2014-Año de Homenaje al Almirante Brown en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

Documentos relacionados
2014-Año de Homenaje al Almirante Brown en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

2015 Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Nº 24/15.- Letra: PZDE, RI.8.-

El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de: LEY

YACHT CLUB ARGENTINO

Resolución de Fiscalía General firmada electrónicamente FG 97/2016

CONGRESO NACIONAL CAMARA DE SENADORES SESIONES ORDINARIAS DE 2013 ORDEN DEL DIA Nº 532. Impreso el día 6 de septiembre de 2013 SUMARIO

PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

Prefectura Naval Argentina

CLUB DE REGATAS DE SAN NICOLAS REGLAMENTO PARA EL USO DE SUS EMBARCACIONES A VELA

Trayectoria, calidad, prestigio.

Puerto Diamante, Buenos Aires, Argentina, Nuestro Mar, 28 de junio de 2006.

2. Descripción de Oficinas Para efecto de lo dispuesto en el presente Reglamento se establecen los siguientes tipos de oficinas:

Visto los antecedentes reunidos en esta Prefectura, y

Prefectura Naval Argentina

LEY No. 74/91 DE ORGANIZACION GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS DE LA NACIÓN EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:.

PLAN DE EVACUACION CAMPO DE REGATAS ETEA CLUB DE REMO VIRXE DA GUIA TEIS-VIGO

Me dirijo a usted con el fin de solicitar autorización y dar curso operativo a la siguiente mención:

ORDENACIÓN DEL TRÁFICO MARÍTIMO EN LOS ACCESOS AL PUERTO DE BARCELONA. Organización del tráfico de entrada y salida del Puerto de Barcelona.

2011 Buenos Aires, Capital Mundial del libro Ley Nº3.433-

Buenos Aires, 22 de julio de Señor Secretario Presente CIRCULAR Nº 55 /2014. Ref: Centros de Formación. De mi consideración:

Turismo Náutico. Tigre La Gran Estación Náutica del Paraná 220 KM 2 de Turismo Náutico

Que los fundamentos que dieron origen a la Resolución mencionada en el considerando precedente se mantienen vigentes;

COMISION HIDROGRAFICA REGIONAL DEL ATLANTICO SUDOCCIDENTAL REPORTE NACIONAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMENZAMOS 14 ABRIL FECHA EXAMEN 6 JUNIO 15

Resolución DG Nº 208/12. Buenos Aires, 11 de julio de 2012.

PREFECTURA NAVAL ARGENTINA. Ordenanza Marítima N (DPSN) Tomo 3 REGIMEN OPERATIVO DEL BUQUE

VISTO la Actuación SIGEA N /4 del registro de. Que por la citada actuación se tramita la actualización e

REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY PREFECTURA NACIONAL NAVAL. Disposición Marítima N 91

MINISTERIO DE SEGURIDAD

REGLAMENTO DE ABORDAJES

La navegabilidad legal de los lagos y lagunas en la República Argentina. La Plata, 15 y 16 de junio de 2016

III Semana Clásica de Puerto Sherry Memorial Pedro Bores

MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS DESPACHO DEL MINISTRO

IV FORO DE PLAYAS Ve de frente al mar

Coronel de Marina Leonardo Rosales Presidencia

CURSO DE INTRODUCCION A LA INGENIERIA CIVIL F.I.U.B.A.

AUTORIDAD MARÍTIMA NACIONAL PREFECTURA NACIONAL NAVAL

LINEAMIENTOS PARA LA SOLICITUD DE APOYO VEHICULAR Y ENVIO DE CORRESPONDENCIA.

Decreto 386/989. Apruébase el Reglamento de Patrones de embarcaciones de bandera Nacional. REGLAMENTO PATRONES CABOTAJE CABOTAJE

SEGUROS DE EMBARCACIONES DE PLACER

REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY PREFECTURA NACIONAL NAVAL DISPOSICION MARITIMA Nº 35 EMBARCACIONES DEPORTIVAS O DE RECREO

ACTA. VII Reunión de la subcomisión de Manejo del Fuego para el Delta del Paraná en el marco del PIECAS

XVII REGATA LA PETROLERA Creuers SOLITARIOS, A DOS, MINI 6.5 Y TRIPULACIÓN

Examen Tipo II (P.N.B. y 1ª parte PER)

PUERTOS Y TERMINALES. Ciudad Autónoma de Buenos Aires:

TROFEO REGULARIDAD 2016 GRAN PREMIO EASYMOOR CRUCEROS ANUNCIO DE REGATA

Prefectura Naval Argentina

MARATON INTERNACIONAL DE CANOTAJE CARAHUE - CHILE 2013.

