INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ FÉLIX DE RESTREPO VÉLEZ MUNICIPIO DE SABANETA DEL ESTUDIO PREVIO DE CONFORMIDAD CON LOS ACUERDOS No. 002 DEL 2012 Y No. 008 DE 2013, DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA I.E. JOSÉ FÉLIX DE RESTREPO VÉLEZ, EN LOS TÉRMINOS DEL NUMERAL 6 DEL ARTÍCULO 5 DEL DECRETO 4791 DE 2008 Y EL ARTÍCULO 13 DE LA LEY 715 DE 2001. Dependencia interesada: Institución Educativa José Félix de Restrepo Vélez del Municipio de Sabaneta, Antioquia. Fecha: Septiembre 01 de 2013 1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN. Dentro de la dinámica escolar en la Ley General de la Educación, la participación es el punto central de los procesos comunitarios que desde la Institución se vienen generando; es por esto que el Proyecto de Educación Institucional en adelante P.E.I.- de la Institución Educativa José Félix de Restrepo Vélez, es la formación de hombres y mujeres íntegros, capaces de construir su proyecto de vida, teniendo la comunicación y la inclusión como estrategia para la transformación de su propia realidad y la de su entorno, que le facilite su realización como persona y ciudadano. Desde el P.E.I. la educación ha de orientarse hacia el aprendizaje total, en el que las habilidades y los conocimientos se integran con las actitudes y valores necesarios para impulsar el pleno desarrollo del educando, uno de los principales intereses de la Institución Educativa en las que se plantean estrategias que permitan responder al acelerado cambio en la sociedad, a las exigencias a nivel cultural, social, económico y político, razón por la cual es misión velar por mantener el desarrollo de las actividades de aprendizaje para el alumno de la Institución Educativa José Félix de Restrepo Vélez, pensando en la importancia de emprender acciones de mejoramiento a través de la revisión de su quehacer pedagógico, identificando los procesos claves de cómo mantener y superar sus logros.
Dado lo anterior, se requiere el suministro de muebles y enseres consistentes en papeleras y contendores, para que el establecimiento educativo cuente con los implementos necesarios para garantizar la debida prestación del servicio educativo, encontrándose enmarcado en la Exposición de motivos del presupuesto de ingresos y egresos para la vigencia fiscal 2013, Muebles y Enseres. 2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES Y LA IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR. Para el adecuado desarrollo y funcionamiento de la Institución Educativa José Félix de Restrepo Vélez del Municipio de Sabaneta y en cumplimiento de la misión institucional se requiere el suministro de muebles y enseres consistentes en papeleras y contendores, para que el establecimiento educativo cuente con los implementos necesarios para garantizar la debida prestación del servicio educativo. 2.1. OBJETO: «SUMINISTRO DE MUEBLES Y ENSERES CONSISTENTES EN S Y CONTENDORES, PARA QUE EL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO CUENTE CON LOS IMPLEMENTOS NECESARIOS PARA GARANTIZAR LA DEBIDA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO Y CUMPLIR LA NECESIDAD INSTITUCIONAL DE CONFORMIDAD CON EL PROYECTO DE EDUCACIÓN INSTITUCIONAL». 2.2. GENERALIDADES Y ESPECIFICACIONES La Institución Educativa José Félix de Restrepo Vélez requiere los suministros objeto del contrato, para garantizar la debida prestación del servicio educativo, teniendo como deberes el contratista: a. Los suministros de conformidad con la ficha técnica, en el lugar donde indique la Institución Educativa José Félix de Restrepo Vélez. b. Garantizar que los bienes que se suministren sean de excelente calidad, conforme con las características del bien requerido y requisitos técnicos. c. Contar con todos los elementos para el cumplimiento del objeto contractual. d. Desarrollar el objeto del contrato de acuerdo con la propuesta presentada. e. Cumplir con los requisitos y especificaciones ofertadas y contratadas.
