Emisión de opinión art. 32-D reglas I y II Procedimiento actual y vía SAC. junio de 2008

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Transcripción:

Emisión de opinión art. 32-D reglas I.2.1.16 y II.2.1.7 Procedimiento actual y vía SAC junio de 2008

Art. 32-D vía SAC Objetivo Situación actual 32D Procedimiento 32D vía SaC Ejemplo de aplicación en S.I.

Conocer los beneficios del procedimiento vía SAC, para emitir la opinión del cumplimiento de obligaciones a que refiere el artículo 32-D del CFF. Objetivo

32 D Procedimiento actual, Áreas de Oportunidad Tiempo 45 días para atención. Entrega de remesas desfasadas. En algunos casos de 6 meses a 1 año. Personal Se destina personal sólo para la recepción de solicitudes. El 45% de las solicitudes recibidas en la ALSC, se envían por traslado a otra ALSC.

Emisión de opinión art. 32-D Solución Integral junio de 2008

Recepción de solicitudes de opinión Procedimiento SAC Automatizar el procedimiento para la recepción y emisión de la opinión del cumplimiento de obligaciones de conformidad con el artículo 32-D Solución Integral, apertura de un caso, Solicitud de Opinión. Vía Internet. Contribuyente: Ingresa a la página Web del SAT y realiza una solicitud de servicio. 32-D solicitud de opinión Requiere contar con clave CIEC (Clave de Identificación Electrónica Confidencial) Cumplir con los requisitos de la regla miscelánea I.2.1.16 ó II.2.1.7

Dictamen de solicitudes de opinión Procedimiento SAC ALSC: Recibe vía S.I. la solicitud, verifica los requisitos de la RMF reglas I.2.1.16 ó II.2.1.7 Dictamina el cumplimiento de obligaciones en materia de RFC, C.O., Créditos firmes. Solicita vía Solución Integral, información adicional al contribuyente, por omisiones detectadas. Página de Internet del SAT opción Mi Portal

Aclaración y Emisión de opinión Procedimiento SAC Contribuyente: Una vez notificado: 1. Aclara situación fiscal 2. Cubre sus adeudos fiscales 3. No aclara y/o no paga ALSC Recibe aclaraciones vía S.I. Emite opinión según corresponda. Todas las respuestas a las solicitudes se publican en la página Web del SAT. El contribuyente ingresa con el número de folio de la solicitud y consulta la respuesta.

Procedimiento 32 D, Vía SAC, Características Tiempo Recepción en línea de solicitudes de opinión, vía web. Se omite el traslado de solicitudes por la ALSC, en el sistema se asigna al grupo de atención u operación, así como a la ALSC competente. Reducción en la resolución, a 20 días de plazo Seguridad. Al solicitar el servicio. El contribuyente se autentica con la clave CIEC, la información emitida sólo le llega a él (Seguridad en la entrega de la opinión). El RFC y datos del contribuyente se ubican en la base de datos de IdC, se omiten capturas innecesarias. El sentido de la opinión se da a conocer al contribuyente vía web página del SAT. La solicitud de información adicional y el derecho de audiencia se da a conocer vía Solución Integral. El programa genera ahorro de papel.

MODIFICACIONES Solicitud de opinión vía Internet (Solución Integral) Regla I.2.1.16, II.2.1.7, Vía SAC, modificaciones Requisitos de la solicitud disminuyen a 5. Plazo para emitir opinión se reduce a 20 días. La notificación de inconsistencias (Solicitud de información adicional) se realiza por Internet, página del SAT. Se emite opinión a la fecha actual (de solicitud), acepta aclaración y pagos durante el periodo del requerimiento.

Regla I.2.1.16, II.2.1.7, Vía SAC, modificaciones En la manifestación bajo protesta a) Ha cumplido con sus obligaciones en materia de inscripción y avisos al RFC, a que se refieren el CFF y su Reglamento, la situación actual del registro es activo y localizado. b) Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de la declaración anual del ISR por el último ejercicio fiscal que se encuentre obligado. c) Que no tiene créditos fiscales determinados firmes a su cargo por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IMPAC, IETU, IDE, impuestos generales de importación y de exportación (impuestos al comercio exterior) y sus accesorios. Así como créditos fiscales determinados firmes, relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias y comprobantes fiscales.

Regla I.2.1.16, II.2.1.7, Vía SAC, modificaciones En el dictamen III. En caso de detectar el incumplimiento de obligaciones fiscales, la ALSC mediante comunicado a través de la página del SAT notificará al contribuyente las omisiones detectadas y éste contará con 10 días para manifestar ante dicha ALSC lo que a su derecho convenga. La autoridad fiscal procederá a emitir la opinión correspondiente, conforme a lo siguiente: a) Si el contribuyente dentro del plazo señalado en el párrafo anterior, comprueba el pago de los créditos, el cumplimiento de sus obligaciones o realiza la aclaración respectiva ante la Administración que le haya notificado las omisiones, una vez validado el cumplimiento, la autoridad fiscal podrá emitir opinión en sentido favorable dentro del plazo de 20 días indicado en la fracción II de la presente regla.

Revisión de obligaciones Art. 32-D ejemplo de aplicación en S.I. junio de 2008

INGRESAR CLAVE CIEC CON660120FR5 *********

CON660120FR5 CONSTRUCCIONES SA DE CV

CON660120FR5 CONSTRUCCIONES SA DE CV Ustedes deberán especificar en este apartado: 1. SOLICITUD: Aplicar al Estímulo Fiscal EFICINE 2. DEPENCIA: SHCP 3. DIRECCIÓN: Av. Hidalgo No. 77, Modulo IV piso 4 4. Representante legal: Nombre del Representante legal. SOLICITUD 32D

CON660120FR5 CONSTRUCCIONES SA DE CV

CON660120FR5 CONSTRUCCIONES SA DE CV

Revisión de obligaciones Art. 32-D fin de la presentación