Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación Marco legal y régimen jurídico de la Autorización Ambiental Integrada CEPCO Madrid 27 de septiembre de 2002 Carmen Canales Canales Jefa de Área de Medio Ambiente Industrial
LEY 16/2002 de 2 de julio de 2002 PREVENCIÓN Y CONTROL INTEGRADOS DE LA CONTAMINACIÓN OBJETIVO Alcanzar un nivel elevado de protección del medio ambiente en su conjunto, tomando medidas para evitar o reducir las emisiones contaminantes de las actividades industriales del anejo I.
LEY IPPC Actividades industriales afectadas Instalaciones de combustión Producción y transformación de metales Industrias minerales 3.1 cemento 3.3 vidrio 3.5 cerámico Industria química Gestión de residuos 6 Pasta y papel 7 Fibras textiles 8 Curtidos 9 Industria agroalimentaria 10 Consumo de disolventes orgánicos 11 Industria del carbono
DIRECTIVA 96/61/CE IPPC PLAZOS Fecha de entrada en vigor 31-10-96 Fecha de aplicación 31-10-99 Aplicación de la Directiva a las instalaciones industriales: Nuevas 31.10.1999 LEY ESPAÑOLA 3-7-02 Existentes 31.10.2007
ASPECTOS ADMINISTRATIVOS LEY IPPC Autorización Ambiental Integrada La otorgan las CC.AA. Previa solicitud de cada industria afectada. Todas las instalaciones afectadas necesitan disponer de AAI, para su funcionamiento. Nuevas o con modificación sustancial Instalaciones 3-7-02 Existentes 1-11-07
ASPECTOS ADMINISTRATIVOS LEY IPPC Disposición derogatoria y final SE DEROGAN LAS AUTORIZACIONES EXISTENTES: Autorización de producción y gestión de residuos. Autorización incineración residuos municipales. Autorización incineración residuos peligrosos. Autorización vertidos a aguas de c. Intracomunitarias Autorización vertidos dominio público marítimo terrestre Autorización e informes vinculantes cont. Atmosférica. SE INCLUYE: La autorización de vertidos a cuencas intercomunitarias se incluirá en la AAI. (Principio de integración de Cuenca fluvial recogido en la Directiva Marco de Agua)
LEY 16/2002 IPPC Modificación sustancial Hay que tener en cuenta la incidencia de la modificación en los siguientes aspectos: Tamaño y producción de la instalación Recursos naturales utilizados Consumo energético Volumen y tipología de los residuos generados Calidad y capacidad regenerativa de los recursos naturales de las áreas geográficas que puedan verse afectadas Grado de contaminación producido Riesgo de accidente
ASPECTOS ADMINISTRATIVOS LEY IPPC Modificación Acuerdos alcanzados en reunión de CC.AA. 19-9-02 Modificación no sustancial, aceptación por la C.A. En el plazo de 1 mes. Criterios concretos para determinar modificación sustancial. Se solicita por parte de las CC.AA. Desarrollarlo en el Reglamento
actualizado Sin revisar INSTALACIONES IPPC IDENTIFICADAS EN ESPAÑA, 6.174 (Documento provisional septiembre 2002) 854 76 120 139 245 58 600 188 324 185 59 629 223 370 203 CANARIAS 1848 52 Ceuta y Melilla 1
LEY DE PREVENCIÓN Y CONTROL INTEGRADOS DE LA CONTAMINACIÓN Valores límite de emisión Condiciones que hay que tener en cuenta en la determinación de los VLEs en la Autorización Ambiental Integrada Información sobre MTDs y guías, suministrada por MIMAM. Características técnicas de la instalación, implantación geográfica y condiciones locales del M.A. Naturaleza de las emisiones y su potencial traslado de medio. Planes nacionales para cumplimiento de compromisos internacionales. Incidencia de las emisiones en la salud de la población Los valores límite de emisión existentes en la normativa en vigor en esa fecha.