ÍTEM f. Atender todas las recomendaciones que oportunamente indique el funcionario encargado de la supervisión y vigilancia del contrato. g. Presentar la factura en la forma pactada en el contrato o documento equivalente conforme el Estatuto Tributario. h. Adelantar el transporte y acarreo de los bienes, que estará por cuenta y riesgo del contratista, necesarios para el adecuado cumplimiento del objeto contractual. i. Constituir las garantías exigidas. 2.2.1. BIENES Y CANTIDADES REQUERIDAS: INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ FÉLIX DE RESTREPO VÉLEZ FICHA TÉCNICA: Suministro de muebles y enseres consistentes en papeleras y contendores, para que el establecimiento educativo cuente con los implementos necesarios para garantizar la debida prestación del servicio educativo DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD VR. UNITARIO (VERDE) 1 $135.000 1 "NO 235208D-1005- UNIDADES (GRIS) " UNIDADES 1 135.000 2 PAPEL 235208D- 1008- (BEIGE) UNIDADES 1 135.000 3 "ORGANICOS", 235208D- 1007-C00006. (VERDE) UNIDADES 1 135.000 4 "NO 235208D-1005- (AZUL) UNIDADES 1 135.000 5 235208D-1003- C00006. L UNIDADES 1 50.000 6 235845D-1005-7 L (AZUL) UNIDADES 1 50.000
8 9 10 11 12 235845D-1003- L (GRIS) "PAPEL 235845D- 1008-235858D- 1005- (GRIS) "PAPEL 235858D- 1008- (AZUL) 235858D-1003- ROLLER 181 L RUEDA DURA ROJO, TOT048RD- 9904-C00001. UNIDADES 1 50.000 UNIDADES 44 25.000 UNIDADES 36 25.000 UNIDADES 35 25.000 UNIDADES 1 370.000 2.3. LUGAR DE EJECUCIÓN: La Institución Educativa José Félix de Restrepo Vélez, ubicada en Cr. 46 B N 76 sur 17, teléfono 288 00 89, Sabaneta, Antioquia. 2.4. FORMA DE PAGO: El pago lo hará la Institución Educativa José Félix de Restrepo Vélez al Contratista en la caja de la Tesorería Municipal, previa presentación de la factura de venta o su equivalente debidamente legalizado, que cumpla con los requisitos impuestos por el Estatuto Tributario. ESTE PAGO SE HARÁ EN UN 100%, A PARTIR DEL SERVICIO PRESTADO A ENTERA SATISFACCIÓN, SEGÚN CERTIFICACIÓN Y CONTROL DEL SUPERVISOR DEL CONTRATO. Pago que se hará con sujeción al Plan Anual de Caja P.A.C., previa aprobación de la garantía única y sujeto al cumplimiento de los procedimientos presupuestales. Para los pagos el contratista deberá presentar ante el funcionario encargado de la supervisión y vigilancia del contrato, la referida factura de venta o su equivalente conforme lo indicado, junto con los soportes del pago de Seguridad Social y parafiscales expedidos por el representante o el Revisor Fiscal, en el evento de estar obligados, quien autorizará el pago una vez prestado el servicio a entera satisfacción, conforme obligaciones contractuales.
2.5. PLAZO: El plazo estimado para el cumplimiento del objeto contractual será de cinco (5) días a partir de la suscripción del acta de inicio, so pena de la aplicación de las multas conforme la invitación y la comunicación de aceptación de la oferta. 2.6. SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA: La supervisión estará a cargo de la Rectora de la Institución José Félix de Restrepo Vélez, como Ordenadora del Gasto del Establecimiento Educativo. 2.7. PERFIL DEL CONTRATISTA: Para el desarrollo del contrato se requiere persona jurídica, cuyo objeto social o perfil profesional esté relacionado con el objeto del presente proceso de selección. 2.8. IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: Las erogaciones que adquiera la Institución Educativa José Félix de Restrepo Vélez para cancelar el contrato, resultante del proceso contractual, se imputará con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 023 de 2013, firmado por el Auxiliar Administrativo del Fondo de Servicios Educativos y la Rectora de la Institución Educativa José Félix de Restrepo Vélez. 2.9. PRESUPUESTO OFICIAL: De conformidad con el análisis realizado se pudo estimar que el valor de los servicios requeridos es CUATRO MILLONES SETECIENTOS VEINTIÚN MIL DOSCIENTOS PESOS M/L ($4.721.200), INCLUIDO EL IVA. Valor que se determinó de acuerdo a los precios del mercado. 2.10. CONDICIONES TÉCNICAS EXIGIDAS Y CARACTERÍSTICAS DEL BIEN: Las condiciones técnicas y características del bien con las cuales debe cumplir el contratista son las siguientes: ÍTEM INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ FÉLIX DE RESTREPO VÉLEZ FICHA TÉCNICA: Suministro de muebles y enseres consistentes en papeleras y contendores, para que el establecimiento educativo cuente con los implementos necesarios para garantizar la debida prestación del servicio educativo DESCRIPCIÓN REQUISITOS MÍNIMOS DE CALIDAD UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD VR. UNITARIO VALOR TOTAL IVA INCLUIDO
