HOJA DE CONTROL DE CAMBIOS EN LA NORMATIVA INTERNA DE EP PETROECUADOR

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HOJA DE CONTROL DE CAMBIOS EN LA NORMATIVA INTERNA DE EP PETROECUADOR TIPO DE DOCUMENTO: MACROPROCESO (SI APLICA): PROCESO (SI APLICA): IDENTIFICACIÓN DEL DOCUMENTO Documento de Referencia: H02.01.01.01-DR-01 CONTRATO DE COMODATO O PRESTAMO DE USO DE VIVIENDA EN LAS URBANIZACIONES DE LA GERENCIA DE REFINACIÓN DE LA EMPRESA ADMINISTRACIÓN MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE INSTALACIONES, EQUIPOS Y VEHÍCULOS No. REVISIÓN (VERSIÓN) FECHA: No. PÁGINAS REVISADAS: 01 16-11-2011 Todas 02 19-08-2013 Todas HISTORIAL DE CAMBIOS REALIZADOS EN EL DOCUMENTO REFERENCIA SOBRE CAMBIOS REALIZADOS: EMISIÓN DEL DOCUMENTO DE REFERENCIA: CONTRATO DE COMODATO O PRESTAMO DE USO DE VIVIENDA EN LAS URBANIZACIONES DE LA GERENCIA DE REFINACIÓN DE LA EMPRESA REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL DOCUMENTO DE REFERENCIA: CONTRATO DE COMODATO O PRESTAMO DE USO DE VIVIENDA EN LAS URBANIZACIONES DE LA GERENCIA DE REFINACIÓN DE LA EMPRESA No. RESOLUCIÓN: 2011313 2013180 PÁGINA 1 DE 1 FORMATO: G01.03.04.02-FO-10 (v01)

Comparecen a la celebración del presente contrato de COMODATO, por una parte, el Ing. xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, Representante Legal de la EMPRESA PUBLICA DE HIDROCARBUROS DEL ECUADOR EP PETROECUADOR, a quien en adelante para fines del presente contrato se le denomina COMODANTE; y, por otra el Sr. xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, quien se le denominará COMODATARIO quien gratuitamente acuerdan celebrar el presente convenio de préstamo de uso de vivienda contenido en las siguientes cláusulas. PRIMERA: ANTECEDENTES.- La EMPRESA PUBLICA DE HIDROCARBUROS DEL ECUADOR EP PETROECUADOR - Gerencia de Refinación, es legítima propietaria de un inmueble ubicado en la vía xxxxxxxxxxxxxxxxxx, perteneciente a la parroquia xxxxxxxxxx, cantón xxxxxxxxxxxxx, provincia de xxxxxxxxxxx; predio sobre el cual, se encuentra asentada la Urbanización de EP PETROECUADOR, destinada para la vivienda de los trabajadores de la Refinería xxxxxxxxxxxxx y sus familias. De otra parte, el COMODATARIO, esto es, él señor xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, es trabajador permanente de EP PETROECUADOR REFINERIA xxxxxxxxxxxx, quien cumple con todos los requisitos exigidos en el PROCEDIMIENTO DE ASIGNACIÓN DE VIVIENDAS DE LAS URBANIZACIONES DE LA GERENCIA DE REFINACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y OBREROS DE LAS REFINERÍAS DE LA LIBERTAD Y ESMERALDAS. SEGUNDA.- OBJETO.- La EMPRESA PUBLICA DE HIDROCARBUROS DEL ECUADOR EP PETROECUADOR, hace la entrega en Comodato o Préstamo de Uso de Vivienda al trabajador señor xxxxxxxxxxxxxx, a título personal, quien a la vez recibe la vivienda No.xxxxxx, ubicada en la Calle xxxxxxx, Barrio xxxxxxxxxx, de la Urbanización de EP PETROECUADOR Refinería xxxxxxxxxxxx. DOCUMENTO IMPRESO NO CONTROLADO TERCERA.- PLAZO DE DURACIÓN.- El presente convenio tiene un plazo de duración de CUATRO (4) AÑOS contados a partir de la fecha de su suscripción; o también, a la terminación de la relación laboral entre el Trabajador y EP PETROECUADOR, además de las que se estipulan en el Procedimiento de Asignación de Viviendas de las Urbanizaciones de la Gerencia de Refinación de los Servidores Públicos y Obreros de las Refinerías de La Libertad y Esmeraldas. Se podrá dar por terminado dicho plazo de forma anticipada si incurriere en alguna de las causales previstas para la desocupación de Vivienda, señaladas en el Procedimiento de Asignación de Viviendas de las Urbanizaciones de la Gerencia de Refinación de los Servidores Públicos y Obreros de las Refinerías de La Libertad y Esmeraldas, y/o en el Procedimiento de Administración de las Urbanizaciones de la Gerencia de Refinación Refinerías La Libertad y Esmeraldas. Al momento de la Entrega - Recepción, el Comodatario entregará la vivienda en las mismas condiciones en las que recibió. [1] H02.01.01.01-DR-01(v02) RESOLUCIÓN 2013180 2013-08-19 1 de 5