CAMPEONATO NACIONAL DE CANOTAJE PRE INFANTILES INFANTILES MENORES FEDERACION CHILENA DE CANOTAJE

REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY PREFECTURA NACIONAL NAVAL Disposición Marítima Nº 72 FORMULARIO DE TRAMITE P.N.N.

REGLAMENTO DE LA ADMINISTRACIÓN Y REGISTRO DE LOS BIENES MUEBLES DE USO DEL MINISTERIO PÚBLICO

Prefectura Naval Argentina

ACTIVIDADES DE LA PREFECTURA ANTE DERRAMES DE HIDROCARBUROS

Open O MARISQUINO COPA GRAUNNER

Ref. Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior - Estructura organizativa. 7/4/2015 (BO 08/04/2015)

Avalúos administrativos. 1. Base Legal: 2. Requisitos para solicitar el avalúo

Administración Federal de Ingresos Públicos SEGURIDAD SOCIAL. Resolución General 3224

RESPONSABILIDAD DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

Prefectura Naval Argentina

Validez de la oferta 01/04 al 31/05 (excepto 08-12/04 y 30/04-02/05) HOTEL VIME LA RESERVA DE MARBELLA **** Precios por persona y día en Hab.

INUNDACIÓN AFECTA PERIFERIA URBANA EN LOS DISTRITOS DE PUNCHANA Y BELÉN, PROVINCIA DE MAYNAS - LORETO

CONVOCATORIA Regata del Maule 2015

Unidades Geoestadísticas (UGeo) - Uruguay

VISTO el Expediente Nº S02: /2010 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº y sus modificatorias, y

COMPAÍA FINANCIERA ARGENTINA - CFA

II Semana Clásica de Puerto Sherry Copa de España de Vela Clásica Memorial Pedro Bores

Disposición 899/2013

ANEXO II (Artículo 9 ) TÍTULO I DE LOS COMPROBANTES. A los efectos de tramitar el comprobante Liquidación de

I. Disposiciones generales

BUENOS AIRES, Piedras 770 C1070AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (5411)

Visto el Expediente Nº /08; y

Guía FVCV Reglamento Autonómico de Cruceros

tema 20 SEÑALES Y ÓRDENES DE LOS AGENTES DE LA CIRCULACIÓN tema 20

Programa Regional de USAID Manejo de Recursos Acuáticos y Alternativas Económicas

Registro Municipal de Trámites y Servicios.

E E E E E ARATE / Zárate - Buenos Aires - Argentina

Programa Provincial de Prevención y Asistencia a las Víctimas de Delitos Sexuales en el ámbito del Ministerio de Salud (03833)

BANCO DE PREGUNTAS DE REGLAMENTACIÓN MARÍTIMA PARA PATRÓN DEPORTIVO DE BAHÍA.

RESOLUCION Nº : 020. SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional 16 ABR 2010

COPA DE REY Y ULTIMA PRUEBA DEL CAMPEONATO DE ESPAÑA DE MOTOS DE AGUA CIRCUITO / RALLYJET / OFFSHORE. 18 y 19 de octubre de 2014

A Adeaquaçao da Oferta à Procura de Nàutica de Recreio

ESTUDIOS DE FACTIBILIDAD Puerto Paraná Guazú en Zárate - Provincia de Buenos Aires - Argentina

PROGRAMA DE ACTIVIDADES R.C.M.S. 2014/2015. Puerto de Sotogrande

Normas para Construcciones. Flotantes NO Destinadas a la Navegación.

Últimos lotes a valor pre lanzamiento

V CARRERA POPULAR JAMÓN VELOZ.

