENCIA DEL CONTRATO: La vigencia del presente contrato empezará a correr a partir del día 1 de enero al 31 de diciembre de 2012. En el caso de que al término de la vigencia del contrato, ambas partes convengan la continuidad en la ocupación del inmueble objeto del mismo, éstas se sujetarán al importe de la renta que se determine conforme a los mecanismos previstos en los artículos 160 segundo párrafo y 182 del ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se establecen las disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales, publicado el 20 de julio de 2011. DÉCIMA SEGUNDA.- SUBSISTENCIA DEL CONTRATO: Las partes convienen en que el presente contrato de arrendamiento subsistirá, aún en el caso de que La Arrendataria cambie su denominación o de que las unidades administrativas ocupantes del inmueble cambien de adscripción. DÉCIMA TERCERA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA: La Arrendataria podrá dar por terminado de manera anticipada el contrato de arrendamiento sin responsabilidad alguna a su cargo bastando la comunicación que por escrito haga a "El arrendador" con treinta días de anticipación. DÉCIMA CUARTA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO: El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente contrato, dará lugar a su rescisión, sin responsabilidad para la parte que sí haya cumplido sus obligaciones, previa notificación que se realice por escrito con treinta días de anticipación. DÉCIMA QUINTA.- PAGO EN CASO DE TERMINACIÓN O RESCISIÓN: A la terminación o rescisión de este contrato, La Arrendataria cubrirá únicamente el importe de la renta que corresponda hasta el día en que se verifique la desocupación. DÉCIMA SEXTA.- DEVOLUCIÓN DE INMUEBLE: La Arrendataria se obliga a devolver el inmueble a El Arrendador con el deterioro natural causado por el uso. DÉCIMA SÉPTIMA.- DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES: Las partes convienen en que todo lo no previsto en el presente contrato se regirá por las disposiciones de la Ley 4

General de Bienes Nacionales, del Código Civil Federal, del Código Federal de Procedimientos Civiles y demás disposiciones aplicables. DÉCIMA OCTAVA.- JURISDICCIÓN E INTERPRETACIÓN: Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales, en el Estado de Chihuahua, renunciando al fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio actual o futuro o por cualquier otra causa. Para los efectos legales del presente contrato las partes señalan como su domicilio: El Arrendador, el ubicado en República de Chile 184 Sur, Colonia Partido Romero, Código Postal 32030, en Ciudad Juárez, Chihuahua. La Arrendataria en Calle Doctor José María Vértiz, número 211, esquina Doctor Martínez del Río, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06720, México, Distrito Federal. El presente contrato de arrendamiento se firma en tres ejemplares, en México, D.F., a los 24 días del mes de enero de 2012 EL ARRENDADOR LA ARRENDATARIA C. Manuel Jesús Garza Dávila. Lic. Gustavo Hernández Vela Kakogui. Las firmas que anteceden forman parte del contrato de arrendamiento No. C-32-2012 de las oficinas de esta Procuraduría, en Ciudad Juárez, Estado de Chihuahua, celebrado por el Ejecutivo Federal, a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo representada por el Lic. Gustavo Hernández Vela Kakogui y la empresa Inmuebles de Prestigio, S.A. de C.V., representada por el C. Manuel Jesús Garza Dávila, con vigencia del 1 de enero al 31 de diciembre del dos mil doce. 5