CUARTA.- AUTORIZACIÓN PARA DESCUENTO DE HABERES.- El Comodatario, libre y voluntariamente autoriza a EP PETROECUADOR, Gerencia de Refinación, para que mensualmente de su sueldo a través del rol de pagos se le descuente el porcentaje correspondiente de su remuneración mensual unificada de acuerdo a lo establecido en el literal 5.15.3 del Procedimiento de Asignación de Viviendas de las Urbanizaciones de la Gerencia de Refinación de los Servidores Públicos y Obreros de las Refinerías de La Libertad y Esmeraldas, valores que corresponderán para el mantenimiento de áreas comunales, verdes y recreacionales de las urbanizaciones de EP PETROECUADOR - Gerencia de Refinación en las Refinerías de La Libertad y Esmeraldas. Estos descuentos, por ningún concepto constituyen pago por canon de arriendo, ya que, el uso de vivienda es a título gratuito. QUINTA.- CAMBIO O REUBICACION DE VIVIENDA.- Se asignará o reubicará la vivienda dependiendo del número de cargas familiares; si por cualquier circunstancia se disminuye el número de cargas familiares, la Comisión de Vivienda reubicará al trabajador en otra vivienda proporcional a la necesidad, siempre y cuando exista la disponibilidad y previo informe del Departamento de Bienestar Social de Refinería xxxxxxxxxx. SEXTA.- INVENTARIO DE BIENES.- Como documento habilitante y previo a la firma de este contrato se elaborará un inventario detallado de los objetos, muebles y equipos de propiedad de EP PETROECUADOR, así como también el estado en que se recibe, Formulario No. H02.01.01.01-FO-04 del Procedimiento de Asignación de Viviendas de las Urbanizaciones de la Gerencia de Refinación de los Trabajadores de La Libertad y Esmeraldas. DOCUMENTO IMPRESO NO CONTROLADO Al momento de la desocupación, el Comodatario entregará la vivienda conforme al Acta de Entrega - Recepción suscrita al recibir la vivienda. SEPTIMA.- PAGO DE SERVICIOS BASICOS.- El Comodatario se obliga al pago del servicio telefónico, energía eléctrica y agua potable de la casa asignada, debiendo entregar las facturas pagadas de forma trimestral al Administrador de la Urbanización o su similar. Se aclara que tanto el medidor de luz, línea telefónica y agua potable se encuentran asignados por las empresas suministradoras a favor de EP PETROECUADOR. En el caso de incumplimiento y no pago del costo de servicios básicos, el comodatario libre y voluntariamente autoriza a la EP PETROECUADOR, el descuento en su RMU (Remuneración Mensual Unificada) a través del rol de pagos, hasta la total satisfacción de la obligación. [2] H02.01.01.01-DR-01(v02) RESOLUCIÓN 2013180 2013-08-19 2 de 5