VISTO: La Resolución CCAMP 09/2007 y el Expediente Nº OAyP-245/10 caratulado: Dr. Pablo C. Mántaras s/ Asignación de viáticos y; CONSIDERANDO:

Población, Superficie y densidad por partido según Sede Laboral

Reglamento Particular II Slalom Villa de Tineo

PROCESO DE CALIDAD PARA LOS RECURSOS HUMANOS PC DF 04

REGLAS DE JUEGO FÚTBOL-8

Anexo 1 a La Disposición Permanente Nº 1-992

APUNTES REGLAMENTACION MARÍTIMA BÁSICA

REGLAMENTO DE SOCIOS CORPORACION CLUB DE GOLF Y DEPORTES CHICUREO REGLAMENTO DE TENIS TITULO I USO DE LAS CANCHAS DE TENIS

1.1. Clase: Conjunto de embarcaciones cuyo diseño, construcción, características, están regulados en unas Reglas de Clase.

PROYECTO TAFI DEL VALLE

AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 S.A. y la Dirección Aduana de Ezeiza. Aduanero establecerá el Turno de Verificado, comunicando automáticamente vía

Art. 5.- El texto que se aprueba por los artículos 1ro. y 2do. entrará en vigencia a los 30 (treinta) días de la publicación del presente Decreto.

3 VEHICULOS ADMITIDOS:

REGATA DE CRUCEROS TROFEO CIUDAD DE BENICARLO días 24 y 25 de Agosto

Transcripción:

2014-Año de Homenaje al Almirante Brown en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo PREFECTURA NAVAL ARGENTINA ///---GRE, 05 de Agosto de 2014.- VISTO la modificación de la jurisdicción asignada a la Prefectura de Zona Delta Disposición PROP, OV.1 Nº 06/2009 C -, de fecha 08 de Abril de 2009, por la cual la Prefectura Paranacito pasa de la dependencia orgánica de la Prefectura de Zona Delta a la orbita de la Prefectura de Zona Bajo Uruguay; Asimismo, teniendo en cuenta las nuevas modalidades de deportes náuticos que van surgiendo, hace necesaria la revisión y análisis del contenido de la Disposición de las Zonas de Privilegio para la Práctica de s Náuticos, y; CONSIDERANDO: Las facultades conferidas a la Prefectura Naval Argentina en los Artículos 402-0304 y 402-0306 del Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre (REGINAVE); Que las autorizaciones y dispositivos de seguridad de las competencias náuticas están a cargo de esta Institución. Que la Prefectura de Zona Delta y sus Dependencias Subordinadas mediante la afectación de personal y unidades de superficie deben brindar la máxima cobertura de seguridad a las embarcaciones comerciales y deportivas que navegan en su ámbito de actuación; Que se torna necesario actualizar los textos reglamentarios donde se fijan las zonas de privilegio para la práctica de los distintos deportes náuticos, Que su revisión afecta lo normado y descripto en la Disposición PZDE, RI.8 Nº 02/2003 ZONAS DE PRIVILEGIO PARA LA PRACTICA DE DEPORTES NAUTICOS, por ello; EL SEÑOR PREFECTO DE ZONA DELTA D I S P O N E Art. 1º): Dejar sin efecto la Disposición PZDE, R.I8 Nº 02/2003, de fecha 16/JUL/2003 y modificatorias señaladas en Disposición PZDE, RI.7 Nº 01/2014, de fecha 01/ABR/14.- Art. 2º: Establecer zonas de prioridad para la práctica del deporte náutico, sin perjuicio de que se efectúe otro tipo de navegación (salvo indicación expresa en contrario), en las vías de agua que se especifican en los Anexos adjuntos a la presente

Art. 3º: Deberá primar el concepto de resguardar la navegación de los botes a remo en todo su curso de agua, de manera tal que dicho beneficio no ocasione desventajas a otros sectores ni permita inferir exclusividades para con los botes a remo. Art. 4º: Las Dependencias subordinadas remitirán copia de la presente Disposición a todos los Clubes Náuticos, Guarderías, Marinas, Empresas de navegación y entidades afines a las mismas, que tengan asiento en el ámbito de su jurisdicción. Art. 5º: Elevar copia de la presente para conocimiento a la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, Dirección de Policía de Seguridad y Judicial, Dirección de Operaciones, Secretaria General, Departamento del Náutico y remitir a las Dependencias Subordinadas, Guardacostas PNA MAR DEL PLATA, PNA MADRYN y PNA TOLL. Art. 6º: Solicitar por donde corresponda la actualización de la mencionada Disposición en la pagina Web institucional Art. 7º: Manténgase copia en la División Operaciones de esta Prefectura de Zona como material de consulta permanente.- OMAR SEGUNDO CORONEL Prefecto Principal Jefe Departamento Operaciones RENE VICENTE REIBEL Prefecto Mayor Prefecto Zona Delta DISPOSICIÓN PZDE, RI.7 Nº 02/2014.-

