BASES PARA LA CONVOCATORIA PROYECTOS COMPLEMENTARIOS (PC) El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, a través del Programa Consejo de la Demanda de Actores Sociales (PROCODAS) de la Subsecretaría de Políticas en Ciencia Tecnología e Innovación Productiva convocan a la presentación de propuestas destinadas a la adjudicación de Proyectos Complementarios (PC) a ser otorgados durante el año 2011. Los mencionados Proyectos tienen por finalidad la resolución de una demanda tecnológica específica, social o productiva en la que se destaque la participación de múltiples actores sociales; deben ser transdisciplinario y asociativos, con una duración de no mas de seis meses y deberán contar con la participación de por lo menos una institución del Sistema Científico -Tecnológico. Se destinará a los efectos de este llamado hasta un monto total de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000-), distribuido a razón de un máximo de TREINTA MIL ($30.000) por proyecto en la medida que las disponibilidades presupuestarias lo permitan. Objetivo La Convocatoria 2010 estará orientada principalmente seleccionar Proyectos Complementarios de Tecnologías Sociales y Proyectos de Diseño para emprendimientos sociales. Asimismo, y en base a una demanda fundamentada podrán considerarse elegibles solicitudes para ejecutar estudios exploratorios que por su relevancia puedan resolver una demanda científico tecnológico específica.
Proyectos de Tecnologías Sociales 1 : Tienen como objeto promover la integración social y garantizar la inclusión con participación y protagonismo de todos los actores sociales que buscan a través de distintas alternativas la mejora de la calidad de vida. Proyectos de Diseño para emprendimientos sociales: Tienen como objeto la presentación de proyectos orientados a la resolución de una problemática específica de los emprendimientos sociales a través de la incorporación de diseño. De esta manera, apuntamos a la creación y/o institucionalización de una red de actores vinculados al diseño nivel provincial o municipal con capacidad de intervención en los procesos de desarrollo local. Entidades Beneficiarias Las entidades beneficiarias de los PC podrán ser todas aquellas formas de asociación legalmente constituídas, Organizaciones no Gubernamentales, Centros de Desarrollo, Municipios, Asociaciones, Cooperativas, Sindicatos, Pequeñas Empresas (MiPes), EGE (Entidades Gremiales Empresarias), Grupo de Empresas o cualquiera de estos integrados, cuya presentación refiera a algunos de los ejes temáticos establecidos por el Ministerio y el PROCODAS. Estas entidades deberán contar con personería jurídica y exhibir una adecuada capacidad legal, técnica, administrativa y financiera para asumir las obligaciones que derivan del beneficio y la emisión de la factura respectiva, así como también probada capacidad de gestión para materializar el proyecto. Presentación de solicitudes y documentación Cada proyecto tendrá un(a) Director(a) Responsable (DR) quien asumirá la representación de la Entidad Beneficiaria (EB) ante el PROCODAS y un(a) Director(a) Técnico del Proyecto. 1 Entendidas como una forma de desarrollar e implementar tecnologías (de productos, proceso u organización orientadas a generar dinámicas sociales y económicas de inclusión social y desarrollo sustentable, vinculadas a la generación de capacidad de resolución de problemas (pobreza y exclusión social) antes que a la resolución de déficit puntuales (Hernán Thomas en Producción y Uso social de Conocimientos; Kreimer, Thomas y otros 2002)
La presentación deberá realizarse hasta el 1 de marzo de 2011; manteniéndose la obligación de presentar un ejemplar del formulario impreso, firmado e inicialado en cada hoja, por el responsable del proyecto, las que deberán corresponderse en todas sus partes con la versión electrónica del mismo que deberá ser enviada a procodas@mincyt.gov.ar Admisión y Evaluación La calidad de beneficiario será dictaminada por el PROCODAS. Para ello, se solicitará a la EB la documentación necesaria para calificar las capacidades requeridas y, una vez cumplimentado este primer requisito de elegibilidad, solicitará la opinión de la Comisión Técnica de Evaluación, o de los expertos que ésta dictamine, a fin de otorgar o denegar el subsidio. Serán ponderados especialmente los proyectos que cuenten con: La presentación del formulario de solicitud con todos los datos requeridos al efecto. La pertinencia del proyecto que, tanto en su(s) objetivo(s) general(es) como específico(s), deberá referirse a las Tecnologías Sociales y el Fortalecimiento de los Nodos de Diseño. El grado de asociatividad y/o trabajo en red con otros actores que intervengan o pudieran intervenir con aportes materiales o económicos en la ejecución del proyecto. La compatibilidad de los montos solicitados con los topes generales establecidos para los PC. El dictamen favorable de la Comisión Técnica de la convocatoria en lo atinente a la pertinencia del proyecto, calidad intrínseca, indicadores de logros, viabilidad del plan de actividades y razonable probabilidad de alcance de los resultados esperados.
Pertinencia de gastos El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, efectuará en tiempo y forma los pagos comprendidos en el beneficio conforme con el plan establecido a ese efecto, previo cumplimiento de los requisitos fijados respecto de cada uno de ellos. El costo total del proyecto será compartido por el PROCODAS y la Entidad Beneficiaria, el monto máximo del subsidio otorgado por el Misterio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva será de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000). La Entidad Beneficiaria deberá contribuir con un mínimo del 25% del costo total del proyecto. Este aporte podrá consistir en el pago de los sueldos del personal afectado al proyecto y en otros aportes en bienes o valores en alguno de los rubros que configuran el costo total del proyecto. Personal Materiales e Insumos Servicios técnicos especializados Viajes y Viáticos Bibliografía Equipamiento Otros, especificar Financiamiento contraparte. Financiación que solicita a PROCODAS. TOTAL Cesará la obligación respecto de los pagos pendientes toda vez que medie causa de rescisión atribuible a la EB, o que por cualquier razón se modifique sustancialmente la capacidad del personal que tendrá a su cargo la ejecución del proyecto para ejecutar el mismo en los términos y plazos previstos en la presentación.
En estas últimas hipótesis, el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, por medio del PROCODAS, podrá admitir modificaciones en el plan de pagos y en el plan de trabajo si, no obstante la modificación de las capacidades referidas, fuere posible continuar la ejecución del proyecto, pero no se reconocerá incremento alguno en el importe de la subvención.-