BASES DEL PROCESO SELECTIVO PARA CREAR UNA BOLSA DE TRABAJO DE CARGADORES PARA EL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS URBANOS

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Transcripción:

BASES DEL PROCESO SELECTIVO PARA CREAR UNA BOLSA DE TRABAJO DE CARGADORES PARA EL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS URBANOS 1.- Objeto de la convocatoria Es objeto de esta convocatoria la creación de una bolsa de trabajo de cargadores para el servicio de recogida de residuos urbanos, para responder con contratos laborales a las necesidades temporales de la Mancomunidad. Esta bolsa de trabajo puede ser utilizada por cualquier otra administración pública de la Comunidad Autónoma Vasca, si previamente se realiza la solicitud a la Mancomunidad de Debagoiena y ésta da su autorización. 2.- Funciones Las funciones o tareas del puesto serán las siguientes: Utilizar los mecanismos externos de que dispone el vehículo de recogida de residuos. Cargar los contenedores en el elevador y dejarlo en su sitio después de descargarlo. Si fuera necesario, cargar a mano las bolsas de basura en la tolva del vehículo. Si a juicio del cargador el residuo no es aceptable en las condiciones en que está, esperar a la orden del conductor para proceder a su recogida o dejarlo donde está. Limpiar el camión al finalizar el servicio. Trasladar de un lugar a otro el Garbigune ambulante, y ayudar en la descarga de los residuos al operario del Garbigune. Efectuar el mantenimiento del Garbigune ambulante (limpiezas, reparaciones simples...). Efectuar el mantenimiento de los contenedores estropeados en la prestación del servicio. Obedecer las órdenes del conductor. Otras tareas asignadas por su superior, siempre que estén relacionadas con el contenido del puesto. 3.- Requisitos de los aspirantes 1

Para ser admitidos y para, si procede, participar en el concurso-oposición, los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos antes de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes: a) Ser nacional de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, o según la aplicación de los Tratados internacionales realizados por la Unión Europea y ratificados por el estado español, ser nacional de algún Estado al que sea de aplicación la libertad de circulación de trabajadores. También puede participar el cónyuge de los nacionales de algún Estado miembro de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, podrán participar los descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún (21) años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas, y siempre que los dos cónyuges no estén separados de derecho. b) Tener 16 años cumplidos y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación obligatoria. c) Disponer de certificado escolar. d) Disponer del permiso de conducir tipo B. e) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. f) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas. g) Según lo establecido por la Ley 53/1984 del 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, no estar incurso en causa legal de incapacidad o incompatibilidad, pero quienes estén ya en un puesto público o trabajen en una actividad privada que sea incompatible pueden valerse del derecho de opción que menciona esa misma norma legal. 4.- Presentación de solicitudes Las solicitudes para ser admitidos en el concurso-oposición deben de dirigirse al Presidente de la Mancomunidad, y han de presentarse antes del 31 de mayo del 2013, cumpliendo con los siguientes requisitos: a) Los aspirantes deben manifestar que cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base 3ª de la convocatoria, siempre en relación con la fecha en que finalice el plazo para la presentación de las solicitudes. 2