ANEXO ALFA PRACTICA DE PRIMERA SECCION DE ISLAS DEL DELTA a) Río Tigre, Canal Aliviador, Aº Abra Vieja, Río Sarmiento desde Aº Abra Vieja hasta Aº Espera Grande, Aº Espera, Aº Angostura, Aº 9 de Julio, Río Carapachay desde Aº Angostura hasta el Río Luján, Aº Cruz Colorada, Aº Caraguatá, Aº Los Nogales, Aº Rama Negra, Aº Antequera, Aº Gutiérrez, Aº Amantes, Aº Guayracá, Aº Esperita, Aº Gallo Fiambre, Aº Gambado, Aº Fulminante, Aº Sábalo, Aº Arroyón, Canal Rompani, Canal Villanueva a partir desde el Pte. Peatonal hasta su finalización al SW. b) Se habilita el área comprendida desde el Km. 19 al Km. 24 del Canal Costanero, en un ancho máximo de 100 mts. a partir de la costa, únicamente para la práctica de STAND UP PADDLE. OTRAS SECCIONES a) Canal Martín Irigoyen desde el Km. 01 al 16. b) Aº Ñacurutú en toda su extensión. c) Río Baradero desde el Km. 25 al 31. d) Laguna San Pedro, margen derecha y riacho San Pedro en todo su recorrido. e) Canal Alem 1ra. Sección en toda su extensión. f) Río Paraná de Las Palmas entre Km. 97 al 100 sobre margen izquierda, en un espejo de agua de 50 mts. a partir de la costa. g) Río Paraná de Las Palmas desde Km. 107 al 110 sobre margen derecha, en un ancho máximo de 100 mts. a partir de la costa. El Poder Ejecutivo Nacional por Ley Nº 20.099 (18/01/73), dictaminó que las competencias internas o ínter clubes que se lleven a cabo en vías navegables de la costa bonaerense, deberán desarrollarse en la Cancha Nacional de Remo y Centro de s Náuticos (Canal Aliviador); que salvo casos excepcionales serán autorizados por la Dependencia Jurisdiccional.

ANEXO BRAVO PRACTICA DE PRIMERA SECCION DE ISLAS DEL DELTA Este deporte se permitirá únicamente en las vías de agua que a continuación se indican; quedando prohibida su práctica en el resto del espacio jurisdiccional; a) Canal del Este, desde Aº Tres Sargentos hasta el Río de La Plata. b) Antigua desembocadura del Río Paraná de Las Palmas, desde el Canal Emilio Mitre, entre Islas Zarate y Lucha. c) Río San Antonio, desde la confluencia con el Río Sarmiento hasta con el Río Urión. d) Riacho Aguaje del Durazno, en su desembocadura con el Río de La Plata. SEGUNDA SECCION DE ISLAS DEL DELTA a) Río Paraná Mini, desde Aº Chaná hasta el Canal Nicolás Ambrosoni (Ex Canal 4). b) Río Barca Grande en toda su extensión. OTRAS SECCIONES a) Río Paraná de Las Palmas entre los Km. 90 al 95 sobre margen izquierda, en un espejo de agua de 100 mts. de extensión a partir de la costa. b) Rió Paraná de las Palmas del Km. 77,800 (desembocadura del Aº Las Rosas) hasta el Km. 82,000, margen derecha, en un espejo de agua de 100 mts. de extensión de la costa. c) Río Paraná de Las Palmas entre los Km. 120 al 123 sobre margen izquierda, en un espejo de agua de 100 mts. de extensión a partir de la costa. d) Pasaje Talavera, desde el km. 189 al 216.

e) Río Baradero, desde su desembocadura en el Río Paraná de las Palmas hasta el Km. 25. f) Río Paraná, desde el km. 277 al 282 (Canal Secundario), margen izquierda. g) Río Ibicuy desde el Km. 216 al 218, sobre la margen izquierda en un ancho de 100 mts. a contar de la costa.

