EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL CÁCERES.

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Juanjui, 26 de Agosto del 2013. RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N 472 2013 MPMC J/A EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL CÁCERES. VISTO: El Informe N 024 2013/OCP/MPMC J, del 14.AGO.2013 del CPC. Héctor Sandoval Veintimilla encargado de la Unidad de Control Patrimonial de la Municipalidad Provincial de Mariscal Cáceres Juanjui, que entrega el Informe Técnico sobre el proceso de subasta restringida, bases administrativas y modelo de aprobación de la venta de bienes muebles en calidad de chatarra y Memorando N 2878 2013 GM MPMC J del 15.AGO.2013 que solicita se proyecte la elaboración de Resolución de Alcaldía, y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de la evaluación realizada al expediente remito por el CPC. Héctor Sandoval Veintimilla encargado de la Unidad de Control Patrimonial de la Municipalidad Provincial de Mariscal Cáceres Juanjui, resulta procedente la emisión de la Resolución que apruebe la venta de bienes muebles por subasta restringida, las bases administrativas y señalar hora, fecha y lugar de la venta, por cuanto el referido expediente cumple con los requisitos establecidos en la Ley N 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N 007 2008 VIVIENDA y Directiva N 002 2005/SBN Procedimiento para la Venta de los Bienes Muebles dados de Baja por las Entidades Públicas aprobada por Resolución N 029 2005/SBN; Y, de acuerdo a lo señalado en los considerandos precedentes, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N 007 2008 VIVIENDA y Directiva N 002 2005/SBN Procedimiento para la Venta de los Bienes Muebles dados de Baja por las Entidades Públicas aprobada por Resolución N 029 2005/SBN y el Artículo 20º incisos 6 y 22 de la Ley Orgánica de Municipalidades 27972 y las visaciones respectivas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la venta en la modalidad de Subasta Restringida de bienes muebles en calidad de chatarra (fierros, accesorio y otros que están obsoletos por tonelada o por kilo), distribuidos en cuatro lotes, expuestas en el Informe N 024-2013/OCP/MPMC-J del 14.AGO.2013 suscrita CPC. Héctor Sandoval Veintimilla encargado de la Unidad de Control Patrimonial de la Municipalidad Provincial de Mariscal Cáceres Juanjui, que forma parte de la presente Resolución de Alcaldía. Artículo 2º. APROBAR las Bases Administrativas Venta por Subasta Restringida de Bienes Muebles en calidad de chatarra, que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 3º. ENCARGARA a la Unidad de Control Patrimonial la designación del Notario Público encargado de dar fé al acto público Venta por Subasta Restringida de Bienes Muebles en calidad de chatarra. Artículo 4º. DISPONER la realización de la convocatoria para la Venta por Subasta Restringida de Bienes Muebles en calidad de chatarra a que se refiere el Artículo Primero de la presente Resolución para el día MIÉRCOLES 16.OCT.2013 a horas 10.30 en el local de Maestranza Municipal ubicado Prolongación del Jirón Huallaga S/N Barrio San Juan, Distrito de Juanjui San Martín. Artículo 5º. DISPONER la notificación de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales de acuerdo a la normatividad vigente y a la Unidad de Control Patrimonial, con la finalidad que disponga de considerar lo conveniente, la participación de un Veedor en el respectivo acto público. Artículo 6º. DISPONER que el encargado de la Unidad de Control Patrimonial para que dentro de diez (10) días hábiles de realizada la Venta por Subasta Restringida, se remita a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, el expediente administrativo que sustenta su realización. Artículo 7º. ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución y anexos en el portal institución al y cursar las invitaciones a postores dentro el plazo de Ley. Artículo 8º. HÁGASE de conocimiento al Gerente Municipal, al Asesor Legal, a la Oficina de Control Institucional, al Gerente de Administración y Finanzas y al Gerente de Infraestructura y Acondicionamiento Territorial. Regístrese, Cúmplase y Archívese.

