HUESPEDES DE HOTELES Requisitos generales para acceder a cada uno de los productos. REQUISITOS PARA COTIZAR Razón social del tomador Amparos solicitados Valores asegurados Comisión y retorno Cláusulas especiales Siniestralidad del negocio en vigencias anteriores Últimas tres (3) vigencias: Número de Eventos por Vigencia Valores Pagados por Vigencia (incluir pendientes de pago) Causa de los Siniestros REQUISITOS PARA SUSCRIBIR Formato de Sarlaft debidamente diligenciado y firmado por el tomador. Cámara de Comercio del Tomador Fotocopia del documento de identidad del representante legal del tomador Carta o Correo electrónico de aceptación de la oferta de seguro (Tomador / Corredor) Plazos y términos Vigencia de la póliza: Esta póliza estará en vigor por el termino de un año contado a partir de la fecha de iniciación de vigencia indicada en la caratula del certificado individual del seguro, previo pago de la prima. Prorroga: Previa solicitud por escrito del Tomador, este a su vez adquiere las obligaciones normales del contrato de seguro inicial, igual que si se hubiera renovado la póliza. Renovación: La presente póliza es renovable a voluntad de las partes. Revocación de la póliza: La revocación del contrato está sujeta a los términos del artículo 1071 del Código de Comercio donde estipula que el contrato de seguro podrá ser revocado unilateralmente por los contratantes. Por el asegurador, mediante noticia escrita al asegurado, enviada a su última dirección conocida, con no menos de diez días de antelación, contados a partir de la fecha de envío; por el asegurado, en cualquier momento, mediante aviso escrito al asegurador. Términos para el ejercicio del Derecho: En caso de siniestro, el Tomador deberá dar aviso a LIBERTY dentro de los diez (10) días comunes siguientes a aquel en que haya conocido o debido conocer su
ocurrencia. La prescripción de las acciones derivadas de la presente Póliza se regirá de conformidad con los términos consagrados en el artículo 1081 del Código de Comercio. Se recomienda que el aviso del siniestro se realice en el menor tiempo posible, de esta forma el asegurado no se expone a que se cumplan los tiempos limites para el derecho de la indemnización Términos de Respuesta a Solicitudes de Productos y Servicios: De acuerdo a los términos consagrados en el artículo 1046 del Código de Comercio se estipula que: El documento por medio del cual se perfecciona y prueba el contrato de seguro se denomina póliza y esta debe ser entregado al Tomador dentro de los quince días siguientes a la fecha de expedición. Procedimientos para la celebración y terminación de los contratos. CELEBRACIÓN DEL CONTRATO 1. El cliente, solicita la cotización del seguro a través de los medios habilitados por la compañía 1. El cliente evalúa las condiciones ofrecidas 2. En caso de aceptar las condiciones, anexa los documentos especificados en REQUISITOS PARA SUSCRIBIR NOTA: Es importante que al recibir la póliza de seguro, revisar de forma detallada, ya que este documento contiene las características del tipo de póliza contratada. TERMINACIÓN DEL CONTRATO El seguro de cualquiera de las personas amparadas por la presente póliza, termina en forma automática por las siguientes causas: Por falta de pago de la prima, vencido el período de gracia (30 DÍAS). Cuando el tomador revoque la póliza por escrito. Coberturas básicas con exclusiones AMPAROS BASICOS: A) MUERTE Y DESMEMBRACION: Si a consecuencia directa y exclusiva de un accidente cubierto por la presente Póliza el asegurado fallece, Liberty Seguros
S.A. pagará al beneficiario o beneficiarios una indemnización igual a la suma asegurada contratada en el amparo de muerte accidental, siempre que dicho fallecimiento ocurra con ocasión del accidente y dentro de los ciento ochenta (180) días calendario siguientes a la fecha del mismo. B) INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE POR ACCIDENTE C) GASTOS MEDICOS QUIRURGICOS A CONSECUENCIA DE ACCIDENTES. D) TRASLADO DE CADAVERES: La Compañía pagará los gastos a que hubiere lugar por el traslado de los cadáveres de los huéspedes del tomador, fallecidos como consecuencia de un accidente amparado por la póliza a que accede el presente, hasta el lugar de procedencia del huésped, de acuerdo con los registros del Tomador. E) PERDIDA O DAÑO DEL EQUIPAJE: La Compañía pagará, hasta el monto de la suma antes estipulada, las pérdidas o daños que sufran los Equipajes de propiedad de los Huéspedes, siempre que ocurran dentro de los predios del Tomador, salvo que la Compañía demuestre que tales pérdidas o daños fueron ocasionados por un empleado, como autor principal o cómplice. F )AUXILIO FUNERARIO EXCLUSIONES AL BASICO: No aplican las Enfermedades manifestadas y/o diagnosticada con anterioridad al inicio de vigencia de cada Asegurado. No quedan cubiertos por la presente póliza los objetos dejados dentro de los vehículos y sus accesorios, así se encuentren estos dentro de los parqueaderos de propiedad del hotel, salvo que los vehículos sean propiedad del hotel o estén contratados para su servicio. La hernias eventraciones, oclusiones intestinales, rotura de aneurismas, infecciones ocasionadas por picaduras de insectos (malaria, tifo exantemático, fiebre amarilla), y en general toda enfermedad mental, corporal o