b) Los aspirantes deben hacer constar los datos sobre los méritos que se valorarán en la fase de concurso. No se valorarán los que no se incluyan en la solicitud. Las solicitudes, cuyo modelo se proporcionará en la Mancomunidad, debidamente cumplimentadas y junto a la fotocopia del DNI, deben presentarse en el Registro General de la Mancomunidad, en Nafarroa Etorbidea 17 de Arrasate-Mondragón (Gipuzkoa), o de alguna de las maneras establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común 5.- Documentos que han de presentarse a) A presentar junto con la solicitud: Fotocopia del DNI, o en caso de ser miembro de algún otro Estado de la Unión Europea, fotocopia del documento que acredite su identidad y nacionalidad. En su caso, justificante del perfil lingüístico que tuviere acreditado. b) A presentar en el proceso selectivo: Los justificantes de los méritos alegados en la solicitud se presentarán posteriormente, en la forma y plazo establecidos por el Tribunal de Calificación Este documento se solicitará únicamente a quienes superen la fase de oposición. c) A presentar tras la finalización del proceso selectivo: Los justificantes de los requisitos exigidos en la base 3ª para participar en el concurso-oposición, los aspirantes deberán presentarlos antes del nombramiento interino, cuando les solicite la Mancomunidad. d) Cotejo de documentos: Para la verificación tanto de los requisitos exigidos para participar como de los méritos, en el Registro de la Mancomunidad deben presentarse para su cotejo los documentos originales con sus copias, salvo la copia del DNI, que debe entregarse junto con la solicitud. El cotejo de la copia con el original se realizará en la misma Mancomunidad, y únicamente para poder participar en el concurso-oposición. 6.- Admisión de aspirantes Al finalizar el plazo de presentación de las solicitudes, el Presidente de la Mancomunidad aprobará las listas provisionales de los aspirantes admitidos y excluidos. Dichas listas se publicarán en el tablón de anuncios de la Mancomunidad y 3

en la web www.debagoiena.net, concediéndose un plazo de 7 días hábiles para subsanar los defectos, errores u omisiones que hayan motivado la no admisión, o para presentar reclamaciones contra las listas publicadas. Si no se presenta reclamación alguna, las listas provisionales se considerarán definitivas. Si hay reclamaciones, serán admitidas o rechazadas por medio de otra resolución, y las listas así aprobadas definitivamente se expondrán al publico en el modo antes indicado. 7.- Tribunal de Calificación Ésta será la composición del Tribunal de Calificación del concurso-oposición: Presidente El responsable de Explotación del Servicio de Medio Ambiente, o técnico en quien delegue aquél. Vocales El responsable de los servicios de vías públicas de la Mancomunidad o técnico en quien delegue aquél. Otros dos técnicos del Servicio de Medio Ambiente. Secretaria La Secretaria de la Mancomunidad o, en su caso, un técnico de Administración General de la misma. En las pruebas selectivas y en las reuniones de la comisión de selección, podrán estar presentes los miembros de la Comisión de Medio Ambiente y de la Junta de Gobierno, así como también los representantes de los trabajadores. Los miembros del Tribunal serán nombrados por el Presidente de la Mancomunidad, y dicho nombramiento se hará público en el tablón de anuncios y en la web de la Mancomunidad, junto con la lista de admitidos y excluidos. En las pruebas en las que al Tribunal le parezca conveniente, podrá solicitar ayuda de asesores que sean expertos en cada materia. Si en los miembros del Tribunal concurre alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dichos miembros deben de abstenerse de intervenir comunicándoselo al Presidente de la Mancomunidad y también los aspirantes pueden recusarlos. 4

8.- Ejercicios de la fase de oposición Las convocatorias para los ejercicios de la fase de oposición, las resoluciones del Tribunal y demás comunicaciones derivadas de este procedimiento se harán públicas en el tablón de anuncios y en la web de la Mancomunidad. Para cada acto se efectuará una única convocatoria a los aspirantes, salvo en casos de fuerza mayor, si están debidamente justificadas y si el Tribunal libremente así lo estima. En la fase de oposición se realizarán los siguientes ejercicios: Primer ejercicio: Prueba de Euskera. De carácter obligatorio y eliminatorio. Para valorar el conocimiento del euskara se realizará una prueba del nivel del 1er perfil lingüístico. Los opositores deberán superar al menos el conocimiento correspondiente al 1er perfil lingüístico. Este ejercicio se valorará APTO o NO APTO, y como dicha prueba tendrá exclusivamente efectos internos, la Mancomunidad no extenderá certificado alguno. Quedarán exentos de esta prueba los opositores que acrediten disponer de algún título o documento previsto en las normas vigentes a aplicar en el proceso de normalización de uso del euskara en las Administraciones Públicas Vascas. Segundo ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio. Esta prueba consistirá de dos partes: 1. Prueba teórica: se contestará por escrito a un cuestionario de preguntas sobre el temario del Anexo nº 1. La calificación máxima de esta parte será de 5 puntos, y como mínimo habrán de obtenerse 2,5 para superar la prueba. 2. Prueba práctica escrita: Prueba práctica relacionada con las funciones del puesto y con el temario del Anexo nº 1. La calificación máxima de esta parte será de 10 puntos, y como mínimo habrán de obtenerse 5 para superar la prueba. Las dos partes de este ejercicio se realizarán conjuntamente, pero a los que no superen la prueba teórica de la primera parte no se les corregirá la prueba práctica de la segunda parte. Quedarán eliminados. Tercer ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio: pruebas psicotécnicas. 5