LOT E DENOMINACION ANEXO 1 EST.CONS. 1 AROS DE VOLQUETE M 1 BOCAMAZA DE VOLQUETE M 1 BOTELLA HIDRAULICA M 1 CORONA POSTERIOR DE VOLQUETE M 1 CORONA DELANTERA DE VOLQUETE M 1 TOLVA CHICA M 1 CAMIONETA DOBLE CABINA M 1 TANQUE DE VOLQUETE DE COMBUSTIBLE M TROMPO DE MEZCLADORA CHASIS DE VOLQUETE (02 1 PARES) M 1 CHASIS DE MOTONIVELADORA M 1 MOTOR DE MOTONIVELADORA M 1 CASETA DIVIDIDA EN DOS PARTES DE MOTONIVELADORAS M 1 TANQUE DE COMBUSTIBLE DE LA MOTONIVELADORA M 1 PAR DE ARRASTRE DE MOTONIVELADORA M 1 BLOCK DE MOTOR TOYOTA DE LA CAMIONETA M 1 COMPUERTA DE TOLVA M 1 BLOCK DE MOTOR NISSAN M 1 COMPRENSORA M 1 COCINA INDUSTRIAL M 1 CORTADORA CON CINTA M 1 GUIA TRACTOR M PRECIO DE BASE POR KILO UBICACIÓN (S/.) ANEXO 2 LOTE DENOMINACION EST, CONS. UBICACIÓN PRECIO BASE POR KILO (S/.) 1 LATERALES DE TOLVA CHICA DE VOLQUETE M 1 BOCAMAZA DE VOLQUETE M 1 PISOS DE TOLVAS PARTIDOS EN 2 EQUIVALENTES A 8 PIEZAS M 1 CASETAS DE 2300 M 1 COMPUERTAS DE TOLVA CHICA DE VOLQUETES M 1 PUERTAS DE CASETAS DE CARRO M 1 SISTERNA DE 32 PIEZAS DE DIFERENTES TAMAÑO M 1 CARRETILLAS VIEJAS M 1 ASIENTO DE CHOFER M 1 PIEZAS DE CHASIS UN CHICO Y UN GRANDE M 1 PARACHOQUES DE VOLQUETE CHICO M 1 VARIOS RESIDUOS DE DIFERENTES MAQUINAS M

ANEXO 3 LOTE DENOMINACION EST. CONS. UBICACIÓN PRECIO BASE POR KILO (S/.) 1 VOLQUETE CON CHASIS, TOLVA, BLOCK DE MOTOR M MUNIC 0.30 1 TRANSMICIONES INCOMPLETAS, CASETAS M MUNIC 0.30 1 VOLQUETE CON TOLVA CHASIS MOTOR INCOMPLETO M MUNIC 0.30 1 TRANSMICIONES INCOMPLETOS M MUNIC 0.30 1 CASETA M MUNIC 0.30 1 TANQUES DE COMBUSTIBLE DE VOLQUETE M MUNIC 0.30 1 PAQUETES DE MUELLE M MUNIC 0.30 1 BOTELLAS HIDRAULICAS M MUNIC 0.30 1 RADIADORES M MUNIC 0.30 1 CASETAS DE 4 PEDAZOS M MUNIC 0.30 1 PUERTAS DE CASETAS M MUNIC 0.30 1 BOMBAS HIDRAULICAS M MUNIC 0.30 1 TEMPLADOR DE DETRACCION M MUNIC 0.30 1 EXTINGUIDOR M MUNIC 0.31 ANEXO 4 LOTE DENOMINACION EST. CONS. UBICACIÓN PRECIO BASE POR KILO (S/.) 1 TOLVA. MITAD DE CHASIS M MUNIC, 0.30 1 MOTOR M MUNIC, 0.30 1 TRANSMISIONES CON CORONA M MUNIC, 0.30 1 CARRIL DELANTERO TOLVA M MUNIC, 0.30 1 TOLVA. MITAD DE CHASIS M MUNIC, 0.30 1 CASETA, CHASIS CON MOTOR M MUNIC, 0.30 1 TRANSMICIONES M MUNIC, 0.30 1 CHASIS DE VEHICULOS PEQUEÑOS M MUNIC, 0.30 1 CASETA M MUNIC, 0.30 1 LATERALES DE TOLVA CHICA M MUNIC, 0.30 1 BOVEDA M MUNIC, 0.30 1 IMPRESIONES M MUNIC, 0.30 1 VENTILADORA M MUNIC, 0.30 1 TECLADO M MUNIC, 0.30 1 MONITORES M MUNIC, 0.30 1 CPU M MUNIC, 0.31

ANEXO 5 BASES ADMINISTRATIVAS I. OBJETIVO VENTA POR SUBASTA RESTRINGIDA DE BIENES MUEBLES EN CALIDAD DE CHATARRA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL CÁCERES Establecer el procedimiento para llevar a cabo la venta por subasta restringida de los bienes muebles que se encuentran en calidad de chatarra, en virtud de lo dispuesto mediante Directiva N 003 2010/SBN. II. BASE LEGAL Ley N 29151, Ley General del Sistema de Bienes Estatales. Decreto Supremo N 007 2008 VIVIENDA, Reglamento de la Ley N 29151. Direc va N 003 2010/SBN. II. CONVOCATORIA Venta de Bases Administra vas: 09 de Octubre del 2013 Precio de Venta: 0.30 por Kilo de Fierros, Accesorios y Otros Local: Municipalidad Provincial Mariscal Caceres. Dirección: Jr Miguel Grau N 337