OCTAVA.- DEL BUEN USO Y CUIDADO DE VIVIENDA Y EQUIPOS.- El Comodatario está obligado a mantener la vivienda y los enseres entregados para su uso y responderá pecuniariamente por daños y deterioro ocasionados, que no sea por el uso normal, de acuerdo a lo establecido en el Procedimiento de Asignación de Viviendas de las Urbanizaciones de la Gerencia de Refinación de los Servidores Públicos y Obreros de las Refinerías de La Libertad y Esmeraldas y/o Procedimiento de Administración de las Urbanizaciones de la Gerencia de Refinación Refinerías La Libertad y Esmeraldas. NOVENA.- PROHIBICIONES.- El Comodatario no podrá traspasar, ceder, transferir, arrendar, alquilar a terceros la vivienda, tampoco puede ceder a hijos o familiares que laboren o llegaren a laborar en EP PETROECUADOR, puesto que la vivienda asignada no será objeto de sucesión hereditaria. La vivienda será utilizada exclusivamente para residencia, queda prohibido utilizar para otros fines, como tiendas, bares, discotecas, bazares u otras que alteren la paz social de la urbanización, además de las causales previstas en el Procedimiento de Asignación de Viviendas de las Urbanizaciones de la Gerencia de Refinación de los Servidores Públicos y Obreros de las Refinerías de La Libertad y Esmeraldas y/o Procedimiento de Administración de las Urbanizaciones de la Gerencia de Refinación Refinerías La Libertad y Esmeraldas. El Comodatario no puede hacer obras civiles que signifiquen modificaciones que alteren la arquitectura original de la edificación. Tampoco podrá construir chiqueros ni gallineros en las viviendas de propiedad de EP PETROECUADOR Gerencia de Refinación. Las modificaciones o mejoras que no constituyan obra civil, es decir, las que no afecten a la estructura ni a la fachada de las viviendas de propiedad de EP PETROECUADOR, como mejoras de pisos, pintura de paredes, arreglo de mueblería, cambio de sanitarios etc., QUE VOLUNTARIAMENTE DESEE EFECTUAR EL COMODATARIO se lo hará previa solicitud y la correspondiente autorización por escrito de la Comisión de Vivienda; quedando estas mejoras en beneficio exclusivo de EP PETROECUADOR. Por lo que renuncia expresamente el usuario que ha dejado de tener el beneficio, a reclamar emolumento alguno por éste concepto a la Empresa. DECIMA.- AUTORIZACION PARA INSPECCIONES.- La Comisión, visitará las viviendas periódicamente y de manera aleatoria, con el fin de juzgar el estado y mantenimiento de las mismas, en tal virtud el Comodatario autoriza libre y voluntariamente al Comodante para que ingrese a la vivienda, aclarando que esta actividad no constituye allanamiento de domicilio. DECIMA PRIMERA.- SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO Y LA NO ENTREGA OPORTUNA DE LA VIVIENDA.- El Comodatario tendrá un plazo máximo de treinta días para desocupar y entregar la vivienda, de acuerdo al Acta de Entrega-Recepción existente para el efecto, caso contrario se lo hará por la vía legal o con la fuerza pública. [3] H02.01.01.01-DR-01(v02) RESOLUCIÓN 2013180 2013-08-19 3 de 5

Si al entregar la vivienda, hubiera daños causados por el mal uso, las reparaciones serán pagadas por el usuario, mediante el descuesto vía rol o de su liquidación de haberes, del valor señalado en las facturas correspondientes, por el presente instrumento el usuario (trabajador) autoriza expresamente la ejecución de dichos descuentos. DECIMA SEGUNDA.- MANTENIMIENTO.- El Comodatario se responsabiliza a dar el mantenimiento oportuno del inmueble entregado por la empresa, así como también a entregar todos los acabados de la vivienda de acuerdo a lo registrado en el Acta de Entrega Recepción de la Vivienda y lo estipulado en el Procedimiento de Asignación de Viviendas de las Urbanizaciones de la Gerencia de Refinación de los Servidores Públicos y Obreros de las Refinerías de La Libertad y Esmeraldas, Procedimiento de Administración de las Urbanizaciones de la Gerencia de Refinación Refinerías La Libertad y Esmeraldas y Procedimiento: Mantenimiento Preventivo y Correctivo de las Urbanizaciones de la Gerencia de Refinación para las Refinerías de La Libertad y Esmeraldas. DECIMA TERCERA.