BASES PARA LA ADJUDICACIÓN DE LAS VIVIENDAS DE SEGUNDA MANO SITAS EN ALCORCÓN. (NOVIEMBRE 2016) 1. La Administración concursal de la Empresa Municipal de Gestión Inmobiliaria de Alcorcón (EMGIASA, en Liquidación), en cumplimiento a lo ordenado en el Plan de Liquidación aprobado judicialmente por el Juzgado Mercantil nº 6 de Madrid, que conoce del expediente de concurso de acreedores de la sociedad EMGIASA (182/2012), con la finalidad de proceder a la realización de los bienes que integran la masa activa de la Sociedad, a fin de organizar el orden de elección entre todos los interesados en la adquisición de una vivienda propiedad de EMGIASA, que reúnan los requisitos establecidos para ser beneficiarios de una vivienda protegida, formaliza la presente Convocatoria, con fin de dar a conocer, con la mayor publicidad, las Bases de Actuación que regirán la adjudicación de los bienes inmuebles que se relacionan. 2. Las viviendas posteriormente descritas están situadas en la localidad de Alcorcón y se trata de Viviendas de segunda mano. ID Promoción inmobiliaria Hab Garaje Trastero m 2 útiles vvda Valor venta Hipoteca Entidad pendiente a Financiera Interesado 30/09/2016 1 P.22. C/ Lilos, 2, 4º D 2 3 50,05 102.560,33 2 P.22. C/ Lilos, 4, 3º D 2 30 50,05 102.560,33 3 R17 C/ Los Pinos, 20, 2º A 3 147 66,45 128.417,23 4 C.1.20. C/ Bellas Vistas, 2, 6º dcha 3 30 70 134.014,30 5 C.1.20. C/ Sahagún, 1, 1º, Izq. 3 1 70 132.339,92 6 B.1. C/ Amapolas, 4, Ptal.1, 2º B 2 21 55,25 110.758,86 7 B.3. C/ Lilas, 9, 1º B 3 2 64,31 125.043,22 8 P.1. C/ Parque Cabañeros, 1, 1º F 2 110 54 108.788,06 2.312,77 BBVA 9 P.1. C/ Tablas de Daimiel, 1, 5º, D 2 58 54,88 110.175,50 10 P.1. C/ Tablas de Daimiel, 1, 6º, E 2 153 54,88 110.175,50 11 P.4. C/ Islas Cíes, 1, 7º C 2 124 50,57 100.466,57 12 PARCELA 2.2.1 (111) c/ Los Robles, 37 P9 BºA 2 33 40 67,12 135.698,13 60.504,22 SANTANDER 13 PARCELA 2.3.1 (112) C/ Los Robles, 39 Bl. Oeste P11, 1º D 3 93 83 82,87 161.145,09 76.475,84 BANKIA 14 PARCELA 3.1.1 (114) C/Kilimanjaro, 1 P7 1ªA 3 33 79 80,76 156.541,31 79.361,03 BANKIA 15 PARCELA 3.3.2 (119) C/ Pablo Picasso, 32 P5 4ºA 3 61 36 73,21 145.422,84 75.977,05 CAIXABANK 16 PARCELA 4.2. (121) C/Mestizaje, 4 P4, 1º D 3 37 86 78,07 152.735,30 17 PARCELA 4.3.2 (123) C/Victimas del Terrorismo, 9 Bl.2 P4 4ºA Esc. 3 3 39 59 78,33 154.365,54 81.271,80 CAIXABANK 18 PARCELA 15.3.1 (146) C/ 1º de Mayo, 5 Bl.1 P1 5ºB 3 1 80 76 148.781,09 73.264,60 BANKIA 19 Parcela 16.2.1 (148) C/ Amazonas, 2 P4, 1º B 3 11 49 75,2 148.834,69 73.290,25 BANKIA Página 1 de 5
3. El plazo para la presentación de solicitudes comprenderá desde el día11 hasta el 25 de Noviembre de 2016, a las 14:30 horas, momento en que quedará cerrado dicho plazo. La solicitudes se presentarán directamente en las oficinas de EMGIASA, situadas en Avda. Libertad nº9 de Alcorcón, antes del próximo viernes 25 de Noviembre a las 14:30 horas. A partir de la presentación de la solicitud en las oficinas de EMGIASA, el solicitante cuenta con 10 días hábiles para la presentación de toda la documentación detallada en el apartado 9 del presente. La falta de presentación en dicho plazo de cualquiera de los documentos requeridos determinará que la solicitud quede sin efecto. 4. Los requisitos para poder optar a la compra de una de las viviendas son los siguientes: a) Edad mínima, 18 años. b) Ingresos máximos permitidos, dentro de la unidad familiar, conceptuada de conformidad con lo establecido en la legislación sobre vivienda protegida de la Comunidad de Madrid, según el siguiente cuadro: Nº Miembros Ingresos Máximos Año 2015 1 ó 2 51.254,09 3 52.839,27 4 55.111,92 5 58.243,28 6 ó más 58.576,10 Para calcular los ingresos familiares se debe tener en cuenta el número de miembros de la unidad familiar del adjudicatario de la vivienda y el valor del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) correspondiente al año en que haya que justificar los ingresos, conforme a lo indicado en el cuadro anterior. c) Residencia o trabajo en Alcorcón. Al menos una de las personas que suscriban la solicitud de vivienda debe cumplir una de las dos circunstancias siguientes es suficiente cumplir una Página 2 de 5