III. ACTO DE SUBASTA a) Día : 16 de Octubre del 2013 b) Hora :10:30 am. c) Local : Almacén Municipal (Maestranza) de la MPMC d) Dirección : Jr. Huallaga cdra 16 c/guillermo Pérez cdra. 2 S/N. San Juan Parte Baja Juanjui IV. RELACION, CARACTERISTICAS, ESTADO Y PRECIO BASE DE LOS LOTES DE BIENES MUEBLES La relación, características, estado y precio base de los lotes de bienes muebles objeto de venta están señalados en el Anexo A Lotes de bienes muebles a venderse. La venta de bienes registrables se realiza sin derecho de inscripción registral. V. MODALIDAD PARA LA OFERTA La venta por subasta restringida del lote de bienes muebles se realizara COMO ESTEN Y DONDE SE ENCUENTREN, mediante la modalidad de A VIVA VOZ Y SOBRE CERRADO (#). VI. LOS PARTICIPANTES 1. Pueden par cipar en la subasta las personas naturales o jurídicas que hayan adquirido las bases administra vas de manera directa o a través de un representante, pudiendo ingresar al local dos personas por base comprada, previa presentación de la boleta de venta o factura, según correspondía, emi da por la Oficina de Tesorería de la en dad organizadora. 2. Las personas naturales se iden ficaran con su D.N.I. u otro documento de iden dad. Para el caso de las personas jurídicas, estas intervendrán a través de su representante legal, el cual deberá presentar la escritura de cons tución de la persona jurídica y los Respectivos poderes vigentes y debidamente inscritos en los Registros Públicos.

3. Están prohibidos de par cipar como postores en la subasta, directa o indirectamente o por persona interpuesta, aquellos funcionarios y servidores públicos a los que se refieren el ar culo 22 de la Ley 29151 y los Ar culos 1366, 1367 y 1368 del Código Civil. 4. Los actos administra vos que contravengan lo descrito en los numerales anteriores son nulos, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar. 5. El postor que obtengan la buena pro deberá presentar en el acto de venta la Declaración Jurada de no estar impedido de adquirir bienes de propiedad del Estado debidamente llenada, cuyo formato se muestra en el Anexo B Declaración Jurada. Cualquier po de desavenencias y/o inconvenientes que se presenten sobre el par cular, serán resueltos por la Mesa Direc va, siendo inobjetable la decisión tomada. VII. VENTA Y ADJUDICACIÓN DE LOTES DE BIENES MUEBLES 1. Las ofertas y el pago por los lotes vendidos serán realizados en moneda nacional (Nuevos Soles). 2. Las ofertas que se realicen bajo la modalidad de sobre cerrado se efectuara por cada lote debiéndose consignar en el sobre el número de lote a adjudicarse, el monto ofertado, el nombre o razón social del postor, su documento de identidad y el número de boleta o factura de compra de bases para poder participar, acorde con el Anexo C Oferta: Modalidad Sobre Cerrado. 3. Antes de iniciar la venta, el Notario Público (o quien corresponda en caso de subasta restringida) solicitara las ofertas en sobre cerrado, las mismas que deben ser presentadas conforme a los señalado en el punto precedente y adjuntado como mínimo el 20% en efectivo de la cantidad ofertada, siendo invalidas las ofertas que no cumplan dicho requisito. Luego se procederá al remate mediante ofertas a viva voz con todos los postores, incluyendo a los postores que presentaron su oferta en sobre cerrado. El postor deberá expresar claramente la cantidad a ofertar; caso contrario, no será tomada en cuenta su oferta.