LEY 16/2002 IPPC OBLIGACIONES DEL TITULAR DE LA INSTALACIÓN Medidas de prevención de la contaminación y, en particular, mediante la aplicación de las mejores técnicas disponibles. Evitar la producción de residuos, y si esto no fuera posible, gestionarlos adecuadamente mediante la aplicación de procedimientos de reutilización, valorización o su eliminación. Utilizar la energía, las materias primas y otros recursos de manera eficiente. Tomar las medidas necesarias para prevenir los accidentes graves y limitar sus consecuencias. Establecer las medidas necesarias cuando cese la explotación Las Administraciones públicas velarán para que las actividades cumplan La autoridad competente lo tendrá en cuenta en la autorización
DOCUMENTACIÓN Proyecto LEY 16/2002 IPPC Contenido de la solicitud Descripción y alcance de actividad Documentación Licencia Municipal Si es modificación sustancial (que parte/s) Estado del lugar de ubicación Materias primas, sustancias y energía Fuentes de emisión. Tipo y cantidades Tecnologías previstas para evitar o reducir emisiones Medidas prevención y gestión de residuos Sistemas control de emisiones y vertidos empleados y generados Otras medidas para cumplir objetivos (art. 4) Alternativas al proyecto (si hubiere). Informe Ayuntamiento de compatibilidad urbanística Documentación autorización vertidos MEMORIA RESUMEN. Para el profano. Las CC.AA. Dispondrán lo necesario para posibilitar la inclusión Estudio de impacto ambiental Riego de accidentes graves otras actuaciones previstas en normativa autonómica
LEY DE PREVENCIÓN Y CONTROL INTEGRADOS DE LA CONTAMINACIÓN Contenido de la autorización ambiental integrada a b c d e f Valores límite de emisión de contaminantes, parámetros o medidas técnicas equivalentes. Prescripciones para protección del suelo y aguas subterráneas Procedimientos y métodos de gestión de residuos Prescripciones para minimización de contaminación transfronteriza si necesario. Medidas para condiciones de explotación distintas a normalidad.(cese). Otras medidas que se establezcan reglamentariamente. Condiciones mas rigurosas para cumplimiento de niveles de calidad. Para actividades 9.3 del Anejo I, se tendrán en cuenta las consideraciones prácticas específicas de estas actividades y se determinará reglamentariamente el contenido de la solicitud. Si las CC.AA. Lo estiman (art. 10.5) Declaración de impacto ambiental Condiciones preventivas y de control para accidentes graves
LEY 16/2002 IPPC CONTROL E INSPECCIÓN (art. 30) Las CC.AA. Son competentes para adoptar las medidas de inspección y control que garanticen el cumplimiento de la Ley (excepto vertidos intercomunitarios). Los resultados de las actuaciones de control e inspección serán públicas.
LEY DE PREVENCIÓN Y CONTROL INTEGRADOS DE LA CONTAMINACIÓN SANCIONES Muy Grave: multa desde 200.001 a 2.000.000 euro No contar con la autorización ambiental integrada o su revisión periódica; el incumplimiento de las condiciones impuestas en la autorización ambiental integrada, siempre que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente, la seguridad y salud de las personas. Grave: multa desde 20.001 a 200.000 euro No contar con la autorización ambiental integrada o su revisión periódica; el incumplimiento de las condiciones impuestas en la autorización ambiental integrada Impedir, retrasar u obstruir las labores de inspección y control. Leve: multa de hasta 20.000 euro Incumplir cualesquiera otras de las prescripciones
MIMAM/ ocupación DPMT CC.AA./ uso SERVIDUMBRE AYUNTAMIENTO/ inf. Urbanístico SOLICITUD AUT.AMB. INTEGRADA 10 días sub. errores ORGANO DESIGNADO CC.AA. Producción y gestión RESIDUOS Vertidos AGUAS CONT. INTRA Vertidos TIERRA/MAR Contaminación ATMOSFERICA Riesgos ACCIDENTES GRAVES EIA SOLICITUD AUT. VERTIDO EVALUACIÓN PRELIMINAR ALEGACIONES CC. HH. INF. PÚBLICA 20 días 30 días INFORMES CONDICIONES: OTROS ORGANOS Ayuntamiento Informe vinculante (6 meses) AUDIENCIA AL TITULAR MINER / CCAA MIMAM AYUNT vinculante RESOLUCIÓN AUTORIZACIÓN AMBIENTAL Publicidad (boletín autonómico) PROPUESTA RESOL + DIA + CONDICIONES + INFORMES ORGANO DESIGNADO CCAA MIMAM CCAA AUTORIZ. Y CONC. Plazo total 10 meses Silencio negativo
LEY 16/2002 IPPC Intercambio de Información La Administración del Estado suministrará a las Comunidades Autónomas. la información sobre las las mejores técnicas disponibles, y, en su caso, elaborará guías acerca de las mismas. Cada Comunidad Autónoma: deberá disponer de información: 1) Las principales emisiones y los focos responsables. 2) Los valores límite de emisión autorizados, las mejores técnicas disponibles en que se hayan basado dichos valores, y condiciones de las autorizaciones ambientales integradas concedidas. deberán comunicar a la A. del Estado la información anterior para su transmisión a la Comisión de la Unión Europea. (plazo 3 meses desde entrada vigor de la ley). Se articulará mediante una Orden Ministerial y el sistema EPER-España.
Industria Proporciona los datos Tiene acceso a guías tecnológicas Puede incluir sus memorias ambientales Autoridades Ambientales Verifican y validan los datos de las industrias Utilizan la base de datos EPER para su gestión Pueden alimentar el EPER con sus bases de datos Ministerio de Medio Ambiente Recibe los datos comprueba y envía a EPER-Europa Hace públicos los datos Público EPER-ESPAÑA www.eper-es.com Acceso a datos: globales España, por efectos (Gases efecto invernadero, agotadores ozono, eutrofización..), por CC.AA., por provincia, por Municipio, por instalación.
LEY 16/2002 IPPC REPERCUSIONES EN LAS EMPRESAS Estar al corriente de las MTDs de su sector. Simplificación administrativa. Autorización Ambiental Integrada. Solicitud de permiso o autorización. Inventario de sus emisiones particulares y traslado a la autoridad ambiental. Información al público