SUBSECRETARÍA DE ALIMENTACIÓN Y COMPETITIVIDAD DIRECCIÓN GENERAL DE ZONAS TROPICALES FIDEICOMISO DE RIESGO COMPARTIDO PROGRAMA DE PRODUCTIVIDAD Y COMPETITIVIDAD AGROALIMENTARIA COMPONENTE DE DESARROLLO PRODUCTIVO DEL SUR SURESTE CONCEPTO DE APOYO PARA FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO SIN FINANCIAMIENTO. El Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), conforme a lo establecido en el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de SAGARPA 2016 (LAS REGLAS), publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 30 de diciembre de 2015, particularmente para el Componente de Desarrollo Productivo del Sur Sureste (EL COMPONENTE); emite la presente CONVOCATORIA, dirigida a todos los productores agropecuarios y acuícolas, tanto para persona físicas como morales, que se dediquen a las actividades relacionadas con la producción, en los Estados de Campeche, Chiapas, Colima, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán. Las Actividades Productivas, Cultivos elegibles, Conceptos y Porcentajes de Apoyos, Requisitos Generales y Específicos, Periodo de apertura y cierre de ventanilla y demás especificaciones se encuentran descritas en el cuerpo de la presente Convocatoria, así como en LAS REGLAS en lo aplicable a EL COMPONENTE. I. POBLACIÓN OBJETIVO. CONVOCATORIA La población objetivo del Programa son las unidades económicas rurales vinculadas con el sector agroalimentario, ya sean personas físicas o morales. II. DEMARCACIÓN TERRITORIAL. Para el cultivo de Palma de Coco serán elegibles los Estados de Campeche, Chiapas, Colima, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán; para el cultivo de Palma de Aceite será elegible sólo el Estado de Campeche; para la Producción de Forrajes serán elegibles los Estados de Campeche, Chiapas, Guerrero, Michoacán, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán; para el Polo de Desarrollo Tierra Blanca y sus 8 municipios vecinos, se atenderán
solicitudes provenientes de los municipios Tierra Blanca, Cotaxtla, Cosamaloapan. Cuitláhuac, Ignacio de la Llave. lxmatlahuacan, Omealca, Tlalixcoyan y Tres Valles, todos pertenecientes al Estado de Veracruz. III. ACTIVIDADES PRODUCTIVAS. Esta Instancia Ejecutora incentivara las actividades productivas agrícolas, siendo elegibles las siguientes: CONCEPTO DE APOYO Para Fortalecimiento Productivo sin Financiamiento. ACTIVIDAD PRODUCTIVA PALMA DE COCO. Producción de planta en vivero, establecimiento y mantenimiento. PALMA DE ACEITE. Producción de planta en vivero, establecimiento y mantenimiento. PRODUCCIÓN DE FORRAJES. Cualquier cultivo que se establezca para este fin. POLOS DE DESARROLLO (Tierra Blanca y sus 8 municipios vecinos). IV. CULTIVOS ELEGIBLES POR ENTIDAD FEDERATIVA. ESTADOS / CONCEPTO DE INCENTIVO PALMA DE COCO (producción de planta en vivero, establecimiento y mantenimiento) PALMA DE ACEITE (producción de planta en vivero, establecimiento y mantenimiento) PRODUCCIÓN DE FORRAJES (pastos de corte) POLOS DE DESARROLLO Campeche P P P Chiapas P P Colima P Guerrero P P Jalisco P Michoacán P P Nayarit P Oaxaca P P Quintana Roo P P Tabasco P P Veracruz P P Tierra Blanca y sus 8 municipios vecinos P Yucatán P P