Serán pruebas para verificar si los candidatos cuentan con las capacidades necesarias para cumplir con las funciones del puesto y evaluar si su perfil humano se ajusta o no al puesto de trabajo. La calificación máxima de esta parte será de 10 puntos, y como mínimo habrán de obtenerse 5 puntos para superar la prueba. 9.- Fase de concurso La fase de concurso de méritos no tendrá carácter eliminatorio, y la puntuación obtenida en la misma tampoco se tendrá en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. El Tribunal valorará los siguientes méritos, siempre que se hayan alegado al realizar la solicitud y se hayan acreditado suficientemente en el momento solicitado por el Tribunal de Calificación. a) Experiencia profesional como cargador de recogida de residuos. Se valorará 0,25 puntos por cada mes (30 días) trabajado, hasta un máximo de 3 puntos. La experiencia profesional mencionada en el apartado anterior se acreditará mediante justificantes extendidos por el INSS y certificados de los trabajos realizados. 10.- Propuesta del Tribunal La calificación definitiva de cada aspirante será la suma de los puntos conseguidos en las fases de concurso y oposición, y así se establecerá el orden de puntuación definitivo. Al finalizar la calificación de méritos y ejercicios, y según el orden de puntuación final, el Tribunal hará pública la lista de aspirantes que hayan superado las pruebas. El Tribunal elevará a la Presidencia de la Mancomunidad dicha lista para que la utilice como bolsa de trabajo temporal. Antes de incorporarse al trabajo, a los aspirantes que estén en la lista de los que han superado el proceso se les solicitará que presenten en la Secretaría General de la Mancomunidad los justificantes de los requisitos que se exigen en la base 3ª para participar en el concurso-oposición. Si los aspirantes propuestos, salvo caso de fuerza mayor, no presentan en el plazo establecido la documentación solicitada, o, si tras analizar la que presenten, se observa el incumplimiento de algún requisito, no se podrá proceder a su contratación, 6

y quedarán anuladas todas las actuaciones referentes a los mismos, además de la responsabilidad en que pudieran incurrir por falsedad 11.- Incidencias El Tribunal de Calificación tiene la potestad para aclarar cualquier duda que pudiera surgir y para tomar los acuerdos necesarios encaminados a la adecuada realización del concurso-oposición. 12.- Impugnaciones Se podrá impugnar esta convocatoria, sus bases y posteriores actos administrativos y asimismo la actuación del Tribunal, en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992 del 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999 del 13 de enero, y en la Ley que regula la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. DILIGENCIA.- Estas bases fueron aprobadas por la Junta de Gobierno de la Mancomunidad en sesión celebrada el día 16 de mayo del 2013. En Arrasate-Mondragón, a 17 de mayo del 2013 LA SECRETARIA Fdo.: Belen Txintxurreta 7

ANEXO nº 1 1. TEMA.- Comarca de Debagoiena; conocimiento geográfico. 2. TEMA.- Recogida selectiva de residuos; terminología del puerta a puerta (http://www.debagoiena.com/ingurumena/hiztegia_es.pdf ) 3. TEMA.- Instalaciones y servicios del Servicio de Medio Ambiente de la Mancomunidad de Debagoiena. ( http://www.debagoiena.com/ingurumena/2009_txostena/2009txostena1.pdf ) 8