REGLAMENTO DE LA LEY DE RECONOCIMIENTO Y PROTECCIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS DEL TERRORISMO

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Transcripción:

REGLAMENTO DE LA LEY DE RECONOCIMIENTO Y PROTECCIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS DEL TERRORISMO

PRECEDENTES Liderazgo español. España lidera a nivel europeo y mundial un sistema de atención integral a víctimas de atentados terroristas. Marco legal. Con la aprobación del Reglamento que desarrolla la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo, se completa el marco normativo general en la materia. Ley y Reglamento forman un único cuerpo jurídico para la protección de las víctimas (resarcimientos por daños personales, indemnizaciones derivadas de la responsabilidad civil que asume excepcionalmente, ex-lege, por solidaridad el Estado, gastos por daños materiales, ayudas médicas, psicológicas y educativas, sociales, laborales, vivienda, y condecoraciones y distinciones honoríficas). Finalidad: se supera la perspectiva de mero resarcimiento económico para abordar el tratamiento integral de la víctima(social, política y moral) Principios inspiradores. Memoria, dignidad, justicia, verdad. Tramitación. El texto se elevó a Audiencia Pública el 7 de noviembre de 2012. Formularon alegaciones las siguientes asociaciones: Asociación Víctimas del Terrorismo, Asociación Gallega de Víctimas del Terrorismo, Asociación Canaria de Victimas del Terrorismo, Asociación Víctimas del Terrorismo de la Comunidad Valenciana, Asociación Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado Víctimas del Terrorismo y 10 víctimas a título individual. 1

TRATAMIENTO INTEGRAL ÁMBITO TEMPORAL El Reglamento contempla 3 situaciones: a) (régimen transitorio). Permite solicitar en el plazo de un año la diferencia entre las indemnizaciones inicialmente cobradas por atentados cometidos desde el 1 de enerode1960ylacantidadestablecidapor laley. b) (régimen retroactivo). Permite solicitar en el plazo de un año indemnizaciones a quienes nunca fueron reparados, ya sea por daños personales, ya se trate de resarcimientos por daños materiales u otro tipo de ayudas (educativas, tratamientos médicos, asistencia psicopedagógica o extraordinarias), no reguladas en la fecha del atentado.(especialmente destaca el caso de los amenazados) c) (régimen de futuro). Permite solicitar ayudas en el plazo de un año a aquellos que pudieran sufrir una acción terrorista cuando ésta hubiese tenido lugar tras la aprobación del reglamento. 2

TRATAMIENTO INTEGRAL INCREMENTO DE AYUDAS POR DAÑOS MATERIALES Para cubrir los daños sufridos en la estructura, instalaciones y mobiliario de la vivienda habitual afectada por un atentado terrorista. La ayuda se incrementa hasta los 113.680 (antes era de 90.000 ). Para cubrir los gastos derivados del alojamiento provisional de las personas que tengan que abandonar temporalmente su vivienda por atentado terrorista. La ayuda se incrementa a 90 por persona y día para el alojamiento en establecimiento hotelero y se mantiene en 1.500 mensuales para el alquiler de vivienda. Para daños en sedes de partidos políticos, sindicatos y organizaciones sociales por acto terrorista. Se incrementa hasta 113.680 (antes era de 90.000 ). Para daños sufridos en vehículos por atentado terrorista. La indemnización asciende hasta los 30.500 (antes era de 21.035 ). 3

TRATAMIENTO INTEGRAL ATENCIÓN INTEGRAL El Reglamento, además de en aspectos indemnizatorios, pone el acento en el desarrollo de otros: Todas las ayudas que se desarrollan a continuación son gestionadas por el Ministerio del Interior con la finalidad de facilitar su gestión a los beneficiarios de las mismas( ventanilla única ) Tratamiento psicológico. Se eleva de 3.000 a 3.600 euros el tope para cubrir el tratamiento psicológico para las víctimas y amenazados y sus familias o personas con quienes convivan. Ayudas educativas. Las ayudas oscilarán entre 300 y 1.500 euros, en función del nivel de estudios. Apoyo psicopedagógico. Recibirán ayuda las víctimas o hijos de las víctimas que sean alumnos de educación infantil, primaria y secundaria obligatoria que precisen de medidas específicas de apoyo educativo. 4

TRATAMIENTO INTEGRAL Tratamientos médicos. Se abonará a la víctima los gastos por tratamientos médicos, prótesis e intervenciones quirúrgicas que no estén cubiertos por el sistema público o un seguro privado. Vivienda pública. Las víctimas tendrán consideración preferente en la adjudicación de viviendas de protección pública a precio tasado o para arrendamiento. (Contemplado en el Plan de Vivienda 2013-2016) Reinserción laboral. Además, de ser destinatarios preferentes de políticas activas de empleo, como colectivo objeto de especial protección, el reglamento prevé que se promuevan convenios con empresas para facilitar la contratación de víctimas del terrorismo. Este reconocimiento de derechos laborales se extiende a quienes tengan la condición de amenazados. 15

TRATAMIENTO INTEGRAL NUEVO SUPUESTO: AMENAZADOS Por primera vez, en desarrollo de la nueva redacción del artículo 5 de la Ley 29/2011, los amenazados por organizaciones terroristas tendrán derecho a recibir ayudas extraordinarias de la Administración del Estado: Estas ayudas podrán ser: Para facilitar traslado de localidad. Por abandono de vivienda. Gastos de escolarización. Tratamientos psicológicos. Para reinserción laboral. Otras que guarden relación con dicha situación. La aplicación retroactiva de estas ayudas podrá ser solicitada por aquellos que acrediten la condición de amenazados desde el 1 enero de 1960. 6

ASÍ QUEDA EL MARCO NORMATIVO (I) (LEY DE RECONOCIMIENTO Y PROTECCIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS DEL TERRORISMO Y ESTE REGLAMENTO QUE LA DESARROLLA) Indemnizaciones por daños personales (fallecimientos, daños físicos, y psíquicos y secuestro). Abono extraordinario por el Estado de las cantidades fijadas en sentencias penales por responsabilidad civil derivada del delito de terrorismo cuando el terrorista es insolvente. Abono de daños materiales y costes alojamiento provisional. Gastos de sepelio e inhumación. Indemnizaciones a víctimas españolas de atentados terroristas ocurridos en el extranjero, en cualquier país, por cualquier organización terrorista, aunque no haya intereses españoles afectados. Ayudas para tratamientos médicos, prótesis e intervenciones quirúrgicas. Tratamiento psicológico. Apoyo psicopedagógico. 7

ASÍ QUEDA EL MARCO NORMATIVO (II) (LEY DE RECONOCIMIENTO Y PROTECCIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS DEL TERRORISMOY EL REGLAMENTO APROBADO QUE LA DESARROLLA) Ayudas educativas. Ayudas en materia de vivienda. Se abre el plazo de cinco años para solicitar condecoraciones establecidas. Becasyayudasalestudio. 8

NÚMERO DE VÍCTIMAS indemnizadas a 31 de agosto de 2013 40% 14% 45% 1% Coste total de indemnizaciones ya abonadas por el Ministerio del Interior Aprox. 790.000.000 euros 9

2013 MINISTERIO DEL INTERIOR GOBIERNO DE ESPAÑA