V. CONCEPTOS Y PORCENTAJES DE APOYO. Los montos máximos a incentivar para el Concepto de Apoyo Para el Fortalecimiento Productivo sin Financiamiento, serán los siguientes: MONTOS MÁXIMOS Cuando el proyecto se ubique en localidades de alta o muy alta marginación, o los considerados por la Cruzada Nacional Contra el Hambre, así como cuando participen ejidatarios y comuneros por sí o mediante algún esquema de asociación: Hasta el 70% del monto del proyecto, con un límite máximo de $15,000,000.00 (Quince millones de pesos 00/100 M.N.). Cuando el proyecto no se ubique en localidades de alta y muy alta marginación, pero cuente con la participación de ejidatarios, comuneros o pequeños propietarios por sí o mediante algún esquema de asociación: Hasta el 50% del monto del proyecto, con un límite máximo de $15,000,000.00 Quince millones de pesos 00/100 M.N.). En todos los demás casos: Hasta el 30% del monto del proyecto, con un límite máximo de $8,000,000.00 (ocho millones de pesos 00/100 M.N.). El monto máximo de incentivo será de hasta $800,000.00 (ochocientos mil pesos 00/100 M.N) por persona física o por socio que integre una persona moral. La Unidad Responsable establece los costos de referencia que a continuación se detallan: CULTIVO/CONCEPTO DE APOYO UNIDAD DE MEDIDA MONTO DE REFERENCIA 2016 ($) Palma de coco Producción de planta en vivero. Planta 85.00 Palma de aceite Producción de planta en vivero. Planta 56.00 Palma de Coco Establecimiento (cualquier variedad) Hectárea 30,000.00 Mantenimiento (cualquier variedad) 1/ Hectárea 15,000.00 Palma Aceite Establecimiento (150 pl/ha) Hectárea 20,000.00 Mantenimiento (cualquier variedad) 2/ Hectárea 6,500.00 Producción de forrajes Establecimiento con riego Hectárea 16,500.00 Establecimiento temporal Hectárea 14,800.00 1/ A partir de la plantación, máximo 3 años de desarrollo vegetativo. 2/ A partir de la plantación, máximo 2 años de desarrollo vegetativo. APOYOS PARA PRODUCCIÓN DE PLANTA EN VIVERO APOYOS PARA ESTABLECIMIENTO Y MANTENIMIENTO
VI. REQUISITOS GENERALES Y ESPECÍFICOS A PRESENTAR POR LOS BENEFICIARIOS. A. REQUISITOS GENERALES. De conformidad con el artículo 4 de las Reglas de Operación, se establece que los beneficiarios del COMPONENTE, deben presentar adjunto a su solicitud de apoyo, en copia simple y original o copia certificada por un fedatario público o la autoridad municipal con fines de cotejo, la siguiente documentación: PERSONAS FÍSICA MAYOR DE EDAD a) Identificación oficial vigente (Credencial para Votar, Pasaporte, Cartilla del Servicio Militar Nacional o la Cédula Profesional); b) CURP; en los casos en que presenten identificación oficial y la misma contenga la CURP, no será necesario presentar ésta; c) RFC, en su caso; d) Comprobante de domicilio del solicitante (luz, teléfono, predial, agua, constancia de residencia expedida por el ayuntamiento), con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud; e) En su caso, comprobante de la legal propiedad y/o posesión del predio, mediante documento jurídico fehaciente, con las formalidades que exija el marco legal aplicable en la materia; f) Indicar un número telefónico y correo electrónico para fines de notificación; PERSONA FÍSICA A TRAVÉS DE REPRESENTANTE LEGAL O TUTOR a) Poder o Carta firmados por el otorgante y ratificada ante Fedatario Público para gestionar los incentivos; b) Identificación oficial vigente (Credencial para Votar, el Pasaporte, la Cartilla del Servicio Militar Nacional o Cédula Profesional); c) CURP, d) Comprobante de domicilio (Luz, teléfono, predial, agua), con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud. e) Indicar un número telefónico y correo electrónico para fines de notificación; PERSONA MORAL a) Acta constitutiva y, de las modificaciones a ésta y/o a sus estatutos, que en su caso haya tenido a la fecha de la solicitud, debidamente protocolizada ante Fedatario Público;