- CAUSALES PARA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.- Serán causales para la desocupación inmediata del inmueble, las contempladas en el Procedimiento de Asignación de Viviendas de las Urbanizaciones de la Gerencia de Refinación de los Servidores Públicos y Obreros de las Refinerías de La Libertad y Esmeraldas, Procedimiento de Administración de las Urbanizaciones de la Gerencia de Refinación Refinerías La Libertad y Esmeraldas y Procedimiento: Mantenimiento Preventivo y Correctivo de las Urbanizaciones de la Gerencia de Refinación para las Refinerías de La Libertad y Esmeraldas. DECIMA CUARTA.- RENUNCIAMIENTO A RECLAMACIONES POSESORIAS.- El Comodatario, RENUNCIA EXPRESAMENTE a través de este CONTRATO DE COMODATO O PRESTAMO DE USO DE VIVIENDA, a plantear por ningún concepto reclamo alguno alegando derechos posesorios ante cualquier autoridad judicial del país, dado que reconoce que el bien inmueble pertenece a EP PETROECUADOR Gerencia de Refinación y que se beneficiará de él mediante la figura legal prevista en el TITULO XXVIII DEL COMODATO O PRESTAMO DE USO, determinados en el Art. 2077 y siguientes del Código Civil. DÉCIMA QUINTA.- NORMAS A SOMETERSE.- Todo cuanto no esté previsto en éste Contrato, las partes se sujetarán expresamente a las disposiciones contempladas en el Procedimiento de Asignación de Viviendas de las Urbanizaciones de la Gerencia de Refinación de los Servidores Públicos y Obreros de las Refinerías de La Libertad y Esmeraldas, Procedimiento de Administración de las Urbanizaciones de la Gerencia de Refinación Refinerías La Libertad y Esmeraldas y Procedimiento: Mantenimiento Preventivo y Correctivo de las Urbanizaciones de la Gerencia de Refinación para las Refinerías de La Libertad y Esmeraldas, que declaran conocer y a las reformas que se efectuasen en cualquier tiempo; así como, a las disposiciones previstas en el libro IV del [4] H02.01.01.01-DR-01(v02) RESOLUCIÓN 2013180 2013-08-19 4 de 5

Código Civil, TITULO XXVIII del COMODATO O PRESTAMO DE USO, de las Obligaciones en general y de los Contratos, artículo 2077 y siguientes. DECIMA SEXTA.- NOTARIZACIÓN Y GASTOS.- El Comodatario se compromete a elevar a Escritura Pública el presente contrato ante un Notario Público, para que surtan los efectos de ley. Los gastos que demanden la celebración del presente contrato serán de cuenta exclusiva del Comodatario quien se obliga a presentar dos copias de la misma debidamente notariadas. DECIMA SEPTIMA.- RATIFICACIÓN.- Las partes conociendo el alcance y contenido del presente Contrato de Comodato o Préstamo de Uso de Vivienda, declaran su conformidad y se ratifican en el mismo. DECIMA OCTAVA.- FUERO Y DOMICILIO.- Para los efectos de este contrato las partes renuncian fuero y domicilio y se sujetan a los jueces competentes de la ciudad de Quito y al trámite verbal sumario correspondiente. Usted señor Notario se dignará incluir las solemnidades de estilo para el perfeccionamiento de este Contrato. Para constancia y fe de su conformidad las partes suscriben en cuatro ejemplares del mismo tenor y contenido en la ciudad de xxxxxxxxxx, a xx, de xxxxxxxxx del 2013... GERENTE GENERAL EP PETROECUADOR. COMODATARIO ROL No. XXXX REF. MEDIDOR 14149 MEDIDOR 19160603 Anexos: Formulario No. H02.01.01.01- PR-07 Solicitud de Aspirantes para utilizar una Vivienda de la Gerencia de Refinación Formulario No. H02.01.01.01-FO-03 Informe de Bienestar Social Formulario No. H02.01.01.01-FO-04 Acta de Entrega - Recepción de la Vivienda [5] H02.01.01.01-DR-01(v02) RESOLUCIÓN 2013180 2013-08-19 5 de 5