1). Residencia: Empadronado en Alcorcón los dos últimos años de forma ininterrumpida, o cinco en los últimos ocho años, a contar desde el día de finalización de presentación de solicitudes. 2). Trabajo: En caso de no cumplir la condición de residencia expuesta en el párrafo anterior, se deberá acreditar que actualmente desempeña su labor profesional en el municipio de Alcorcón, al menos durante los dos últimos años. Para ello, aportará Informe de Vida Laboral expedido por la Seguridad Social, fotocopia del contrato de trabajo y certificado emitido por la empresa justificando el domicilio del centro de trabajo. d) No ser titulares de pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre alguna otra vivienda sujeta a régimen de protección en todo el territorio nacional. e) No ser titular/es en régimen de propiedad, de nuda propiedad, usufructo o derecho de superficie sobre algún bien inmueble en todo el territorio nacional, ya sea finca rústica o urbana, cuando su valor a efectos del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, según los criterios de la Administración, exceda del 40% del valor de la vivienda a adquirir. Las personas separadas legalmente y/o divorciadas que aun teniendo una parte de vivienda en propiedad no disponen de su uso y disfrute, según sentencia judicial, podrán presentar solicitud. 5. BASES DE ADJUDICACIÓN: El día 25 de Noviembre de 2.016 se publicará, tanto en la Web de EMGIASA como en el tablón de anuncios de las oficinas de EMGIASA, listado provisional de todas las solicitudes recibidas, indicando su número de solicitud así como el número de sorteo asignado a cada solicitante, para la comprobación por parte de los interesados, publicando el día 16 de diciembre de 2.016 el listado definitivo de las solicitudes que han acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos y que, por tanto, serán tenidas en cuenta en el sorteo. El día 19 de diciembre de 2.016, se efectuará ante Notario el sorteo de cada una de las viviendas entre los solicitantes que hayan optado por ellas y que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos. El resultado del Sorteo se publicará en el mismo día en la Web de EMGIASA (www.emgiasa.es) y en el tablón de anuncios de las oficinas sitas en la Avda. Libertad nº 9. Página 3 de 5
El Notario protocolizará copia del listado final por número de solicitud, número sorteo, nombres y apellidos. Los plazos establecidos son los siguientes: Del 19 al 22 de diciembre de 2.016 para la firma del contrato de compraventa y abono del 20% del precio de la vivienda. 2 meses naturales a contar desde la firma del contrato para la escrituración de la vivienda. En caso de haber más de una persona interesada en la misma vivienda, quedarán igualmente en reserva, ordenados por estricto orden del resultado del sorteo y contarán con los mismos plazos desde el momento de la notificación. 6. Aceptación de las bases: La presentación de solicitud de participación en el proceso de selección implica la aceptación de las presentes bases. Dichas solicitudes al igual que estas bases sólo tendrán validez para la adjudicación de las viviendas antes descritas. 7. Los gastos e impuestos derivados de dicha compraventa serán por cuenta del comprador excepto el arbitrio municipal de Plusvalía que será por cuenta de Emgiasa. 8. Formalización del Contrato: La elección de vivienda por los solicitantes seleccionados no generará por sí misma ningún derecho sobre la vivienda en cuestión hasta tanto no se formalice el correspondiente contrato de compraventa. 9. Para optar al sorteo de las viviendas deberá aportar la siguiente documentación: Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, compulsada. Volante de empadronamiento histórico de cada uno de los solicitantes. En caso de matrimonio, o hijos, fotocopia del Libro de Familia, compulsada. Página 4 de 5
Certificado de Índices Histórico, emitido por el Registro de la Propiedad. En caso de existir propiedades inscritas a su nombre, aportará también certificado original de valoración a efectos del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales junto con la Nota Simple. Certificado de la Declaración del IRPF del año 2.015. En caso de no haber realizado la declaración, aportará lo siguiente, relativo a ese mismo año: Certificación negativa del IRPF. Informe de vida laboral actualizado. Informe de Bases de Cotización. Declaración responsable de ingresos. Página 5 de 5