cualquier dolencia, taras o infección bacterial distinta a las encontradas por alguna lesión amparadas por esta póliza la muerte o las lesiones que sean consecuencia de sincopes, atasques de epilepsia y apoplejía. El suicidio o la tentativa de este, el homicidio o las lesiones personales causadas dolorosamente por otra persona. Las lesiones o la muerte que hayan sido consecuencia de intervención quirúrgica o tratamiento no motivado por accidente, los accidentes que sean consecuencia directa de hallarse el asegurado bajo el efecto de drogas toxicas, alucinógenas o estimulantes, salvo que exista prescripción médica para su consumo. La presente póliza no ampara la pérdida o deterioro del dinero, objetos, u obras de arte, escrituras, títulos valores, títulos que acrediten propiedad, estampillas,
Nota: medallas, monedas libros de contabilidad, armas e cualquier clase, pedrería sin mintar, joyas, manuscritos de cualquier clase, a si ellos se encuentren en caja fuerte, en cajilla de seguridad o en poder de la administración y en general cualquier clase de documento. Este seguro no cubre muerte, perdida o daño alguno que bien en su origen o extensión, directa o indirectamente provenga o se relacione con cualquiera de las situaciones siguientes: operaciones de guerra; lesión o muerte que sea consecuencia de cualquier fenómeno de la naturaleza, los accidentes provocados por infracciones a las leyes, decretos o reglamentos relativos a la seguridad de las personas, los accidentes que ocurran cuando el asegurado participe en competencias de velocidad. La descripción aquí realizada no reemplaza ni complementa las exclusiones definidas en el condicionado general de la póliza El alcance de cada una de estas cobertura y sus exclusiones por amparo deben ser consultados en el condicionado 09/04/2010 1333 P 27 VPH - 02 Valor que será tenido en cuenta en la indemnización Cargos adicionales por beneficios Procedimiento en caso de Siniestro Se debe tener en cuenta que lo anterior puede variar por vía de condiciones particulares La totalidad de las indemnizaciones que hubiere de pagar la compañía, por el fallecimiento o lesiones que sufran los asegurados en un mismo accidente, no excederán el Límite Agregado de Responsabilidad, que es de $400.000.000. En este caso, la compañía pagara a cada asegurado o a sus beneficiarios, la suma que proporcionalmente le corresponda con relación a este límite. No aplica Según sea el amparo, se requiere para efectos de formalizar un reclamo, lo siguiente: En caso de muerte: copia del registro civil de nacimiento o partida eclesiástica de nacimiento del asegurado según el caso, copia del registro civil de defunción del asegurado, copia de la necropsia, certificado médico de defunción e historia clínica del asegurado si fue atendido en algún centron hospitalario y comprobantes de gastos de traslado del cadáver si a ellos hubo lugar. Por desmembración, gastos médicos o quirúrgicos: Copia de la historia clínica, certificado del médico que atendió y facturas de honorarios médicos y hospitalarios. NOTA: LIBERTY se reserva el derecho de hacer examinar médicamente al asegurado cuando lo crea necesario y cuantas veces lo estime conveniente mientras esté pendiente el pago de la indemnización. Perdidas o daños del equipaje: Los comprobantes que acrediten la ocurrencia y la cuantía de la pérdida y siempre que esta prevenga de la comisión del delito de
hurto, se acompañara copia del denuncio penal que en estos casos se debe formular. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de la Compañía para exigir cualquier otra prueba apoyado en lo estipulado en el Artículo 1077 del Código de Comercio donde hace responsable al Asegurado de demostrar la ocurrencia del siniestro. Limite de edades Mínimo: 18 años huésped principal Su grupo sin limitación de edad. BIENVENIDO A LIBERTY SEGUROS S.A Desde ahora usted forma parte del selecto grupo que ha elegido vivir protegido Nuestra responsabilidad es ofrecerle en cada una de las etapas de la vida, las fórmulas adecuadas de protección acordes con las necesidades de nuestros asegurados. Por esta razón cuente desde ya con nosotros. EN ESTE SLIP ENCONTRARÁ INFORMACIÓN QUE LE SERÁ DE GRAN UTILIDAD A LA HORA DE REQUERIR USAR SU SEGURO: DESCRIPCIÓN GENERAL CONDICIONES DE FUNCIONAMIENTO RESTRICCIONES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Adicionalmente se entrega: CONTRATO DE SEGURO: Certificado de la póliza que ha adquirido. CLAUSULADO: Condiciones Generales del contrato de Seguros. En este describe los derechos y obligaciones del seguro contratado. DESCRIPCIÓN GENERAL Presentar una alternativa de protección para huéspedes de hotel. Este producto está enfocado a cubrir necesidades sensibles del cliente por accidente común. Ofrecer beneficios para el afiliado que pueda utilizar en vida y beneficios que brinden calidad de vida de sus beneficiarios Amplia cobertura para huésped principal y su grupo familiar. CONDICIONES DE FUNCIONAMIE NTO RESTRICCIONES PARA LA PRESTACIÓN Opera por reembolso Ajuntar la documentación requerida en caso de Siniestro. Evento no amparado ( Según exclusiones por amparo consignadas en las condiciones generales del producto)
DEL SERVICIO Enfermedad diagnosticada o Accidente preexistente al ingreso de la póliza. Póliza no Vigente.