Con la intención de que los usuarios financieros tengan un mejor entendimiento de la terminología que utilizamos en nuestra labor, Banco de Occidente, S.A. les presenta a continuación los conceptos básicos utilizados en las cuentas de ahorro.
Nombre: A nombre de quien estará la cuenta. Esta puede ser a nombre de una persona natural (cualquier ciudadano particular) o persona jurídica (a nombre de una empresa, patronato, etc. legalmente constituido e inscrito). Número de cuenta: Es el número que identificará una cuenta atado a un cliente en particular, ya sea esta persona natural o jurídica. Libreta de ahorro: Documento en forma de cuadernillo expedido por el Banco en el que se anotan los movimientos de capital efectuados en la cuenta a la que está asociada. En cada línea de detalle se anota la fecha de la operación, la cantidad cargada o abonada y el saldo de la cuenta una vez efectuada la operación. También se anotan los cargos efectuados por medio de la tarjeta de débito asociada con la cuenta y otros movimientos previamente autorizados.
Cuenta mancomunada: En este tipo de cuentas puede haber dos o más titulares y es muy práctica para Juntas de Agua, Escuelas, Colegios y otras organizaciones en la que las diferentes áreas deben enterarse del movimiento de la cuenta, ya que se requieren por lo menos dos firmas para un retiro. Si son más de dos los titulares, pueden firmar todos o condicionar cuantas firmas son requeridas para un retiro. A este tipo de firmas les llaman firmas conjuntas. La cuenta mancomunada también puede tener varios titulares con firmas indistintas. Con firma indistinta, cualquiera de los titulares puede realizar retiros sin necesidad de otra firma. No es necesario la autorización o conocimiento de los otros titulares para realizar movimientos en la cuenta. Estas cuentas pueden estar a nombre de las personas que firman.
Firma(s) autorizada(s): Es el titular de la cuenta o persona(s) designada(s) por el titular (o el gerente, si es una persona jurídica) para que registre su firma en la misma para poder realizar retiros de la cuenta. Esta(s) firma(s) se puede definir como indistinta (una sola firma para retirar) o conjunta (se necesitan por lo menos 2 para retirar). Se puede cambiar en cualquier momento que el titular lo desee, o cuando la directiva estime conveniente cuando esta sea persona jurídica, y tendrá validez hasta la muerte del mismo, en caso de persona natural. La firma autorizada, que no sea titular de la misma, no figurará en el nombre de la cuenta ni podrá cambiar las condiciones dadas por el titular de la misma. Capital: Cantidad de dinero que usted deposita inicialmente para constituir una cuenta. Una vez constituido, es el valor en la cuenta después de un depósito o un retiro efectuado.
Beneficiario(s): Persona(s) nombrada(s) por el titular de la cuenta, para reclamar el valor existente en la cuenta después del fallecimiento del mismo. Se puede cambiar en cualquier momento que el titular lo desee. Tasa de interés nominal: Porcentaje que genera un valor calculado del capital existente. Comúnmente se expresa en forma anual indicando su período de capitalización. Ejemplo: 18% anual capitalizable mensualmente. Tasa de interés efectiva: Es aquella a la que efectivamente está colocado el capital. La capitalización del interés en determinado número de veces al año, da lugar a una tasa efectiva mayor que la nominal, siempre y cuando la capitalización sea mayor que uno. El interés se calcula con los fondos disponibles existentes en la cuenta, y al final del mes se suman todos los intereses y se acredita la cuenta, formando el nuevo capital.
Capitalización: Acción por la cual los intereses devengados en el período acordado se suman al capital que los generó y forman el nuevo capital. Esto por lo general se realiza a fin de mes. Crédito: Cantidad con el que se constituye una cuenta o valor que se agrega a un valor ya constituido. Débito: Valor que se resta de un valor constituido, ya sea por medio de retiro, autorización de nota de débito o por valores utilizados por medio de un producto atado a la cuenta, como una tarjeta de débito.
Tasa de seguridad: Impuesto de gobierno que se aplica a toda cuenta de ahorro de persona jurídica con cualquier promedio del mes anterior, y a toda cuenta de ahorro de persona natural cuyo promedio del mes anterior superó los L. 120,000.00. Se cobra L. 2.00 por cada L. 1,000.00 o fracción retirado. Tarjeta de débito: Es una tarjeta bancaria de plástico con una banda magnética en el reverso que guarda información sobre los datos de acceso, el nombre y número de cuenta del titular, usada para poder efectuar con ella operaciones financieras. En este tipo de tarjeta el dinero que se usa es el que se toma a débito del que el titular dispone en su cuenta bancaria y no el que le presta el banco como ocurre con las tarjetas de crédito. Estas tarjetas pueden estar atadas a una cuenta de ahorro o una cuenta de cheques.
Cargo por inactividad: Cobro que realiza el Banco por no realizar depósitos o retiros en un período determinado, con un saldo mínimo establecido. Cargo por mantenimiento: Es el valor que el banco cobra cuando una cuenta de ahorro a manejado un promedio menor al establecido. Este cargo no aplica para Cuenta Cipotes. Cargo por cancelación de cuenta: Monto que el Banco cobra por el cierre de una cuenta de ahorros antes de un tiempo mínimo o de antigüedad establecido por la institución.
Cargo por reposición de libreta de ahorro: Es el valor que el Banco le cobra al tarjeta habiente cuando éste la ha extraviado, se la han robado o la ha deteriorado. Este valor no se aplica cuando la libreta ha sido llenada y tiene que ser sustituida.
Agradecemos su tiempo prestado y esperamos haber contribuido en el enriquecimiento de sus conocimientos financieros.