ACREDITARSE COMO COOPERANTE A partir del 1 de octubre de 2009, la Embajada de España, a través de la Oficina Técnica de Cooperación (OTC), recibe la documentación requerida para permanencias superiores a 180 días, según el Convenio Básico de Cooperación y su adenda I relativa a la entrada y permanencia de los cooperantes. Esta documentación, una vez revisada, se presenta al Ministerio de Relaciones Exteriores a través del Consulado de España en San Salvador que otorga al cooperante el documento de identificación -el llamado "carné verde"- que le acredita como cooperante y que extiende su visado especial el tiempo que dure su compromiso con la institución solicitante. Quién es personal cooperante? Cooperantes, voluntarios y becarios de ONGD, universidades, organizaciones empresariales, asociaciones y otros actores de la cooperación. Voluntario: Persona que presta sus servicios a través de un contrato no laboral con finalidad de ejecutar actividades de programas y proyectos de cooperación para el desarrollo a cargo de entidades públicas y privadas, sin ánimo de lucro. Becario: Docentes, estudiantes y jóvenes profesionales en prácticas que desarrollan las tareas propias de su condición en El Salvador, integradas en las intervenciones de cooperación entre ambos países.
Entrada y permanencia de menos de 180 días A. Para períodos de permanencia menores a 90 días: a. Los mismos requisitos que aplican para turistas (pasaporte vigente). b. Declaración jurada ante delegado migratorio al ingresar en el país con nombre de la institución española de origen, de la institución de destino, dónde se hospedará, tiempo de permanencia y nombre del proyecto. B. Para extender períodos de permanencia de más de 90 días y menos de 180 días. Se podrá solicitar una prórroga por otros 90 días en las oficinas de migración. a. Recibos en conceptos de trámites migratorios debidamente pagados. b. Solicitud para la persona correspondiente. c. Una fotografía reciente. d. Fotocopia de pasaporte de todas las páginas utilizadas y su original para ser confrontado. e. Carta que respalde su estadía en el país que explique el motivo del requerimiento de la prórroga. Suscrita por el solicitante y la institución con la que colabora. f. Nota extendida por la Embajada de España acreditando a la institución para la cual colabora el interesado considerada actor de la cooperación internacional. Esta nota se podrá solicitar a través de la OTC. Entrada y permanencia de más de 180 días Deberán solicitar su residencia temporal, para ellos y sus familias, ante el Ministerio de Relaciones Exteriores a través de la Embajada de España. Toda la documentación será presentada en la Oficina Técnica de Cooperación.
a. La Embajada de España, a solicitud del cooperante, emitirá una certificación con los siguientes datos, que deberá presentar el cooperante junto con el resto de la documentación: a. identidad y datos del cooperante b. inscripción en los registros españoles de ONGD ante la AECID c. condición de cooperante, voluntario o becario por la ONGD o el actor de cooperación respectivo d. breve memoria informativa sobre su misión a realizar en el país. b. Solicitud firmada por el representante legal en El Salvador de la institución española que corresponda autenticada por notario, o en caso de ser él mismo el solicitante, por el representante legal de la ONGD en España debidamente apostillada. c. Certificación de partida de nacimiento apostillada por La Haya o bien, dicho documento autenticado por el consulado salvadoreño en España y posteriormente en el Ministerio de Relaciones Exteriores en El Salvador. d. Original de solvencia de antecedentes penales no mayor a tres meses de vigencia expedida por las autoridades del país de origen o en el que haya residido antes de su entrada, autenticado como el documento anterior. e. Original de solvencia de la policía de El Salvador, si ha residido en el país durante más de seis meses, aún con interrupciones. f. Constancia de buena salud expedida por un médico autorizado legalmente para el ejercicio de la profesión en El Salvador g. Dos copias del pasaporte de todas las páginas utilizadas y presentar el original para su cotejo que le será devuelto una vez terminen los trámites. (El cooperante debe contar con que no dispondrá de su pasaporte ese periodo). h. Fotocopia del Número de Identificación Tributaria de El Salvador (NIT) expedido por el Ministerio de Hacienda y, si procede, del Representante de la institución en El Salvador. i. Copia certificada por notario autorizado de los Estatutos de la institución inscritos en España, debidamente apostillada.
j. Formulario del Ministerio de Relaciones Exteriores completado a máquina, computadora o a mano con letra legible. Anexar las 3 fotografías aparte, sin pegar en el documento con el nombre escrito en la parte posterior. k. Carnet de conducir vigente en caso de que se desee incluir la licencia en el carnet verde Para prorrogar la residencia a. Solicitud firmada por el representante legal en El Salvador de los actores de cooperación española debidamente autenticada por notario autorizado o en su defecto por el representante legal que se encuentra en España. Deberá estar apostillada. b. Fotocopia de pasaporte de todas las páginas utilizadas y su original para ser confrontado. c. Certificación de la condición de cooperante expedida por la Embajada de España en El Salvador, mediante la cual especifica que la persona continúa en sus funciones. d. Constancia emitida por el actor de cooperación respectivo, en la que ratifique la continuidad del programa o proyecto de cooperación. Exención de IVA El Gobierno de El Salvador por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores otorgará al Representante Legal de las ONGD, siempre que éste sea de nacionalidad extranjera, la exención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), en su calidad de proveedor oficial, en cuanto a la adquisición de bienes y contratación de servicios relativos a las actividades propias de las ONGD. Entrada desde otros países Centroamericanos Los cooperantes, voluntarios y becarios de ONGD, universidades y otras instituciones españolas con visado o tarjetas de residencia de otros países centroamericanos podrán entrar y salir de El Salvador para desarrollar sus actividades de cooperación siempre y cuando cumplan con todos los requisitos establecidos en la adenda I del Convenio.
Se realizan los trámites a los familiares de los cooperantes? Se realizan los trámites siempre que se acredite con el certificado de matrimonio, el certificado del registro de parejas de hecho de la Comunidad Autónoma correspondiente -la Embajada de España no emite este tipo de certificaciones- o el libro de familia. Puedo mantener el carné verde una vez finalice el compromiso con la organización para la que trabajo? La tenencia del carné va sujeta a la condición migratoria por la cual se expidió. Por tanto, una vez finalizado el compromiso con la institución u organización se deberá devolver en las oficinas de la OTC, igualmente para los familiares. El carné verde otorga a los familiares el permiso de trabajo? El carné verde no es un permiso de trabajo. Aquellos familiares de cooperantes que quieran trabajar en el país deberán seguir los trámites migratorios habituales en estos casos. Ver en la Dirección General de Migración y Extranjería. Debo dejar mi pasaporte en la OTC para la realización de los trámites? El cooperante, junto con la documentación necesaria, deberá entregar su pasaporte en la OTC el tiempo que dure la tramitación de su permiso para que las autoridades nacionales le estampen el visado especial. La duración del trámite varía de 15 a 20 días, aproximadamente. El carné verde me sirve de licencia de manejo? Si el cooperante tiene permiso de conducir, una vez obtenido el carné verde, el cooperante podrá solicitar que se le incluya la licencia de manejo en dicho documento. Para ello, deberá entregar en la OTC su permiso de conducir para que sea enviado al Viceministerio de Transporte para la realización de los trámites. En qué lengua deben presentarse los documentos? Toda la documentación deberá ir en español, puesto que es la lengua oficial de El Salvador. Así pues, los cooperantes procedentes de países con lenguas oficiales diferentes deberán traer las traducciones de los documentos correspondientes.