b) Acta de asamblea en la que conste la designación de su representante legal o poder que otorga las facultades suficientes para realizar actos de administración o de dominio, debidamente protocolizado ante fedatario público; c) Comprobante de domicilio fiscal (luz, teléfono, predial, agua, constancia de residencia expedida por el ayuntamiento), con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud; d) RFC; e) Identificación oficial del representante legal vigente (Credencial para Votar, el Pasaporte, la Cartilla del Servicio Militar Nacional o la Cédula Profesional); f) CURP del representante legal; g) Acreditar, en su caso, la legal posesión del predio mediante documento jurídico que corresponda, con las formalidades que exija el marco legal aplicable en la materia, y h) Listado de productores integrantes de la persona moral solicitante. i) Indicar un número telefónico y correo electrónico para fines de notificación; En todos los casos deben incluir copia del estado de cuenta donde ejercerán el incentivo a la producción que se les otorgue. VII. ESPECIFICACIONES. Serán aplicables para este Componente, adicionalmente a los requisitos generales, los siguientes requisitos específicos: PARA INCENTIVOS A LA PRODUCCIÓN SIN FINANCIAMIENTO: a) Proyectos de personas físicas, sin financiamiento de hasta $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100): Bastarán los requisitos generales del artículo 4; b) Proyectos de hasta $400,000.00 (Cuatrocientos mil pesos 00/100): La presentación de un proyecto simplificado conforme al guión del Anexo XXVIII de estas Reglas de Operación. c) Proyectos de más de $400,000.00: La presentación de un proyecto conforme al guión del Anexo II de las presentes Reglas de Operación. d) El beneficiario deberá presentar, además de los requisitos generales, la Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales (32-D) vigente y positivo al momento de la recepción de su documentación, así como la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, vigente al momento de la entrega de su documentación en ventanilla. e) En su caso, declaratoria en materia de Seguridad Social (en el formato del Anexo IV de las Reglas de Operación de los Programas de la SAGARPA para 2016). La instancia normativa para permisos y concesiones de manejo de recursos hídricos será la CONAGUA. Los solicitantes deberán presentar originales con fines de cotejo y copia simple de los documentos.
VIII. POLOS DE DESARROLLO ESPECÍFICOS PARA AUMENTAR LA PRODUCTIVIDAD EN TIERRA BLANCA Y SUS 8 MUNICIPIOS VECINOS DEL ESTADO DE VERACRUZ. Se dará atención a las solicitudes provenientes de los municipios Tierra Blanca, Cotaxtla, Cosamaloapan, Cuitláhuac, Ignacio de la Llave, lxmatlahuacan, Omealca, Tlalixcoyan y Tres Valles, todos pertenecientes al estado de Veracruz, conforme a las REGLAS aplicables al COMPONENTE. Los cultivos e infraestructura productiva elegibles, y precios de referencia serán los siguientes: CULTIVO REGIMEN Riego / Temporal CONCEPTO UNIDAD DE MEDIDA 2016 (precios de referencia, $) CULTIVOS Arroz Riego Siembra Hectárea 14,000.0 Arroz Temporal Siembra Hectárea 12,000.0 Caña de azúcar Riego Establecimiento Hectárea 11,000.0 Caña de azúcar Riego Mantenimiento Hectárea 8,000.0 Caña de azúcar Temporal Establecimiento Hectárea 6,500.0 Caña de azúcar Temporal Mantenimiento Hectárea 6,000.0 Caña de azúcar Riego (por gravedad) Socas y resocas Hectárea 7,000.0 Limón Persa Riego Establecimiento Hectárea 45,000.0 Limón Persa Temporal Mantenimiento 1/ Hectárea 26,000.0 Limón Persa Temporal Producción de planta en vivero rústico Planta 12.0 Limón Persa Temporal Producción de planta en vivero protegido Planta 35.0 Limón Persa No aplica Construcción vivero estructura acero con malla sombra m2 180.0 Limón Persa No aplica Construcción vivero protegido antiáfidos semitecnificado m2 280.0 Limón Persa No aplica Construcción vivero protegido antiáfidos tecnificado automátizado m2 400.0 Maíz grano Riego Siembra Hectárea 