ANEXO CHARLIE PRACTICA DE NAVEGACIÓN A PRIMERA SECCION DE ISLAS DEL DELTA a) La figura formada por la línea imaginaria que partiendo de la Av. General Paz (Prolongación) pase por la marcación del Km. 28,500 del Canal Emilio Mitre y del Km. 21 del Canal Costanero hasta el Km. 35 del Canal Emilio Mitre, entre la margen izquierda del Canal Costanero y la margen derecha del Canal Emilio Mitre a una distancia no menor de 100 mts. de los mismos.- OTRAS SECCIONES a) Laguna de San Pedro en toda su extensión. b) Río Paraná de Las Palmas entre los Km. 53,300 al 63,800 margen izquierda, en un ancho de 150 mts. a contar desde la costa. c) Río Paraná de Las Palmas entre los Km. 97 al 100, margen izquierda, en un ancho de 100 mts. a contar desde la costa. d) Río Paraná de Las Palmas entre los Km. 107,500 al 110, ambas márgenes, en un ancho máximo de 100 mts. a partir de la costa. e) Río Paraná Guazú entre los Km. 180 al 209, sobre margen izquierda. La recomendación para la práctica de este deporte, no debe interferir con la navegación en zona de transito, lo que podrá realizar con motor fuera de borda o interno -, sin desplegar su velamen.

ANEXO DELTA PRACTICA DE WINDSURF Y KITESURF Determinar como zona de privilegio para la práctica de navegación de WindSurf a Vela y Kitesurf en forma individual o para la realización de competencias; las áreas comprendidas a saber: PRIMERA SECCION DE ISLAS DEL DELTA a) Lat. 34 29 06 Long. 58 28 06 W. Lat. 34 30 02 Long. 58 28 05 W. Boya demarcatoria del Km. 15,900 del Canal Costanero. Boya demarcatoria del Km. 17,700 del Canal Costanero. b) Lat. 34 29 00 Long. 58 28 08 W. Lat. 34 28 05 Long. 58 28 02 W. Lat. 34 27 09 Long. 58 28 05 W. Lat. 34 28 02 Long. 58 29 04 W. c) Lat. 34 30 00 Long. 58 28 00 W. Lat. 34 30 00 Long. 58 27 00 W. Lat. 34 31 18 Long. 58 26 00 W. Lat. 34 31 30 Long. 58 27 30 W. OTRAS SECCIONES a) Río Paraná de las Palmas, entre los Km. 97 y 100 sobre margen izquierda, en un ancho máximo de 100 mts. a partir de la costa. b) Río Paraná de las Palmas entre los Km. 107,500 y 110 sobre margen derecha, en un ancho máximo de 500 mts. a partir de la costa. La recomendación para la práctica de este deporte, es el uso del chaleco o dispositivo individual de flotación correspondiente. La práctica de este deporte no debe interferir con las competencias de vela que puedan realizarse en las citadas franjas.

ANEXO ECHO PRACTICA DE Se habilita como zona para pruebas de lanchas de competición con velocidad libre: SEGUNDA SECCION DE ISLAS DEL DELTA a) Río Paraná Mini, desde Aº Chanà hasta la desembocadura con el Río de la Plata. OTRAS SECCIONES a) Río Baradero, entre los Km. 31 y 48. b) Río Paraná de las Palmas, entre los Km. 115 y 117 sobre margen izquierda a 100 mts. de la costa. c) Río Paraná entre los Km. 288 y 292 (Canal Secundario Paso Los Ratones), sobre la margen izquierda. d) Río Ibicuy desde el Km. 216 al 218, sobre la margen derecha en un ancho de 100 mts. a contar de la costa.