4. Terminada la venta del lote a viva voz, se procederá a abrir los sobres, resultando adjudicatario el postor que haya ofertado el monto más alto entre las dos modalidades. Si se resultara ganador quien oferto a viva voz deberá abonar, en efec vo, como mínimo el 20% del valor ofertado. 5. En caso de producirse igualdad entre el monto ofertado en sobre cerrado y el monto ofertado a viva voz se procederá a solicitar a ambas partes una nueva oferta a viva voz tomándose como base el valor ofertado anteriormente y resultando como adjudicatario el postor que oferte el monto más alto. En caso de incumplimiento, se le indicara su inconducta como participante y se le solicitara su retiro de las instalaciones del local, continuando la venta sobre la base de la oferta anterior. 6. En el supuesto que se otorgue la buena pro a un oferta contenida en sobre cerrado, ya no será necesario abonar el 20% del valor ofertado, toda vez que esta ya se encuentra en el sobre presentado. 7. Los sobres cerrados que no obtuvieran la buena pro serán devueltos a sus titulares una vez adjudicado el lote por el cual ofertaron. 8. El adjudicatario realizara la cancelación del lote adjudicado en la oficina del Notario Público o el que haga las veces.ubicada en... o en la oficina de Tesorería de la entidad organizadora, quienes entregaran el comprobante de pago debidamente cancelado. Dicho acto se deberá realizar dentro del plazo de tres (03) días de concluida la subasta siendo el ultimo día el 9. El adjudicatario que dentro del plazo establecido en el numeral precedente no cancele el monto total por el cual se adjudicó alguno de los lotes, cualquiera fuese el motivo o causal, perderá el dinero entregado en garantía a favor de entidad organizadora, dejándose sin efecto la adjudicación y reasumiendo esta la administración del lote.

10. La entidad organizadora se reserva del derecho de verificar la información que presente el postor durante todo el proceso de venta. En caso de detectarse falsedad en la información que presente el postor durante todo el proceso de venta. En caso de detectarse falsedad en la información proporcionada procederá de conformidad con el ordenamiento legal vigente. VIII. ENTREGA DE LOS LOTES DE BIENES MUEBLES 1. El adjudicatario solicitara al a Oficina General de Administración o a la que haga sus veces el comprobante de pago respectivo (factura o boleta de venta), luego de lo cual requerirá a la unidad orgánica responsable de control patrimonial proceder a la entrega de los bienes muebles a su favor suscribiéndose la respectiva Acta de Entrega Recepción en la cual se consignaran las características de los lotes de bienes muebles. 2. La entrega de los bienes se realizara el día.. Previa presentación de la copia del comprobante de pago debidamente cancelado y el documento de identidad del adjudicatario. 3. Transcurrido el plazo señalado, el lote será considerado abandonado, no habiendo derecho a reclamo alguno y a resumiendo la entidad organizadora la administradora del lote. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 1. El Martillero Publico o Notario Público que ejecute la venta está prohibido de realizar cobro alguno a los adjudicatarios por otro concepto que no esté estipulado en las Bases Administrativas. 2. En caso que el Adjudicatario deba formular algún reclamo relacionado a la venta, este se realizara ante la entidad organizadora hasta antes de la entrega del bien mueble. 3. Todo postor, por el hecho de participar en la venta, da por aceptado lo establecido en las Bases Administrativas.

4. La entidad organizadora es la encargada de certificar la resolución que aprobó de baja, la Resolución que aprobó la venta, el Acta de Subasta y toda documentación relacionada a la venta de los bienes muebles. 5. De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del Artículo 2 del Decreto Legislativo N 821 Nuevo Texto de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, no se encuentran gravados con el IGV, la Transferencia de bienes usados que efectúen las personas naturales o jurídicas que no realicen actividad empresarial. En tal sentido, no procede la aplicación del IGV en la Venta de los bienes muebles dados de baja o en calidad de chatarra por las entidades del Estado. 6. Los aspectos no contemplados en las Bases Administrativas se regularan por los dispositivos legales vigentes sobre la materia.

ANEXO A DECLARACIÓN JURADA Yo..iden ficado con DNI N...DECLARO BAJO JURAMENTO no encontrarme comprendido directamente o por persona interpuesta, dentro de las prohibiciones y limitaciones contempladas en los Ar culos 1366 1367 y 1368 del Código Civil, que me impidan par cipar y adquirir bienes de propiedad Estatal a tulo propio o a nombre de la persona jurídica Con RUC N de la cual soy representante legal según las facultades otorgadas Mediante la escritura pública de cons tución de la empresa y/o los poderes inscritos en los en los Registros Públicos, los mismos que muestro como prueba de ello. Dejo expresa mención que acepto y me someto a las bases administra vas que regulan la presente venta por subasta pública. Así mismo, asumo la responsabilidad de la veracidad de la documentación presentada teniendo pleno conocimiento de las sanciones a que hubiere lugar en caso de contravención y/o incumplimiento..de Octubre del 2013 Firma y Huella Digital Nombre y Apellido: D.N.I N

OFERTA MODALIDAD DE SOBRE CERRADO ANEXO B a) Número del Bien :. b) Nombre/ Razón Social :.. c) Valor Ofertado (S/.) :.. d) Monto de Garantía (S/.) : (Dinero en efectivo) e) N de Boleta o Factura : De compra de Bases Firma del Postor Representante DNI N de Octubre del 2013