10,000.0 Maíz grano Temporal Siembra Hectárea 8,000.0 Papaya maradol No aplica Plantación y mantenimiento Hectárea 58,000.0 Producción de forrajes Riego Siembra Hectárea 16,500.0 Producción de forrajes Temporal Siembra Hectárea 14,800.0 Sistema de riego No aplica Por multicompuertas. Hectárea 10,000.0 Sistema de riego No aplica 1/ A partir de la plantación, máximo 2 años de desarrollo vegetativo. INFRAESTRUCTURA PRODUCTIVA Por aspersión (pivote central, avance frontal, side roll, aspersión fija, aspersión portatil, cañon y cañon viajero), por microaspersión y goteo. Hectárea 15,000.0 PARTICIPANTES DEL COMPONENTE. La presente convocatoria comprende los conceptos que conforme al artículo144, de las REGLAS se indican. Por lo que para efectos de la presente Convocatoria será la: Instancia Ejecutora: el Fideicomiso de Riesgo Compartido (FIRCO).
IX. APERTURA Y CIERRE DE VENTANILLAS. El período de ventanillas para la entrega y recepción de solicitudes de apoyo será del 14 de marzo al 15 de abril de 2016, o cuando el monto de las solicitudes rebase en 30% el monto del presupuesto 2016, si así lo autoriza la Unidad Responsable. La Unidad Responsable podrá modificar el período de ventanillas, así como anticipar el cierre general o autorizar cierres parciales y reaperturas de ventanillas. X. VENTANILLA AUTORIZADA Y REGISTRO DE SOLICITUD. La recepción de solicitudes y registro de los solicitantes para la entrega de la documentación señalada en la presente CONVOCATORIA, serán en las ventanillas habilitadas en las oficinas de las Gerencias Estatales de EL FIRCO de los Estados de Campeche, Chiapas, Colima, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán, cuyas direcciones pueden ser consultadas en la página www.firco.gob.mx. Inicio del procedimiento: Los interesados en participar en alguno de los Conceptos de Apoyo mencionados anteriormente, para facilitar el ingreso y atención de su solicitud, realizarán su pre-registro por Internet en el sistema SURI-FIRCO 2016 al que se accede por la página http://www.firco.gob.mx, y al mismo tiempo cargarán en el sistema el archivo de varios de los documentos correspondientes a los requisitos. Estos documentos se identifican en el mismo sitio de Internet. Con el fin de agilizar el análisis normativo y técnico-financiero, la dictaminación, autorización y pago de las solicitudes, el Sistema SURI-FIRCO 2016 permitirá la recepción de solicitudes y de la documentación soporte, si así lo autoriza la Unidad Responsable, hasta el momento en que la demanda de apoyo de las solicitudes recibidas sea 30% superior al presupuesto asignado a cada Entidad Federativa para el Componente de Desarrollo Productivo del Sur Sureste 2016; una vez alcanzado este tope, el Sistema SURI-FIRCO automáticamente cerrará las ventanillas, y no se recibirán más solicitudes. Para presentar formalmente su solicitud (en el Formato de Solicitud Única de Apoyos debidamente requisitado), la persona física o el representante legal de la persona moral solicitante se presentará en la ventanilla de recepción de solicitudes de la Gerencia Estatal del FIRCO, donde entregará la solicitud y copia de la documentación con la que dé cumplimiento a los criterios y requisitos, así mismo presentará para confronta los originales o copia certificada de los mismos, los cuales le serán devueltos una vez cotejados; de igual forma, el solicitante entregará copia electrónica en formato PDF, excepto los análisis o corridas financieras que deberá entregar en archivos de Excel, de