ANEXO FOXTROT PRACTICA DE MOTO DE AGUA JET SKI PRIMERA SECCION DE ISLAS DEL DELTA a) Río de la Plata, una franja de una milla náutica desde la costa comprendida entre la margen derecha del Canal del Este y Río de la Plata, hasta la margen izquierda del Arroyo Piraña y Río de la Plata. b) La figura formada por los siguientes puntos: 34 27 09 Long. 58 28 05 34 27 03 Long. 58 29 00 34 26 03 Long. 58 28 07 34 26 08 Long. 58 29 08 SEGUNDA SECCION DE ISLAS DEL DELTA a) Canal Nicolás Ambrosoni en toda su extensión. b) Arroyo La Barquita en toda su extensión. OTRAS SECCIONES a) Río Baradero entre los Km. 31 y 48. b) Río Paraná de las Palmas, entre los Km. 90 y 95 sobre margen izquierda, en un espejo de agua de 150 mts. de la costa. c) Río Paraná de las Palmas desde el km. 104 al 106 margen izquierda en una franja de 100 mts. de la costa, debiéndose abstener de navegar en el sector de bañistas ubicado a la altura del Km. 105. d) Río Paraná Guazú entre los kms. 212 al km 216 margen izquierda, hasta 100 metros de ancho de la costa. En todos los casos, los conductores deberán poseer la habilitación que corresponda, contar con los elementos de seguridad que las normas en vigencia establecen.

ANEXO GOLF ZONA DE PRIMERA SECCION DE ISLAS DEL DELTA a) Canal del Este, desde el Canal Honda hasta el Arroyo Tres Sargentos. b) Arroyo Desaguadero en todo se extensión. c) Río San Antonio a partir del Canal Vinculación, hacia su confluencia con el Río de la Plata. d) Arroyo Dorado en toda su extensión. e) Arroyo Pajarito en toda su extensión. f) Arroyo Surubí en toda su extensión. g) Arroyo las Ranas, desde su nacimiento en el Río Paraná de las Palmas, hasta el Canal Gobernador Arias. h) Río Capitán, margen derecha entre los Muelles LAS ACACIAS y LA PONDEROSA (550 metros aproximadamente). Exclusivamente para embarcaciones náutico deportivas y cursos ocupantes deseen concurrir a las instalaciones del Restauran GATO BLANCO i) Río Capitán, margen derecha entre Muelles LAS DELICIAS y S/N (400 metros aproximadamente). De uso exclusivo de embarcaciones náutico deportivas, cuyos ocupantes deseen concurrir a las instalaciones del Recreo ATHELIER. j) Pasaje el Sueco y Arroyo Sin Nombre, que corre entre las islas Lucha y Nutria. k) Aguaje del Durazno, desde la confluencia del Arroyo Caracoles hasta la desembocadura del Arroyo Chana sobre margen izquierda. OTRAS SECCIONES a) Río Ibicuy a la altura del km. 219 sobre la margen izquierda. b) Arroyo Guazucito desde el Mareógrafo aguas abajo para embarcaciones deportivas hasta eslora máxima 22 mts, acorde altura de agua.

ANEXO HOTEL PRACTICA DE Determinar como zona de privilegio para la práctica de FlyBoard en forma individual o para la realización de competencias; las áreas comprendidas a saber: PRIMERA SECCION DE ISLAS DEL DELTA a) Río Paraná de las Palmas, por margen derecha, desde el Km. 56 (Río Capitán) hasta el Km. 53 (Canal Honda), a una distancia no mayor a 150 mts. de la costa.

ANEXO INDIA ZONA DE APRENDIZAJE PARA CONDUCCION DE EMBARCACIONES DEPORTIVAS A MOTOR Toda persona que desee aprender a conducir embarcaciones deportivas a motor, deben ser mayores de edad, pudiéndose realizar los días hábiles en todos los cursos de agua del delta (a excepción de días feriados, sábados y/o domingo) y estar acompañado por personas mayores de edad acreditando mediante habilitación náutico deportiva por la prefectura naval argentina

PRIMERA SECCION DEL DELTA

SEGUNDA SECCION DEL DELTA

CANAL COSTANERO

RIO PARANA DE LAS PALMAS (ESCOBAR)

AREA CAMPANA

AREA ZARATE

RIO PARANA GUAZU Y PASAJE TALAVERA

RIO IBICUY

RIO PARANA DE LAS PALMAS (KM 120-123)

RIO BARADERO

AREA BARADERO

RIO BARADERO

AREA SAN PEDRO

PASO LOS RATONES