MANUAL DEL SGIC Capítulo 3. Estructura de los Centros para el desarrollo del SGIC

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Transcripción:

Página 1 de 8 INDICE 1. OBJETO 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN 3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA 4. DESARROLLO 4.1. Funciones de los órganos del SGIC 4.1.1. Junta de Escuela 4.1.2. Equipo de Dirección 4.1.3. Coordinador de Calidad 4.1.4. Comisión de Garantía de Calidad 4.1.5. Grupos de Mejora 4.2. Composicón de los órganos del SGIC 4.2.1. Equipo de dirección 4.2.2. Junta de centro 4.2.3. CGC 4.3. Normas de funcionamiento de los órganos del SGIC 4.3.1. Junta de centro 4.3.2. Comisión de garantía de calidad RESUMEN DE REVISIONES Número Fecha Modificaciones 00 29/10/10 Edición inicial Elaborado y revisado por: Aprobado por: Fdo.: Coordinadora de Calidad Fecha: Fdo.: Vicerrectora de Planificación Estratégica y Calidad Fecha: Fdo.: Director de la EPS Fecha: Fdo.: Rector de la UA Fecha:

Página 2 de 8 1. OBJETO Describir la estructura estable para lograr el desarrollo y cumplimiento de los objetivos marcados en el Sistema de Garantía Interna de la Calidad de la Escuela Politécnica Superior. 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN Todas las titulaciones que se imparten en la Escuela Politécnica Superior, tanto de grado como de posgrado y sobre el personal docente y de administración y servicios implicados en las mismas. 3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA Manual del SGIC. Manual de Procedimientos del SGIC. 4. DESARROLLO El Sistema de Garantía Interna de la Calidad cuenta de forma general con el compromiso y apoyo del Equipo de Gobierno de la Universidad y en su desarrollo establece la implicación en el proceso de, al menos, los agentes y comisiones que se relacionan a continuación: Equipo de Dirección del Centro, Coordinador de Calidad, Comisión de Garantía de Calidad y Grupos de Mejora; pertenecientes orgánicamente a cada centro. El responsable del SGIC del Centro es el/la directora/a del mismo y la persona responsable de la aplicación del SGIC es el subdirector del Centro con las competencias de calidad que, además, es miembro nato de la comisión de Calidad del mismo. Además, en todos los procesos que forman parte del SGIC se incluye un apartado en que se determinan las responsabilidades y otro de rendición de cuentas a los grupos de interés. La estructura para la calidad del Centro está formada por los siguientes órganos con la composición y funciones específicas de calidad establecidas a continuación: Equipo directivo Junta de Escuela Comisión de Calidad Coordinador de Calidad

Página 3 de 8 A continuación también se muestran las normas básicas de funcionamiento de los órganos involucrados en el sistema de calidad. 4.1. Funciones de los órganos del SGIC 4.1.1. Junta de Escuela Sus competencias directas en relación con el proceso son: 1. Aprobar la política y los objetivos de calidad del Centro. 2. Aprobar la Comisión de Grado y la Comisión de Garantía de Calidad. 3. Aprobar la propuesta de diseño de programas de grado y de master. 4. Aprobar modificaciones de los planes de estudio y las notifica al Consejo de Universidades. 5. Aprobar el perfil de ingreso de los estudiantes. 6. Aprobar el Plan de Promoción y Orientación de los estudiantes del Centro. 7. Analizar el Informe de Seguimiento de la Comisión de Garantía de Calidad y mejora de las acciones de apoyo y orientación al estudiante. 8. Aprobar los horarios de clase y el calendario de exámenes. 9. Aprobar los objetivos, tipología y requisitos de las prácticas. 10. Revisar y mejorar las actuaciones de orientación, dejando constancia en el documento de revisión y análisis. 11. Aprobar el informe de resultados del SGIC. 4.1.2. Equipo Directivo de la Escuela Politécnica Superior. El Equipo Directivo (ED) de la Escuela Politécnica Superior (EPS), y en especial su Director/a, actúa en el establecimiento, desarrollo, revisión y mejora de su sistema de gestión de la calidad, asumiendo la responsabilidad sobre los diferentes documentos que forman el SGIC y liderando en todo momento las actuaciones correspondientes al SGIC en lo que corresponde a su centro. El ED de la EPS debe asegurar la disponibilidad de los recursos necesarios y exigir que todas las personas cuyas funciones tengan relación con los procesos del SGIC actúen de modo diligente y cuidadoso para la correcta consecución de los objetivos de calidad establecidos en el mismo. Sus competencias directas en relación con el proceso son:

Página 4 de 8 1. Proponer el desarrollo e implantación de un SGIC en la EPS. 2. Establecer la política de calidad y sus objetivos en la EPS, concretando qué elementos (órganos, procedimientos, procesos) deben ser integrados para conseguir el cumplimiento de sus objetivos y mediante qué mecanismos y modos (cómo, quién, cuándo) se rendirán cuentas a los grupos de interés sobre el nivel de cumplimiento de objetivos. 3. Establecer las responsabilidades que, en su campo de actividad específico, ha de asumir cada miembro (perteneciente o no a la EPS) y cada colectivo (perteneciente o no a la EPS) en la implantación del SGIC para la consecución de sus objetivos de calidad. 4. Nombrar a un Coordinador/a de Calidad para que lo represente en todo lo relativo al seguimiento del SGIC. Esta responsabilidad puede desempeñarla la persona que esté ocupando la Subdireción de Calidad. 5. Establecer las competencias y funciones de la Comisión de Garantía de Calidad, designar los miembros que la integran y supervisar su trabajo. 6. Proponer a la Junta de Escuela la revisión de la composición y funciones de la Comisión de Garantía de Calidad (CGC). 7. Promover la creación de equipos de mejora para atender a los resultados de las revisiones y evaluaciones realizadas. 8. Comunicar a todo el personal perteneciente a la EPS la importancia de satisfacer las demandas de los grupos de interés así como los requisitos legales y reglamentarios de aplicación de sus actividades. 9. Solicitar la implicación y participación de todo el personal perteneciente a la EPS para que hagan propuestas de mejora. Estas propuestas de mejora se pueden canalizar a través de las comisiones de calidad de titulación, ya creadas y mantenidas ahora como grupos de mejora. 10. Llevar a cabo revisiones del SGIC. 11. Asegurar la disponibilidad de los recursos necesarios para que se cumplan los objetivos de calidad. 4.1.3. Coordinador/a de calidad del centro Como apoyo al Director de la EPS se establece la figura del Coordinador/a de Calidad (CC) para las tareas correspondientes al diseño, implantación, mantenimiento y mejora del SGIC de cada centro de la universidad. El Coordinador/a de Calidad representa al Equipo Directivo en todo lo que tiene que ver con el SGIC y tiene las siguientes competencias, asignadas por el propio Director/a del Centro: 1. Garantizar el establecimiento, implantación y mantenimiento de los procesos necesarios en el Centro.

Página 5 de 8 2. Informar al Equipo de Dirección sobre el desarrollo del SGIC y sobre las posibles necesidades de mejora. 3. Supervisar el trabajo de la Comisión de Garantía de Calidad. 4. Informar a la CGC de los resultados de las encuestas de satisfacción. 5. Contribuir a la consolidación de la cultura de calidad en la EPS, garantizando que se promueve la toma de conciencia de los requisitos y demandas de los grupos de interés en todos los niveles del Centro. 4.1.4. Comisión de Garantía de Calidad (CGC) La Comisión de Garantía de la Calidad de la EPS es un órgano que participa en las tareas de planificación, coordinación y seguimiento del SGIC, actuando además como uno de los vehículos de comunicación interna de la política, objetivos, planes, programas, responsabilidades y logros de este sistema. En el Anexo I se incluye una lista de comprobación que la CGC puede utilizar para analizar el seguimiento del SGIC. Sus competencias, que quedan bajo la supervisión del Coordinador/a de Calidad, son las siguientes: 1. Verificar la planificación del SGIC de la EPS, para garantizar que se cubran los requisitos generales del Manual de SGIC de la UA y los establecidos en las guías de verificación y certificación correspondientes. 2. Colaborar en la difusión de la información relacionada con la Política de Calidad y objetivos generales de la EPS, emitidas desde el Equipo Directivo, al conjunto de la EPS. 3. Hacer el seguimiento de la ejecución de procesos para conseguir los objetivos de calidad establecidos y hacer una valoración de su eficacia a través de los indicadores asociados a los mismos. 4. Emitir opinión sobre los proyectos de modificación del organigrama de la EPS. 5. Controlar la ejecución de las acciones correctivas y/o preventivas, de las actuaciones derivadas de la revisión del SGIC, de las acciones de respuesta a las sugerencias, quejas y reclamaciones y, en general, de cualquier proyecto o proceso que no tenga asignado específicamente un responsable para su seguimiento. 6. Estudiar y, en su caso, plantear propuestas de mejora del SGIC sugeridas por los restantes miembros de la EPS.