la documentación mencionada (incluyendo su solicitud) en disco compacto, junto con su solicitud impresa en papel y debidamente firmada, en la ventanilla. El FIRCO recibirá la documentación anterior hasta que cuantitativamente esté completa; posteriormente registrará la solicitud en el SURI-FIRCO 2016, para que se genere un número de registro, y le entregará al solicitante el acuse de recibido respectivo, para que éste pueda darle seguimiento a su solicitud de apoyo a través del mismo SURI-FIRCO 2016. Si posterior a la recepción de la documentación, se advierte que existen deficiencias en la documentación presentada, la Instancia Ejecutora le notificará tal situación al peticionario, por escrito y por única ocasión, otorgándole un plazo perentorio máximo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación, para que aclare lo procedente y, en su caso, presente documentación adicional para tener certeza. Si el solicitante hace caso omiso, se cancelará su Solicitud Única de Apoyo. XI. HORARIOS Y DÍAS DE ATENCIÓN. De las 09:00 a las 15:00 horas, de lunes a viernes. XII. PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LOS APOYOS. De conformidad con el artículo 147 de las REGLAS la Mecánica Operativa del Componente, es la que se señala a continuación: Los responsables de las ventanillas, y de registrar los proyectos recibidos en el Sistema Único de Registro de Información (SURI-FIRCO), será la Instancia Ejecutora, así como de corroborar el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad y dictaminación de los proyectos, según lo establecido en el Artículo Tercero de las Reglas de operación de la SAGARPA 2016. Se autorizarán apoyos para los proyectos dictaminados que cumplan con todos los requisitos marcados por la normatividad del Componente, hasta el límite que permita la cantidad de recursos presupuestales autorizados y convenidos con la Instancia Ejecutora pudiendo quedar algunas solicitudes sin autorización por insuficiencia de recursos presupuestales. En el proceso de dictamen, la Instancia Ejecutora podrá notificar al solicitante a más tardar a los 20 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la recepción de la solicitud. La Instancia Ejecutora comunicará a los solicitantes los proyectos autorizados, los presupuestos asignados y los términos y plazos de ejecución.
La Instancia Ejecutora suscribirá un instrumento jurídico con los beneficiarios que reciban autorizaciones para la entrega del incentivo y la unidad responsable podrá supervisar la correcta aplicación del mismo. Se recibirá el proyecto con los documentos que acreditan la personalidad del solicitante y la legal posesión del predio en que desarrollará el proyecto, así como la Solicitud Única de Apoyo, que será sometida a revisión y posterior autorización o rechazo, según sea el caso. A las solicitudes autorizadas se les otorgará número de folio. Se dictaminarán las solicitudes en el orden que hayan sido presentadas ante ventanilla. Se usará, para la dictaminación, lo siguiente: Cédula de Calificación. De la aplicación de la cedula de calificación se desprende el procedimiento de selección el cual se basara además en: a. El que obtenga la mejor calificación según la cédula. En caso de que las solicitudes alcancen un nivel de calificación similar, se atenderán conforme a la fecha y en su caso, hora de ingreso de las mismas. XIII. MAYOR INFORMACIÓN: A. Página Electrónica en Internet: http://www.firco.gob.mx, y o en, B. Gerencias Estatales del FIRCO, cuyas direcciones y teléfonos se pueden obtener en: http://www.firco.gob.mx, y/o en, C. Oficinas Centrales del FIRCO. Domicilio: Av. Cuauhtémoc 1230, piso PH; Col. Santa Cruz Atoyac; Del. Benito Juárez; C.P. 03310, México D.F., Teléfonos: (55) 50 62 12 00. Ciudad de México, a 14 de marzo de 2016. LIC. ALFONSO ELÍAS SERRANO DIRECTOR GENERAL Y DELEGADO FIDUCIARIO ESPECIAL DEL FIRCO