1 2 3 4 5 6 235208D-1005- (GRIS) " PAPEL 235208D-1008- (BEIGE) "ORGANICOS", 235208D-1007- C00006. 235208D-1005- (AZUL) 235208D-1003- C00006. L 235845D-1005-235208D-1005- (GRIS) " PAPEL 235208D-1008- (BEIGE) "ORGANICOS", 235208D-1007- C00006. 235208D-1005- (AZUL) 235208D-1003- C00006. L 235845D-1005- UNIDADES 1 $135.000 $135.000 UNIDADES 1 135.000 135.000 UNIDADES 1 135.000 135.000 UNIDADES 1 135.000 135.000 UNIDADES 1 135.000 135.000 UNIDADES 1 50.000 50.000
7 8 9 10 11 12 L (AZUL) 235845D-1003- L (GRIS) "PAPEL 235845D-1008-235858D-1005- (GRIS) "PAPEL 235858D-1008- (AZUL) 235858D-1003- ROLLER 181 L RUEDA DURA ROJO, TOT048RD-9904- C00001. L (AZUL) 235845D-1003- L (GRIS) "PAPEL 235845D-1008-235858D-1005- (GRIS) "PAPEL 235858D-1008- (AZUL) 235858D-1003- ROLLER 181 L RUEDA DURA ROJO, TOT048RD-9904- C00001. UNIDADES 1 50.000 50.000 UNIDADES 1 50.000 50.000 UNIDADES 44 25.000 1 100.000 UNIDADES 36 25.000 900.000 UNIDADES 35 25.000 875.000 UNIDADES 1 370.000 370.000
VALOR TOTAL CON IVA INCLUIDO $11.089.600 NOTA: VER ANEXO 1. ESTUDIO DE MERCADO. 3. IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR: Contrato de Suministro. 4. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA CONTRATACIÓN: Los fundamentos jurídicos del presente proceso de selección corresponden a un proceso de contratación que no excede de 20 S.M.M.LV., en los términos de los Acuerdos No. 002 del 2012 y No. 008 de 2013 del Consejo Directivo de la Institución Educativa José Félix de Restrepo Vélez, el numeral 6 del artículo 5 del Decreto 4791 de 2008, el artículo 13 de la Ley 715 de 2001, en concordancia con lo establecido en el artículo 274 de la Ley 1450 de 2011 y el artículo 209 del Estatuto Constitucional. 5. ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS CONTRACTUALES. De conformidad con el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, el artículo 21 del Acuerdo No. 002 del 2012 y No. 008 de 2013 del Consejo Directivo de la Institución Educativa José Félix de Restrepo Vélez, el Establecimiento Educativo estima como riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato los siguientes: Estos riesgos deberán ser asumidos en su totalidad por el Contratista y que se describen así: RIESGO TIPIFICACIÓN Aplica ASIGNACIÓN Contratis I.E. ta JOSÉ FÉLIX DE RESTRE PO VÉLEZ
Cumplimiento Equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, por el término del mismo y cuatro (4) meses más. Si Quien Preste el Servicio Calidad del bien Por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y con un término de vigencia igual a la duración del contrato y seis (6) meses más. Si Quien preste el servicio 6. EL ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS DESTINADAS A AMPARAR LOS PERJUICIOS DE NATURALEZA CONTRACTUAL O EXTRACONTRACTUAL, DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO DEL OFRECIMIENTO O DEL CONTRATO SEGÚN EL CASO, ASÍ COMO LA PERTINENCIA DE LA DIVISIÓN DE AQUELLA, DE ACUERDO CON LA REGLAMENTACIÓN SOBRE EL PARTICULAR. De conformidad con los Acuerdos No. 002 de 2012 y No. 008 de 2013 del Consejo Directivo de la Institución Educativa José Félix de Restrepo Vélez, el numeral 6 del artículo 5 del Decreto 4791 de 2008 y el artículo 13 de la Ley 715 de 2001, en el presente proceso de selección serán obligatorias las garantías que a continuación se describen y la persona natural o jurídica que se contrate, debe constituirlas a favor del Establecimiento Educativo. Así las cosas, las garantías que debe suscribir el contratista a favor de la Institución Educativa José Félix de Restrepo Vélez se discriminan y especifican de la siguiente forma: 1) De cumplimiento: Equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, que garantizará el cumplimiento por parte del contratista de la totalidad de sus obligaciones derivadas del presente contrato, por el término de la vigencia del mismo y cuatro (4) meses más. La presente garantía cubrirá a la Institución Educativa José Félix de Restrepo Vélez, de los perjuicios directos originados en el incumplimiento parcial o total de las obligaciones derivadas del contrato, como también en lo referente a su cumplimiento defectuoso o tardío; garantía que para todos los efectos legales cubrirá el valor de las multas y la cláusula penal pecuniaria establecida
conforme la invitación y la comunicación de aceptación de la oferta, en los términos de los Acuerdos No. 002 de 2012 y No. 008 de 2013, Del Consejo Directivo de la Institución Educativa José Félix de Restrepo Vélez. 2) Calidad del Bien: El amparo de calidad del bien cubre a la Institución Educativa José Félix de Restrepo Vélez de la mala calidad del bien objeto del contrato estatal, que será por valor del veinte por ciento (20%) del valor del contrato y con un término de vigencia igual a la duración del contrato y seis (6) meses más. Estas garantías debe cubrir la vigencia del contrato, no obstante lo anterior, en cualquier evento en que se aumente el valor del contrato o se prorrogue, su vigencia deberá ampliarse o prorrogarse. CECILIA JARAMILLO CARDONA Rectora I.E. José Félix de Restrepo Vélez.