Página 6 de 8 7. Decidir la periodicidad y duración, dentro de su ámbito de competencia, de las campañas de recogida de encuestas de medida de satisfacción de los grupos de interés. 8. Proponer criterios para la consideración de las propuestas de mejora que se deriven de los resultados de las encuestas de satisfacción. 4.1. 5. Grupos de Mejora El Equipo Directivo, bien por propia iniciativa o a propuesta de la Comisión de Garantía de Calidad, propondrá la creación de cuantos grupos o equipos de mejora sean necesarios para atender a la resolución de las áreas de mejora previamente identificadas, ya sea como consecuencia de alguno de los procesos de evaluación contemplados en el propio SGIC o derivados de los procesos de acreditación de las titulaciones responsabilidad del Centro; igualmente aquellos que sean consecuencia de sugerencias, quejas o reclamaciones planteadas desde alguno de los grupos de interés. El Equipo Rectoral de la Universidad, y por extensión del Equipo Directivo, consideran prioritario el motivar a la participación de los miembros del centro en estos grupos de mejora, contemplando su reconocimiento y valoración adecuados a la tarea realizada. 4.2. Composición de los órganos del SGIC El Sistema de Garantía Interna de la Calidad cuenta de forma general con el compromiso y apoyo del Equipo de Gobierno de la Universidad y en su desarrollo establece la implicación en el proceso de, al menos, los órganos que se relacionan a continuación: Junta de Escuela, Equipo de Dirección del Centro, Coordinador de Calidad, Comisión de Garantía de Calidad pertenecientes orgánicamente a cada centro. 4.2.1. Equipo de dirección El equipo Directivo de la EPS está formado por el/la Director/a, Secretario/a, subdirectores/as y coordinadores/as nombrados a tales efectos por el rector.

Página 7 de 8 4.2.2. Junta de Centro La composición de la Junta de Centro es la establecida en el Estatuto de la Universidad de Alicante, Capítulo III, Sección 2, artículo 80. 4.2.3. Comisión de Garantía de Calidad, CGC. La Comisión de Garantía de Calidad es un órgano designado por el Equipo Directivo del Centro que participa en las tareas de planificación y seguimiento del SGIC y actúa como vehículo de comunicación interna de los objetivos, procesos y resultados del SGIC. Está compuesta por el Director/a, que actuará como Presidente/a, el Coordinador/a de Calidad, un representante de cada titulación del Centro (de grado o de máster, o de posgrado si agrupa a varios másteres), un representante de los alumnos y otro del PAS y un miembro de la UTC. De este modo se establece la participación en la comisión de los grupos de interés, teniendo en cuenta que es el centro quien decide, una vez que la comisión esté funcionando, la participación de agentes externos (por ejemplo, colegios profesionales). Como Secretario de la Comisión actuará el Secretario/a del Centro. La función del representante de las titulaciones es incompatible con la función de director de departamento. 4.3. Normas de funcionamiento de los órganos del SGIC 4.3.1. Junta de Centro Las normas de funcionamiento de la Junta de Centro son las establecidas en el Estatuto de la Universidad de Alicante, Capítulo III, Sección 2, artículo 82. 4.3.2. Comisión de Garantía de Calidad Se reunirá tres veces por curso académico según refleja el procedimiento PM01 y será convocada por el Secretario/a. Una vez aprobada el acta, se

Página 8 de 8 publicará en la web del Centro para que sea accesible a toda la comunidad universitaria perteneciente al Centro. Así mismo, la Comisión de Garantía de la Calidad recaba información de las comisiones de titulación del Centro (art. 16.5 de la normativa de la UA) para elaborar sus informes.